¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Valencia?

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Has tomado la decisión y quieres comprar una vivienda en la Comunidad Valenciana. En este momento, es normal que surjan dudas acerca de los trámites y las gestiones. Debes tener en cuenta que comprar una vivienda conlleva tener que hacer frente a una serie de tributos, entre ellos la plusvalía municipal. No obstante, también es común oír hablar sobre el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales o más conocido como ITP. Se trata de un impuesto indirecto que grava el incremento del patrimonio tras una compraventa entre particulares. Su gestión está cedida a las diferentes Comunidades Autónomas, con lo cual puede tener un régimen diferente en cada una de ellas. En el artículo de hoy veremos cómo calcular el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Valencia. 

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¿Qué es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales? 

Antes de nada, debemos saber en qué consiste el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales o, más conocido como ITP. Es un tributo que se aplica mayoritariamente en el momento en el que hay una transmisión de bienes entre particulares. Se trata de un impuesto que depende de cada Comunidad Autónoma, con lo cual el tipo aplicable varía en función de la localidad. Por norma general, es de entre el 6% y el 11%, por lo tanto, los contribuyentes se verán afectados de mayor o menor manera en función de la Comunidad en la que vivan. De este modo, si te interesa saber cómo se calcula el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Valencia, lo vemos en el siguiente punto. 

Liquidar el ITP Valencia

Para liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, por norma general, deberás presentar alguno de los modelos 600, 620 o 630 en función de la naturaleza del tributo. En el caso de la compra de un piso, deberás presentar el modelo 600 con carácter general. Como hemos comentado, depende de cada Comunidad, con lo cual tendrá que abonarse en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la Comunidad Valenciana, en este caso. 

El plazo para liquidar el ITP Valencia y en cualquier Comunidad, es de 30 días hábiles. Que se cuentan a partir del día siguiente a la transmisión del bien inmueble.

Calcular el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Valencia

Con carácter general, la aplicación del ITP Valencia es del 10%. No obstante, también hay dos tipos impositivos reducidos. A continuación vemos los 3 casos posibles para calcular este impuesto:

  • El 10% con carácter general en la compraventa de una vivienda.
  • El 8% se aplicará en la adquisición de viviendas de protección pública de régimen general, o si es la primera vivienda habitual de jóvenes de menos de 35 años.
  • El 4% se tendrá que abonar en tres casos distintos:
    • En el caso de las VPO.
    • Familias numerosas con unos ingresos inferiores a 45.000 € .
    • Para la vivienda habitual de personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
    • Para la vivienda habitual para personas con discapacidad psíquica con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.  
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¿Quién debe pagar el ITP?

Por lo tanto, si estás pensando en comprar una casa en Valencia, debes saber que el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales solo se aplica cuando se adquiere una casa de segunda mano. Por el contrario, si la vivienda fuera de obra nueva se tendría que abonar el IVA.

Así pues, es el comprador el que tiene que pagar el ITP Valencia en el caso de adquirir una vivienda. Mientras que el vendedor asumirá el IRPF obtenido por la ganancia patrimonial de la venta.

Otros gastos que tiene que asumir el comprador

Además del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el comprador de una vivienda debe de hacerse cargo de otros gastos como los que te indicamos a continuación:

  • Notaría. Para poder adquirir una casa o un piso son necesarias una serie de gestiones, como por ejemplo, la otorgación de la escritura pública. Los importes máximos de este tipo de trámites están establecido por la legislación vigente, aunque estos variarán en función del precio de venta de la vivienda.
  • Registro de la Propiedad. Una vez se disponga de las escrituras de la vivienda, estas tendrán que inscribirse en el Registro. Este es un proceso que tiene un precio, el cual se establecerá dependiendo del valor de la casa o el piso.
  • Gestoría. Este es uno de los costes de la compra que son opcionales, ya que el comprador puede elegir si contratar los servicios de una gestoría para tramitar el pago del ITP y los tributos ligados a la contratación de una hipoteca, en caso de que solicite una préstamo para la compra de la vivienda.

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