Cada vez hay más comunidades de vecinos que cuentan con cámaras de vigilancia en zonas comunes para poder tener registrados los altercados o problemas que pueda haber en los espacios vecinales, ya sean descansillos, trasteros, parkings, etc. ¿Vale cualquier vecino o debe verlas el presidente de la comunidad?, ¿qué papel tiene aquí el administrador de fincas?
¿El administrador de fincas puede verlas con tranquilidad?
Puede que sí, pero no puede seleccionar las imágenes y verlas cuando le plazca. Si el administrador de fincas quiere ver unas imágenes de seguridad tendrá que pedir permiso a la Junta de propietarios, y estos deberán dar el permiso pertinente para que pueda verlas.
Hablamos del administrador de fincas, pero esto es algo que se traslada a cualquier responsable dentro de un vecindario. En una comunidad, es la Junta de propietarios la que debe ponerse de acuerdo para dar permiso a alguien y acceder a los vídeos de las cámaras de seguridad.
La solicitud se debe hacer por seguridad y protección de datos, así como la misma posición de las cámaras debe estar estudiada y cumplir ciertos requisitos, como por ejemplo la prohibición de grabar la vía pública en el caso de que la cámara de seguridad esté puesta para proteger la entrada. Esta será lo único que puedan grabar.
¿Qué proceso debe seguir el administrador para obtener los vídeos?
El proceso para ver unas imágenes de dispositivos de vigilancia no es tan simple como obtener permiso y verlas. Se debe seguir unos pasos para que se entreguen los vídeos a la persona autorizada:
- Solicitar el acceso. Con un formulario, la persona portavoz de la comunidad debe detallar el porqué de pedir las imágenes, y también destacar el rango de tiempo que se quiere revisar.
- Tener a alguien responsable supervisando. Para ver los vídeos la comunidad debe seleccionar a alguien que garantice que se busque el momento exacto de la solicitud y solo se escojan las imágenes que tocan.
- Cuidado con la fecha de caducidad. Algunas cámaras tienen imágenes con fecha de caducidad, ya que borran vídeo del disco duro a los 30 días de existencia. Hay que tener cuidado con que no se haya eliminado aquello que pedimos.
- La entrega de las imágenes. Cuándo ya se ha encontrado lo que se buscaba, se guarda en un Pendrive y se le entrega al responsable, con la responsabilidad de que el material no caiga en malas manos.
¿Siguen el mismo proceso el administrador de fincas y las autoridades?
No exactamente, aunque la policía tenga una cierta ventaja por, seguramente, usar las imágenes para algún tipo de investigación, también deben presentar una documentación que acredite que esas imágenes son relevantes para lo que buscan.
Por ello, ya sea Mossos d’Esquadra, Ertzaintza, Policía Nacional o Guardia Civil, deben presentar un “Acta de Oficio”, que es el documento en el que se especifica la fecha y hora necesarias de las cámaras de seguridad.
Otro caso es que se desconozca el momento en el que sucedió lo que buscan, y entonces estas autoridades deberán estar presentes y supervisar las imágenes hasta encontrar lo que deseado.
El caso del administrador de fincas es diferente, aunque quiera investigar algo, debe tener el permiso de la comunidad de propietarios, no le vale solo con el escrito de solicitud.
Una buena administración de fincas conlleva una gran responsabilidad
Las cámaras de seguridad de una finca no son para usarlas como un reality show, si buscas profesionales responsables que administren tu comunidad de vecinos no dudes en contratar un administrador de fincas con Housfy, y podrás sentirte acompañado a la vez que tendrás transparencia con las gestiones de tu comunidad.