Si eres propietario de una vivienda alquilada, o quieres serlo, debes saber que la fianza de alquiler es uno de los puntos claves de un arrendamiento, por lo que debe gestionarse de manera correcta para evitar conflictos. En el artículo de hoy te explicamos cómo hacerlo.
¿En qué consiste la fianza de alquiler?
La fianza de alquiler es la garantía del arrendamiento, la cual el inquilino está obligado a pagar para poder vivir en el inmueble. ¿Qué significa esto? Pues que te protege como propietario ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el inquilino tiene estipuladas en el contrato de arrendamiento. En sí, consiste en un importe a pagar que adopta la forma de aval ante las posibles afectaciones que puedas sufrir con el arrendamiento, tanto tú como persona como en la vivienda.
Se trata de un elemento clave en el contrato de alquiler. Así lo constata la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que rige todo lo relacionado con el alquiler de viviendas en España.
Igual que el precio del alquiler se va actualizando con el tiempo, el de la fianza de alquiler también lo hace. La actualización de la fianza se realiza anualmente, pero debes tener en cuenta que durante los primeros cinco años de contrato, o los siete primeros si como propietario eres una persona jurídica, no se podrá actualizar. A partir de este plazo, y hasta el final de la duración del alquiler, ambas partes podréis pactar la subida o bajada de la fianza del alquiler.
¿Cuánto dinero puedes pedir de fianza en un alquiler?
Según la LAU, el importe de la fianza de alquiler tendrá que equivaler a una mensualidad de la renta de este.
Tip Housfy.💡Si el arrendamiento es para un uso distinto al de vivienda, como en el caso de los locales, la fianza de alquiler equivaldrá a dos mensualidades de la renta.
Por tanto, cualquier cantidad que solicites al inquilino que supere este importe, no formará parte de la fianza de alquiler, sino que lo hará de la garantía adicional, que deberá constar en el contrato de alquiler. Esta garantía consiste en una serie de cláusulas opcionales que intentan evitar o resolver problemas relacionados con el alquiler de tu vivienda, como impagos, desperfectos o siniestros. La diferencia entre la garantía adicional y la fianza de alquiler, es que la primera deberás custodiarla tú como propietario, y la segunda deberás depositarla en el organismo correspondiente de tu comunidad autónoma.
El inquilino dispondrá de un plazo máximo de tiempo de entrega de la fianza de alquiler, que varía en función de la localidad de la vivienda alquilada. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, el plazo máximo es de 30 días hábiles después de la firma del contrato, mientras que en Cataluña es de dos meses. Si este plazo no se cumple, aunque sea el inquilino quien se retrasa en el pago, al no entregar la fianza de alquiler a tiempo a la Administración serás tú como propietario quien podría enfrentarse a una sanción económica.
Devolución de la fianza de alquiler
Recuerda que estás obligado a devolver la fianza de alquiler (así como la garantía adicional), eso sí, siempre y cuando se hayan cumplido todas las obligaciones del contrato. Por contra, puedes negarte a devolver la fianza si al finalizar el contrato el inquilino ha llevado a cabo alguna de estas acciones:
- Daños o desperfectos en el inmueble con un valor mayor al de la fianza.
- Pagos pendientes de igual o mayor importe que la fianza.
- Estado final de la vivienda en malas condiciones.
- Abandono del inmueble antes de la finalización del contrato.
No obstante, la LAU no ha determinado aún ningún plazo de tiempo para la devolución de la fianza de alquiler al inquilino.
Cabe destacar que la fianza de alquiler no puede ser usada por el inquilino para no pagar alguna mensualidad, ya que eso te dejaría desprotegido ante cualquier otro conflicto que acarree gastos. Aun así, una vez finalizado el contrato de arrendamiento, tú sí podrías aprovechar la fianza para cubrir algún impago.
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