¿Es legal grabar una junta de la comunidad de vecinos sin permiso?

¿Es legal grabar una junta de la comunidad de vecinos sin permiso?

Las reuniones de la comunidad de vecinos pueden estar cargadas de tensiones, decisiones importantes o incluso desacuerdos intensos. En ese contexto, algunos propietarios se plantean grabar las juntas por su cuenta, ya sea para tener un registro de lo acordado o para protegerse ante posibles conflictos. 

Pero, ¿es legal grabar una junta de la comunidad de vecinos sin informar o sin contar con el consentimiento de los demás asistentes? La respuesta no es tan simple como un sí o un no.

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La legalidad de grabar una junta de la comunidad de vecinos

En España, grabar una conversación o reunión donde uno mismo está presente no es, en principio, ilegal. Esto se debe a que quien graba participa activamente en el acto y, por tanto, no se considera una intromisión ilegítima. Sin embargo, cuando hablamos de una comunidad de propietarios, entran en juego otros factores clave: la privacidad, la protección de datos y el uso posterior que se haga de la grabación.

En lo que a leyes se refiere, todo lo que regula el derecho a la intimidad personal y la protección de datos, en el tratamiento de grabaciones con datos personales se indica que no informar al resto de asistentes podría vulnerar derechos si no hay consentimiento o si la grabación tiene uso indebido.

¿Se puede grabar una junta de la comunidad de vecinos con fines personales?

En principio, si seguimos el derecho a la intimidad personal y familiar (artículo 18 de la Constitución) o la Ley Orgánica de Protección de Datos, grabar para uso estrictamente personal podría considerarse aceptable siempre que no se difunda ni se comparta la grabación. Pero incluso en este caso, hacerlo sin avisar puede generar un conflicto dentro de la comunidad de propietarios, ya que muchos podrían considerar esa grabación una intromisión en su derecho a la privacidad.

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) no regula específicamente la posibilidad de grabar reuniones de la junta de propietarios. Algunas resoluciones judiciales han dado respuesta a esta pregunta. Se considera que la decisión de grabar una junta debe someterse a votación entre los asistentes.

¿Cómo grabar correctamente una reunión de la comunidad de vecinos?

Para poder grabar una reunión de la comunidad primero debe añadirse la petición a la convocatoria. Según el artículo 17.7 de la LPH, la votación debe aprobarse por mayoría simple.

Antes de empezar la junta de propietarios, se debe informar a todos los vecinos de la grabación para asegurar la transparencia. Al final de las reuniones, todas las grabaciones las debe custodiar el secretario o el administrador de fincas, para garantizar la seguridad y evitar usos indebidos.

El uso queda restringido a verificaciones de actas o para solucionar disputas, entre otros fines que la comunidad apruebe. Sin consentimiento de los implicados está prohibida la difusión.

Consigue un administrador que custodie bien estas grabaciones

¿Tu comunidad de vecinos piensa en grabar las juntas? Tener las reuniones grabadas puede ser útil, pero también requiere responsabilidad: custodia, acceso limitado y uso adecuado. Aquí es donde un buen administrador marca la diferencia.

Un administrador puede encargarse de custodiarlas para su uso debido, así que no dudes en contactar con nuestros administradores de fincas, que pueden ayudar en esta y muchas otras gestiones de la comunidad.

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