Como vecinos todos tenemos unas obligaciones, muchas recogidas en la ley, pero aun así hay una lista de decisiones que se deja escoger entre las diferentes comunidades. Por eso, existen los estatutos de comunidad de vecinos, una normativa que deje una relación más o menos cordial entre la junta de propietarios de un mismo bloque de viviendas.
Puedes encontrar límites en el uso de tu piso dentro del estatuto de comunidad de vecinos
La Ley de Propiedad Horizontal no prohíbe el límite de usos de los pisos, de hecho reconoce indirectamente la posibilidad de que quien decide, es decir, la junta de propietarios, use cláusulas que limiten y prohíban usar el piso para ciertas actividades.
Es decir, se pueden limitar o prohibir ciertos usos a un piso si la comunidad de vecinos se pone de acuerdo y lo bloquea en sus estatutos. Para bloquearlo hay los siguientes requisitos:
- Se debe prohibir directamente la actividad, no se puede jugar la baza de “prohibimos cualquier cosa que moleste a los vecinos”. Se debe ser concreto con la actividad que se va a limitar y prohibir.
- La votación para cambiar los estatutos debe ser unánime, o de 4/5 partes de los propietarios, en el caso de Cataluña. Estos cambios deben pensarse y argumentarse bien para poder llevarlos a cabo.
¿Se ajustan los límites al uso de pisos?
Normalmente, para poder conocer las líneas rojas a la hora de limitar el uso de una vivienda por parte de una comunidad, se puede acudir a sentencias judiciales de pleitos dentro de comunidades de vecinos en los que el juez ha interpretado la situación concretamente.
El portal Abogado Arrendamientos nos brinda algunos ejemplos que podemos encontrar son:
- Sentencia del 15/05/2008, del Tribunal Supremo, que dice “Es conforme a derecho que los estatutos no admitan en las viviendas las actividades comerciales y profesionales que impliquen una mayor afluencia de personas. Obedece al interés general de la comunidad, a su tranquilidad”.
- Audiencia de Pontevedra, sección 3ª, sentencia 139/2016, del 12/05. “No se incumplen los estatutos por destinarse el piso a consulta médica sin hacerlo compatible con el uso como vivienda cuando no es un requisito exigido en ellos”.
Así vemos como el “no molestar a los vecinos” se debe concretar, como en el primer punto, donde un negocio con mucho movimiento de gente se puede prohibir para no convertir la escalera en un lugar transitado y ruidoso.
El segundo ejemplo explica como una consulta médica puede continuar sus operaciones, ya que el piso cumple también como vivienda, que es lo que pide los estatutos.
Los astutos manejan con el estatuto
No tienes por qué estar rompiéndote el coco con sentencias que se acerquen a tu caso. Con la gestión de administración de fincas de Housfy puedes mejorar el rumbo de tu comunidad de vecinos.
Encuentra con nosotros un experto en administración de fincas se encargará de todos los trámites que necesitéis para garantizar la máxima paz y tranquilidad posibles en la comunidad.