Cuando hablamos de herencias, siempre es un tema delicado, es tratar asuntos legales en momentos muy difíciles. Uno de los mayores problemas legales en las herencias es el reparto de los bienes y en muchas ocasiones se acaba traduciendo en vender la vivienda para hacer un reparto equitativo. Te explicamos más en profundidad este concepto de usufructo en herencia, los tipos que hay y cómo funcionan por si alguna vez te encuentras en una situación similar.
Aspectos relacionados sobre la propiedad
Para que se pueda entender el término de usufructo es necesario mencionar otros elementos que sin los cuales el usufructo carecería de sentido. Empecemos por definir lo que generalmente se entiende como concepto de propiedad, que hace refería al pleno dominio, que es el derecho a disfrutar de un bien del que se es propietario.
Así pues, el pleno derecho de un bien se puede dividir en:
- Nuda propiedad: es el derecho de una persona a ser dueño de un bien con limitación de no poder gozar o disfrutar de él.
- Usufructo: es el derecho de goce, uso y disfrute de una persona sobre un bien que pertenece a un tercero (nudo propietario).
Se tratan de derechos diferentes, aunque recaigan sobre un mismo bien. Por lo que la plena propiedad se tendrá cuando usufructo y nuda propiedad coincidan en la misma persona.
Usufructo en herencia: ¿qué es?
Un usufructo en herencia es básicamente el derecho de uso y disfrute de unos bienes heredados sin ser el propietario de estos. Cuando se produce el fallecimiento de una persona, los hijos son los principales herederos de sus propiedades y tienen derecho de hasta dos tercios de su patrimonio.
En ocasiones, por no actualizar el testamento o no hacerlo, el cónyuge se puede quedar fuera de la herencia y legalmente no tiene derecho a heredar ninguno de esos bienes, aunque sea la vivienda que lleva compartiendo con esa persona durante muchos años. Pero esto no significa que no tenga algún derecho sobre esos bienes.
En estos casos es cuando nos encontramos con el usufructo en herencia, básicamente esta persona podría alquilar la vivienda y disfrutar de las rentas que se generan o incluso vivir en ella sin ser propietaria. Tiene el derecho de usarla, pero, por ejemplo, no podría venderla o gravarla porque no tiene los derechos de propiedad.
Pero no solo existe el derecho de usufructo sobre una vivienda, puede ser dinero, joyas, vehículos, obras de arte, acciones de empresas, terrenos…
¿Qué tipos de usufructo en herencia existen?
Nos encontramos con diferentes tipos de usufructo, según las condiciones en las que se den:
Usufructo en herencia legal
- Usufructo voluntario. En este caso, el fallecido ha dejado por escrito a través del testamento su voluntad de que el cónyuge cuente con el derecho de usufructo.
- Usufructo legal. En el caso de que se produzca el fallecimiento y no conste en la herencia, el viudo/a tendría los derechos legales de usufructo, a no ser que ya conste como heredero, que en ese caso sería propietario y tendría pleno derecho sobre dichos bienes.
Aunque según el Código Civil, el cónyuge viudo podrá recibir el usufructo de la siguiente manera:
- El tercio de mejora si el fallecido dejó hijos o descendientes.
- La mitad de la herencia, si no hay hijos, pero sí ascendientes.
- De dos tercios de la herencia, si no hay ascendientes ni descendientes.
Usufructo (según la duración)
Según la duración del usufructo, puede ser de dos tipos:
- Vitalicio. Hasta que el beneficiario del usufructo fallezca.
- Temporal. Si se ha establecido previamente por escrito, el usufructo puede tener un período de duración determinado, si no lo determinará un juez.
Formalización y obligaciones del usufructuario
Para garantizar que se cumple este derecho de uso y disfrute, lo más seguro es hacer un contrato civil de usufructo, es una forma de dar validez legal y protección para el usufructuario. Una vez ya tienes plenos derechos de usufructo, también tendrás unas obligaciones que tendrás que cumplir:
- Tendrás que notificar al propietario de cualquier reparación que sea necesaria y que tenga que pagar él/ella por ley.
- Pagar las reparaciones que te correspondan a ti.
- Cuidar de los bienes y darles un correcto uso.
- Pagar los impuestos y tasas.
Bienes que se dejan en herencia como usufructo
Inmuebles
Puede hacer referencia a casas, terrenos, plazas de garaje, etc. Pueden incluir tanto urbanos como rústicos. El usufructuario puede utilizar el inmueble para vivir en él o alquilarlo y quedarse con las rentas. De lo que no tiene que hacerse cargo es de las obligaciones de titularidad de la propiedad. De so se encargará el nudo propietario, que tendrá que asumir las responsabilidades como el pago de impuestos.
Acciones o participaciones de una sociedad
El nudo propietario será el que ostente la condición de socio. Sin embargo, el usufructuario tendrá derecho a percibir los beneficios que genere la sociedad.
Dinero
El usufructuario podrá hacer uso libremente del dinero. Ahora bien, al finalizar el usufructo, tendrá la obligación de devolverlo, al nudo propietario, aquello que haya consumido. Es decir, podrá reclamar el dinero, no obstante no los intereses generados.
¿Cómo se pierde el derecho a usufructo?
El usufructo terminará cuando se den algunos de los siguientes casos:
- Cuando fallece el usufructuario en caso de usufructo vitalicio, o fin del periodo previamente fijado en el usufructo temporal.
- Cuando el usufructuario se convierta en nudo propietario de los bienes, por ejemplo, porque este último vende al anterior el bien.
- Cuando el usufructuario renuncie a su derecho, que se consolidaría con la masa hereditaria.
- Cuando el bien se pierde, luego no se podrá disfrutar de él.
- Cuando el usufructo no se disfrute, durante un periodo de seis años en caso de tratar de un bien mueble o durante 30 años si afecta a un bien inmueble.
Herencia y repartición de bienes
En el caso en que hayas heredado una propiedad junto a más hermanos y no haya ningún usufructuario, puede que te interese más vender la vivienda para poder hacer una repartición más equitativa. Para poder venderla, tendrás que inscribirla en el Registro de la Propiedad como el actual/es propietarios y con eso ya podrás empezar con el proceso.
Vente tu piso en un clic
Si estás interesado en vender tu vivienda y no sabes por donde empezar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestros expertos inmobiliarios te ayudarán a agilizar el proceso y a encontrar el mejor comprador. ¡Ahorra tiempo y dinero en las comisiones!
Buenas tardes. Mi padre falleció hace más de 6 años y mi madre falleció hace 15 días siempre conviví con ellos trabajando y ocupando de ellos asta que por desgracia fallecieron. Somos 8 hermanos y mis padres no hicieron testamento me podrían echar. Puedo quedarme en el en usufructo?
¡Buenas tardes Jorge! Lo mejor en el caso que nos comentas es consultar con un abogado experto en herencias que pueda estudiar tu situación e informarte de cómo puedes proceder. ¡Un saludo!
Puede un usufructuario de una vivienda traer a vivir en dicha vivienda a familiares en primer grado?