Los alquileres de renta antigua son un producto pensado para proteger al inquilino, pero no te imposibilitan vender la vivienda, eso sí, bajo algunas condiciones. Si te encuentras en esta situación, atento al artículo de hoy, porque te contamos todos los puntos a tener en cuenta para vender tu piso en Madrid con alquiler de renta antigua.
¿En qué protege al inquilino la renta antigua?
Los alquileres de renta antigua fueron instaurados en el país en 1964, y desde entonces hasta 1985, todos los arrendamientos del país son considerados como tal. ¿Por qué? Porque en el momento se quiso adoptar una medida para conceder ayudas para la vivienda y seguridad en estas a las personas que no podían optar a la compra.
Estas ayudas consistían en establecer precios de alquiler bajos y la condición de larga duración del contrato, de hecho, duran de por vida e incluso después de esta, ya que existe el derecho a subrogación del contrato de arrendamiento -al cónyuge, hijos o ascendientes- bajo ciertos requisitos.
Y es por ello que, aunque parece algo del pasado, los alquileres de renta antigua todavía tienen presencia en el país, pues muchos arrendatarios han heredado el arrendamiento.
A pesar de que la ley que regula estos alquileres es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que estableció que el precio del arrendamiento podía actualizarse anualmente, la Ley de Vivienda también tiene potestad, y la usó para determinar que estas modificaciones debían hacerse en base al IPC (Índice de Precios de Consumo) y con un límite del 3% durante todo 2024 -de cara a 2025 se establecerá un nuevo índice de referencia-.
Por tanto, como propietario te afecta al vender el piso en Madrid
Como propietario, debes prorrogar el contrato de alquiler de manera obligatoria, a excepción de que el inquilino quiera rescindir de él, o se oponga a una subida de las rentas, acto que comportaría la finalización del contrato pasados ocho años.
Por ello, para vender el piso en Madrid con alquiler antiguo se dificulta. Además, el inquilino, ya sea el original o sus herederos, tienen preferencia de compra, el precio de la cual estará limitado al dictado por la ley, de lo contrario, el arrendatario podría impugnar la venta.
Este precio dictado por la ley se basa en una capitalización de la renta anual, que se calcula aplicando un 4,5% a dicho valor, o un 3% si el arrendamiento tuvo comienzo antes del 1 de enero de 1.942.
El precio puede ser un inconveniente para ti, pero un reclamo para los compradores, que, por otro lado, puede disuadirles el hecho de estar adquiriendo una vivienda con alquiler de renta antigua.
Vender un piso en Madrid con renta antigua te será más fácil con ayuda profesional
La renta antigua podría acabar suponiendo un problema a la hora de conseguir compradores interesados, pero puedes facilitar la compraventa con ayuda de profesionales.
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