En España la edad de los jóvenes para independizarse es a los 30 años, uno de los países que más tarde de Europa, superando la media que está es los 26 años. Esto se debe principalmente a la tasa de desempleo de menores de 25 años que representa un 27,1 % además de las dificultades que tienen los jóvenes para emanciparse. Todo ello hace irse de alquiler sea bastante complicado. Por este motivo se han promovido ayudas del alquiler en Cataluña. A continuación, descubre que tratan y como solicitarlas.
Precio medio de alquiler en Cataluña
Los precios están en alza, este hecho se ve reflejado en los aumentos de los alquileres. El precio medio de alquiler en junio de 2022 fue de 1.895 €, siendo el precio medio por metro cuadrado de 13,9 euros/m2. Por lo tanto, no es de extrañar que no todos los ciudadanos puedan hacer frente a las cuotas del alquiler.
Y es por eso que desde los organismos pertinentes de Cataluña se ofrecen diversas ayudas para permitir que partes de la sociedad puedan disponer de un alquiler digno.
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¿Qué tipo de ayudas de alquiler en Cataluña existen?
En Cataluña existen diferentes tipos de ayudas y subvenciones dirigidas a ciertos colectivos de la población, que se encuentran en situaciones de riesgo de exclusión social. El objetivo es facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda protegida en régimen de alquiler a personas y/o familias con especiales dificultades sociales.
Ayudas a personas en riesgo de exclusión social
Subvenciones para el pago del alquiler
Desde el pasado 28 de junio hasta el próximo 15 de julio es el plazo para solicitar las subvenciones por el pago del alquiler o la cesión de uso. Estas ayudan van orientadas a las familias en situación de vulnerabilidad social con la finalidad de proporcionar una vivienda o habitación en régimen de alquiler.
Requisitos:
- Tener más de 36 años y estar empadronado en la vivienda
- Que la unidad de convivencia tenga unos ingresos frecuentes para poder pagar el alquiler y que no sobrepasen los 22.548,67 €
- El importe de alquiler de la vivienda no puede superar estos importes:
- Ámbito metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonés, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Oriental): 900 euros
- Resto de la provincia de Barcelona: 650 euros
- Gerona: 650 euros
- Lleida: 600 euros
- Tarragona: 600 euros
- Las Terres de l’Ebre: 600 euros
- El importe de alquiler en el caso de habitación no puede superar estos importes:
- Ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonés, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Oriental): 450 euros
- Resto de la provincia de Barcelona: 350 euros.
- Gerona: 350 euros.
- Tarragona: 300 euros.
- Lérida: 300 euros.
- Las Terres de l’Ebre: 300 euros.
Bono joven alquiler
Es una nueva medida que como su nombre indica es un bono joven alquiler que lo podrán solicitar los jóvenes para ayudar a que puedan emanciparte tanto facilitando el acceso a una vivienda como incrementando las viviendas sociales a precios asequibles.
Requisitos:
- Tener entre 18 y 35 años
- Acreditar los ingresos de trabajo
- Que los ingresos anuales sean, con carácter general, inferiores a 3 veces el IPREM
Personas de más de 65 años
Las personas mayores son uno de los colectivos vulnerables. Por esta razón se han creado este tipo de ayudas dedicadas especialmente a las personas de más de 65 años que viven en alquiler y se encuentran en riesgo de exclusión social.
Se tratan de ayudas otorgadas por la Generalitat de Catalunya, para que estas parte de la población pueda hacer frente al pago del alquiler de manera que paguen un alquiler justo. Esto es cuando no supere el 20 o 30% de los ingresos de la persona arrendataria, en función que estos sean inferiores o superiores a 0,94 veces el Indicador de Renda de Suficiencia de Cataluña (IRSC).
Requisitos:
No todas las personas podrán obtener las ayudas y subvenciones para el alquiler, para ello hay que cumplir con los requisitos obligatorios.
- Tener más de 65 años
- Tener la residencia legal en Cataluña
- Estar en riesgo de exclusión social
- Ser titular, en calidad de persona arrendataria, del contrato de alquiler de la vivienda objeto de la subvención
- No pagar un alquiler mensual por la vivienda que no supere los 800 € mensuales o 900 € si algún miembro de la unidad familiar tiene alguna discapacidad y baremo de movilidad favorable
- Estar al corriente del pago de las rentas del alquiler en el momento de presentar la solicitud
- Pagar el alquiler, como mínimo a partir del mes siguiente de la fecha de presentación de la solicitud
- Cumplir las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat de Catalunya
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