En el momento de arrendar una vivienda, uno de los aspectos que más preocupa y más se aspira a conseguir es la seguridad en la operación. Existen dos elementos que se encargan de asegurar esta seguridad al propietario: el aval y la fianza del alquiler. Sin embargo, cada uno se ocupa de un aspecto diferente dentro del arrendamiento.
¿Qué es una fianza del alquiler?
La fianza del alquiler es una garantía que toma forma de importe económico. Esta cantidad de dinero es pagada por el inquilino de manera obligatoria a cambio de vivir en el inmueble, y equivale a una mensualidad de la renta -dos mensualidades si el arrendamiento se usa para un fin distinto al de vivienda-.
El objetivo de una fianza del alquiler es proteger al propietario ante el incumplimiento por parte del arrendatario de cualquiera de sus obligaciones establecidas en el contrato.
Este importe, por lo tanto, sería usado al finalizar el contrato de alquiler para cubrir los desperfectos causados en la vivienda o los impagos de rentas al finalizar el contrato.
Si al terminar el contrato de arrendamiento, el propietario verifica que el inquilino no ha incumplido ninguna de sus responsabilidades, deberá devolverle el importe de la fianza del alquiler.
¿Qué es un aval del alquiler?
El aval es una garantía adicional que el propietario puede solicitar al inquilino, siendo este quien debe hacer la gestión, razón por la cual el aval no es muy frecuente.
El aval de un alquiler tiene como función garantizar el cobro de las mensualidades, y para ello existen dos modalidades de aval con procedimientos distintos:
- Aval personal: Una tercera persona se compromete a responder a los impagos de las rentas con sus propios ingresos o bienes.
- Aval bancario: Es una entidad financiera quien cubrirá la falta de pago de las mensualidades. Para ello, el inquilino deberá aportar entre 1 y 2 meses de renta en el momento de firma del contrato del aval, los cuales serán usados por el banco para saldar los impagos. Este aval se formaliza mediante un contrato entre el banco y el arrendador, con el inquilino como beneficiario.
¿En qué se diferencia un aval de una fianza en un alquiler?
Son varios los puntos que distancian un aval de una fianza de alquiler:
- Condición de uso: El aval solo se emplea ante impagos de las rentas del inquilino, mientras que el propietario tiene derecho a usar la fianza del alquiler cuando el arrendatario, además de lo anterior, incumple alguna de sus obligaciones, como entregar la vivienda de vuelta en malas condiciones.
- Implicados: La fianza es un compromiso entre arrendador y arrendatario, mientras que el aval implica a un tercer sujeto, ya sea una persona o una entidad bancaria.
- Importe: La fianza debe equivaler a una mensualidad, mientras que el aval del alquiler puede significar entre 1 y 2 rentas.
- Materialización: A pesar de que ambos deben constar en un contrato y mediarse mediante este, el aval se queda en este formato papel, en tanto que la fianza del alquiler es una cantidad de dinero física.
Otra alternativa para garantizar el cobro mensual: un seguro de impago del alquiler
Además del aval, cuentas con una segunda opción para garantizar el cobro de las mensualidades de tu alquiler: seguro de impago
Este producto acostumbra a cubrir más mensualidades impagadas, dependiendo de la póliza contratada, y, también ofrece un asesoramiento legal y fiscal y actuación inmediata de desahucio en caso de incumplimiento de las obligaciones del inquilino. Asimismo, algunos seguros de impago cubren los daños ocasionados en la vivienda.
En Housfy puedes encontrar un equipo de expertos con los que conseguir una gestión integral de tu alquiler. Con ella, estarás cubierto ante posibles inconvenientes y no tendrás que preocuparte de nada.