Las derramas son algo habitual en las comunidades de vecinos. Por lo general, se llevan a cabo para hacer frente a una reparación de una zona común, un elemento del edificio que utilizan todos los vecinos. Pero, en muchas ocasiones, se aprueban derramas que los vecinos no están obligados a abonar. Por ello, si vas a alquilar un piso, en nuestro artículo te explicamos qué derramas de comunidad debes asumir y cuáles no es de obligado cumplimiento su pago.
Gastos que existen en una comunidad de vecinos
Antes de explicarte qué son las derramas de comunidad, es necesario que conozcas los diferentes gastos que existen en una comunidad de vecinos. En este caso, se distinguen dos tipos:
- Gastos comunitarios ordinarios: Se tratan de los que pagamos de manera mensual o anual. Estos se destinan a abonar los costes por los servicios o elementos comunes del edificio de vecinos.
- Gastos comunitarios extraordinarios: Consisten en aquellos costes por un imprevisto en el edificio y que es necesario abonar el coste de la reparación del imprevisto ocasionado.
¿Qué son las derramas de comunidad?
Ahora que ya conoces cuáles son los tipos de gastos que surgen en una comunidad, llega el turno de conocer qué es una derrama. Las derramas son gastos comunitarios extraordinarios. Por lo tanto, son una cuota que se establece entre todos los propietarios del edificio y se acuerda para pagar uno o varios gastos de un imprevisto surgido en la comunidad.
La Ley de la Propiedad Horizontal dictamina que todas las derramas deben ser consultadas y aprobadas en junta de vecinos. En el caso de no acordarse entre vecinos previamente no se podrá llevar a cabo. Aunque, esta normativa estipula lo anterior, no regula cuál es importe máximo que deberá abonar los propietarios en la cuota que decida para ellos.
¿En qué casos es obligatorio pagar una derrama de comunidad?
Las derramas, siempre que hayan sido consultadas y aprobadas en una junta de vecinos, su pago puede ser obligatorio. Aún así, según el motivo por el cual se lleve a cabo una derrama, podemos negarnos a abonar el importe que se solicite por ella.
De esta manera, si la derrama es para pagar una rehabilitación del edificio, para mejorar un elemento de este o para realizar unas obras que garanticen la seguridad y la habitabilidad del edificio no podrás negarte a hacer el pago de la derrama.
También, en caso de que se quieran eliminar barreras arquitectónicas e instalar rampas, ascensores o plataformas para mejorar la accesibilidad del edificio tampoco podrás decir que no abonarás la derrama. Así en este caso estarás obligado a hacerte cargo del pago.
Si no puedes permitirte pagar el importe que se acuerde en junta de propietarios, debes saber que el Gobierno ofrece ayudas para la rehabilitación y mejora de edificios. Muchas comunidades pueden beneficiarse de estas subvenciones para sufragar las obras en el inmueble.
¿Cuándo te podrás negar a abonar las derramas de comunidad?
Si la comunidad de vecinos quiere llevar a cabo una derrama para financiar unas obras o la instalación de unos elementos con fines estéticos para el edificio, puedes negarte a pagar la derrama. Recuerda que solamente estás obligado a hacerte cargo del pago de las derramas para garantizar la seguridad del edificio.
Eso sí, para no abonar el importe tendrás que haber votado “no” en la junta de vecinos que se celebre para aprobar o suspender la derrama en cuestión.
Este tipo de asuntos como el de las derramas en un edificio de vecinos a veces generan confusión, por lo que es muy recomendable informarse bien sobre ellas. En Housfy somos expertos en el sector inmobiliario, por ello, si necesitas asesoramiento para vender tu casa, alquilar un piso o solicitar una hipoteca para tu nueva vivienda ¡No dudes en contactarnos!
En una comunidad de propietarios, compuesta por cinco portales independientes, quieren poner silla salbaescaleras en todos, pero los seis vecinos de un portal se niegan a poner la silla, puede la comunidad exigir que la pongan. Muchas gracias.
José, la Ley de Propiedad Horizontal considera de carácter obligatorio (y sin previo acuerdo de la Junta) aquellas obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal, si en vuestro portal vive alguien que lo necesite. En todo caso, te recomendamos que busques asesoramiento legal para poder valorar mejor tu situación.
Un saludo. 🙂
Hola muy buenas,el motivo de mi consulta es la siguiente, el adinistrador de mi comunidad lleva 10 años sin cobra a dos moroso del edificio y no se preocupo de cobrarles. y ahora pide 200 euros de derrama porque le falta dinero, nos podedemos negar a pagarla, por no preocuparse de cobrar las deudas de 10 años. somos 14 vecinos a 200 euros cada vecino.
Hola, Alfonso. Como imaginarás, dejar de pagar una derrama te puede conllevar problemas. Los vecinos tenéis derecho de votar en contra de esta derrama en la junta de propietarios y, a la vez, de instar al administrador de fincas a liquidar las deudas de los vecinos que mencionas y proceder judicialmente en reclamación de las cantidades debidas.
Esperamos que podáis arreglar la situación pronto. 😊
Hola!
Vivo en un bajos de una comunidad, tengo una entrada directa a la calle, no tengo que pasar por la escalera, solo si quisiera cerrar el agua general de mi casa. El edificio es del 1927 y todavía no ha pasado nunca la ITE. Queremos hacer reformas en todo el edificio para poder pasarla. No tengo dudas de que la fachada la tengo que pagar, pero el interior (Escalera) de la comunidad, debo pagarlo? No hago uso de él para nada.
Buenas tardes, Sarah. Dado que la ITE es una obligación legal que afecta a todo el edificio, todos los propietarios deben contribuir a los gastos necesarios para que el edificio cumpla con esta normativa, incluyendo los gastos de reforma de la escalera si son necesarios para la ITE. En algunos casos, si se demuestra que un propietario no usa o no tiene acceso a ciertas partes comunes, podría solicitar ser excluido de esos gastos, pero esto debe estar claramente recogido en los estatutos o en el título constitutivo de la comunidad. Plantea tu situación en una junta de propietarios y solicita una exoneración o reducción de los gastos de la escalera; eso sí, necesitarás la aprobación de la mayoría de los propietarios según lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal. Saludos.