Alquilar un piso es una de las formas de obtener ingresos estables cada mes. Sin embargo, son muchas las dudas que pueden surgir: ¿Es mejor un alquiler de larga estancia o mejor un alquiler por meses?
El alquiler de larga estancia o de vivienda habitual, ofrece una mayor estabilidad. Con lo cual, es una opción segura que genera altas rentabilidades en España. Asimismo, la duración mínima del contrato es de 5 años o 7 para las sociedades.
En cambio, con el alquiler temporal, podrás recuperar tu casa a corto y medio plazo. Además, si lo que quieres es maximizar los beneficios de arrendar tu vivienda, el alquiler temporal es la solución. Con Housfy, de media se consigue ingresar un 20% más respecto al alquiler de larga estancia. Y tú, ¿te animas?
El alquiler de temporada es una buena opción siempre y cuando cuentes con un buen servicio de gestión de alquileres. En Housfy queremos estar a tu lado en todo momento y ayudarte a alquilar tu piso sin complicaciones. Así pues, con la gestión de Housfy podrás conseguir:
- Mayores ingresos. Conseguirá más beneficios que en el alquiler de larga estancia.
- Mayor flexibilidad. Ya que dispondrás de tu inmueble a corto y medio plazo.
- Mayor control. Revisamos tu inmueble a la entrada y salida de los inquilinos.
- Mayor seguridad. Buscamos inquilinos con perfiles solventes.
- Mayor protección legal. Te acompañamos en todo momento de principio a fin.
No obstante, es importante que el inmueble cumpla las condiciones necesarias. Para más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¡Empieza a alquilar tu piso por meses!
Lo primero que hay que saber es que no todos los inmuebles sirven para todos los tipos de alquiler. Elegir una opción u otra dependerá de varios factores:
- Ubicación de la vivienda
- Características del inmueble
- Perfil del inquilino
- La rentabilidad
De este modo, la principal característica de los alquileres temporales es que en el contrato se especifica que tienen un uso distinto a vivienda. Generalmente, se trata de una solución temporal u ocasional por motivos de trabajo, estudios u otros motivos.
En cambio, los alquileres larga estancia están destinados en gran parte a ser viviendas habituales, con lo cual, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una duración mínima de 5 años, o de 7 para personas jurídicas.
Por último, la característica del alquiler corta estancia es principalmente la intencionalidad. Es decir, hablamos de alquileres exclusivamente vacacionales o turísticos, que no están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.