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¿Es obligatorio el seguro de impago de alquiler?

No, el seguro de impago de alquiler no es obligatorio. Sin embargo, es lo más recomendable si quieres alquilar una vivienda.

Con la contratación del seguro de impago disfrutarás de una mayor tranquilidad y seguridad.

¿Para qué sirve un seguro de impago de alquiler?

El seguro de impago mayormente sirve para cubrir al propietario de la vivienda frente a posibles impagos, de este modo, garantiza el cobro de las rentas mensuales sin excepciones.

Sin embargo, con la contratación de un seguro de impago de alquiler, no solo quedarás cubierto ante inquilinos morosos sino que podrás obtener otras garantías.

El seguro de impago generalmente cubre estos aspectos:

  • Impagos
  • Desperfectos
  • Actos vandálicos
  • Asesoramiento jurídico 

¿Quién paga y gestiona el seguro de impago del alquiler?

El seguro de impago del alquiler puede pagarlo tanto el inquilino como el propietario, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos no dice nada al respecto. Aunque lo más normal es que sea el propietario el responsable de hacer frente al pago.

No obstante, esto depende del acuerdo entre ambas partes, arrendador y arrendatario. Pero de ninguna manera el titular del inmueble puede obligar al inquilino a contratar un seguro de impago, aunque sí puede solicitarlo como requisito para el alquiler. 

¿Qué es mejor seguro impago alquiler o aval bancario?

En los dos casos, el propietario está protegido ante impagos. Sin embargo, el seguro de impago de alquiler ofrece más coberturas que el aval bancario, ya que no solo cubre los impagos.

No obstante, el seguro de impago suele pagarlo el propietario, mientras que el aval bancario corre a cuenta del inquilino. No hay una respuesta correcta a esta pregunta, ya que tienes que valorar las ventajas de cada una de las opciones antes de tomar una decisión.

En Housfy nos gusta estar al lado de nuestros clientes, con lo cual, te aconsejaremos en todo momento para tomar la mejor decisión para tu caso. 


Información clave sobre el seguro de alquiler

Alquilar un piso es una fuente de ingresos pero también supone correr ciertos riesgos. Algunos de ellos están vinculados con el estado de la propiedad y otros con la renta del alquiler. De hecho, una de las grandes inquietudes que tienen los propietarios es no cobrar el importe mensual de alquiler.

En estos casos, lo mejor es contar con un seguro de impago del alquiler. ¿En qué consiste exactamente un seguro de impago? Se trata de una póliza que protege al propietario de la vivienda ante el impago de las rentas, normalmente, hasta un número de veces establecidas en el seguro.

Sin duda es la mejor solución frente a inquilinos morosos que no efectúan el pago de las cuotas y también cuando en el inmueble se producen daños o desperfectos. En Housfy ofrecemos el seguro de impago para que no tengas que preocuparte por nada. ¡Disfruta de un alquiler sin riesgos! 

El seguro de impago de un piso en alquiler es una forma de que el propietario pueda estar totalmente tranquilo con el arrendamiento de su vivienda. Además de cubrir el impago de las cuotas, este tipo de seguros suele ofrecer muchas otras garantías relacionadas con la defensa y protección de los intereses del propietario.

¿Qué cubre el seguro de impago?

  • El cobro de las rentas mensuales en caso de impago. Esto se especifica en las cláusulas del contrato, donde se tiene que indicar exactamente cuántas mensualidades están cubiertas por la póliza.
  • Desperfectos y actos vandálicos. Hacen referencia a todos aquellos daños que afecten a la conservación del inmueble y ocurran dentro del mismo.
  • Defensa jurídica. La empresa aseguradora puede cubrir desde asistencia telefónica hasta cubrir los costes de los servicios legales de defensa, como son el abogado y procurador del arrendador, en caso de acudir por vía judicial. También cubre la gestión de las reclamaciones al inquilino por incumplimiento del contrato de arrendamiento.
  • Gastos de cerrajero. Así como el cambio de cerradura, en su caso.
  • Estudios de viabilidad. Elaboración de estudios sobre la solvencia de potenciales inquilinos. 

La contratación de un seguro de impago de alquiler de una vivienda es realmente sencilla. Lo primero que se debe tener en cuenta es que la aseguradora hace un estudio de viabilidad de solvencia al inquilino al que se pretende alquilar la propiedad. Es una medida lógica, ya que en el momento en el que el arrendatario no haga frente al pago del alquiler, será la aseguradora quien asuma el importe de las cuotas.

Por todo ello, la aseguradora necesitará acceder a la siguiente información:

  • Para trabajadores por cuenta ajena. Lo más habitual es solicitar las dos últimas nóminas, y en determinados casos, una copia del contrato laboral para comprobar la antigüedad en la empresa.
  • Autónomos. Se les piden las dos últimas declaraciones trimestrales del IVA, así como la declaración del IRPF más reciente.
  • Pensionistas. Es necesario un justificante que acredite la condición de pensionista, junto con un comprobante de los ingresos, por ejemplo, a través de un extracto bancario.

Como normal general, si la mensualidad del alquiler supone el 40% o 45% de los ingresos, el perfil del inquilino no será apto para el inmueble en alquiler. Así pues, el historial crediticio también tiene un peso relevante. 


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