IBI Sant Cugat 2025: ¿Sube el termómetro fiscal este año?

IBI Sant Cugat 2025: ¿Sube el termómetro fiscal este año?

No hay municipio que se libre del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), y el turno cae en Sant Cugat del Vallès, la ciudad con el recibo medio más alto de Catalunya. Con este impuesto se cubren muchos de los servicios públicos de la ciudad, y en esta guía te mostramos todo lo que debes tener en cuenta para pagar el IBI de Sant Cugat este 2025. Si este año has llegado a vender un piso y te toca pagar el IBI, esto te interesa.

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Un tipo impositivo que este año sube

El tipo impositivo que marca el IBI de Sant Cugat en 2025 este año es del 0,54%, un 2,6% más que el que se marcó en 2024. El año anterior el tipo impositivo se congeló, pero este año se ha subido como medida para poder rellenar algunos huecos económicos del municipio.

Con este tipo impositivo, el importe medio del recibo del IBI en Sant Cugat este 2025 queda en unos 701,30 €, unos 18 € más al año. Sant Cugat es un municipio por debajo de la media catalana en lo que a tipo impositivo se refiere (0,80%). También cabe recalcar el recargo que hace el ayuntamiento por las viviendas desocupadas.

No te pierdas los plazos del IBI de Sant Cugat en 2025

Este año, el IBI puede pagarse a partir del 2 de mayo. El plazo para pagos no domiciliados se extiende hasta el 4 de julio de 2025. En el caso de domiciliar el pago, este se puede fraccionar hasta en 4 pagos. Las fechas de pagos domiciliados son:

  • Primer pago fraccionado: 2 de mayo de 2025
  • Segundo pago fraccionado: 1 de julio de 2025
  • Tercer pago fraccionado: 1 de octubre de 2025
  • Cuarto pago fraccionado: 1 de diciembre de 2025

Aunque lo tengas domiciliado, nunca está de más llevar un control sobre estos plazos para evitar posibles recargos y sanciones.

¿Qué bonificaciones tengo para el IBI de Sant Cugat en 2025?

El Ayuntamiento de Sant Cugat ofrece deducciones en la cuota del IBI en estos casos:

  1. Bonificación por familia numerosa. Se puede obtener una deducción de hasta el 50% en familias numerosas, de un mínimo de 95 € y un máximo de 450 €, dependiendo de los ingresos y el valor catastral.
  2. Bonificación a las viviendas de protección oficial (VPO). Pasados los 3 años de concesión para VPO, se podrá solicitar una bonificación del 10% de la cuota íntegra del impuesto.
  3. Instalación solar fotovoltaica. Una bonificación del 5% durante 7 años para aquellas destinadas a las zonas comunes de un edificio residencial compartido, un 50% si este consumo se extiende también a viviendas. La bonificación es de un 40% para consumo individual residencial.
  4. Instalación solar térmica. Ofrece bonificación de hasta el 50% del IBI durante un máximo de 7 años. Dependerá del precio de la instalación.
  5. Instalación de puntos de carga homologados para vehículos eléctricos. Una bonificación equivalente al 75% del coste de la instalación, siempre que el importe no supere el 50% de la cuota del IBI. Si es más del 50%, la bonificación pasa a ser el 50% de la cuota. El parking debe estar en la misma finca y debe ser del mismo propietario que la vivienda.
  6. Inmuebles no inmovilizados de promoción inmobiliaria. Pueden llevarse hasta un 50% de bonificación, siempre que se pida antes del inicio de obras.

Que no se te escapen las obligaciones fiscales

Recuerda que si has vendido tu vivienda este año, vas a recibir la factura del IBI, al ser dueño del inmueble el 1 de enero. Pero no está de más decir que se puede partir el pago de este impuesto con el comprador, para que cada uno pague en proporción de su tiempo como propietario.


Si todavía no has vendido el piso, no es tarde, puedes contactar con nuestros expertos inmobiliarios, que te acompañarán en el proceso de poner en venta tu vivienda y te ayudarán en los trámites necesarios para hacer tu venta lo más tranquila, rápida y eficaz posible.

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