Antes de firmar un alquiler, es fundamental entender cuál es la ley actual de arrendamiento y cómo es la prórroga contrato alquiler. Desgraciadamente, es habitual encontrar contratos irregulares y es por eso que siempre aconsejamos informarse antes de empezar con la búsqueda de un piso de alquiler, de esta manera no habrá sorpresas y estarás preparado cuándo veas algo que no te cuadre.
Ley de arrendamientos urbanos y prórroga contrato alquiler
En el 2019, salió una nueva ley de Arrendamientos Urbanos en la que se protegen los derechos del arrendatario. Pero en muchos casos, el contrato de alquiler está firmado anterior a esta fecha y, por lo tanto, las regulaciones son las que estaban impuestas por la LAU de 2013.
Duración del contrato
En la nueva LAU, el contrato tiene una duración de 5 años y en caso de tratarse de una sociedad de 7 años de duración. En el caso de que el inquilino quiera dejar el piso antes de pasar el medio año, perdería la fianza como penalización.
Si ninguna de las dos partes dice nada con antelación a la fecha de finalización del contrato, se prorrogará obligatoriamente por plazos de 3 años de forma automática. En cualquiera de sus prórrogas, tanto arrendatario como arrendador, podrán dar un preaviso para rescindir del contrato, como veremos a continuación.
Anteriormente, con la ley de arrendamientos urbanos de 2013, el contrato tenía una duración de 3 años y en el caso de que el propietario quisiese recuperar el piso, tenía que dar un preaviso de un mes, mientras que ahora es de 4 meses.
Si es el inquilino el que quiere marcharse del piso, tendrá anunciárselo al propietario con un treinta días de antelación. Mientras el arrendatario manifieste al arrendador con 1 mes de antelación la voluntad de no renovar el contrato y hayan pasado los 6 meses de la firma, no habrá problema para dejar el inmueble.
Fianza y pagos
Uno de los grandes cambios es la regularización de la fianza, ahora solo se permite pedir un mes de fianza que irá destinado al organismo correspondiente de la comunidad autónoma y, además, el propietario podrá solicitar como garantía adicional hasta 2 meses de fianza.
Una vez te hayas mudado de la vivienda, el propietario contará con 30 días para hacerte la devolución de la fianza, después de haber comprobado si hay algún desperfecto en la vivienda.
Además, el arrendador solo podrá subir el alquiler una vez finalice el contrato, y anualmente se actualizará el IPC.
En el caso de las sociedades, no solo el contrato tendrá una duración más larga, sino que también se exenta al inquilino de tener que pagar a la agencia inmobiliaria.
Regularización de los precios en Cataluña
Con la entrada en vigor de la ley de regularización de los precios, se busca controlar el problema de los precios en los pisos de alquiler. Básicamente, si el propietario pone un precio muy superior al índice de la zona, establecido por la Generalitat, tendrá que afrontar una multa.
Prórroga del contrato de alquiler
Según la fecha del contrato, la prórroga del contrato de alquiler variará:
Prórroga contrato alquiler 6 de junio de 2013-6 de marzo de 2019
Los contratos que se hayan firmado antes de la nueva ley de arrendamientos urbanos y se hayan firmado durante estas fechas, tendrán estos requisitos para la prórroga. Siempre y cuando, ambas partes no hayan decido firmar un nuevo contrato con las regulaciones actuales.
En este caso, la prórroga sería automática una vez finalizados los 3 años y se actualizaría por un año. El contrato se iría renovando de forma automática anualmente hasta que alguna de las dos partes decidiese finalizar el alquiler.
Prórroga contrato alquiler: 6 de marzo de 2019-actualidad
Una vez llega la fecha de vencimiento del contrato, tras los 5 o 7 años, el inquilino está en su derecho de prorrogar el contrato y el arrendador no podría objetar. Además, para que se extienda otros 3 años el contrato, no hace falta ninguna comunicación entre ambas partes, la renovación se hará de forma automática.
En el caso de que se quiera dar por terminado el contrato una vez finalicen los 5 años, el inquilino tendrá que dar un preaviso al arrendador de un mes de antelación y el arrendador de 4 meses.
Si estás interesado en alquilar o poner en alquiler una vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de alquileres. Estaremos encantados de ayudarte en todo el proceso 😊.