¿Qué es la prórroga tácita en el contrato de alquiler?

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¿Eres arrendador de una vivienda? ¿Conoces cuánto debe durar un contrato de alquiler? No esperamos que sepas la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) a la perfección. Ni tampoco los cambios que se generan continuamente en la normativa referente a los alquileres. Sabemos que ser propietario y alquilar una vivienda no es la tarea más fácil del mundo.

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En los alquileres se tienen que tener en cuenta tanto leyes, como derechos y obligaciones que tienen que ver con esta práctica en tu vivienda. Para hacerte más fácil la gestión de tu alquiler te traemos nuestros artículos con el objetivo de informar y aportar nuevos conocimientos sobre los arrendamientos. En nuestro artículo de hoy nos centramos en resolver todas las dudas respecto a la prórroga tácita en los contratos de alquiler, un concepto que genera muchas dudas tanto en propietarios como inquilinos.

La prórroga tácita del contrato del contrato de alquiler

Para todos aquellos que no conozcan qué es la prórroga tácita del contrato de alquiler tienen que saber que todos los contratos de arrendamiento están sujetos a una duración determinada de tiempo. Una vez, el periodo que se estipula en el contrato vence, el propietario y el inquilino pueden renovar contrato alquiler o rescindir el contrato de alquiler, poniendo fin al acuerdo entre ambas partes.

Pero, ¿qué sucede si el periodo acordado en el contrato por casero e inquilino es inferior a la duración establecida por Ley y este vence? Aquí, es cuando entra en vigor la prórroga tácita del contrato de alquiler. Esta consiste en prorrogar el acuerdo entre ambos anualmente hasta alcanzar el período que tienen que durar mínimamente los alquileres en España.

Así, esta prórroga sólo entra en vigor cuando el plazo mínimo que se acordó en el contrato se ha vencido. Más adelante, te explicaremos cuál es ese plazo mínimo de duración de los contratos de arrendamiento.

La diferencia entre la prórroga tácita y la tácita reconducción

Si hablamos de prórroga tácita, es imprescindible mencionar la tácita reconducción en los contratos de alquiler. Estos dos conceptos son similares y, por lo general, generan mucha confusión, pero, como vas a comprobar son muy diferentes entre sí:

  • Prórroga tácita: Esta forma parte del artículo 10 de la LAU y consiste en un alargamiento del plazo de estancia del inquilino en la vivienda alquilada. En la prórroga tácita, como decíamos anteriormente, el plazo se amplia hasta alcanzar la duración mínima de los contratos de alquiler en España y se mantienen las condiciones acordadas en el contrato por arrendador y arrendatario.
  • Tácita reconducción: Por su parte, la tácita reconducción está recogida en el Artículo 1566 del Código Civil y se produce cuando finaliza  el contrato de alquiler y el inquilino sigue residiendo allí por 15 días tras la fecha de vencimiento del contrato con permiso del propietario del inmueble. En este momento debe realizarse un nuevo contrato de tácita reconducción, el cual sustituye al anterior y que coge prestadas las condiciones que se firmaron en el primer contrato.

Duración del contrato de alquiler exigida por la Ley de Vivienda

Es posible, que si conoces la normativa de los alquileres, sepas que los contratos de arrendamiento pueden durar el tiempo que tanto arrendador como arrendatario acuerden. La LAU no tiene unas cláusulas específicas para este asunto. Pero, desde la aprobación de la Ley de Vivienda de 2019, se ha marcado una duración mínima de los contratos de alquiler.

Actualmente, esta normativa indica que la duración mínima de un contrato de arrendamiento debe de ser de 5 años. En el caso de los alquileres de las personas jurídicas de 7 años. Además, como explicamos anteriormente, de la prórroga tácita de 3 años.

Infografía sobre la prórroga tácita en el contrato de alquiler de Housfy.

Alquila tu vivienda de la manera más sencilla

Lo más habitual, si eres arrendador de una vivienda, es no conocer a la perfección las leyes en términos de alquileres. Aunque, en muchas ocasiones sea necesario tenerlas muy presentes, normalmente, es difícil recordar tantos términos y condiciones del contrato y su normativa correspondiente. Por ello, si como muchos propietarios, quieres alquilar tu piso, pero, no tienes tiempo para invertirlo en la gestión del arrendamiento, te recomendamos que confíes en los expertos de Housfy Alquileres, para que disfrutes de un arrendamiento sin procedimientos complicados y tediosos, solo de la manera más fácil.

Nuestro equipo te aconsejará para que puedas obtener la máxima rentabilidad de tu alquiler, que podrás comprobar tu mismo con una calculadora de rentabilidad del alquiler totalmente gratuita, y gracias a nuestro servicio de gestión del alquiler, ellos se encargarán de todos los trámites y gestiones de este. Además, disponemos de un seguro de impago del alquiler que te hará asegurar el cobro de las cuotas el día 15 de cada mes.

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