En España no es obligatorio registrar un contrato de alquiler, este puede simplemente ser un acuerdo verbal, o incluso escrito en un folio de manera informal, pero al ser válido, debe cumplir requisitos. Y cuidado, porque también comporta sanciones económicas no efectuarlos, sobre todo con Hacienda.
Sí, se puede tener un contrato de alquiler sin registrar
Mucha gente acostumbra a pensar que es obligatorio registrar un contrato de alquiler, pero lo cierto es que no, el Código Civil establece que cualquier expresión de acuerdo entre ambas partes es válida, ya sea escrita y firmada en un papel o simplemente hablada.
Este contrato tendrá las mismas condiciones y obligaciones que si estuviera registrado. De manera que el arrendamiento tendrá una duración de 5 años -7 años si la persona es jurídica-, será imprescindible pagar las rentas, no se puede echar al inquilino ni este abandonar el domicilio sin previo aviso, y en caso de venta de la vivienda, el inquilino tendrá preferencia para su compra y derecho a permanecer en el inmueble hasta la fecha de finalización del contrato verbal y/o escrito sin registrar.
Entonces, ¿qué diferencia existe entre un contrato de alquiler registrado y uno sin registrar?
Realmente, no hay diferencias en las condiciones y requisitos, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) aprueba los contratos de alquiler sin registrar, por lo tanto, estos deben cumplirla.
La distinción se encuentra en las consecuencias ante incumplimientos. Un contrato sin registrar pone en peligro la seguridad del propietario sobre el inmueble, ya que es muy difícil demostrar ciertos aspectos de los acuerdos a los que se llegaron.
Por ejemplo, a pesar de que en caso de impago se llevaría a cabo un desahucio judicial, se deberán conseguir pruebas que constaten que el inquilino reside en la vivienda y desde cuando. Hay que tener en cuenta que no resulta más fácil desahuciar a un inquilino al no haber contrato de alquiler registrado, ya que no es un aspecto que el juez valore como prueba definitiva, sobre todo si no ha incumplido ninguna de sus obligaciones.
Un contrato de alquiler formal recoge todos los aspectos que intervienen en el arrendamiento, como el precio y actualización de las rentas. Al no registrar el contrato, solo se podrá subir la cantidad de las cuotas si existe un recibo que pruebe la vigencia del acuerdo.
¡Ojo!👀 Recuerda que ya es obligatorio realizar los pagos de las rentas por transferencia bancaria, un hecho que te ayudará a demostrar la existencia del arrendamiento aun sin haber contrato registrado.
Como ves, el arrendador es la parte que más riesgo asume, y encontrará mayores dificultades para probar los incumplimientos que se puedan llevar a cabo o las modificaciones que quiera realizar. Todo deberá estar bien documentado y justificado.
¡Y lo más importante! Aunque no se registre el contrato de alquiler, este debe ser legal y declarado, de igual manera que la fianza debe ser depositada, pues de lo contrario Hacienda puede emplear sanciones económicas.
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