Ponte en situación. Terminas el contrato de alquiler y, cuando te das cuenta, tu inquilino ha causado daños en la vivienda durante el período en que la alquilaste. Si eres arrendador, tu obligación es certificar lo antes posible dichos desperfectos. Para ello, a continuación te decimos cuál es el plazo para reclamar un desperfecto al inquilino según la ley.
¿En qué plazo debo reclamar desperfectos al inquilino?
En el momento en que finaliza un contrato de alquiler entre arrendador y arrendatario, se procede a la entrega de las llaves. Este es el punto ideal y el lugar del trámite más acertado para hacer una revisión exhaustiva del piso y los posibles desperfectos ocasionados por el inquilino.
Esencialmente, este es el motivo por el cual en un contrato de arrendamiento se requiere el depósito de la fianza por parte del inquilino. De dicho importe se descontarán todos los gastos necesarios para arreglar los desperfectos.
¿Cuál es el plazo para reclamar los desperfectos al inquilino?
Si, tras la revisión de la vivienda, compruebas que el arrendatario ha ocasionado daños o ha destrozado parte del inmueble, no debes dejar pasar mucho tiempo antes de actuar. Cuanto antes mejor, así podrás justificar con más peso que los desperfectos los ha producido el inquilino y no tú, el propietario.
Entonces, ¿cuánto tiempo tiene un arrendador para reclamar daños? La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no estipula un plazo concreto para reclamar un desperfecto al inquilino, aunque es recomendable hacerlo lo antes posible y, a poder ser, antes de alquilar la vivienda de nuevo a otro inquilino, para poder justificar la retención de la fianza del inquilino saliente como compensación por dichos daños.
Lo ideal es revisar y reclamar los daños durante los primeros 30 días. El motivo principal es otra de las condiciones que impone la LAU, según la cual, si el retorno de la fianza se hace más de un mes después de la finalización del contrato, los cargos respectivos corren a cargo del propietario.
Por tanto, si vas a emitir una reclamación por daños, lo recomendable es que no sea pasados dos meses desde el final del contrato. ¿Por qué? Esto se debe al nexo causal.
¿Qué es el nexo causal?
Cuando hablamos de nexo causal hacemos referencia a la relación que existe entre los daños ocasionados por el inquilino y el tiempo transcurrido hasta su reclamación. En otras palabras, se trata de un concepto que ayuda a aportar veracidad a los daños que supuestamente produce el inquilino durante el alquiler.
A modo de ejemplo, si como propietario reclamas desperfectos durante los primeros 30-60 días tras finalizar el contrato del alquiler, lo más probable es que se demuestre que los daños sí los realiza el inquilino. Sin embargo, si la reclamación se hace seis meses después, el nexo causal será mucho más dudoso.
Pasos para reclamar los daños del inquilino
Como decíamos al principio, la fianza siempre se presenta como un medio para tapar los daños ocasionados por el inquilino. Pero hay casos más graves en los que la fianza es tan solo un pequeño porcentaje y no es suficiente.
Aquí entra en juego la reclamación por daños, que debe corroborar que los desperfectos del inmueble los ha provocado el arrendatario. Los pasos para reclamarlos son los siguientes:
- En el proceso de entrega de las llaves, acude con uno o dos acompañantes que sirvan como testigo imparcial ante la reclamación de desperfectos.
- Equípate con una cámara fotográfica para dejar constancia del estado del inmueble.
- Acude con un perito que evalúe los daños.
- También puedes contar con un notario que realice un acta notarial en el momento de entrega de llaves, así dejará constancia del estado de la vivienda y el mobiliario.
Tras contar con el informe de la revisión, entrégalo al inquilino e intenta solucionar el inconveniente sin recurrir a la justicia. Si el inquilino no asume el importe, deberás realizar la reclamación por vía judicial. Para evitar una situación como esta, lo más recomendable es contratar un seguro de alquiler para propietario.
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Buenas, espero que alguien me pueda ayudar. Mis padres alquilaron su piso, cuando el contrato finalizó se firmó el documento de entrega de llaves porque aparentemente todo estaba correcto. Al hacer un examen más a fondo nos dimos cuenta de que había varios desperfectos. Mi pregunta es si se puede reclamar a pesar de haber firmado ya la entrega de llaves. Muchas gracias.
¡Buenas tardes Guillermo! Si cuando tus padres firmaron la entrega de llaves dieron su conformidad al estado de la vivienda, será difícil poder reclamar al antiguo inquilino los desperfectos que se hayan generado durante el arrendamiento de la propiedad. Esperamos que nuestra respuesta te ayude 🙂 ¡Un saludo!
Buenos días,
¿Dónde puedo encontrar que los daños se deben reclamar antes de volver a poner en alquiler la vivienda?
Gracias por la ayuda
Buenos días, Andrés. Gracias por tu aportación. Hemos revisado la información y hemos confirmado que la Ley de Arrendamientos Urbanos no establece explícitamente que deba reclamarse antes de poner la vivienda en alquiler otra vez. Lo reformulamos a una simple recomendación que, en realidad, es lógica y común para justificar la retención de la fianza.
¡Un saludo! Y gracias de nuevo por tu comentario.