Cuando tomamos esa decisión de comprar una vivienda, ya sea habitual o una segunda residencia, tenemos que sumar un gasto fijo a esa lista interminable de gastos que controla nuestra economía. Todos los propietarios de pisos y locales que componen la comunidad de un edificio deben tener en cuenta que tienen fijada una cuota de comunidad. Esta cuota puede tener diferentes modalidades, puede ser mensual, trimestral, semestral o anual, y servirá para pagar gastos comunes, gastos extraordinarios y las famosas y tan odiadas derramas de la comunidad.
Esto puede parecer sencillo, pagas un importe en un periodo determinado y listo. Pero todo se complica cuando varias personas tienen que ponerse de acuerdo en un tema donde el principal protagonista es el dinero, todo se complica. Muchos propietarios no están de acuerdo con el importe que abonan a la comunidad, y este desacuerdo genera cierto malestar ralentizando obras y acciones que deberían llevarse a cabo en la mayor brevedad posible.
¿Quién debe pagar la cuota de comunidad?
Algunos propietarios de viviendas alquiladas incluyen como gasto la cuota de la comunidad en los contratos de arrendamiento. Y aquí es donde tenemos que prestar atención, ya que está practica no es la correcta. No importa si el propietario tiene la propiedad como vivienda habitual o como segunda vivienda en alquiler, el propietario siempre será el que tenga que abonar la cuota de comunidad y nunca el inquilino.
¿Y si tengo un vecino que no paga la comunidad?
No siempre la cuota de la comunidad es pagada por el propietario, en ocasiones (y, últimamente, con más frecuencia que lo habitual) en la comunidad hay algún vecino moroso que no puede hacer frente a este gasto con su economía doméstica o porque al estar en desacuerdo con la cuota no la quiere pagar. Cuando se da esta situación, el resto de los vecinos que componen la comunidad pueden denunciar a este vecino moroso.
Para ello, se debe realizar una junta y hacer constar en el acta la aprobación de la liquidación absoluta de la deuda. Una vez que los vecinos han llegado al acuerdo se deberá realizar un certificado para comunicar al vecino que debe liquidar su deuda. Si la morosidad perdura, se resolverá esta disputa a través de la vía judicial, entregando una demanda al Juzgado de Primera Instancia del lugar donde esté situada la vivienda. Mientras el caso está en proceso judicial, los vecinos deberán abonar la cuota del vecino moroso.
¿Cuánto se paga de cuota de comunidad?
El importe de la cuota de comunidad depende mucho de las instalaciones y equipamiento que tenga la finca. Además, de los gastos que supone tener esa finca en buen estado y en óptimo funcionamiento. Diferentes instalaciones como la piscina o la zona deportiva, así como el jardín y otras zonas comunes suponen un gasto de mantenimiento que repercutirá directamente a la cuota que tiene que pagar el vecino de esa finca. Esta cuota debe figurar en los estatutos de la comunidad de propietarios.
¿Todos los vecinos pagan la misma cuota?
Lo normal es que cada vivienda cuente con una cuota distinta a las demás. El gasto de edificio se divide según la cuota de participación que cada vivienda tenga marcada en la Escritura de división horizontal. Esta cuota de comunidad dependerá, según la Ley de Propiedad Horizontal de la superficie ocupada, su situación, altura y emplazamiento interior y exterior de cada uno de los inmuebles que componen el edificio. Se podría plantear fijar cuotas iguales para todas las viviendas de la finca, pero esta debe ser elegida por unanimidad entre todos los vecinos del edificio.
¿Cuándo es obligatorio pagar esta cuota y cuándo no?
Tenemos claro que todos los propietarios deben de pagar una cuota de comunidad, pero existen otros gastos que el propietario puede negarse a pagar, es decir, gastos no obligatorios. Para saber si un gasto es obligatorio o no, deberemos de saber cual es el motivo de este gasto en concreto:
- Si se trata de un gasto destinado a una reparación necesaria del edificio, como incluir ascensor o construir rampas, este será totalmente obligatorio.
- En cambio, si el fin de estos gastos no son imprescindibles para el mantenimiento del inmueble o del edificio y son opcionales, se realizará una votación entre los vecinos. Si en la votación se decide por mayoría seguir adelante con esta obra opcional, todos los propietarios tendrán que abonar este coste de esta reforma.
Obtén el mejor asesoramiento para la compra de tu nueva vivienda
Como has podido ver, son varios los gastos de comunidad que se generan por poseer una vivienda. Si es la primera vez que compramos una vivienda, es posible que no nos hagamos una idea del valor de todos esos gastos y de cuándo debemos pagarlos y cuándo no. Lo mejor si estás pensando en comprar un piso o una casa es que te pongas en manos de expertos en el sector inmobiliario como los de Housfy. Ellos te asesorarán para que encuentres la vivienda que más se ajuste a tus necesidades y conozcas todos los procesos y gastos asociados a este tipo de adquisición.
Esto es ¡genial! No he leído algo como esto en mucho tiempo . Es agradable encontrar a alguien con algunas ideas propias sobre este tema. Esta web es algo que se necesita en la blogoesfera , alguien con un poco de sinceridad. Un trabajo útil para traer algo nuevo a Internet. Gracias de todos lo que te leemos.
¡Gracias por tu comentario! Nos alegra que te guste nuestro trabajo y nuestros temas 🙂
Hola!
Estoy a punto de adquirir una vivienda y me gustaría saber si la terraza que tengo en el piso también estará incluida en los metros cuadrados del piso para el gasto de la comunidad.
Muchas gracias
¡Buenos días Sandra! Las viviendas con terraza pagan más de gastos de comunidad por lo que establece la Ley de Propiedad Horizontal. En el artículo 9 en el apartado 1.e) se fijan las obligaciones de los propietarios: «Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización». Además, en el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal se establece que para definir las cuotas de participación de la propiedad se tendrá en cuenta la superficie útil de la vivienda o local en relación con el total de todo el inmueble, su altura, su orientación: interior o exterior y uso que se va a realizar de los servicios y elementos comunes. Por lo que, un piso con terraza es probable que tenga más superficie que un piso sin terraza y es por ello por lo que tendrás que pagar más en la cuota de participación de la comunidad. Esperamos haberte sacado de dudas. ¡Un saludo!
Buenas!
Debe la administradora especificar la cuota mensual exacta a pagar por los moradores? En la última reunión solo presentó la cuota anual y cuando se lo pregunté, me dijo que eso llevaba mucho tiempo y no me dio más explicaciones, con lo cual no sé cuánto debo pagar.
Buenas tardes Pepa. Con los datos que me proporcionas, para saber la cuota que cada particular debe pagar se calcula en el porcentaje de participación que tiene la vivienda en el total de la comunidad. De todos modos la persona que debería proporcionarte esos datos es el administrador. Un saludo.
Hola, no se si llegaste a preguntar por los gastos pero a mí me pasa algo similar. Es un edificio de 18 viviendas con piscina pero sin ascensor y con garaje exterior (un simple techo metálico) apenas tiene zonas ajardinadas salvo el césped que rodea la piscina y el seto que rodea el edificio y el dueño dice que la comunidad son 150€ al mes (para la vivienda más grande, la que queremos nosotros) hasta la de 1 habitación y 1 baño tiene una cuota altísima, 90€. Nos parece que es todo demasiado caro para los servicios que tienen.
¡Buenas tardes Marta! Las cuotas de comunidad van siempre en función de un porcentaje y no tiene siempre que coincidir con los gastos generados por la comunidad. También se pueden añadir fondos a cuenta de futuras derramas o directamente pagos por derramas. De todos modos siempre es aconsejable pedir las actas de comunidad antes de hacer nada. ¡Un saludo!
Buenas tardes. La subida del. Importe de la mensualidad de la comunidad,¿se puede variar por mayoria o debe de ser por unanimidad?. Gracias
¡Buenos días Ana María! Debe de haber una unanimidad para poder hacer un cambio de importe en la cuota mensual de la comunidad. ¡Un saludo!
Hola, estoy a punto de adquirir una vivienda en una pequeño edificio que no cuenta con jardines, ni piscina ni zonas deportivas. Son dos plantas con 7 vecinos en total, un ascensor y servicio de limpieza semanal. La propietaria me comenta que la cuota de comunidad que me corresponde es de 100€ y me parece excesivo. Bien es cierto que mi cuota de participación sería la más alta del edificio, sobre un 18%.
¿Es razonable tal cantidad? ¿Puedo revisar los estatutos de la comunidad antes de adquirir la vivienda o debo esperar a ser propietario?
Gracias
Buenas tardes Máximo. En este caso particular que comentas lo que podemos detectar es lo siguiente. Siempre que una finca tiene pocos vecinos y servicios de ascensor y limpieza la cuota resultantes es elevada. Además si el porcentaje de participación es de casi un 20%, no parece un disparate. De todos modos, consúltalo con los gastos de la comunidad para mayor seguridad. ¡Un saludo!
Es legal pagar la cuota total dividida en 5 meses solo, es un apto turistico y lo ejecutan asi, no se puede solicitar la cuota en 12 mensualidades.gracias
¡Buenas tardes Edu! Es legal siempre que sea pactado se puede hacer los pagos de esa manera, al ser un alquiler turístico. ¡Un saludo!
Hola muy buena mi edificio tiene tres plantas y la primera y la segunda planta tiene 3 pisos cada planta y el tercer piso hay cuatro áticos todos tienen acceso a cochera menos yo y otro piso mi pregunta es tengo que pagar la misma cuota que los demás
¡Buenos días Adrian! Los gastos de comunidad deben incluir el uso al garaje. Si no estás pagando este gasto es probable que no puedas acceder a este espacio. De todas formas, te aconsejamos revisar las clausulas de la escritura y/o estatutos de la vivienda para conocer más en detalle tu caso. ¡Un saludo!
Hola, en mi caso somos 34 propietarios, y aprobaron un cambio de porterillo, en la reunión solo se presentaron 14 y por mayoría decidieron que se cambiarq todos, ami y a otros muchos vecinos le funciona, el acta no me la mandaron y después de meses que la reclame viene sin firmar y sin el recuento de votos solo pone mayoría. Y la pregunta es me puede negar a pagar esa derrama?
¡Buenas tardes Patricia! Negarte será complicado si la derrama ya está aprobada y presupuestada por la comunidad, según los estatutos de cada una se aclara que porcentaje requiere para tomar estas medidas, sino existe esa disposición es por mayoría simple. ¡Un saludo!
Somos diez propietario, no tenemos ascensor, no tenemos limpieza, no tenemos aparcamineto, no tenemos jardin, pero 6 a acceptado que pagamos 50 euro al mes,.No tenemos gasto que justifica este importe, solo pagamos el seguro anual de 438 y pequieño reparacion que no sube anual de 500 euro. Despues de un año los mismo quere subir la cota con 15 euro mas por motivo que tenemos que acumular fondo. Existe un minimo y maximo que se puede pedir como cuota mensual de la comunidad o depiende de como les da la gana, porque cada final de año cuenta que el proximo es posible que podemos tener algun gasto grande y que tenemos que cubrirlo.
¡Hola Juan! Tendrías que hablar con el Administrador de la finca para ver de donde sale ese importe, no hay un mínimo o un máximo, pero la cuota de la comunidad tiene que estar justificada. ¡Un saludo!
Hola muy buenas por favor tengo pregunta sobre la comunidad el el bloque donde vivo no tengo ni idea cuántos propietarios pero serían unos 32 más o menos y va el agua en la comunidad son 51,50 euros al mes pero mi cobraron 59,50 euros llevo un mes viviendo somos dos personas y mi bebé el bloque fatal olores y por fuera parece cárcel muy abandonado sin pintar pared roto asqueroso por dentro olores de tubería sin ascensor sin jardín sin garaje sin almacén y como soy de primera planta no uso azotea ya que no puedo subir tantas escaleras y no de qué hacer( no tengo contrato ni ninguna justificación de comunidad ) solo mi llamo el represindtador del bloque y pedio la cuenta bancaria.graciad
¡Hola Souhaila! Tendrías que hablar con el Administrador del edificio para saber porqué te han cobrado de más en la cuota de la comunidad. ¡Un saludo!
Hola!
En mi caso estamos de alquiler en un piso, el gas está incluido en la comunidad, y desde la inmobiliaria en un principio nos comentaron que no teníamos que pagarlo puesto que la comunidad corresponde al . Ahora un año después la casera nos envía el pago del gas dividido por meses. Nos correspondería hacer este pago?
Muy buen post!
Saludos!
¡Buenos días Mario! El encargado de pagar los gastos de la comunidad es la persona que se estipule en el contrato de alquiler que habéis firmado en su día por ambas partes. Te recomendamos que revises el contrato para ver si figura este detalle, en caso de no aparecer el propietario será el encargado de pagarlo. ¡Un saludo!
Buenas, estoy a punto de adquirir una vivienda y la verdad que al ser mi primer domicilio, estoy un poco ‘verde’ en lo que es el tema de los pagos. Se trata de una comunidad de vecino de 37 viviendas, y la mia concretamente es un bajo con patio, y me gustaría saber cuánto y cuáles serán los gastos que llevemos a cabo aproximadamente? Decir que como servicios, la comunidad tiene piscina, ascensor, y cochera y un pequeño trastero. Gracias
¡Hola Oscar! Tendrás que preguntarlo al vendedor, desde aquí no podemos conocer los gastos de la comunidad. ¡Un saludo!
Hola buenas
Tengo una pregunta
Compre una vivienda pero no vivo en ella y está serrada y el agua están pagando con la comunidad porque hay sólo un contador para todas la viviendas estoy pagando la comunidad incluendo el agua pero yo no estoy gastando agua porque no vivo en la casa es obligatorio pagar pagarme el agua y yo no estoy gastando
Hola Fadi, aunque no residas en la vivienda, tienes que asumir los impuestos del inmueble y los gastos de comunidad. ¡Un saludo!
Fadi. Ponte un contador y listo. No estoy seguro de que sea muy legal tener un contador para todos los vecinos
Buenas tardes!! Entiendo que por catastro, en mi bloque de 8 vecinos,las puertas segundas paguemos más,por ser unos metros más grandes los pisos,pero algunos de los pisos,se han hecho en el terrado del edificio, unos trasteros,que son ilegales,yo me enterado hace pocos días,que se podría hacer al respecto? Gracias!
¡Buenas tardes Mercedes! Para poder solucionarlo se debería de convocar un Junta para hablar sobre lo sucedido y decidir unas normas que regulen el uso de estos trasteros ilegales. ¡Un saludo!
Hola que buen Blog!
Les quería preguntar que hay de cierto con que los gastos de comunidad cambian a partir del año 2023.
Estoy a punto de comprar un piso que tiene de comunidad 220e. Incluye agua caliente y fría, además de la calefacción central.
Según el corredor de propiedades, por ley, los edificios deberán adquirir sus propios contadores de costes. Es cierto?
Gracias!!
¡Buenas tardes Doris! Así es, según la nueva normativa decretada por el Gobierno, antes de mayo de 2023 cada edificio con sistema de calefacción central deberá instalar contadores individuales. ¡Un saludo!
Hola,muy buenas!! En mi caso,compramos un piso hace 7años,somos unos 20vecinos disponemos d piscina cominitaria,2ascensores y con poca zona d jardín. Cuando compramos el piso hace 7 años pagábamos el recibo d comunidad con el agua incluida xk el contador era individual, y al año se decidió poner todos los contadores individuales y d cada vez las cuotas d comunidad an ido subiendo hasta hoy k hemos recibido la última cuota y ya sube a mas d 200€ y sin agua xk la pagamos a parte. Lo veis normal? Gracias.
¡Buenos días Pedro! Lo mejor en el caso que nos explicas en consultar con un asesor inmobiliario experto en alquileres que pueda estudiar todas las cuotas que se han pagado en la comunidad en cuanto a suministros e indicarte las vías a las que puedes recurrir para solucionarlo. ¡Un saludo!
Yo quisiera que me orientaran de ser posible. Mi comunidad es de 7 pisos 3 x pisos. En mi caso ocupo el 1er piso, con una superficie habitable de 65 metros. Igual al resto. Ahora tengo una terraza que unido a la superficie habitable computan 142 metros cuadrados. Esas terrazas aunque solo las puedo utilizar yo, son comunitarias, o sea el techo de la parte de abajo del edificio. A mi no se me ha permitido ni cerrarlas con cristales. El reto de los propietarios pagan 80 o 90 euros y yo pago 240, mientras que otro vecino que si utilizo una de las terrazas y que tiene mas superficie habitada que yo paga mucho menos. Que tendria yo que hacer para no tener que pagar tanto ya que vuvo de una pension muy reducida. Gracias.
¡Buenos días! En tu caso lo mejor sería que expusieras lo sucedido a un abogado experto en asuntos inmobiliarios para que pudiera acordar una solución con la comunidad de vecinos. ¡Un saludo!
Hola,
Y si en mi contrato dice lo siguiente:
En concreto, al arrendatario se le repercutirá el IBI, la comunidad de vecinos y una parte de la reforma
realizada. A fecha de 17 de enero de 2022, el IBI tiene un coste anual de 625,94 € y la Comunidad de Vecinos
un coste anual de 769,68 €. Para facilitar el pago de dichos gastos generales de la vivienda al arrendatario, los
pagos se prorratearán mensualmente.
Es decir, se abonarán 52,16 € en concepto de IBI, 64,14 € de la comunidad de vecinos y 2,24 € en concepto
de aire acondicionado haciendo un total de OCHOCIENTOS EUROS (800,00 €) mensuales.
¿Qué debería hacer?
Bon dia, Gerard. Nos falta un poco de contexto para entender tu consulta. En todo caso, está en tu poder decidir si firmas el contrato y aceptas las condiciones o si, por el contrario, deseas no firmar y buscar otro piso. Feliz tarde.