Siempre llega el momento en el que, por un motivo u otro, se debe cambiar el titular de los bienes inmuebles. Es entonces cuando nos preguntamos qué es mejor, una donación o una compraventa entre hermanos. Es importante analizar ambas opciones para saber cuál es la más apropiada para tu situación. Por lo tanto, si estás pensando en donar o vender una vivienda, sigue leyendo este artículo porque te contamos todo lo que debes saber.
Donación o compraventa entre hermanos: Diferencias
En el momento de cambiar la titularidad de una propiedad, existen dos opciones: la donación de los bienes y la compraventa. La principal diferencia entre ambas es que la compraventa beneficia al comprador, y, por otro lado, la donación sale más rentable para el que lo da. Es decir, en la mayoría de los casos, hablamos de una diferencia monetaria, que comentaremos en detalle más adelante.
Al tratarse de familiares cercanos, es fundamental hablarlo y analizar ambas opciones para ver cuál sale más a cuenta.
Otra de las diferencias que debes tener en cuenta antes de realizar cualquier acción es el régimen económico patrimonial. Dicho en otras palabras, si quieres ceder el inmueble mediante la venta a un hermano y este, está casado con gananciales, la propiedad pasará a ser del matrimonio. Sin embargo, si la transmisión se da de una modalidad de carácter de donación, lo donado es privativo, y, por lo tanto, solo le pertenece al donatario.
Donación de bienes inmuebles
Se trata de la acción de transmisión de una propiedad a título gratuito. En este proceso entran en juego dos agentes principales: el donante y el donatario. El primero es el que cede la titularidad del bien a favor del donatario, que es la persona que lo acepta.
La adquisición de la vivienda mediante la donación, conlleva el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), que deberá asumir el donatario, es decir, la persona que recibe el bien. Además de liquidar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, dicho en otras palabras, la Plusvalía Municipal.
Compraventa entre hermanos
La otra opción para transmitir un bien es la compraventa. En este caso, podemos considerar que es la manera más común para que los receptores del bien ahorren en el momento de pagar impuestos, ya que evitan liquidar los tributos comentados anteriormente.
No obstante, será obligatorio el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Además, la persona que vende el inmueble deberá abonar los impuestos correspondientes por el dinero ganado de la venta y por la diferencia del valor de transmisión y adquisición de la vivienda. Dicho en otras palabras, tendrá que declarar los beneficios en la Declaración de la Renta del año correspondiente. Del mismo modo que en el caso anterior, deberá hacer frente a la Plusvalía Municipal en la venta de vivienda, si se trata de una finca urbana.
Otra opción: La herencia entre hermanos
En los dos casos anteriores, tanto en la donación como en la compraventa entre hermanos, estamos hablando de actos de transmisión en vivo. No obstante, en caso de fallecimiento, las unidades familiares optan por esperar a aceptar la herencia y no tramitar el cambio de titular en vida. Es importante hacer constar la voluntad del propietario en un documento público ante notario.
En esta ocasión, también se tendrá que liquidar el Impuesto de Donaciones y Sucesiones, con carácter de sucesión. Igual que la Plusvalía Municipal cedida a cada Comunidad Autónoma. Existen muchas maneras de evitar el pago de plusvalía en herencia.
¿Cómo influye el parentesco en la carga fiscal?
La Ley de Haciendas locales, ofrece deducciones en la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de acuerdo al grado de parentesco, por lo tanto, en función del vínculo entre los familiares. Se estipulan cuatro grados de parentesco y se especifica si el vínculo es por consanguinidad, afinidad o adopción.
El grado en línea directa cuenta con tantos grados como generaciones. En cambio, si hablamos del grado de parentesco entre hermanos, debemos recalcar que se trata de un parentesco que se da en línea colateral. De tal modo que si se trata de dos hermanos existen dos sujetos de grado de consanguinidad de segundo. Este aspecto es relevante en el momento de la donación o la herencia del bien inmueble. Esto puede favorecerte, ya que depende de la Comunidad Autónoma, se aplican varias bonificaciones en los tributos.
Te ayudamos a vender tu inmueble
Llega el momento de querer cambiar la titularidad de tu propiedad y no sabes qué opción es mejor. Debes tener en cuenta la diferencia monetaria que existe entre todas las opciones y cuál te beneficia más según tu situación personal. O en el caso de aceptar una herencia y no saber por dónde empezar. Sabemos que siempre conlleva muchos trámites que nunca son fáciles, es por ese motivo que si quieres vender un piso heredado y no sabes cómo hacerlo en Housfy tenemos todas las claves.
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explicame mejor que diferencia hay entre una donacion y una compraventa, la donacion se puede revocar?
Hola, Maria Pilar.
En una donación la vivienda se entrega gratuitamente, mientras que en una compraventa el comprador paga por ella. Hay que tener en cuenta que en una donación también se deben pagar impuestos.
Por otro lado, una donación puede revocarse siempre y cuando esta sea de carácter modal o con carga u obligaciones, y el órgano judicial pertinente compruebe que el donatario ha incumplido las condiciones de la donación.
¡Esperamos haber resulto tus dudas, un saludo!🙋♂️
Hola se puede vender aún ermano la casa que me dejó mi papa .tenemos apellido solamente por parte de mama
Buenos días, Juan. Claro que puedes vender tu casa a tu hermano, nada más faltaría. Danos un poco más de información de la vivienda en el siguiente enlace y un experto se pondrá en contacto contigo para facilitaros los trámites: https://housfy.com/vender-pisos. Saludos.
Buenos días. Una pregunta para cambiar la titularidad de dos pisos entre hermanos, mi casa está a nombre de mi hermano,y la casa de mi hermano a mi nombre,una tiene la hipoteca pagada y la otra no,en este caso cuál sería la mejor opción gracias
Buenos días, Pilar. Pues nos falta un poco de información sobre las viviendas y los titulares, os recomendamos que contratéis los servicios de un gestor fiscal para que os pueda asesorar con mayor precisión. Un saludo. 🙂