¿Quieres saber cuál es el beneficio real que vas a obtener al vender tu casa? Te recomendamos empezar el proceso usando nuestro simulador de impuestos para la venta de tu vivienda este 2026.
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Calcula el IRPF, la plusvalía municipal y el neto que recibirás al vender tu piso
Para situaciones complejas (herencias, copropiedad, inmuebles pre-1994) consulta con un gestor fiscal.
Lo más importante de este artículo:
- El IRPF, la Plusvalía Municipal y el IBI son los tres impuestos que más van a reducir los beneficios que obtengas de la venta del inmueble.
- Suma al precio original de compra de tu vivienda las facturas de reformas, gastos de notaría y registro, entre otros, para que tu ganancia patrimonial tributable por el IRPF sea lo menor posible.
- Con el IRPF, Hacienda se lleva un una parte proporcional que escala desde el 19% hasta el 30%, según la proporción del beneficio de tu venta con respecto al precio original de compra.
- Podrías librarte de tributar por el IRPF si eres mayor de 65 años, si reinviertes el dinero en una nueva vivienda habitual o si se trata de una dación en pago.
- Parte del éxito de tu venta depende de realizar una simulación de gastos previa que te permita fijar un precio de salida competitivo y, sobre todo, que sea rentable para ti.
En este artículo aprenderás:
- ¿Cuánto pagarás con nuestro simulador de impuestos para la venta de tu vivienda?
- ¿Qué impuestos pagas al vender tu vivienda en 2026?
- ¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial por la venta de una vivienda?
- ¿Cuáles son los tramos del IRPF en 2026 para la venta de tu vivienda?
- ¿Cuándo estás exento de pagar IRPF?
- Casos especiales: Vivienda heredada y segunda residencia
Consejo práctico
Según nuestros expertos, es muy importante que aparte de utilizar el simulador de impuestos para la venta de tu vivienda, sepas de antemano cuánto vale tu casa. Por eso, en Housfy te ofrecemos nuestro valorador online gratuito sin ningún compromiso.
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¿Qué impuestos pagas al vender tu vivienda en 2026?
Los impuestos que pagas al vender tu vivienda en 2026 son el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la Plusvalía Municipal y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
Con el simulador de impuestos para la venta de tu vivienda en marcha, verás que los impuestos a pagar por vender son 3 en concreto.
| IRPF | Plusvalía Municipal | IBI |
| Impuesto que se cobra por la ganancia patrimonial. | Impuesto que se cobra por el incremento del valor del suelo urbano mientras fuiste dueño. | Impuesto anual sobre la propiedad. Pagas por la proporción de tiempo anual que el inmueble ha sido tuyo. |
| Se cobra de forma progresiva, con porcentajes que van del 19% al 30% en 2026. | Se basa en el valor catastral del suelo, no en el precio de venta. | Pactar un reparto proporcional según los meses que cada uno ha ocupado la casa. |
| Impacta directamente en el dinero final que te va al bolsillo. | Consulta cuándo hay que pagar la Plusvalía Municipal. | Es la práctica estándar para que la venta sea justa pero no es obligatorio. |
| Calcularlo con precisión es fundamental para fijar un precio de venta que resulte rentable. | Si has tenido la vivienda muchos años, la cantidad puede ser considerable. | Se debe dejar por escrito en el contrato de arras para evitar conflictos el día de la firma. |
¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial por la venta de una vivienda?
La ganancia patrimonial es la diferencia real entre el precio de venta (menos gastos de gestión) y el precio de compra original (más impuestos y reformas justificadas).
La ganancia patrimonial es la diferencia existente entre el precio final por el que compraste la vivienda y el precio final por el que la vendiste. Es un cálculo con matices que pueden reducir tu pago de impuestos.
Pero antes, en Housfy consideramos que es esencial que sepas cuál es la diferencia entre el valor de compra (+ gastos atribuibles) y el valor de venta (+ gastos deducibles).
¿Qué es el valor de compra y qué gastos puedes sumar?
El valor de compra es el precio que pagaste cuando compraste la vivienda, más todos los gastos asociados a esa adquisición, que son deducibles:
- Notaría
- Registro
- ITP / IVA
- Gestoría
- Reformas justificables con facturas
Todo lo que sumaste al coste real de la vivienda reduce la ganancia.
¿Qué es el valor de venta y qué gastos puedes restar?
El valor de venta es el precio al que vendes, menos los gastos de la transmisión, que son deducibles también:
- Comisión de la inmobiliaria
- Notaría
- Coste de la cancelación hipotecaria en el Registro (si tienes)
El resultado es tu ganancia neta real, el importe sobre el cual tributas por el IRPF.
Ejemplo práctico con cifras reales
- Compraste en 2015 por 180.000€ con 12.000€ de gastos → valor de compra: 192.000€
- Vendes en 2026 por 280.000€ con 14.000€ de gastos → valor de venta: 266.000€
- Ganancia patrimonial: 266.000 – 192.000 = 74.000€
Este es el «paso a paso» que debes seguir si quieres calcular correctamente la ganancia patrimonial por la cual Hacienda te va a cobrar el impuesto en el IRPF.
- Nota importante: El papel del simulador de impuestos para la venta de tu vivienda juega un papel clave en este cálculo porque solamente restándolo al precio al que vendas tu inmueble vas a saber el beneficio real de la operación.
¿Cuáles son los tramos del IRPF en 2026 para la venta de tu vivienda?
Hacienda aplica un cobro progresivo sobre tu beneficio que escala del 19% al 30% a través de cinco tramos impositivos.
| Ganancia patrimonial (beneficio) | Tipo impositivo |
| Hasta 6.000€ | 19% |
| De 6.000€ a 50.000€ | 21% |
| De 50.000€ a 200.000€ | 23% |
| De 200.000€ a 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 30% |
- Consejo del experto: Es fundamental entender que el ahorro no es lineal, sino progresivo. Por eso, calcular el impacto real tramo a tramo es la única forma de saber con exactitud cuánto dinero llegará finalmente a tu cuenta bancaria tras la venta.
¿Cuándo estás exento de pagar IRPF?
Estás exento de pagar el IRPF si reinviertes en otra casa habitual, si tienes más de 65 años o mediante una dación en pago.
Solamente existen tres situaciones en las que estás exento de pagar a Hacienda por la ganancia obtenida y son las siguientes:
- Reinversión en vivienda habitual
- Mayores de 65 años que venden su vivienda habitual
- Dación en pago (entregar tu vivienda habitual al banco para cancelar la hipoteca)
Reinversión en vivienda habitual: Condiciones y plazo
Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes el dinero obtenido en otra vivienda habitual, la ganancia que puedas obtener queda exenta de tributar. El plazo máximo es de 2 años.
Consejo práctico:
La clave es que tiene que ser vivienda habitual en ambos casos (tanto en la que vendes como la que compras) y reinvertir el importe total. Si solo reinviertes una parte, la exención también es proporcional.
Mayores de 65 años que venden su vivienda habitual
Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual, estás exento de pagar IRPF por la ganancia que obtengas, sin la necesidad de reinvertir en nada.
Si la vivienda que vendes no es tu vivienda habitual (segunda residencia por ejemplo), la exención no aplica directamente pero existen otras fórmulas.
Dación en pago (entregar tu vivienda habitual al banco para cancelar la hipoteca)
Si entregas tu vivienda al banco para cancelar la hipoteca (dación en pago), la ganancia también está exenta, siempre que sea tu vivienda habitual y no tengas otros bienes con los que hacer frente a la deuda.
Casos especiales: Vivienda heredada y segunda residencia
En herencias manda el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones (valor de referencia catastral) y en segundas residencias las deducciones son vitales al no existir el beneficio por reinversión.
En caso de querer vender una vivienda heredada o una segunda residencia, el simulador de impuestos para la venta de tu vivienda cobra más sentido que nunca, porque se trata de dos situaciones especiales:
| Situación | Valor | Fiscalidad |
| Herencia | El valor de «compra» es el valor declarado en la herencia (valor de referencia catastral) más los gastos de sucesiones, notaría y registro. | La fecha que cuenta es la del fallecimiento, no la de la firma de la escritura. Esto es clave para calcular el tiempo de posesión. |
| Segunda residencia | Se calcula igual que una vivienda habitual, pero es vital deducir todos los gastos posibles para bajar la base imponible. | Consulta cómo funciona la reinversión en una segunda residencia para no pagar IRPF. |
Si acabas de heredar, que sepas que en Housfy gestionamos el trámite gratis y cerramos la venta de tu propiedad heredada con éxito.
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¿Cómo tomar la decisión inteligente al vender tu vivienda?
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Una vez hayas usado el simulador de impuestos para la venta de tu vivienda y calculado tu ganancia real restando los gastos deducibles, el camino está despejado para lo más importante, cerrar la venta.
En Housfy combinamos tecnología y un equipo de expertos inmobiliarios que te acompañan de principio a fin para vender tu vivienda al mejor precio, con total transparencia y sin sorpresas.
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Preguntas frecuentes (FAQ’s)
¿Cuánto tiempo tengo para reinvertir y quedar exento?
Tienes un plazo de 2 años desde la venta para reinvertir en una nueva vivienda habitual. También puedes haberla comprado hasta 2 años antes de vender la anterior. El plazo es el mismo en ambas direcciones.
¿La hipoteca pendiente reduce el IRPF?
No directamente. La hipoteca pendiente no reduce la ganancia patrimonial. Lo que sí puedes deducir son los gastos de cancelación registral de la hipoteca (gestoría y registro), pero no el capital que aún debías al banco.
EN 2010 COMPRÉ UN PISO (VIVIENDA HABITUAL) Y AHORA QUIERO VENDERLO. EL PRECIO DE COMPRA FUE (IMPUESTOS INCLUIDOS) DE 513.000 Y LO VENDO POR 505.000. VOY A COMPRAR OTRA CASA QUE CUESTA UNOS 400.000 EUROS (MENOS QUE LA PRIMERA, PERO NECESITA REFORMA INTEGRAL). COMO TENGO HIPOTECA DE LA PRIMERA CASA Y ME QUEDAN POR PAGAR 218.000 EUROS , LO QUE TENDRÍA QUE INVERTIR SERÍAN UNOS 287.000 EUROS, PERO EL TEMA ES QUE NECESITO DINERO PARA LA REFORMA DE LA SEGUNDA Y SÓLO VOY A INVERTIR EN LA PRIMERA UNA PARTE Y ME VOLVERÉ A HIPOTECAR. MI DUDA ES SI DE ESOS 287.000 EUROS SÓLO INVIERTO EN LA CASA NUEVA 200.000 EUROS Y EL RESTO ME HIPOTECO, TENGO QUE PAGAR IRPF O SÓLO SE MIRA QUE VENDO, PAGO LA HIPOTECA Y EL RESTO ES UNA CANTIDAD MENOR QUE LA QUE CUESTA LA NUEVA CASA?
¡Hola Marsan! un placer saludarle,
En Housfy le confirmamos que, como usted vende por 505.000€ algo que le costó 513.000€, ha tenido una pérdida y no tiene que pagar IRPF, ya que no ha ganado dinero. No se preocupe por cuánto invierte en la nueva casa para Hacienda, porque al no haber beneficio en la venta, no hay impuesto que perdonar ni reinversión que vigilar; simplemente declare la pérdida en su renta.
Esperamos encontrarle bien! Saludos.
Yo creo que en este caso no tendrías que pagar IRPF debido a que has vendido por debajo del valor de compra, aunque hayan pasado años su valor de compra continua siendo 513.000 si vendes por 505.000 no estas ganando dinero sino perdiendo con respecto a como compraste, el dinero que has pagado durante todos estos años no es ganancia.
Hola Mario, encantados de saludarle,
Tiene usted toda la razón, si el precio de venta es menor al de compra, no hay ganancia patrimonial y por tanto el impuesto IRPF no se paga. Es importante recordar que, aunque no se pague, nosotros siempre recomendamos reflejarlo en la declaración para que Hacienda sepa que la operación se cerró con pérdidas.
Gracias por colaborar e interactuar con Housfy!
Hola Marsan, mi madre tiene 67 años y va a vender una casa en Valencia ( primera vivienda) para comprar otra en Madrid que también sería vivienda habitual, al tener más de 65 años, estaría exenta de pagar algún impuesto?
Hola muy buenas Angela, tenemos una excelente noticia para usted,
Como su madre es mayor de 65 años y vende su casa de toda la vida (vivienda habitual), está completamente libre de pagar el IRPF, sin importar si compra otra casa en Madrid o si se queda el dinero. Solo tendrá que encargarse de la Plusvalía municipal en Valencia, pero el beneficio de la venta es todo para ella.
Esperamos que le vaya todo bien!
hola.
mi marido junto a sus seis hermanos ( todos jubilados) vendieron en diciembre del 2020 una casa heredada por sus padres. en la venta hubo perdidas por ser una casa inhavitable por su deterioro. Si cada hermano recibió 11.000€ … deben declarar ese dinero en el IRPF ? gracias
Un saludo Maria, es un placer saludarla,
En Housfy les aclaramos que, aunque hayan tenido pérdidas y no deban pagar el impuesto, sí tienen la obligación de declarar la venta en su renta cada uno de los hermanos. Al haber vendido por menos de lo que valía la casa cuando la heredaron, Hacienda verá que no hubo beneficio y no les cobrará nada, pero hay que informar de la operación.
Gracias por la confianza depositada en Housfy!
Buenas tardes.
Vendimos un piso heredado en Barcelona en septiembre del 2020.
Mi madre falleció el 21/08/2003 y mi padre el 06/09/2016.
En el impreso de sucesiones y donaciones 660 figura una cantidad en el » valor total del bien» y en «el valor de participación» el 50% menos.
Es una de esas valoraciones la que tengo que introducir como importe de la transmisión( venta ) para la declaración de la renta?
Un saludo.
Muchas gracias.
¡Hola Andrés! Es un placer saludarle y resolver sus dudas,
En Housfy le ayudamos con lo que necesite; para su declaración, el «precio de compra» es el valor que pusieron en la escritura de herencia (el modelo 660 que usted menciona), sumándole los gastos de notario e impuestos que pagaron al heredar. El «precio de venta» será el valor real por el que vendieron en 2020, restándole los gastos de la inmobiliaria y la plusvalía.
Esperamos que le sirva esta información, gracias por su confianza!
Hola si compré la casa por 382.000€ y la vendo después de 16 años por 365000€ cuánto debo de pagar de IRPF ahora estamos de alquiler en otro lugar.
Gracias
Muy buenas Manuel, un placer saludarle y ayudarle con sus trámites!
Al vender por 365.000€ lo que le costó 382.000€, usted no ha ganado dinero y no tendrá que pagar nada de IRPF. Da igual que ahora vivan de alquiler; el impuesto solo se paga si hay un beneficio económico, y en su caso los números salen en negativo.
Buena suerte y gracias por la confianza!
HOLA COMPRE EN EL AÑO 2000 POR VALOR DE 75000 Y LO VENDO AHORA POR 215000. EL DINERO IRA DESTINADO A UNA HIPOTECA DE MI VIVIENDA HABITUAL, Q TIENE MAS DE 5 AÑOS. Q CANTIDAD DE IRPF TENDRIA Q PAGAR?
¡Buenas tardes Juan!
En Housfy le informamos de que, para no pagar el IRPF por esos 140.000 € de beneficio, usted puede usar el dinero para pagar (amortizar) la hipoteca de su casa actual, siempre que esta sea su vivienda habitual. Tiene usted un plazo de dos años desde que vende la antigua para meter ese dinero en la hipoteca de la nueva y quedar libre de impuestos.
Un saludo muy grande, esperamos que le vaya bien!
Mi marido y sus hermanos han venido un piso de herencia de sus padres. El valor de compra está reflejado en pesetas pues hace más de 40 años que se compro. Que valor debo tener en cuenta para la declaración este o el valor que tienen en Catastro?
Hola muy buenas Jenn, vamos a ayudarla como podamos!
Según nuestros expertos inmobiliarios, no debe usar el valor del Catastro. El valor que cuenta es el precio que pagaron sus suegros hace 40 años pasado a euros; nosotros le ayudaremos a buscar ese dato en las escrituras antiguas y le aplicaremos unos beneficios especiales (llamados coeficientes de abatimiento) que Hacienda da a las casas compradas antes de 1994 para que paguen mucho menos.
Contáctenos si aún necesita resolver esta situación: https://housfy.com/
Muchas gracias por la confianza! Que todo le vaya bien.
Hola… Una duda. Sobre el IRPF vendi mi casa comprada en 1990, pero aun me quedaban 68000 euros por pagar y que liquidé con el dinero de la venta. Estos 68000 euros, seràn descontados del computo, no?
¡Buenos días Antoni!
Esos 68.000 € de hipoteca no restan el beneficio (la ganancia es la diferencia entre precios de compra y venta), pero sí sirven para que Hacienda le pida reinvertir menos dinero. Si usted vende su casa habitual, solo está obligado a reinvertir lo que le «sobró» tras pagar la hipoteca para no pagar impuestos.
Estamos encantados de ayudarle con lo que haga falta, así pues, esperamos que se resuelva con éxito su situación!
Si vendo una casa por 105.000 cuanto tengo que pagar?? Plusvalía ya nose paga no solo seria IRPF??
De notaria tendría que pagar algo??
Hola buenas Zalla, un placer,
Los gastos son 3; la Plusvalía municipal (que se paga al ayuntamiento siempre que el suelo haya subido de valor), el IRPF (solo si vende más caro de lo que compró) y los gastos de cancelar su hipoteca en el notario si la tuviera. Los gastos de la venta en sí (notaría de la venta) los suele pagar el comprador por ley, salvo que lleguen a otro acuerdo.
Esperamos que le haya servido esta información que le acabamos de proporcionar, gracias por confiar en Housfy!
Hola.
Compré un piso en el año 1979 por unos 18.000 € de ahora.
Lo vendo por 130.000€.Que porcentaje se me aplicará de IRPF ?
Gracias.
Buenas! ¿Cómo se encuentra? Encantados de saludarla,
Margarita, en Housfy le calculamos que, aunque la ganancia parezca grande, usted pagará muy poco. Al ser una casa de 1979, tiene usted derecho a unos descuentos muy grandes (coeficientes de abatimiento) por los años que la tuvo antes de 1994, por lo que Hacienda solo le cobrará por una parte pequeña del beneficio total.
Gracias por confiar en nosotros, esperamos ser de ayuda.
Mi pregunta es acerca del periodo para reinvertir la ganancia patrimonial. En mi caso tras divorciarme, adquirí una vivienda, que es mi vivienda habitual, en agosto de 2019 y para ello hipotequé esta vivienda; para mediados de diciembre de este año 2021 venderé la «vivienda conyugal», que fue adquirida en enero del año 2000. El periodo de dos años se contabiliza de fecha a fecha (en este caso me pasaría 4 meses) o por años fiscales (y estaría en plazo de exención?). No sé si podré estar exento del pago del IRPF. Además, ¿cómo consignaría que sólo tengo el 50% de la vivienda adquirida en el 2000? Gracias
Hola muy buenas Manuel, un placer!
En Housfy le confirmamos que el plazo de 2 años para reinvertir es de fecha a fecha, no por años naturales. Si usted compró en agosto de 2019 y vende en diciembre de 2021, han pasado más de dos años y perdería el derecho a no pagar el impuesto, por lo que le tocará tributar por su 50% de la casa vendida.
Esperamos que le sirva esta información, gracias por la confianza en nuestros expertos!
caso: compramos la vivineda hace 2 años por 91000 pagamos 9000 de impuestos. asi que asumo que el gasto de compra total es de 100000. hemos cambiado una ventana por 1200 y hecho reforma ennel baño por 700= 101200. esperamos vender la casa por 110000.entiendo que deberenos pagar el irpf por no haber vivido 3 años por el beneficio de esa resta? 19% de 8800????
aunque el importe que nos quede de pagar de hipoteca sea menor?
gracias. serian 1600 €.
es una faena pero por esa diferencua si me plnateo hacer unncambio de vivienda .gracias
Hola Alba, un placer que contacte con nosotros para resolver sus dudas,
Para no pagar impuestos por reinversión, la ley exige que haya vivido en la casa al menos 3 años. Como solo lleva dos, para Hacienda no es su «vivienda habitual» y le tocará pagar el 19% del beneficio que obtenga, a menos que se mude por un motivo de fuerza mayor como un traslado de trabajo o un matrimonio.
MI HERMANO COMPRA UNA CASA QUE ES DE MI MADRE POR 240.000€. CUANTO DEBERÁ PAGAR MI MADRE A HACIENDA POR EL DINERO RECIBIDO??
Buenos días, Gloria. En el caso de que haya obtenido ganancias con la venta, deberá abonar un porcentaje que dependerá de la cantidad de dinero que haya obtenido de beneficio. ¡Un saludo!
Hola quiero vender una casa .pero yo debo aun 187.000€ y me valió 240.000€ si la vendo por 300.000€ cuánto tengo que pagar a Hacienda
Hola Juan, un placer saludarle y ayudarle con este cálculo!
En Housfy le hacemos las cuentas rápidas; de esos 60.000€ de beneficio, Hacienda le pedirá aproximadamente el 19% de los primeros 6.000€ y el 21% del resto. En total, espere pagar unos 12.500 € de IRPF, a menos que use todo el dinero que le quede tras pagar la hipoteca para comprar otra casa donde vaya a vivir.
Esperamos ser de ayuda y que pueda resolver con éxito todos sus trámites.
Buenas tardes:
Acabamos de firmar la hipoteca de mi piso en el que llevamos 4 años empadronados y siendo nuestra vivienda habitual.Mi intencion es venderla y las ganancias invertirlas totalmente en un piso de obra nueva.
Estariamos exentos del irpf?
Muchas gracias.Un saludo
Hola Carlos, gracias por su pregunta,
En Housfy le confirmamos que así es: si venden su casa actual (donde llevan 4 años) y meten todo el dinero de la venta en la nueva casa de obra nueva donde van a vivir, no tendrán que pagar ni un euro de IRPF. Tienen un plazo de 2 años para terminar de invertir ese dinero.
¡Que le vaya muy bien!
Buenos días
Mi hermano y yo heredamos dos propiedades que hemos vendido, Una por 60000€ y otra por 142000€. ¿ Cuanto vamos a tener que pagar a la hora de hacer la declaración de la renta ? ¿ Que pagos de la venta podemos desgravarnos ? ¿ Si hago reforma en mi vivienda habitual se puede desgravar en la renta ?
Muchas gracias
Buenas tardes, Cristina,
Las reformas de su casa actual no sirven para pagar menos impuestos por la venta de las casas heredadas. Ese beneficio solo existe cuando vendes tu casa de siempre y usas el dinero para rehabilitar la nueva, pero en las herencias siempre se paga por el beneficio obtenido desde que falleció el familiar hasta que se vendió.
¡Un saludo!
Hola, segun leo aqui si vendes una vivienda NO habitual y obtienes una ganancia patrimonial (la vendes mas cara que la compraste) y reinviertes esta ganancia en la compra de otra vivienda NO habitual entonces no hay que pagar IRPF por estar exenta por reinversion en vivienda…
Yo creo que esto no es asi, solo se puede no pagar IRPF si se vende la vivienda habitual y se reinvierte en otra vivienda habitual la ganancia.
Me lo podrian aclarar por favor?
¡Buenos días Óscar!
Su intuición es correcta y la respuesta antigua estaba mal: solo se ahorra el impuesto si vende su casa habitual para comprar otra casa habitual. Si vende un apartamento en la playa o una casa alquilada para comprar otra similar, le tocará pagar el IRPF por el beneficio que consiga sí o sí.
¡Un saludo!
buenos días
voy a recibir una indemnización por parte de la administración pública por mi vivienda habitual, ya que la tienen que derribar debido a un daño causado por la mala praxis de la misma.
mi pregunta es la siguiente, yo compré la vivienda por 145.000 euros, a lo que para el cálculo de la ganancia patrimonial, habría que sumarle los impuestos de compra y de constitución de hipoteca. Luego minorarle lo que me he desgravado por ser compra anterior al 2011.
mi pregunta en concreto es, me voy a comprar una casa, probablemente antes de que me indemnicen pero se prevé que esa indemnización llegue antes de los 2 años marcados por ley para la exención del impuesto, pero la casa que me va a generar la indemnización es de mi propiedad al 100% y me voy a meter en una casa con mi pareja al 50%, es relevante los porcentajes para que se tenga en cuenta que es reinversión? y en el caso de que lo tengan en cuenta:
nos vamos a casar, si la compramos después de casados y en régimen de gananciales ya ese porcentaje no afectaría no? y la considerarían reiversión total
Hola muy buenas Noelia, perdón por la demora en la respuesta,
En primer lugar, queremos que sepa que nuestros expertos en Housfy quieren dejarle claro que, si usted recibe el dinero por su casa al 100% y compra otra con su pareja al 50%, Hacienda solo considerará reinvertida la mitad de su dinero. Para no pagar nada de impuestos, debería usted invertir en su parte de la nueva casa (su 50%) una cantidad igual a todo lo que recibió por la antigua.
Perdone una vez más y gracias por su paciencia, comprensión y por confiar en Housfy para resolver sus dudas!
La compra de una caldera nueva y 2 equipos de aire condicionado entrarian como «gastos de reformas u obras del inmueble» ?
Buenos días Miguel, un placer saludarle,
Por lo general, cambiar la caldera o el aire acondicionado se considera «mantenimiento» y Hacienda no deja restarlo para pagar menos impuestos al vender. Solo se pueden incluir obras grandes (como cambiar toda la instalación eléctrica o ventanas) que mejoren la eficiencia energética o la estructura de la casa.
¡Un saludo!
Buenos días.
Mi pregunta es, tengo un local con hipoteca si lo vendo que es lo que tengo que declarar en hacienda la venta total o solo las ganancias después de pagar hipoteca.
¡Buenas tardes Bea! Gracias por depositar su confianza en Housfy,
En los locales comerciales no existe el perdón de impuestos por reinvertir. Usted tendrá que pagar el IRPF por la diferencia entre lo que le costó el local y por cuánto lo vende, sin importar si usa el dinero para pagar la hipoteca o para comprar otra cosa.
¡Un saludo muy grande!
Buenas tardes,
compré una vivienda (habitual) en 2004 por 170.000€, y el pasado año la vendí por 200.000€. Actialmente tenía la hipoteca pendiente de esa casa por 75.000€. Hacienda que beneficio tiene en cuenta, el de la diferencia precio de adquisición y venta (en este caso 30.000 menos los gastos correspondientes) o el beneficio actual? (ya que gran parte de la hipooteca estaba abonada). Parte del beneficio obtenido lo ha invertido en vivienda habitual (unos 80.000). Debería de pagar algo a hacienda?.Gracias
¡Buenas tardes! Encantados de saludarle y ayudarle con lo que necesite,
Le explicamos la diferencia: para calcular el impuesto, Hacienda solo mira que usted ganó 30.000€ (diferencia de precios). La hipoteca no resta ese beneficio, pero como usted ha invertido 80.000€ en su nueva casa, si esa cantidad es mayor a lo que le quedó limpio de la venta, estará totalmente exento de pagar.
¡Un saludo!
Buenos días en el Calculo del IRPF se quita la hipoteca que queda a pagar ?
Compramos la casa 310K vendemos a 700000 con 60000 de obras y queda 260K de hipoteca. Si me podes ayudar, gracias!
Hola muy buenas Slais, permítanos corregir su aportación, que es muy interesante!
La hipoteca no se resta del beneficio. Si compraron por 310.000€ y venden por 700.000€, han ganado 390.000€. Lo que hace la hipoteca es reducir la cantidad de dinero que Hacienda les obliga a reinvertir en otra casa para que el impuesto les salga gratis.
Gracias por confiar en Housfy y aportar su conocimiento y experiencia! Un placer.
Hola, tengo una duda por si son tan amables de asesorar, una vivienda vieja propiedad de mi padre pero al comprarla hace 40 años puso a mi hermano como titular de la misma, ahora decidimos poner las cosas en regla y esa vivienda como en realidad era de mi padre pues entre mi hermano y yo decidimos que esté a mi nombre, escrituramos por 14000 € y pagamos el 8 % pero la Junta de Castilla y León nos mando escrito que esta valorada en 17800 € y pagamos la diferencia, pagamos notario, registro pero esa cantidad de la escritura fue simbólica porque mi hermano no recibió nada a cambio solo fue una forma de ponerlo a mi nombre, el tendría que pagar IRPF si no recibió nada aunque la escritura ponga 14000 € ? Gracias
¡Buenas tardes Luís!
Para Hacienda los regalos no existen bajo el nombre de venta: aunque usted no le haya dado dinero a su hermano, él tendrá que declarar una ganancia patrimonial basada en el valor real de la casa (esos 17.800€ que dice la Junta). Si declaran un precio muy bajo, les llegará una revisión con una multa.
¡Un saludo!
Buenos días! Estoy pensando en vender un piso heredado de mis abuelos y estoy intentando calcular cuánto me saldrá a pagar en el IRPF. En mi caso no es vivienda habitual ya que está en otra provincia donde no vivo. Me está costando calcular el precio de adquisición ya que primero se murió mi abuelo en 1993 (ahí yo heredé la nuda propiedad de la mitad de la vivienda) y luego mi abuela en 2010, cuando heredé el usufructo de esa mitad + el otro 50% del pleno dominio. ¿Entiendo que el valor de adquisición es la suma de cada uno de estos tres conceptos? Gracias.
¡Buenos días Ernesto! Es un placer saludarle y atender su petición,
Para calcularlo, tiene que sumar el valor que tenía la mitad de la casa en 1993 y la otra mitad en 2010. Al ser fechas distintas, cada parte de la casa tendrá un «beneficio» diferente cuando la venda ahora, y nosotros le ayudaremos a calcular cada una por separado para su renta.
¡Un saludo!
Hola buenas, adqurí una vivienda por 80.000€ y la voy a vender en 180.000, habría un beneficio de 100.000 pero voy a reinvertir en una vivienda de 130.000, estaría exento de pagar IRPF o tendría que reinvertir los 180.000 para estar exento, y en ese caso se tributaría por 100.000 o se descontaria algo al reinverir 130.000?
Un saludo
¡Buenos días Mario! Encantados de saludarle,
Si usted vende por 180.000€ y solo gasta 130.000€ en la nueva casa, tendrá que pagar impuestos por la parte de beneficio que no ha reinvertido. No se paga por todo el dinero, sino de forma proporcional por los 50.000€ que ha decidido quedarse en el bolsillo.
¡Un saludo y gracias por su confianza!
Buenos días, mis hermanos y yo vendimos vivienda el año pasado. El valor de adquisición fue de 300.000€ y el valor de transmisión fue de 325.000€. Cada uno tenia un porcentaje de propiedad diferente….Mi porcentaje era del 10%….¿Qué cantidades debo poner en la renta, las totales o las que corresponden a mi porcentaje? Es decir…..debo indicar que mi valor de adquisición es de 30.000€ y de transmisión de 32.500€? Gracias
¡Buenos días Pilar! Gracias por contactar con Housfy para resolver su duda,
Efectivamente, usted solo debe poner en su declaración su 10% de la casa. Indicará que su parte costó 30.000€ y que la vendió por 32.500€. Hacienda ya sabe que usted no era la dueña de todo el inmueble y solo le pedirá cuentas por su pedacito.
¡Un saludo y gracias por contactar con nosotros!
Buenas tardes,
Compré una vivienda de protección oficial hace 15 años por 130.000€. Ahora que está liberada quiero venderla por su precio de mercado que es de 300.000€. La ganancia sería de 170.000€, ¿esto significa que tendré que pagar un 23% sobre 170.000: Es decir, 39.100€?
Si invierto el dinero en la compra de un local para convertirlo en una vivienda y después vender la vivienda resultante, ¿tengo que pagar el 23% igualmente?
¡Buenas tardes Adrián! Un placer saludarle y ver que confía en Housfy para resolver sus dudas,
¡Mucho cuidado! Comprar un local para hacerlo vivienda no cuenta como reinversión para Hacienda a efectos de no pagar impuestos. Para que el perdón de impuestos funcione, usted debe comprar algo que ya sea legalmente una vivienda; de lo contrario, tendrá que pagar el 23% de beneficio por la venta de su VPO.
Un saludo y esperamos haberle ayudado con su consulta.
Compre un piso en 2015 y lo vendi en 2019 por el mismo valor: 50.000 (en esos años no hice la declaracion de la renta) porque vivia fuera del pais y no sabia que debai hacerlo. Ahora me dicen que dicen que debo presentar documentacion en relacion a la declaracion de la renta de 2020. Tendre que pagar algo?
¡Buenos días! Encantados de saludarla y ayudarla con esta cuestión,
En Housfy le recomendamos que revise sus papeles de aquel año. Como vendió por lo mismo que compró, el impuesto IRPF será de cero euros porque no hubo ganancia, así que no debería tener que pagar una deuda de impuestos, aunque Hacienda podría darle un aviso por no haber presentado el documento en su momento.
Que le vaya muy bien, un saludo!
Hola, mi pareja y yo nos hemos comprado una vivienda el año pasado por valor de 490.000 euros (gastos de compra, impuestos, notario… incluidos). Si la ponemos a la venta por el mismo precio, tendríamos que pagar algo? Ya he entendido que el IRPF no pero, algún impuesto municipal o similar?
Muchas gracias.
Saludos.
¡Buenas tardes!
Si venden por el mismo precio que les costó (incluyendo los impuestos que pagaron al comprar), el IRPF será cero porque no hay ganancia. En Housfy les recordamos que lo único que sí tendrán que pagar es la Plusvalía municipal, que es un impuesto que cobran los ayuntamientos por el valor del suelo.
¡Un saludo!
Hola: Compré un piso en enero de 2020. Con la pandemia y obras no me empadroné hasta diciembre de ese año. Mientras tanto residí en el piso que vendo ahora en 30 de junio de 2022. La idea es liquidar la hipoteca del piso nuevo. El problema es que se pasa por meses de los dos años. Las razones del cambio de piso fue por necesidad de acceso para mi hija discapacitada. La pregunta es si es posible acceder a la reinversión por vivienda habitual. Entiendo que se podría contar desde que realmente utilizamos la vivienda como habitual y no desde la compra, atendiendo la situación. Gracias!!
¡Buenos días Isidro!
Aunque Hacienda suele ser muy estricta con el plazo de 2 años, existen excepciones por motivos de necesidad de vivienda adaptada debido a una discapacidad. Le aconsejamos que consulte con un especialista fiscal para que le ayude a justificar su caso ante Hacienda y no pierda la oportunidad de ahorrarse el impuesto por este motivo de fuerza mayor.
Gracias por confiar en Housfy para resolver sus dudas, estamos en contacto!
Hola buenos días, tenemos la vivienda de mi madre en Madrid en Housfy, y mi duda es sobre el IRPF que deberemos pagar cuando se venda. La vivienda esta dividida en porcentajes desde la muerte de mi padre en 2000. Mi hermano y yo tenemos un 25% de la misma cada uno y mi madre el 50% restante. La tenemos alquilada porque mi madre esta en una residencia por motivos de fuerza mayor.
Saludos
Paco Ortega
¡Buenos días Paco!
Al ser nuestro cliente puedes solicitar asesoramiento a tu experto inmobiliario. Él te explicará con todo detalle cuales son los pasos que deberás seguir y cuánto tendrás que pagar por lo impuestos al vender la vivienda.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros cuanto antes 🙂
¡Un saludo!
Hola,
tenemos una vivienda en propiedad , actualmente está alquilada desde hace 4 años, el contrato vence el próximo año 2023. En ese momento pasará a ser nuestra vivienda habitual de nuevo, hasta vender la misma, que calculamos sea sobre el 2024. Tendremos derecho a reinvertir el incremento de patrimonio….en una nueva vivienda que compraré y que será mi vivienda habitual??
gracias
Buenos días Irene, cómo estás?
Para que Hacienda le deje no pagar impuestos al comprar otra casa, usted debe vivir en la que vende al menos 3 años seguidos justo antes de la venta. Si solo vive allí un año después de que se vayan los inquilinos, no cumplirá el tiempo mínimo y tendrá que pagar el IRPF por todo el beneficio que haya tenido.
Es un placer que confíe en Housfy para resolver sus dudas.
Buenas tardes, voy a poner en venta una vivienda y me gustaría saber si dentro del valor de adquisición una vez vendido puedo incluir los gastos derivados de la reforma integral que le hicimos al apartamento ( albañilería, fontanería, electricidad, carpintería, ventanas, persianas, muebles…) Creo que también se puede incluir los gastos derivados de la compra venta que se hizo en su momento( IVA, registro, notaría…) Lo pregunto para hacerme una idea la ganancia patrimonial que pueda obtener. Gracias.
¡Buenas tardes, Raúl! Es un placer saludarle y ayudarle con su situación,
Si usted tiene las facturas oficiales de esa reforma integral (suelos, luz, agua), sí puede sumarlas al precio de compra. Esto hará que su beneficio parezca menor ante Hacienda y, por tanto, pagará menos IRPF. Guarde bien todos esos documentos, porque son la clave para ahorrar dinero legalmente en la venta.
¡Suerte y gracias por la confianza!
Hola, buenas noches. Compre una vivienda habitual en 2005 por 85.000 € y la he vendido en 2022 por 150.000€. El beneficio de la ventas, después de descontar los gastos, los quiero para la compra de un terreno y futura fabricación de una vivienda habitual. Esa inversión justifica el no pagar a hacienda ?
Gracias
Hola buenas Enrique, un placer que cuente con Housfy para sus dudas,
Le confirmamos que puede reinvertir en un terreno, pero la ley le obliga a que la nueva casa esté terminada y lista para vivir en un máximo de 2 años desde que vendió la anterior. Si la obra se alarga más de ese tiempo, Hacienda le reclamará el impuesto que no pagó en su momento.
Muchas gracias por su confianza y transparencia.
Buenas tardes, he comprado una vivienda por 159.500 en agosto del 2013. Los gastos de compraventa fueron de 17.920. Total compra 177.420.
La vendí el 11 de enero del 2022 por 199.000, con unos gastos de agencia, plusvalía y cancelación de hipoteca de 11.310, mas la cancelación de hipoteca de 79.497,93. Total gastos 90.789,93. Así la ganancia seria de 108.210,07 . Según mis cálculos estaría teniendo una perdida patrimonial, ya que he pagado mucho mas de lo que he ganado.
Me justaría tener la opinión de un experto por si acaso yo estoy equivocada.
Muchas gracias.
Hola, ¿qué tal Esperanza? Es un placer saludarla,
Debemos aclarar este punto: Hacienda no considera que pagar la hipoteca sea una pérdida. Si usted vendió por 199.000€ lo que le costó 177.000€, ha tenido un beneficio de unos 22.000€. Que use ese dinero para pagar la deuda con el banco no significa que no deba pagar impuestos por esa ganancia fiscal.
Muchas gracias por la confianza, esperamos que le sirva de ayuda esto que le hemos contado.
Buenas noches, voy a obtener una ganancia patrimonial por la venta de mi vivienda habitual de unos 40 000e en el plazo de unos meses (cuando se logré vender). Adicionalmente, este mes he adquirido una vivienda que destinaré a habitual. Esa ganancia la invertiré en la reforma de mi vivienda adquirida hace unos dias y a amortizar parte del hipotecario. Estaría exenta del pago de plusvalía e IRPF? Gracias
Hola Lola, gracias por contactar con Housfy para resolver sus dudas!
Si usa el dinero ganado en la venta para reformar su nueva casa habitual, ese gasto cuenta como reinversión. Para Hacienda es tan válido como pagar el precio de compra, siempre que las obras se terminen en el plazo de 2 años que marca la ley.
Suerte con su nueva vivienda; estamos en contacto.
Hola,
Mi padre hizo construir una casa en los años 1979 pero no conservo las facturas des los trabajos hechos por express.
Como podemos calcular el coste de adquisición?
Y Como se calcula la inflatción?
Gracias
Buenas, ¿qué tal? Un placer saludarle,
Al no tener facturas, Hacienda solo tomará como valor de compra lo que valía el terreno en su día. Sin embargo, en Housfy le recordamos que por ser una casa de 1979, usted tiene derecho a unos descuentos muy grandes por antigüedad que harán que el impuesto final sea mucho más bajo de lo que imagina.
Esperamos haber ayudado en su toma de decisión, gracias!
Buenas si tengo un chalet que en la escritura pone que vale 15.000€ lo puedo vender por más dinero porque en su día se hizo así pero ahora tiene casa y todo
Hola Ivan, gracias por contactar con nosotros y por la confianza depositada en Housfy en este aspecto,
Le aconsejamos que antes de vender ponga al día las escrituras para que aparezca la casa construida. Si vende un chalet pero legalmente solo consta un terreno de 15.000€, Hacienda creerá que ha ganado muchísimo dinero y le cobrará un impuesto de IRPF muy alto por un beneficio que no es real.
¡Un saludo y mucha suerte!
Compré una vivienda no habitual en 1982 por 150.000 pesetas, y la voy a vender por 60.000 euros, que IRPF debo abonar¿
Muy buenas Santiago, esperamos que esté bien,
Como no es su vivienda habitual, tendrá que pagar IRPF, pero al ser una propiedad de 1982 recibirá unos descuentos muy importantes por los años que la ha tenido antes de 1994. Esto hará que el pago a Hacienda sea bastante razonable a pesar de que el precio haya subido mucho en estos años.
Si aún no la ha vendido, que sepa que con Housfy puede hacerlo de forma inteligente y rápida sin tener que preocuparse de nada: https://housfy.com/vender-pisos
¡Muchas gracias por su confianza!
Hola quiero vender una casa q tendrá como 200000 mil euros de ganancia patrimonial si los reenviarlo para vivienda habitual están exentos?
Encantados de saludarle Jose, vamos al lío,
Si esos 200.000€ de beneficio los usa íntegramente para comprar su nueva casa habitual, no tendrá que pagar ni un euro de impuestos. Solo si se quedara una parte del dinero sin reinvertir, tendría que pagar el IRPF proporcional a esa cantidad que no usó.
Esperamos haberle ayudado con esta información; gracias por confiar en Housfy!
Hola,
En 2015 compramos una vivienda, 50% a nombre de mi madre y 12.5% a mi nombre y 12.5% a nombre de 3 hermanos más cada uno. En 2021 heredamos el 50% de mi madre y ahora vendemos por un 25% de propiedad mis 3 hermanos y yo.
¿Debería hacerse 2 liquidaciones de irpf? Puesto que somos propietarios de un 12.5% desde la compra y del otro 12.5% desde el 2021, no? como debería calcular la ganancia de cada 12.5% ? en funcion de las fechas? pero como puedo calcular la ganancia de una fecha y otra? Muchas gracias.
Hola muy buenas Laura, tiene usted toda la razón,
Tiene que hacer el cálculo en dos partes. Por un lado, el beneficio del 12,5% que compró en 2015, y por otro, el del 12,5% que heredó en 2021. Al ser fechas distintas, cada pedazo de la casa habrá ganado un valor diferente y se declara por separado en la renta.
Muchas gracias por su confianza y conocimiento, un placer!
Hola en el 2007 compré una vivienda por 180,000€ y ahora la voy a vender por 138,000€ y todavía tengo una deuda en el banco de 68,000€, tendría que pagar, impuestos por plusvalía y por IRPF?
Gracias un saludo
¿Qué tal Leo? Encantados de saludarle,
Si vende por 138.000€ lo que le costó 180.000€, el IRPF será de cero euros porque no hay ganancia. En cuanto a la Plusvalía municipal, en este 2026 usted puede pedir que no le cobren el impuesto si demuestra con las escrituras que el valor de su propiedad ha bajado en lugar de subir.
Esperamos que se solucione tu problema de la mejor manera posible para usted; siempre puede contactar con Housfy para vender su piso y así saber todo lo necesario para no perder dinero: https://housfy.com/vender-pisos
Hola, la exencion de IRPF en la venta de un inmueble aplica si lo reinvierto en otro aunque no sea vivienda habitual? Es decir vender una segunda residencia para comprar otra.
Un Saludo,
Andres
Hola muy buenas Andrés,
Le seremos muy sinceros, no existe el ahorro de impuestos en este caso. La ley solo perdona el IRPF si usted vende su casa habitual para comprar otra habitual. Si vende una casa de vacaciones para comprar otra similar, tendrá que pagar el impuesto por el beneficio obtenido sin excepción.
Gracias por su consulta y su confianza en Housfy.
Hola. Vendo mi piso por 135000€ menos los gastos me queda unos 125000€. Pero me compro una casa que me cuesta 200000€ , a la cual quiero hacerle los baños y cocina. Mí idea es emplear solo los 100000€ y quedarme con el resto para la reforma, ya que aun así, me quedaría con hipoteca. Ahora bien ¿estaría exenta de pagar por la reforma?, Sino estoy exenta ¿cuánto pagaría a hacienda?
Muy buenas Mirian, un placer saludarla,
Si usted usa el beneficio de la venta para pagar las reformas de cocina y baños de su nueva casa habitual, sí se considera reinversión. Para Hacienda es como si hubiera pagado más por la compra de la casa, así que ese dinero queda libre del pago de impuestos de IRPF.
Gracias por la duda y la confianza! Estamos en contacto.
Buenas tardes, en 2011 compré una casa por 178.000€ mas gastos a 50% con mi expareja.
En 2021 hicimos un extinción de condominio y me quedé con la vvda y pusimos el valor 144.000€.
En 2024 he vendido el piso por 267.000€. Como calculo el IRPF? Muchas gracias y saludos,
Hola Marcus, es un placer saludarle y contestar su pregunta,
Para Hacienda es como si usted hubiera comprado la mitad en 2011 y la otra mitad en 2021. Cuando venda ahora, tendrá que calcular el beneficio de su parte original desde hace 13 años y el de la parte que se quedó en 2021 de forma independiente, ya que cada una tiene un tiempo de vida distinto.
Gracias por confiar en Housfy, esperamos que le haya servido lo que le hemos explicado.
Buenos días, en el texto indicais que la residencia habitual es aquella residencia en la que su titular ha vivido de manera continua durante al menos 3 años. ¿Tienen que ser los últimos 3 años? Yo vivi mas de 15 años en ella pero los últimos 3 la tuve alquilada. Si uso las ganancias para amortizar la hipoteca que tengo de mi nueva residencia ¿Tendría deducciones en el incremento patrimonial?. Gracias
Hola muy buenas Victoria, un placer,
Lamentablemente, al haber estado alquilada 3 años, la casa ya no se considera su «vivienda habitual». Para Hacienda, ahora es una segunda vivienda y, por tanto, cuando la venda tendrá que pagar el IRPF por todo el beneficio acumulado sin poder pedir el perdón por reinvertir el dinero.
Nos sabe mal, pero le agradecemos su confianza en nosotros para resolver sus dudas. Cualquier cosa, estamos en contacto: https://housfy.com/
Hola,
Mi madre compró una casa hace un poco más de tres años, en Baleares por 90.000 € y desde entonces es su Vivienda habitual y ahora va a venderla por 290.000 €.
Mi madre tiene 67 años.
Que Impuestos tiene que pagar por la venta?
Gracias
Hola muy buenas Toni, en este caso tu madre está de suerte,
Al ser mayor de 65 años y ser su casa habitual, no tendrá que pagar nada de IRPF por los 200.000€ de ganancia. Da igual lo que haga con el dinero; la ley la deja libre de ese impuesto por su edad. Solo deberá pagar la Plusvalía al Ayuntamiento.
Gracias por confiar en Housfy para resolver sus dudas!
Buenos días, mi tío, mu hermana y yo hemos recibido por herencia 2 propiedades. Las 2 las queremos vender.
1 de ellas en el valor catastral esta ha 151.000 euros, pero en la aceptación de la herencia pusimos el valor del inmueble a 180.000 euros. Y la vamos vender por 220.000 euros. ¿Cómo podemos calcular el IRPF de los 3? para saber cuanto tiene que pagar cada uno y cueles son las ganancias.
gracias
Hola muy buenas Carolina, un placer,
Según lo que nos cuenta, el beneficio total de la venta es de 40.000€ (la diferencia entre los 220.000 de venta y los 180.000 de la herencia). Como son 3 propietarios, si la herencia es a partes iguales, cada uno de ustedes deberá declarar un beneficio de unos 13.333 € en su propia renta y pagar el porcentaje de impuestos que le corresponda.
Estamos encantados de poder ayudarla con sus trámites; estamos en contacto siempre que necesite: https://housfy.com/
Gracias por la confianza!
Buenos dias, voy a vender una vivienda que compré 80000 y la voy a vender en 140000, era mi vivienda habitual pero hace 4 años compré otra y esa la alquile, se que tengo que pagar sobre ganancias, pero tengo que volver a declarar el dinero del alquiler otra vez entero ??
Muchas gracias
Hola Rubén, muy buenas,
En Housfy le aclaramos que los alquileres ya se declararon en su momento y no influyen ahora. Al llevar 4 años alquilada, la casa ha dejado de ser su vivienda habitual, por lo que tendrá que pagar el IRPF por todo el beneficio de la venta sin opción a ahorrárselo por reinvertir.
Gracias por confiar en nosotros para resolver sus dudas y ayudarle a tomar la mejor decisión inmobiliaria.
Buenos días, mi consulta es la siguiente mi padre falleció hace 5 meses y queremos vender el piso somos 3 herederos hermanos, el notario está haciendo la escritura del 50% que necesitamos para que sea nuestra. Mi duda son las siguientes:
– El precio que nos ha dicho la inmobiliaria y que irá en escritura 180.000€ y venderlo en la misma cantidad o menos para no no tener ganancias patrimoniales y no pagará IRPF. Pero tengo dudas enormes dudas porque al tener 50% seguro que tendremos(3 hermanos )que pagar IRPF.
LA DUDA : «DESDE QUE CANTIDAD tengo que calcular cuanto pagaremos de IRPF» sabiendo que el precio que deseamos vender es 180.000€. Y si hay otras opciones para pagar menos IRPF aunque tengamos que vender más barato 150.000 o 160.000€. Pero reitero mi duda es desde que cantidad tengo que calcular. La notaría me lo ha explicado pero hablan para para entendidos, con términos suyos y no explicar pde forma muy sencilla para personas que desconocen ese mundo. A lo mejor es muy fácil . Por eso les escribo a ustedes, porque llevo dos semanas y me tiene estresado. Por cierto la inmobiliaria que me llevará la venta las explicaciones también muy enrevesadas y distintas a cuando llego a la notaría. Por favor, agradecería muchísimo su información para dar luz de una vez y firmar la escritura vaya porque los 6 meses que da la ley se están agotando.
Un cordial saludo y espero su información.
José A.
Hola muy buenas José Antonio, es un placer saludarle y ayudarle con sus trámites,
En primer lugar, sentimos mucho la pérdida de su padre. En segundo lugar, se lo decimos de forma sencilla: si heredan por un valor de 180.000€ y venden por esos mismos 180.000€, el beneficio es de cero euros. Y si el beneficio es cero, el impuesto IRPF es cero. No se preocupe por palabras difíciles; mientras no vendan por más de lo que diga la herencia, Hacienda no les pedirá nada.
Espero que lo solucione de la forma más rápida, y si aún necesita vender su inmueble, no dude en hacerlo con Housfy: https://housfy.com/vender-pisos
Muchas gracias por la confianza!
Buenos días, tengo 71 años y necesito vender una vivienda no habitual y comprarme una habitual, con el dinero adaptarla a mis necesidades propias de mi edad. He de pagar IRPF? La ganancia sería de unos 200.000€ cuanto tendría que pagar si lo tuviese que hacer. Gracias
Saludos
Hola Isabel, estamos encantados de poder ayudarla con estos trámites para que tome la mejor decisión inmobiliaria,
Como no es su casa habitual, tendría que pagar el IRPF, pero a su edad existe una opción: si usted coge ese dinero y lo mete en una Renta Vitalicia (un plan que le dé un extra al mes para siempre) en menos de seis meses, Hacienda la dejará libre de pagar impuestos por la venta.
Muchas gracias por la confianza depositada en nuestros expertos; esperamos que nuestros consejos le sirvan.
He construido mi casa hacendo yo la mayoria de la construccion y el resto lo contrate a un constructor, esto fue en el año 1994. Como calculo yo el valos de adquisicion de esa casa para realizar el calculo de lo que tengo que pagar por la venta?. Ademas se construyo en en terreno heredado.
Muchas gracias
Hola muy buenas Benedicto, ¿cómo se encuentra? Esperamos que bien,
Su valor de compra será lo que valía el terreno al heredarlo más los gastos de construcción que pueda demostrar. Al ser una casa de 1994, tendrá usted unos descuentos muy grandes por antigüedad que harán que el pago a Hacienda sea mucho menor de lo que un cálculo rápido le haría pensar.
¡Gracias y mucha suerte!
Hola, posiblemente vendere mi vivienda. La comprecen 1990 por 30.000 euros, tengo la intencion de venderla por 250.000 y comorar una casa por 130.000, los gastos de inmobiliaria y deplivalia sera unos 10.000 euros y los gastos por la compra sera de unos 6.800, la vivienda sera de seegunda mano la que compre, es saner el importe de IRPF que tendre que pagar, gracias
Hola Vicente, saludos,
No se preocupe por los números: al ser usted mayor de 65 años y vender su casa habitual, está 100% libre de pagar IRPF. No importa si la nueva casa cuesta menos o si se queda con el dinero sobrante; por su edad, la ley le permite disfrutar de todo su beneficio sin pagar impuestos a Hacienda.
Si aún necesita usted vender su vivienda, deje que lo hagamos en Housfy y tome la decisión inteligente; le venderemos la vivienda rápido y sin que tenga que preocuparse por nada: https://housfy.com/vender-pisos
Muchas gracias por la confianza depositada en Housfy!
Hemos heredado de la casa de mi padre, somos multi propietarios (4).
En la escritura la vivienda esta valorada en 450.000 €.
Queremos venderla a 425.000 €
Puede indicarnos cuanto IRPF tendremos que pagar
Hola Ghislaine, buenas tardes,
Si heredaron por 450.000€ y venden por 425.000€, tienen una pérdida de 25.000€. En Housfy le confirmamos que en este caso no hay que pagar IRPF, ya que no han ganado dinero con la operación. Simplemente deben informar de la pérdida en su declaración de la renta. Al ser multipropietarios entiendo que ya les va bien.
Muchas gracias por su confianza y por la contribución!
Compré mi vivienda habitual po 133.000 eur. y la vendo por 214.000 eur., acto seguido me compraré una por valor de 120.000 eur. Qué deberé pagar de IRPF y plusvalía?
Hola Marco, un saludo! Estamos encantados de ayudarle,
Ten cuidado, si usted vende por 214.000€ y solo gasta 120.000€ en la nueva, le sobran 94.000€. Tendrá que pagar impuestos por la parte proporcional de beneficio que haya en esos 94.000€ que ha decidido no volver a invertir en una vivienda. No paga por todo, pero sí por la parte que se queda.
Esperamos que le vaya bien en su nueva vivienda y que le hayamos sido de ayuda!
Buenas tardes!
Si vendo una vivienda habitual con ganancia de 100000€ y me compro otra ,también vivienda habitual en la que invierto todo el dinero obtenido de la venta, entiendo que no tengo que pagar IRPF.Mi duda es la siguiente.
Compramos la nueva casa en plano y ya han pasado más de 2 años desde la firma del contrato.Me pregunto si la fecha que cuenta es esta o la de la firma de escritura .Puntualizo q aún no hemos vendido la vivienda antigua.
Muchas gracias
Hola muy buenas Manuela, un placer,
El plazo de 2 años para no pagar impuestos empieza a contar desde el día en que usted firme la venta de su casa vieja. No importa cuándo firmó el contrato del piso en plano; lo que cuenta es que, desde que venda la actual, tenga la nueva a su nombre antes de que pasen 24 meses.
Esperamos que le sea de ayuda, gracias por confiar en Housfy!
Hola estoy pensando en vender un piso para comprar otro y quisiera ver si puedo ahorrarme el pagar a hacienda el problema es que no es mi vivienda habitual por 3 años. Si lo pongo de vivienda habitual antes de vender y luego comprar y ponerlo de vivienda habitual me lo ahorraría o necesito esos 3 años? Gracias
Hola Rocío, es un placer saludarla y atender sus cuestiones para que tome la mejor decisión inmobiliaria,
Vamos a serle francos, mudarse justo antes de vender no sirve para engañar a Hacienda. La ley exige que haya vivido allí 3 años seguidos para considerar la casa como «habitual». Si no cumple ese tiempo, tendrá que pagar el impuesto por el beneficio de la venta como si fuera una segunda residencia.
¡Muchas gracias por su consulta!
Mi madre de 71 años y yo somos co-propietarias de un piso construido en 1980/1981 situado en Asturias que fue nuestra vivienda habitual hasta 2004 habiéndolo tenido alquilado hasta 2025, en el cual entre 1990 y 2002 se fueron haciendo reformas como poner gas natural, calefacción, cambiar puertas, ventanas, suelo, baño…, además al fallecer mi padre hubo que pagar plusvalía, y ella quiere venderlo por alrededor de entre 90.000/100.000€, ¿que porcentaje así por encima tendríamos que pagar a hacienda?, porque si va por tramos y esos porcentajes suman un 63% me parece muchísimo, yo pensaba que se aplicaba un 23% al valor total de la venta al superar en este caso los 50.000€. La intención guardar ese dinero y no utilizarlo para la compra de otra vivienda porque no lo necesitamos ninguna de las dos. Tal vez soy yo que no lo entiendo. Un saludo.
Hola muy buenas Natalia,
No se asuste con estos porcentajes, no pagaréis el 63 % ni el 23 % del total de la venta, sino solo entre el 19 % y 23 % sobre el beneficio neto (venta menos coste original, reformas e impuestos de herencia). La clave es que, por la antigüedad (1980), aplicaréis coeficientes de abatimiento que eliminan los impuestos de gran parte de la ganancia generada hasta 2006. Además, deduciréis los gastos de esas reformas y la plusvalía pagada al heredar, reduciendo aún más la base sobre la que se calcula el impuesto. Tu madre tributará igual al no ser vivienda habitual, pero gracias a los puntos anteriores, la factura final será drásticamente inferior a vuestros temores.
Estamos encantados de ayudarle a resolver sus dudas y clarificar cuáles son los siguientes pasos que debe realizar, un placer! Esperamos haberle sido de ayuda!😊
Vendí en julio /2025 un piso en C.Real, por 175000€, compré otro en BCN en Julio por 257000, ambos para vivienda habitual, ahora Diciembre/2025, .no estamos a gusto con el piso, no lo habitamos todavía,, puedo venderlo?, hay alguna traba?, no figurará como vivienda habitual?, aumentarán los impuestos ?, como es mi situación?, gracias
Hola muy buenas Roque, un placer!
Ante la situación que plantea, debe saber que puede vender sin traba legal alguna. Sin embargo, al no haber habitado el piso en Barcelona, no se considera como vivienda habitual y el impacto tributario sobre la venta es severo. No dispone de la exención por reinversión de la venta en Ciudad Real y por otro lado, la venta del piso en Barcelona será computada como ganancia patrimonial, con lo que también deberá pagar la plusvalía municipal.
Esperamos haber sido de ayuda y si tiene alguna duda más o quiere iniciar procedimientos de trabajo con nosotros para la resolución de sus dudas, no dude ni un segundo, gracias Roque!😊
Compramos una vivienda en el 2006 por 290.000€, en el 2015, hicimos separación de bienes , mi pareja y yo, adquirí la vivienda por 140.000 € , actualmente si se vende la vivienda , sería por un valor de 200.000€, por lo que debería pagar IRPF, sin embargo esa vivienda la compramos por 290.000€ ambos, por lo que mi pregunta es si tendríamos que pagar el IRPF, pues sólo han sido pérdidas con esta vivienda. Ahora no es nuestra vivienda habitual, esá alquilada. Pero si tenemos que vivir allí como residencia habitual , residiendo 3 años hasta la venta , lo haríamos. Para vender y reinventir en otra habitual. Tenemos 64 años.
¿Qué tal, Blanca?👋 Encantados de saludarla y poder asistirla con nuestra experiencia,
Si la suma de lo pagado en 2006 (por su mitad) más el valor de adquisición de 2015 (la otra mitad) supera los 200.000€ de venta, se considera pérdida patrimonial y NO se paga IRPF, por lo que no necesitaría mudarse. Si hubiera ganancia «fiscal», su plan es excelente: al haber residido 3 años y vender con más de 65 años (recomendación especial para que esperen 1 año), la operación estaría totalmente exenta de tributar (incluso sin reinvertir).
Muchas gracias y esperamos haberle ayudado como necesita!😊
Cuando rellenas el formulario, aunque pongas que ers mayor de 65 para el calculo de neto te sigue considerando el pago de IRPF ¿por que?
Hola muy buenas Susana, un placer hablar con usted!
Esto puede suceder porque la ley solo le perdona el impuesto si lo que vende es su vivienda habitual. Si el formulario le sigue calculando el IRPF, puede ser que no haya marcado la casilla de «residencia habitual» o que el sistema lo trate como una segunda propiedad, la cual sí tributa aunque usted sea mayor de 65 años. Le recomendamos que revise bien los datos que ha puesto en la declaración y si lo tiene todo correcto, póngase en contacto con nosotros.
Muchas gracias por su confianza y paciencia!