Límite en la subida del alquiler: ¿en qué consiste?

limite-subida-del-alquiler

La inflación anual en Europa está muy por encima del objetivo a medio plazo del Banco Central Europeo (BCE), que pretende que descienda a un 2 % para 2025. Este dato es clave, porque ha condicionado las medidas del Gobierno de España para fijar un límite de la subida del alquiler en 2023. ¿Quieres saber cómo? Te detallamos todas las claves en este artículo.

Alquila tu piso y olvídate de las preocupaciones0% morosidad. Nos hacemos cargo si el inquilino no paga.

Límite de la subida del alquiler en 2 %

Si tienes un piso en alquiler y ahora toca una revisión, te estarás preguntando: ¿cuánto puedo subir el alquiler a mi inquilino? Hasta ahora habías estado actualizando las rentas con el Índice de Precios al Consumo (IPC), pues quizá así lo habíais establecido en el contrato. Pero han habido cambios.

Excepcionalmente, y para evitar altas subidas del alquiler de vivienda habitual a consecuencia de la inflación, un propietario deberá aplicar hasta el 31 de diciembre de 2023 el Índice de Garantía de Competitividad (IGC) para actualizar las rentas, tal como establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para los alquileres de vivienda habitual.

El Índice de Garantía de Competitividad, calculado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), está caracterizado por un límite del 2 % por arriba, pues converge con el objetivo del BCE de frenar la inflación a medio plazo a fin de garantizar el mantenimiento de la competitividad de la economía.

⬇️⬇️⬇️

El límite de la subida del alquiler no afecta a todo el mundo

La limitación de la subida del alquiler según el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, establece pormenores en función de la situación:

Los grandes propietarios

Según esta nueva ley del alquiler, para los grandes propietarios es imperativo limitar la subida del alquiler a un 2 % en todos los casos.

Se considera gran tenedor a aquella persona titular de 10 o más inmuebles de uso residencial o de una superficie construida de 1.500 m2 o más.

Arrendadores propietarios de menos de 10 viviendas

Si no eres un gran propietario y tienes una vivienda en alquiler, aún puedes negociar con tu inquilino una subida superior al 2 % o usar el IPC para los alquileres en 2023. Eso sí, a falta de acuerdo entre las dos partes, prevalecerá el límite del 2 %.

Alquileres de uso distinto al de vivienda

Una subida con el IPC del alquiler en 2023 es posible en arrendamientos para un uso distinto de la vivienda. Ejemplos de ello son garajes, oficinas, naves industriales, locales comerciales o el alquiler temporal. En estos casos, eso sí, es importante que en el contrato se especifique la posibilidad de actualizar las rentas con el IPC.

Nuevos alquileres

Si justo te estás planteando alquilar un piso de tu propiedad, estas limitaciones no te afectan directamente y podrás establecer el precio de tus rentas mensuales a tu albedrío.

Ahora bien, deberás tener en cuenta algunas consideraciones legales:

  • La nueva Ley de Vivienda de 2022 aplica premios fiscales a aquellos grandes propietarios que consideren bajadas del alquiler y penaliza las viviendas vacías.
  • Hay leyes autonómicas que se imponen sobre la Ley estatal de Vivienda, por lo que deberás comprobar que en tu comunidad no haya limitaciones al alquiler.
    • La más notoria en este aspecto es la Ley 11/2020 por la regulación del precio del alquiler en Catalunya, que establece límites en 61 municipios catalanes.
  • Si tu contrato de alquiler termina antes del 30 de junio de 2023, otra de las medidas que debes tener en cuenta es la congelación del alquiler, según la cual un inquilino puede reclamar una extensión del contrato de 6 meses con las mismas condiciones.
    • Solo si el inquilino no pide una extensión, podrás dar por finalizado el alquiler y empezar otro nuevo.

⬇️⬇️⬇️

¿Cómo actualizo la renta de mi alquiler?

Con el límite de la subida del alquiler en 2023, si tienes un contrato de arrendamiento de vivienda habitual deberás de aplicar un 2 % en la mayoría de los casos. La fórmula simplificada que deberás usar para calcular el incremento es la siguiente:

Alquiler mensual x 0,02

Por ejemplo, si tu alquiler mensual es de 700 €, la subida que se aplicará será de 14 € mensuales y, por lo tanto, unas nuevas rentas de 714 €.

Es imprescindible que el contrato de alquiler esté bien redactado, sea claro y se ajuste a la normativa, para que la actualización de las rentas del alquiler no suponga una preocupación luego. En Housfy Alquiler, te asesoramos para poner el mejor precio a tu alquiler, redactamos el contrato del alquiler y gestionamos toda la operación. Además, para maximizar su rendimiento, puedes calcular online la rentabilidad del alquiler de un piso. ¡Nosotros te ayudamos!

Alquila tu piso y olvídate de las preocupaciones0% morosidad. Nos hacemos cargo si el inquilino no paga.

Deja una respuesta