Si como propietario estás pensando en un piso de alquiler y como inquilino buscas una vivienda en alquiler, para ambas partes les interesará saber las condiciones que regulan la ley de arrendamiento. Una de las grandes dudas es cuando se está terminando el periodo del contrato, ¿qué pasa con la renovación del alquiler? Es importante que conozcas los pasos a seguir. Hoy te explicaremos cómo funciona la renovación y qué tendrás que hacer para seguir en el piso de alquiler o, bien, dejar el piso.
Renovación contrato alquiler: la fecha es la clave
Antes de nada es muy importante saber cuándo has firmado el contrato, la ley de arrendamientos ha cambiado mucho en los últimos años y depende del contrato que tengas las condiciones cambiarán.
6 de marzo de 2019-actualidad
En general, los contratos tienen una duración de 5 años, en caso de que el inmueble pertenezca a una sociedad se extenderá a 7 años. La renovación contrato alquiler se hace de forma automática una vez han pasado los 5 años y si ninguna de las dos partes expresa la voluntad de rescindir del contrato.
Una vez se renueva el contrato, se extenderá por un periodo de 3 años. A partir de la prórroga del contrato de alquiler, todas las renovaciones serán de periodos de 3 años. Si en algún momento una de las dos partes quiere terminar el contrato, el arrendador tendría que avisar con 4 meses de antelación y el arrendatario con 30 días de antelación.
Además, el propietario tendrá que alegar el motivo por el que se necesita el inmueble. Solo podrá recuperar la vivienda si la necesita para su uso personal o un familiar de primer grado, y tendrá que notificarlo con los 4 meses de antelación que hemos mencionado. En caso de que sea propiedad de una sociedad, no podrá alegar que necesita el inmueble para uso personal.
6 de junio de 2013-6 de marzo de 2019
En caso de que firmases en este periodo, el contrato tiene una vigencia de 3 años, según la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013. Una vez ha pasado este periodo, si ninguna de las dos partes se pronuncia, se renovará de forma automática un año más. A partir de los 3 años, las prórrogas serán anuales.
Otra gran diferencia con el contrato actual es que el propietario puede dar un preaviso de solo un mes si necesita el inmueble, en vez de 4 meses. Si el contrato se firmó en 2013, pero habéis firmado uno nuevo con la nueva ley de arrendamientos, se aplicarán las condiciones y requisitos anteriores.
Actualización de la renta en la renovación contrato alquiler
A lo largo del contrato de alquiler, el propietario no podrá cambiar la renta que hayáis acordado, solo podrá actualizarla en caso de que haya cambios en el IPC (Índice de precios de consumo) o el IGC (Índice de Garantía de Competitividad) .
Una vez ha transcurrido el año desde la firma del contrato, y posteriormente de forma anual, se podrá actualizar según las variaciones del mercado. Actualmente, solo puede aplicarse estas modificaciones anuales en la Renta si se ha especificado en el contrato, y tendrá que añadir el índice que se usará, de lo contrario se aplicará el IGC.
Una vez ha transcurrido el periodo del contrato, el propietario podrá subir la renta, con el límite de precios que ha establecido recientemente la Generalitat si resides en Cataluña. Normalmente, aquí es dónde los inquilinos se encuentran con más problemas, quieren renovar el contrato, pero el propietario les exige como condición una renta más alta y tienen que irse del inmueble.
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Buenas tardes,
Gracias por sus aportaciones, quisiera plantear mi caso en busca de información.
Soy inquilino mi vivienda desde hace más de 9 años (firme con la ley 29/1994, en 2012) y renové en 2016.
Mi principal duda es sobre cómo se tratan los plazos/periodos en las renovaciones, pues sé que la Ley me protegía durante los 5 primeros años, pero…pasado ese periodo ¿qué pasa? al ya llevar 9 años de inquilino si firmo una renovación de un año, ¿ya no tengo otros 5 de protección? o de otra manera ¿en cada renovación puedo poner como plazos anuales con mínimo 5 años más los 3 de la Ley o ya a partir del 5º año tenemos ambas partes las mismas concidiones de periodos?
En definitiva, lo que necesito saber es: manteniendo la fecha original del contrato, no uno nuevo pues quiero disfrutar de la desgravación de mi contrato en el IRPF, ¿pudo firmar una renovación en el 10º año por periodos anuales en los que solo yo decida las renovaciones hasta el 15º año?
Espero haber sido claro y que me puedan facilitar una respuesta.
Gracias por su blog y ayuda.
¡Buenas tardes Pedro! Te recomendamos consultar con un asesor fiscal que pueda estudiar tu caso y confirmarte si puedes llevar a cabo la renovación en décimo por periodos anuales. ¡Un saludo!
Hola tengo que renovar el contrato de alquiler el 28/6/22,¿me puede subir la renta más del 2% con el real decreto del gobierno vigente?
¡Buenos días Francisco! Así es, con la nueva limitación en el precio de las rentas solo podrán subir como máximo un 2%. ¡Un saludo!
El agente inmobiliario me dice que me sube un 33% y que al ser un contrato nuevo que no cuenta el RD6/2022,¿donde puedo recurrir si me lo hacen?gracias, un saludo
Hace 5 años que alquilo el 1 contrato fue por dos, el segundo por uno y el tercero por uno, entidad las renovaciones me cobran sellado y averiguaciones de garantías por ende tengo que pagar todo otra vez, esto es legal
¡Buenos días Cecilia! Así es, si alquilas tu piso a través de un negocio inmobiliario pueden cobrarte por realizar las gestiones pertinentes. ¡Un saludo!
Buenos días, el 1 de julio de 2020 firme un contrato de alquiler de larga duración he avisado al propietario de que voy a dejar la vivienda a mediados de agosto de este año por rque me trasladan por motivos laborales a otra ciudad y me exige salir el 1 de julio ya que el piso está en zona de playa y quiere alquilar el mes julio y agosto. Puedo rescindir el contrato el 15 de agosto avisando con un mes de antelacion o tengo que abandonar la vivienda el día 1 de julio que es la fecha de renovación del contrato? Muchas gracias por su atención.
¡Buenos días Iñaki! Si quieres abandonar la vivienda, debes comunicar tu intención de no renovar el contrato de arrendamiento al propietario del inmueble con dos meses de antelación. ¡Un saludo!
Gracias por tu respuesta, entiendo que no es necesario que coincida con la fecha de renovación, puedo abandonar el piso en agosto con independencia de que la fecha de renovación sea el 1 de julio?
Gracias.
Hola,
En enero de 2018 firmé un contrato de alquiler para 1 año prorrogable 2 años más. Por descuido de ambas partes, se nos ha olvidado firmar un contrato nuevo. Estamos a mayo del 2022 y no hemos firmado nada. Tiene validez en contrato ya firmado? Si ambas partes seguimos de acuerdo podemos seguir sin firmar un contrato nuevo?
Gracias
¡Buenas tardes Daniel! Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), si el contrato de alquiler tiene una duración inferior a 3 años el contrato se puede prorrogar hasta llegar a los 3 años. Una vez se llega a esta duración, puede prorrogarse un año más y llegar a la tácita reconducción y realizar un nuevo contrato. ¡Un saludo!
Hola, estamos en un piso de alquiler, el primer contrato fue de 3 años, renovamos el siguiente por un año que cumplió en febrero y ninguna de las dos partes nos hemos acordado. Se renueva sólo o es necesario volver a firmar otro contrato? La inmobiliaria se acaba de acordar y me quiere cobrar 200€ por el nuevo contrato.
¡Buenas tardes Ana! Para poder saber si la inmobiliaria debe cobrarte por esta gestión, lo mejor será que consultes las condiciones que firmaste con ellos en un primer momento para corroborarlo. ¡Un saludo!
Vale, pero si teníamos 3 años de alquiler más uno que se renovó, si el 1 de febrero caducó la última renovación y se nos ha olvidado a las dos partes entra en tácita durante otro año o hay que firmar un nuevo contrato urgentemente?
Gracias
En la casa donde vivo me suben el alquiler. Pensábamos quedarnos por el momento pero nos dicen que tenemos que pagar la diferenxia de la fianza (lo cual nos parece correcto) pero además que ahora el propietario quiere otra fianza. Eso es legal?
¡Buenas tardes Diana! En caso de subir la renta del alquiler, el arrendador está autorizado a subir el importe de la fianza del alquiler. ¡Un saludo!
Hola, firmamos en febrero 2018, hemos estado 3 años más un año de prórroga. Ahora que debemos hacer? Hacer un contrato nuevo por 5 años o se renueva sólo el contrato por años? Gracias