Vender un piso heredado puede parecer una operación de alto riesgo. En la primera mitad de 2021 se registraron un total de 55.000 herencias rechazadas según datos del Consejo General del Notariado (CGN). El temor a tener que hacer frente a unos gastos más elevados que el beneficio que pueda aportar la herencia explicaría esta elevadísima cifra o la crisis económica provocada por la pandemia de la covid-19 son algunas de las razones por las que tantos españoles rehúsan de sus bienes heredados.
Si acabas de heredar una propiedad inmobiliaria puede que te encuentres en esta situación de duda y te estés planteando si podrías vender un piso heredado fácilmente, en este artículo te contamos todos los detalles que necesitas para poder vender propiedad heredada con éxito de manera fácil y sencilla.
3 claves para vender un piso heredado
1. Para comenzar con los trámites tienes que ser el propietario en el registro de la vivienda
Esto significa que tienes que figurar como propietario en el Registro de la Propiedad. Ser el heredero en un testamento no te convierte automáticamente en propietario de la vivienda. Para lograrlo deberás:
- Obtener el testamento, el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades de la persona que ha dejado la herencia.
- Aceptar la herencia ante un notario. Si eres el único heredero bastará con que firmes la llamada “instancia de aceptación”.
- Escritura pública. En caso de que haya múltiples herederos habrá que hacerlo mediante la escritura pública. La llamada escritura de aceptación de herencia y partición de bienes o escritura de adjudicación de herencia se firma también ante notario. Esta determina qué porcentaje de cada bien toca a cada uno de los herederos beneficiarios de la herencia.
- Pagar los impuestos correspondientes. Por un lado, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el cual se deberá pagar también si se hace una donación herencia entre hermanos de la vivienda; y, por otro lado, el Impuesto de Plusvalía de venta casa heredada. Ambos tienen que pagarse en los 6 meses posteriores al fallecimiento.
- Acudir al Registro de la Propiedad con toda esta documentación necesaria y hacer el cambio de nombre del propietario de la vivienda.
Una vez realizados todos estos pasos ya serás el propietario legal de la vivienda que recibió en herencia, por lo que podrás comenzar con la venta del piso heredado sin ningún problema.
2. ¿Cuánto tiempo debes esperar, idealmente, para vender la propiedad heredada?
Ten en cuenta que tener un inmueble en propiedad genera unos gastos considerables al final del año. Si no vendes la vivienda en menos de un año desde el momento del cambio de nombres en el Registro de la Propiedad tendrás que volver a hacer frente al impuesto de la plusvalía municipal, en este caso como vendedor.
Esto significaría que deberías pagar el mismo impuesto dos años consecutivos. De la misma manera, vender la vivienda en un periodo de menos de 6 meses desde el fallecimiento del propietario anterior evitará posibles recargos derivados del impuesto de venta de la vivienda. Esta última situación es la que siempre se recomienda ya que te ahorrarás dolores de cabeza y algún que otro impuesto más.
3. Los impuestos a los que tendrás que hacer frente al vender una casa heredada
En el caso de las herencias, hay que tener en cuenta que los impuestos a pagar por la venta del inmueble heredado serán los del lugar de residencia habitual de la persona fallecida, independientemente de dónde se encuentre la propiedad heredada. Es decir, si heredas una casa en Sevilla de un abuelo que vivía en Madrid tendrás que pagar los impuestos que dictamina la Comunidad Autónoma de Madrid, y no los impuestos definidos por la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La venta de una propiedad es considerada una ganancia patrimonial y, por tanto, tributa como renta en la declaración del IRPF del año exacto en que se haya vendido el piso heredado. El cálculo del IRPF se realiza mediante la diferencia entre el precio de venta y el valor de transmisión, que es el declarado en el Impuesto de Sucesiones.
Para poder recibir el inmueble en herencia, una vez la hayas aceptado, tendrás que pagar el impuesto de plusvalía municipal. Este es un tributo que grava el incremento de valor de un terreno desde su compra hasta su venta. Abonar el importe correspondiente a este tributo es obligatorio si se acepta recibir un bien inmueble de una herencia. El plazo para abonar la plusvalía municipal es de 6 meses desde el fallecimiento del antiguo propietario de la vivienda.
En el momento de fijar el precio de venta debes tener en cuenta que es legal restar los gastos de la venta de la vivienda. Así como sumar el Impuesto de Sucesiones como uno de estos gastos. Esto es algo importante que debes tener en cuenta a la hora de vender una casa heredada.
¿Cómo vender una vivienda heredada sin escrituras?
Si te preguntas si se puede vender una casa heredada sin escrituras, es decir, que esta no esté inscrita en el Registro de la Propiedad, tendrás que seguir el mismo procedimiento que te explicamos anteriormente. Eso sí, deberás tener muy presente que en el caso de las viviendas heredadas que no cuentan con escrituras, su proceso de venta es mucho más largo y tedioso en comparación con el proceso de venta de los inmuebles registrados, ya que esta característica es mucho más atractiva para aquellos que quieren comprar piso herencia a hermanos.
Para poder visualizar mejor el proceso a la hora de vender un piso heredado, hemos realizado una infografía sobre la venta de una casa heredada. En ella te enseñaremos brevemente cuáles son las principales claves que debes tener en cuenta si quieres vender un piso heredado, rápido y sin ningún tipo de problemas.
No te preocupes, tenemos la solución para vender un piso heredado
Sabemos que ser beneficiario de una herencia no es una situación fácil de afrontar. Dejar marchar a un ser querido siempre es un momento difícil de soportar y de superar. Por otro lado, lidiar con las disputas que se crean en las herencias no es plato de buen gusto para cualquiera de nosotros. Además, muchas relaciones familiares se han visto afectadas por una herencia entre ellos e incluso los miembros de estas han tenido que emprender el proceso para renunciar herencia.
Si acabas de heredar una vivienda y quieres asegurarte una venta exitosa con el mínimo coste, no dudes en contactar con nosotros. En Housfy, contamos con expertos inmobiliarios con amplia experiencia en el sector inmobiliario y en herencias, que te ofrecerán todo el acompañamiento que necesitas para lograr vender inmueble rápido, de la manera más sencilla y fácil posible. ¡Y ganarás más dinero por la venta de tu piso heredado!
Quiero saber cuanto pagaría un piso que heredamos mis hijos y mío cuando falleció su padre. Queremos venderlo, necesitamos saber los gastos que conllevan los gastos. La herencia se hizo en el 2012.
¡Hola Francisca! Cuando se vende un inmueble se han de pagar dos impuestos: la plusvalía municipal y la plusvalía a Hacienda. Si la vivienda que heredaste constituye tu residencia habitual no se paga plusvalía a hacienda siempre y cuando el dinero se reinvierta en la compra de otra residencia habitual. Si no es residencia habitual la plusvalía a hacienda se calcula restando al precio por el cual vendas la vivienda el valor que en su día le disteis al inmueble cuando aceptasteis la herencia (en la escritura de herencia tienes el valor). Si el valor de herencia es superior al valor de venta no se paga plusvalía a Hacienda. La plusvalía municipal es el otro impuesto que se paga a la venta de inmueble y se calcula por los años que llevas siendo propietaria del inmueble, en este caso desde el 2012. ¡Un saludo!
Buenos tardes:
Espero que pueda ayudarme con esta duda.
Hace cinco años que mi madre falleció y heredé su casa. Lo hice con un valor en la escritura de 58.000 euros. Ahora puede venderla por 80.000 e invertiré la cantidad total en liquidar la hipoteca de mi vivienda habitual. ¿Hay algún factor al que pueda acogerme, si no para estar completamente exenta, sí para no pagar una cantidad desorbitada de la plusvalía a hacienda?
Muchísimas gracias por su amabilidad.
¡Buenas tardes María! Solo en el caso que el beneficio se invirtiera en la compra de una primera residencia y siempre que la venta sea de la primera residencia del propietario. En este caso se aplicaría el % de impuesto sin ninguna excepción. ¡Un saludo!
Buenos dias. estamos por comprar una vivienda a una señora que había heredado en el 2019 y ella la puso como vivienda habitual y ya teníamos la hipoteca otorgada, luego la gestoria del banco nos pidió que le pasáramos el modelo 650 de la vivienda a la vendedora. Ahora resulta que me dicen de la gestoria que la señora tiene que devolver a hacienda 63.570 euros si quiere vender porque cuando heredó se acogió a la DEDUCCION POR VIVIENDA HABITUAL. Me dicen que tiene que pasar al menos 5 años para venderla, porque en el caso que yo la compre , HACIENDA puede venir a preguntarme a mí por esa deuda. ME PODRIAS DECIR SI ES ASI O TAMBIEN SI PODEMOS HACER ALGUNA OTRA COSA PARA COMPRAR O TAMBIEN PENSAMOS EN OFRECERLE A LA DUEÑA UN ALQUILER CON OPCION A COMPRA. MUCHAS GRACIAS
¡Hola Matias! No te recomendamos seguir adelante con la operación salvo que la heredera acepte pagar ese importe que pide Hacienda. ¡Un saludo!
Buenas tardes,
Me surge una duda.
Yo herede un piso en 2016 (septiembre) valor del piso heredado 210.000€ a fecha de aceptación de herencia.
Vendo ese piso en marzo de 2017 por 194.000
Se me. Solicita pago de plusvalia.
La duda es, la plusvalia es el diferencial entre la venta (194.000) y el valor en herencia (200.000), o bien por el valor al que el familiar en cuestión compró el piso en su momento (120.000) en 2006.
Por otro lado, al haber pasado menos de un año desde la herencia, también me toca pagar la plusvalia?
Muchas gracias de antemano
Buenos días Jorge. Hay que diferenciar que existen 2 plusvalías, la que nos comentas es la que se tributa por IRPF y va en función, en este caso concreto, en el precio de la herencia escriturado y el precio de venta escriturado. Como la diferencia es negativa no se debe pagar. Pero existe la pluvalía municipal que va en función de los años que has sido propietario del inmueble. Y no afecta para nada el precio de venta ni el precio de herencia. ¡Un saludo!
Buenas. Mi madre vendió el piso en el que vivía. Como era herencia de mi padre fallecido, mi hermano y yo recibimos nuestra parte. Como tengo que declarar ese dinero? Gracias
¡Hola Feli! Como una plusvalía de beneficio en IRPF, siempre que se genere beneficio en la venta entre el precio final y el precio que se le dio en herencia. ¡Un saludo!
Hola, ante todo muchas gracias por este blog.
El año pasado vendimos un inmueble heredado (nuestra madre) en un 54.17 % el resto ya era nuestro desde 2013 por herencia de nuestro padre.
Dudas:
– En la adjudicación de herencia dimos un valor al inmueble de 100.000 € por lo que en el impuesto de sucesiones aparece el valor del inmueble en 54.170. Ahora bien, imagino que el valor que tenemos que reflejar en la declaración de la renta, en el concepto valor de adquisición es 100.000 € verdad?
– En los gastos de adquisición solo se puede incluir la plusvalía, o algún gasto mas? (Notaría, registro, etc)
– En los gastos de transmisión, además de los gastos de inmobiliaria se pueden incluir otros? Ejemplo gastos notariales?
– Al ser tres herederos (mismo porcentaje) se refleja en la declaración de cada uno el total de la operación, o habría que dividir todas las cantidades entre 3?
Muchas gracias de nuevo, espero no abusar de su ayuda.
¡Buenas tardes Fernando! En el impuesto de sucesiones aparece el valor compensado al porcentaje actual de herencia. Los gastos de adquisición puedes incluir todos los derivados de la misma, impuestos y gastos notariales por ejemplo. En los gastos de transmisión aparte de la inmobiliaria puedes incluir los IBIs de los años que se es propietario e incluso las reformas estructurales realizadas. Al ser tres herederos y ser una plusvalía aplicada al IRPF de cada uno se paga por separado. ¡Un saludo!
Hola,, mi madre vendió a sus dos hermanos su parte (1 /3) de una casa que heredó de mi abuela. Mi pregunta es ¿ tiene que declarar en el IRPF por esa venta? Tiene mas de 65 años y no era su vivienda habitual Ya pagó la plusvalía. En caso afirmativo, ¿en qué epígrafe se declararía. Muchas gracias.
¡Hola Martín! Entendemos que pagó la plusvalía municipal, la plusvalía fiscal, se calcula en el beneficio obtenido con la venta. La diferencia entre el valor dado en herencia (33%) y el beneficio obtenido con la venta (33%). La tabla de pagos es 19% los 6000 primeros euros, 21% hasta 50.000 euros y 23% a partir de 50.000 euros. ¡Un saludo!
HOLA, HE VENDIDO UNA VIVIENDA EN 2019, Y QUIERO SABER COMO HACER LA TRIBUTACION ESTATAL Y EN QUE CASILLAS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DEBO REFLEJARLAS.
ME EXPLICO, LA MITAD DE LA VIVIENDA LA COMPRÓ MI PADRE EN EL 79 , 50% EL 50% YO. AL FALLECIMIENTO DE MI PADRE EN 1984, HEREDO LA MITAD Y LA OTRA MITAD MI MADRE, Y AL FALLECER EN 2006 ME DEJA EN HERENCIA SU PARTE. LA PLUSVALÍA YA ESTÁ PAGADA. ENTIENDO QUE LOS CÁLCULOS DEL AYUNTAMIENTO SERÁN IGUALES PARA HACIENDA, O NO? ME LO PUEDEN ACLARAR,? MUCHAS GRACIAS.
¡Buenas tardes Emilio! La plusvalía municipal se calcula en función de los años que se es propietario y la plusvalía fiscal es en función del beneficio obtenido en la venta. Nunca son la misma cantidad. Las casillas a cumplimentar en la renta mejor acudir a un gestor especializado. ¡Un saludo!
Buenos días.
En 2019 acepté la herencia por fallecimiento de mi padre y soy propietario junto con mi hermana de la vivienda de nuestro padre. La casa ha sido reformada y ahora está a la venta. Se que tendré que tributar por las ganancias obtenidas en la venta, pero mi duda es si los costes por la reforma de la misma los tengo que poner en la declaración de 2019, que es cuando se reformó o esperar a la venta para imputarlos y disminuir la posible ganancia obtenida por la venta.
Muchas gracias!
¡Hola Jorge! Para poder incorporar las reformas deben de ser estructurales, si son reformas de cambios de baño, cocina, etc no se pueden incluir. ¡Un saludo!
Mi pregunta es sobre qué se pueden considerar como gastos repercutidos en el proceso de adjudicación de una herencia a la hora de hacer la declaración de hacienda.
Mi caso es sobre una herencia que nos vino de un familiar que vivía en Alemania. Entre otros bienes figuraba un piso que hemos vendido.
Hemos tenido gastos de entierro, otorgamiento de poderes en notaría, traducciones de documentos, tasa de expedición de certificado sucesorio en un juzgado alemán, servicios prestados por abogados en Alemania y España, tasa alemana por solicitud de expedición de certificado sucesorio en la embajada alemana en Madrid, contratación de intérprete que nos asistió en la embajada alemana, impuesto sobre sucesiones en Alemania y España, pago de deudas del finado, gastos de notaría por adjudicación de herencia, gastos de registro, IBI, seguro del piso, certificado de eficiencia energética, intermediación de inmobiliaria que ha intervenido en la venta del piso, plusvalías del Ayuntamiento.
En espera de su respuesta, reciban mi agradecimiento por anticipado y un cordial saludo.
¡Buenas tardes Luis Fernando! Entendemos que los gastos a repercutir son para calcular una potencial plusvalía fiscal por venta. En el IRPF, se pueden añadir todos los gastos derivados de la vivienda tales como IBI, arreglos estructurales de la finca. Pero los gastos derivados de una aceptación de herencia se deben repercutir en el acto de la aceptación misma, nunca «a posteriori» en una potencial venta o una venta ya realizada. ¡Un saludo!
Hola, Soy de Cangas de Onis-ASTURIAS
Acabo de heredar de mi padre un piso y mitad de un bajo.
Mi padre tenia: 50% piso y usufructo ( el resto era mio) Valor catastral 50.000 €
25% bajo y usufructo de otro 25% Valor catastral 79.000 €
efectivo : 50.000 €
PREGUNTA: Cuanto pagare mas o menos de Impuesto Sucesiones y si vendo el piso
donde vivia cuando seria mas beneficioso la venta?
Un saludo¡¡¡¡
¡Hola Alberto! Para poder calcular el impuesto de sucesiones lo mejor es acudir a un gestor, porque en función de la Comunidad Autónoma, este impuesto tiene una cuantía diferente. Además se debería conocer el valor dado a la herencia y comprobar que límite tiene cada territorio. Esperamos haber resuelto tus dudas. ¡Un saludo!
Hola! mi caso también es de cotitularidad con mi padre. En Madrid no tenemos impuesto de sucesiones, pero ¿qué ocurre con la plusvalía municipal? ¿También tendría que pagar por el 50% del valor del inmueble que heredaría de él? ¿O sólo se aplicaría la plusvalía si la quisiera vender en el futuro? Muchas gracias
¡Buenos días Ainhoa! Al realizar un trámite como una herencia, no debes pagar impuesto de sucesiones en Madrid, pero si la plusvalía municipal como bien indicas. ¡Un saludo!
Mi padre viudo fallecio en 2001, acepte la herencia y se pagaron todos los impuestos en Julio/2018, en esta fecha se puso a mi nombre, y se valoro la vivienda en 100.000 €. la quiero vender en 200.000 €, me podrian indicar cuanto me supondria la cuantia de la venta, plus valia, influye que hace muchos años que fallecio mi padre.
Esperando sus noticias, reciba un saludo.
¡Hola Tomas! Del beneficio obtenido calcula lo siguiente: un 19% los primeros 6.000€, un 21% hasta llegar a los 50.000€ y un 23% a partir de esa cifra. ¡Un saludo!
Como continuacion a mi anterior comentario, por si es de interes le doy algunos datos complemntarios
Valor Catastral 42.644,27 €
Valor Catastral Suelo 21.395,05 €
Valor Cat. Construido 21.249,52 €
Yo creo que si el usufructo es para tu madre y vosotros dos la nuda propiedad, fiscalmente es tu madre quién paga y vosotros no ya que nada en propiedad tenéis.
¡Hola Tomas! Hemos contestado tu consulta en el primer comentario 😉
Hola, mi padre falleció el 15 de febrero y no tenía testamento. Tenia un piso donde viven mi madre y mi hermano. El tema es que ahora tenemos opción de renunciar a la herencia y que el piso sea a nombre de mi madre o ponerlo ya a nombre de mi hermano y mío y mi madre como usufructuaría. No se que opción es mejor. Yo tengo mi vivienda habitual de la cual tengo hipoteca. Si heredo ahora el 25% del piso, me repercutirá para la declaración de la renta cada año? Me podéis orientar de los impuestos? El municipio es sant Boi del Llobregat provincia de barcelona.
Muchas gracias
¡Hola Zoraida! Para una situación tan concreta lo recomendable sería acudir a un gestor para tramitar todo los temas de herencia. A nivel de renta si, repercute en el IRPF la posesión de ese porcentaje. Para calcular impuestos se debería conocer también el valor de la herencia. ¡Un saludo!
Hola, mis padres compraron en 1978 una casa en gananciales
En 2012 fallecio mi padre, y en la aceptacion de herencia mi madre es la propietaria por gananciales del 50% y usufructuaria vitalicia del otro 50% y nosotros la nuda propiedad.
En el 2019 vendimos una de las casas de mis padres.
Queria saber la fecha de adjudicacion por parte de mi madre, si es la fecha de cuando la compraron en 1978 o la del fallecimiento de mi padre en 2012.
Muchas gracias
¡Hola Juan! Aquí hay que diferenciar varias cosas, la propiedad entendemos que es al 50% de la madre y al 50% de los hijos. De ese 50% de los hijos la madre es usufructuaria vitalicia. Por lo tanto la fecha de adjudicación de la madre es la fecha de la compraventa, ya que, en 2012 en la herencia del marido ella no pasó a ser propietaria. Esperamos haberte resuelto las dudas. ¡Un saludo!
Buenas heredamos cuatro hermanos un piso que llegado el momentos vendimos.
Pagamos la plusvalía correspondiente y
ahora el ayuntamiento nos manda una sanción por haber vendido el piso antes pasar tres años de recibir la herencia. es legal dicha sanción?.
Gracias.
Buenas tardes José Manuel. Según los datos que nos facilitas, el ayuntamiento tiene hasta 5 años para activar dicho requerimiento. En este caso deberíamos conocer si hubo deducción en el pago de la plusvalía al aceptar la herencia. Pero en principio es totalmente legal. Un saludo.
No me quedó claro si puedo vender la casa antes de pagar los impuestos
Por ser sobrino, tengo entendido que tengo que pagar unos 30.000€, por eso me vendría bien vender antes de pagar
somos cuatro hermanos y tenemos una casa en un pueblo a mi me corresponde un 31,33 por ciento, si yo no quiero vender y quedarme con mi parte puedo y que gestión tendría que hacer? Gracias
¡Buenas tardes Beatriz! La vía que tiene menos trámites es hacer una extinción del condominio y comprar las partes de la casa que les corresponden a tus hermanos. ¡un saludo!
¡Buenos días Carlos! Primero debes cerrar los trámites de la herencia para que la propiedad pase a tu nombre. Después podrás realizar la venta del inmueble sin ningún problema. ¡Un saludo!
Hola hemos heredado una casa en el pueblo y la tenemos casi vendía.
Tenemos aceptada la herencia y pagado el impuesto de sucesiones.
Podemos vender esta vivienda sin cambiar las escrituras de nombre de nuestra madre a los nuestros?
Es decir podemos vender sin cambiar las escrituras?
Buenos días Jésica. A nivel notarial se puede hacer la aceptación en el mismo acto de la compraventa, pero no se puede vender sin hacer ese cambio. ¡Un saludo!
Vender una vivienda heredada en cataluña , que impuedtos se tienen que pagar si se vive y travaja de hace años en portugal
¡Buenos días María José! Al residir en el extranjero, te recomendamos consultarlo con un asesor fiscal y ver cuales son los siguientes pasos que debes dar. ¡Un saludo!
Buenas. Si heredamos un piso en Barcelona el 2012 y lo queremos vender para comprar otro piso en otra provincia y liquidar parte de la hipoteca del otro heredero, qué gastos hemos de calcular? Al haber legalizado el testamento se calcula desde el 2012? Saludos cordiales.
Buenas tardes Yolanda. Son algunos los gastos que deberás afrontar. Primero la cancelación de la hipoteca, porque puede existir una cuota de cancelación con el banco. Después, la plusvalía municipal que gire el municipio y finalmente, la plusvalía fiscal si existe beneficio con la venta. ¡Un saludo!
Hola, mi padre firmó la aceptación de herencia en 2011 y no pagó la plusvalía dentro del plazo legal para ser propietario legal, si yo quiero ser la propietaria legal tras su fallecimiento ¿cómo me puede afectar el abono de la plusvalía a mi nombre? El escrito de aceptación de herencia de mis abuelos a favor de mi padre tenían una subrogación legal a mi favor si mi padre falleciese con antelación a la aceptación de la herencia.
¡Buenas tardes Laura! En este caso deberías acudir a un gestor especializado en herencias, entendemos que si no ha pagado tu padre la plusvalía municipal y no ha sido reclamada tendrá poco recorrido, de todos modos nuestro consejo es acudir a un gestor para ver todo con más claridad. ¡Un saludo!
Buenas tardes. Queremos comprar una casa. Hablamos con el abogado de los 8 herederos y nos dice que todos los papeles para la aceptacion de la herencia estan hechos, solamente hace falta pagar todos los costes (IBI, facturas pendientes, etc.) y impuestos, unos 15.000€. Los herederos no pueden o no quieren pagar esta suma. El abagado nos propone hacer un contrato con todos los herederos y con un notario en que nosotros pagamos estos gastos y pagamos 15.000 menos para la casa. Incluso dijo, que hay notarios que hacen la venta de la casa y la aceptacion de la herencia en el mismo acta. ¿Esta es una transaccion segura, habitual y recomendable? Muchas gracias
Buenas tardes Rick. Con la información que nos transmites te comento: Si es una operación habitual el realizar compraventa y aceptación de herencia en el mismo acto. El pago de los impuestos y facturas pendientes. De antemano no es lo más habitual pero se puede llegar a hacer, lo habitual es en el mismo acto de compraventa se “rebaja o retiene” esa cantidad de lo pactado y se destina a hacerse cargo de esos compromisos. De todos modos al haber un abogado en la operación es más sencillo. ¡Un saludo!
Buenas tardes,aprovechando del caso expuesto quería preguntar si es recomendable firmar arras de seguida a la aceptación y adjudicación de la herencia. Es decir firmar arras antes de que se hayan hecho los trámites de inscripción de la aceptación y adjudicación en el registro. En este caso quien ha aceptado la herencia y es adjudicatario de la misma y que pero aún no se ha inscripto en el registro, ya se puede calificar como propietario? Muchas gracias de antemano
¡Buenos días María! Lo mejor es firmar las arras una vez los herederos de la vivienda figuren como propietarios de esta para evitar riesgos en el proceso de compraventa. ¡Un saludo!
Buenas tardes, mi madre de 92 años va a vender su casa. Mi padre murió hace 22 años y no se hizo ningún cambio en las escrituras en su día y no hubo ninguna herencia de su 50% ya que mi madre siguió viviendo en esa casa. Sé que la parte de mi madre está exenta por ser mayor de 65 años y vivienda habitual al hacer la declaración de la renta y sólo tiene que pagar el impuesto de plusvalía. No me queda claro si yo y mis 2 hermanos tenemos que pagar algo o incluirlo en la declaración de la renta.
¡Buenos días David! En tu caso la mejor recomendación que podemos darte es consultarlo con un asesor especialista para saber cómo actuar ante esta situación. ¡Un saludo!
Buenos días, quisiera que me informaséis de que forma se realizaría lo siguiente: quisiera aceptar una herencia y hacerme con el inmueble en cuestión primero, para después en menos de un año venderselo a mi hija, por aquello de la plusvalía pagarla una sola vez, se puede hacer así, o se puede hacer en la misma escritura de aceptación de herencia, la compraventa directamente por parte de mi hija. Cómo quedaría el impuesto de sucesiones y plusvalía. Si me pueden asesorar un poco. Gracias
Buenas tardes Juan. Se puede hacer como dices, hacer la aceptación y la compraventa en el mismo acto ante notario. ¡Un saludo!
Buenas tardes,
Estoy apunto de firmar una compraventa de un piso. La propietària heredo la mitad del piso al fallecer su marido. Estamos tramitando la hipoteca y el banco me pide el impuesto de sucesiones i la vendedora me dice que no me lo quiere facilitar porque no me quiere facilitar esta información. El banco dice que sin ella no puede concederme la hipoteca. Sinceramente no se quien tiene razón. Me podeis dar luz a mi oscuridad. Gracias
¡Buenas tardes Sebas! La propietaria está obligada a darte la información de haber ejecutado ese pago o sino quiere que tu veas los datos sensibles que comenta tiene que acreditarlo ante la notaría. ¡Un saludo!
Buenas noches ,
Mi cuñado ha fallecido (2020)y mi marido ( Hermano ) es heredero único de una vivienda que en 2008 compro mi cuñado y su madre , ella falleció en 2015 y en ese momento mi cuñado adquiere el usufructo y el 75 %de la vivienda y mi marido el 25 % y la nuda propiedad . En 2015 hacen las nuevas escrituras con ellos como propietarios en ese porcentaje y liquidan los impuestos correspondientes. Ahora mi marido quiere vender la vivienda . Para calcular la plusvalía municipal ( madrid ) que año ha de tenerse en cuenta el 2008 o el 2015 ? Muchas gracias
¡Buenos días Eva! Debéis de calcular la plusvalía desde el momento que pasa a ser vuestra la propiedad. ¡Un saludo!
Buenos dias, somos dos herederos de una casa de herencia de mi abuela de hace 50 años, ya estamos con el Notario para la aceptacion de herencia, en su dia no se acepto la herencia porque mi madre vivia en ella aunque no era heredera, nos dice el Notario que podrian haber problemas porque el registrador puede pedir la conformidad de los demas herederos, en el testamento esta especificado lo que hereda cada heredero.
Ya tenemos comprador para la casa. Cuando este firmada la aceptacion seguido se haria la venta, queriamos saber si es obligatorio tenerla registrada, (ya que el comprador conoce las condiciones en las que se encuentra la casa), y que el la registre sin problemas.
Pienso que me he explicado con algo de claridad, me gustaria que me contestasen si no hay problema para ustedes.
Quedo a la espera de su respuesta, muchas gracias.
Isabel.
¡Buenos días Isabel! Por lo general el comprador te pedirá que la vivienda esté correctamente registrada, metros cuadrados de las estancias y demás, no sería necesario el tema de registrar los propietarios que aceptan la herencia y después venden porque se hace en el mismo acto ante notario. De todos modos esas disposiciones las debería ser el notario el que las dispusiera. ¡Un saludo!
Buenas tardes y gracias por vuestro blog. Mi caso es un tanto complicado. He heredado nuestra vivienda habitual, al fallecer hace poco mi madre, estoy con todo el papeleo ahora. Al pedir nota simple en el registro hay anotación de embargo por parte del juzgado por una deuda de unos 20k euros. Yo ahora mismo tengo ingresos mínimos, así que mi cuestión es que no sé si podría vender la vivienda con esa anotación, y cómo proceder para ello, para poder irme a otro sitio y no quedarme sin nada. Agradezco de antemano vuestra respuesta.
¡Buenos días! En este caso lo recomendable es hablar con la entidad/personas que haya generado esa deuda a través del juzgado para intentar llegar a un acuerdo para evitar la ejecución de la misma. ¡Un saludo!
Buenas tardes.
Hemos vendido un piso heredado por 4 hermanos, seria necesario que el comprador hiciese 4 transferencias o se podria transferr solo a 1 y este realizar los repartos?
¡Hola Eleni! Mientras conste en la escritura el método de pago, es indiferente si lo hacéis con una o varias transferencias. ¡Un saludo!
Hola, tengo una consulta: Mi padre murió hace 20 años y mi madre hace 2 años. Heredé un piso que he vendido este año. El valor del piso de aceptación de la herencia de mi madre fue de 120.000 €, el de mi padre 72.000 € y el precio del piso vendido 115.000 €.
Mi duda es a la hora de la declaración de la renta, ¿he tenido beneficio o pérdidas por la venta del piso?
Por un lado, cuando he podido disponer del piso ha sido al morir mi madre y el valor de aceptación de la herencia del piso fue de 120.000 por lo que he vendido a pérdidas.
Por otro lado, si al calcular el beneficio debo tener en cuenta el valor de la herencia de mi madre al 50% y el otro 50% la de mi padre, entonces el piso lo heredé por (120.000 /2 = 60.000) + (72.000 /2 = 36.000) = 96.000 €. Por tanto he vendido con beneficios de 19.000 € y debo pagar impuestos en función de ellos.
¿Cuál de los dos casos es el correcto?
Muchas gracias y un saludo
¡Buenos días! Se debe calcular en 2 fases como indicas al final de la explicación. Lo que deberías darnos el dato de si los 120k son de herencia al 100% o es una parte de ella, lo mismo con el dato de 75k. Esperamos haberte ayudado. ¡Un saludo!
Gracias.
Los 120k es el 100% de valoración del piso, la parte de ella serían 60k.
Igual mi padre, los 72k son de los dos, la parte de mi padre serían 36k.
Un saludo.
¡Buenos días! Con los datos que facilitas lo que es la plusvalía fiscal puede estar exenta. De todos modos, al haber subrogación y ser varias herencias lo mejor es acudir a un gestor especializado para mayor seguridad. ¡Un saludo!
HA FALLECIDO MI MADRE HACE 6 MESES. Hemos hecho todo lo referente a la herencia y pagado la plusvalía y todo lo que nos ha tocado pagar, notarias etc.. Vamos a vender la casa ya. Sé que no tenemos que volver a pagar plusvalía porque no ha pasado un año. Pero cuando la venda ¿Aún tengo que pagar más en la declaración de la renta?
¡Buenos días José María! En principio no deberías pagar nada salvo la plusvalía municipal y la fiscal. Que si la herencia está realizada hace 6 meses no debería haber impuesto alguno. ¡Un saludo!
Buenos días, una duda, me pareció entender que la tributación cambiaba si la casa heredada se vendía a uno de los hermanos herederos que si se vendía a un tercero. Es cierto?
¡Buenos días! Para darte una respuesta correcta se debe saber si ya se ha repartido la herencia y se haya registrado a nombre de los herederos o si se ha decidido ceder la parte de un piso a otro heredero y compensarlo o no económicamente. Si la vivienda está sin repartir aún y teniendo en cuenta que la vivienda es indivisible estará exenta de impuesto. Y todos los herederos recibirán su herencia en bienes o en dinero. Si ya se ha registrado la vivienda a nombre de todos los herederos, en ese caso, se debe reflejar la operación en la renta y pagar lo correspondiente a la plusvalía municipal. Esperamos haberte ayudado con tu caso. ¡Un saludo!
Buenos días.
Siguiendo con el ejemplo anterior, quisiera saber cuáles son todos los impuestos que tendría que abonar un heredero español, pero no residente, en el caso de cesión del piso a otro de los herederos antes del reparto de la herencia. Muchas gracias
¡Buenas tardes! Los impuestos por donación de una vivienda a un familiar varían en función de la comunidad autónoma en la que se encuentre el inmueble. Te recomendamos que lo consultes con un asesor fiscal para que te diga cuánto tendrás que pagar. ¡Un saludo!
Hola. Hemos heredado dos pisos entre cuatro hermanos. No tenemos dinero para pagar los impuestos. Si vendemos los pisos antes, podemos pagar los impuestos. Cómo podemos hacer para venderlos antes del pago de impuestos? Hay que pagar sucesiones y plusvalía antes de la venta o con el pago de uno solo de los impuesto se puede ya vender el piso?
¡Hola! Para poder poner en venta la propiedad, necesitaréis pagar previamente los impuestos de la herencia e inscribir la nueva titularidad en el Registro de la Propiedad. A partir de ahí, podréis poner en venta la casa.
Buenas. En 2007 falleció mi padre y al aceptar la herencia mi madre obtuvo el 50% y yo el otro 50%, pero en nuda propiedad por dar a mi madre el usufructo de mi porcentaje, de la vivienda.
En febrero de 2021 falleció mi madre y el 13 de marzo del mismo año acepté la herencia, pasando a ser propietario total de la vivienda.
El 16 de marzo de 2021 he vendido la casa. Para pagar la plusvalía municipal como calculo el número de años que he sido propietario. Desde 2007 o desde 2020.
Muchas gracias.
¡Buenos días Julio! En este caso, para calcular la plusvalía municipal de un piso heredado se tiene en cuenta los años que han pasado desde que tu padre adquirió el inmueble.. ¡Un saludo!
Hola, mi padre falleció hace 17 años. Tenía una pequeña parcela a nombre suyo y de mi madre. Ahora mi madre quiere venderla y somos 2 hermanos. La duda es la siguiente, la propiedad está en la Región de Murcia y yo ahora resido en Cataluya. ¿Donde me corresponde pagar los impuestos sobre la cantidad que yo reciba? Cada CCAA tiene unos impuestos distintos. Gracias.
¡Buenos días Alejandro! El Impuesto de Sucesiones o Donaciones (ISD) se paga en función de la residencia de la persona fallecida. Si la vivienda se encuentra en la Región de Murcia y la persona también vivía en Murcia, deberás de pagar el ISD en Región de Murcia. ¡Un saludo!
Buenas Noches.
Mis hermanos y yo heredamos dos casas en el 2019 y no pensamos venderlas un se compro en 1960 y otra en 1979 desde cuando tendriamos que pagar las plusvalias desde que las compraro. O desde que las escrituremos y tambien mis hermanos era una de ella su residencia habitual gracias
¡Buenas tardes Miguel! Para calcular la plusvalía municipal se tendrá en cuenta e número de años pasados desde que el fallecido adquirió el inmueble heredado hasta que se ha aceptado la herencia. ¡Un saludo!
Muy buenas, mi padre falleció hace 20 años, y ahora la segunda vivienda que está usada por uno de sus hijos (yo) queremos adquirirla.
Mi madre en principio no quiere recibir nada por su parte, y la cuestión sería comprarle su parte a mis dos hermanos.
Cuál es la mejor formula para hacerlo? (Más legal y si es más económica mejor)
La cada fue VPO de Andalucía en 1988 y cuando falleció mi padre no se pagó nada.
Muchas gracias por adelantado
Hola Manuel, puedes contactar con nuestros asesores para que te ayuden con el proceso de comprar la casa: https://housfy.com/hipoteca. ¡Un saludo!
Hola soy Enrique. Quisiera vender la casa heredada de mi padre sin tener que pagar los impuestos en la C. Valenciana ni la plusvalía. ¿Se puede hacer?
¡Buenos días Enrique! Al vender una vivienda heredada hay que pagar una serie de impuestos. En estos cuatro casos estarás exento o se reducirán dichos impuestos:
– Una venta de una vivienda habitual y reinvertir el importe en la compra de una nueva vivienda habitual.
– La venta de una vivienda habitual por mayores de 65 años con reinversión o sin reinversión.
– La aplicación de coeficientes de abatimiento para inmuebles adquiridos con anterioridad al año 1994.
Esperamos haberte ayudado. ¡Un saludo!
Y que ocurre si la nueva casa que compras es un alquiler con opción a compra donde se deducen los importes de la renta del capital final de la compra?
Hola Hariel, si es una vivienda con opción a comprar no podrás deducirte los impuestos, ya que no se considera una reinversión. Si decides comprar la casa antes de los 2 años, entonces sí que podrías estar exenta de pagar el IRPF. ¡Un saludo!
Buenos días mi padre falleció hace 30 años
Mi madre se quedó en el piso como usufructuaria ya q el piso está a nombre de mi padre
Ahora nos pide de vender el piso pq es muy grande y comprar otro más pequeño
Aproximadamente en el 2000 aceptamos una parte herencia de una q correspondía a mi padre
q impuestos debemos afrontar?
¡Hola Luis! Puedes consultar los impuestos que tendréis que afrontar en el artículo del blog. ¡Un saludo!
Buenos días.
Como se calcula la plusvalia municipal de una vivienda de la que únicamente se hereda la nuda propiedad?
¡Buenas tardes Sergio! En este caso el nudo propietario es quién debe pagar la plusvalía municipal ya que se da una transmisión de un bien inmueble. ¡Un saludo!
Dice el artículo 28 de la ley hipotecaria que no se puede vender un piso heredado hasta dos años después de heredarlo esto es cierto?
Hola María José, a lo que se refiere el artículo, es que puedes vender la propiedad, pero durante 2 años puede aparecer un heredero forzoso que reclame su parte de la herencia. ¡Un saludo!
Hola, en 2020 heredé el 25% de una casa, algún dinero, un terreno rústico y ajuar de un familiar fallecido. Ya pagué el impuesto de sucesiones, que es una «factura» de todo lo heredado. La cuestión es que se vendió la casa en 2020 y se que se puede añadir al precio de adquisición el impuesto de sucesiones, además de gastos de notaría, abogado, registro, plusvalía. Pregunta, como el impuesto de sucesiones incluía todo lo heredado, no solo la casa, ¿debo incrementar el precio de adquisición de la casa con la totalidad de la factura del impuesto de sucesiones o tengo que calcular de alguna manera que porcentaje de esa factura corresponde a la casa de manera individual?, no se si me explico. Muchas gracias
Hola Carlos, lo mejor es que consultes con un asesor fiscal para ver cómo hacer la declaración de la Renta. ¡Un saludo!
Buenos días. heredé un piso de mis padres. Segun dicen lo puedo vender muy caro por lo grande que es y por donde está situado. Me han dicho que tendré que pagar mucho a Hacienda cuando haga la renta de ese año. ¿Qué debería hacer para pagar lo menos posible a Hacienda?
Hola Ernesto, dependerá de muchos factores, puedes recurrir a un asesor fiscal para que te ayude con la declaración. ¡Un saludo!
Buenas tardes, en el año 2020 vendimos un piso heredado en 2012. Para calcular el incremento de patrimonio, en el valor de adquisición (en la fecha del fallecimiento) ¿puedo incluir el gasto de plusvalía de la transmisión mortis causa de la comunidad de Madrid que pagamos en el año 2012?
Muchas gracias
Hola Maria, sí, puedes incluir todos los gastos asociados de la adquisición y de la venta de la vivienda. ¡Un saludo!
Mi abuelo fallece en 1990 pero no se realiza la adjudicación de herencia hasta que fallece mi abuela en el 2012. Se pone a nombre de mi padre y mis tios, y pagan los Impuestos y la plusvalia de la vivienda de la parte de mi abuela. Ahora en el año 2021, venden la vivienda y el ayuntamiento les gira la plusvalia correspondiente más la plusvalia de mi abuelo desde 1990 a 2012… eso es correcto? No estaría prescrito?
¡Buenas tardes Carlos! Si la vivienda heredada se va a vender no es necesario pagar la plusvalía, pero sí otros impuestos como el IRPF, cuya cantidad dependerá del valor del inmueble. En cualquier caso, sería conveniente que lo consultaras con un asesor fiscal para que pueda revisar tu caso con más detalle. ¡Un saludo!
Es cierto ,que si se vende un piso heredado por varios hijos, antes de 5 años, debo pagar un precio muy elevado a Hacienda,y si no lo vendo hasta pasados los 5 años, no.pago tanto de impuestos?
¡Buenos días Olga! Lo ideal es que vendas la vivienda después de los 6 meses del fallecimiento del propietario y antes de que cumpla un año de dicho fallecimiento, para así ahorrarte pagar el impuesto de venta de la vivienda. ¡Un saludo!
Buenos dias,
He leido que hay dos tipos de plusvalias y me gustaría saber como se calcula (la plusvalía municipal que va en función de los años que has sido propietario del inmueble), ya que mi madre quiere vender una casa heredada en 2018 con valor herencia 35000 y la vende ahora por 30000, pero de plusvalia municipal le piden mas de 1500€. Dice el ayuntamiento que no hay ningún documento de compraventa de esta vivienda de nunca, que siempre ha sido heredada, es decir mi madre la ha heredado, mis abuelos la heredaron y así sucesivamente.
En este caso, ¿Cómo calcula la plusvalía Municipal?¿SE calcula con el valor catastral o con que valor?
¡Buenas tardes Luís Ángel! La plusvalía municipal se calcula, en primer lugar, multiplicando el Coeficiente de incremento anual por el número de años que se lleva ocupando la vivienda. Así, obtendrás el Coeficiente final. Una vez obtengas el Coeficiente final, debes de multiplicarlo por el Valor catastral i obtendrás la Base imponible. Finalmente, habrá que multiplicar la Base imponible por el Tipo de impositivo y obtendrás el importe total de la plusvalía. ¡Un saludo!
Buenos dias,
ante todo muchas gracias por vuestra ayuda,.
no me queda claro pq la respuesta de une venta despues de heredar tiene q ser a partir de 6 meses y antes del ano, mi situacion mi abuela muere sus hijos heredan (madré y tios) y me venden el piso (al mismo precio q esta escriturado), el mismo dia que ellos heredan para éviter gastos dobles de plusvalia y otros. Tendrian que esperar seis meses para venderlo?
muchas gracias
Buenas tardes, Laia. Como han sido herederos directos no hace falta que esperen seis meses para venderlo. ¡Un saludo!
Muchas gracias,
une pregunta de mis tios, si envede heredarlo mi madré, me vendieran entre todos el piso, ese dinero luego se tendria que declarar a los impuestos anuales y les tocaria para mas? o seguiria como herencia y no entraria en el calculo.
Un saludo y que baya bien el dia!
¡Buenos días Laia! Te recomendamos que lo consultes con un asesor financiero que pueda estudiar tu caso y te pueda indicar cuál es la mejor opción. ¡Un saludo!
Hola, mi hermana y yo hemos heredado un porcentaje de una casa que mi padre y los demás porcentajes estaban en el proceso de venta, al fallecer todo se paralizó, esperando a que tuviéramos la adjudicación de la herencia a nuestro nombre ante notario. No se puede vender esa propiedad sin pasar por el registro? Porque lo que vienen siendo las plusvalías y el registro van a demorar el proceso otros meses
Buenas tardes, Carlos. Para poder vender la propiedad deberéis pasar por el registro una vez pagados todos los impuestos por herencia y el de plusvalía. ¡Un saludo!
Buenos días,
mi hermana y yo hemos heredado en Cataluña un piso de mi madre y nos hemos beneficiado en el impuesto de sucesiones y donaciones de la reducción por ser vivienda habitual de mi madre, gracias a ello no hemos pagado impuesto.
Si hago una extinción de condominio para que se lo quede mi hermana:
– Esa reducción de la que me he beneficiado tengo que pagarla aun siendo extinción de condominio?
– Si hay que pagarla, como se calcula dicha cantidad?
Gracias
¡Buenas tardes Antonio! La extinción de condominio aplica el pago de entre un 0,5% y un 1% del valor de tasación de la vivienda dependiendo de la comunidad autónoma. Te aconsejamos que lo consultes también con un asesor fiscal para que pueda estudiar todos los detalles del bien heredado y pueda confirmarte si tendrías que pagar la reducción del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. ¡Un saludo!
Buenas tardes, mi padre falleció hace unos años, y herede parte de la vivienda habitual en Sevilla, en la que seguimos viviendo. Me preguntaba si aún teniendo parte de una vivienda, puedo acceder a una VPO para emanciparme. Un saludo y gracias!!!
Buenos días. En principio, si tienes parte de una vivienda no puedes optar a una VPO. No obstante, en función de la comunidad autónoma hay determinadas excepciones (que la vivienda actual sea inadecuada, que se haya obtenido un porcentaje de la misma por título de herencia, etc). Por lo que te recomendamos que te informes en la institución correspondiente de tu comunidad autónoma para saber más detalles. ¡Un saludo!
Buenas noches, hemos vendido una vivienda, que compramos mi mujer fallecida en 2011 y yo en 1990, eran bienes gananciales, y mi hija heredó el 50%, y la nuda propiedad, yo soy usufructuario del 50%. En la adjudicación de herencia valoramos el piso en 100.000 euros, bastante superior al de la compra, tengo claro que el valor para mi hija es el de la muerte de mi esposa, pero ese valor podria ser también el mío para el IRPF ya que valoramos el piso a la fecha del fallecimiento y por lo tanto pagamos los impuestos de sucesiones con relación al valor de adjudicación.
¡Buenos días Francisco! El valor del IRPF que tengas que pagar por la venta de la vivienda están determinados por el momento en el que se vende el inmueble y este es independiente del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que abonaste en su momento. ¡Un saludo!
Mis hermanas y yo hemos heredado una vivienda de mi padre la cual ya está todo a nuestro nombre y se valoro en 85.000 y se va a vender por un valor de 65.000 aún no a pasado un año de fallecimiento tenemos que pagar a Hacienda IRPF
¡Buenos días Verónica! Así es, aunque no haya ganancia patrimonial, tendréis que abonar el IRPF por la venta de la vivienda. ¡Un saludo!
Buenos días, heredé un piso de mis padre que recientemente vendí. A la muerte de mi padre en 1997, no hice adjudicación de herencia de su parte; quedando mi madre en usufructo hasta su fallecimiento según testó mi padre. Quisiera saber que valor de adquisición debería poner en IRPF por la parte de mi padre, si el valor en fecha de su defunción, o el que consta en escrituras de la adjudicación de herencia tras el fallecimiento de mi madre.
Muchas gracias.
¡Buenos días Enrique! En tu caso lo mejor sería que un asesor fiscal revisara tu caso para poder estudiar todos los movimientos que se hicieron con la herencia tras el fallecimiento de tu padre e indicarte qué sería lo mejor para tu situación. ¡Un saludo!
Buenas tardes, enhorabuena por vuestro Blog pues lo considero muy interesante. A continuación expongo mi situación:
En marzo 2021 fallecio mi padre y heredamos en documento privado mi madre el 50% del usufructo y los 3 hermanos la mitad de mi padre en un 16,66% cada uno (6 inmuebles …), mi madre ha fallecido en junio 2022. mis dudas son:
¿a los 3 hermanos herederos, que nos resultaria mas económico, adjudicarnos cada uno las viviendas que le toquen por sorteo, o adjudicarnos en comunidad y luego venderlas? Y en caso de adjudicarme particularmente un inmueble de la herencia de mi madre, si mi madre tenia el 50% de propiedad y cada heredero ya tenia un 16,67% de la parte de mi padre, ¿como se traduce esto fiscalmente en impuestos, tanto la parte de mi madre como la de mis hermanos que me adjudico en herencia? ¿a partir de cuanto tiempo seria conveniente vender estos inmuebles?
Muchas gracias
¡Buenos días Miguel! Nos alegra saber que nuestros artículos te resultaron interesantes. En el caso que nos comentas, lo mejor sería que consultaras esta situación con un asesor fiscal que pueda aconsejarte durante todo el proceso y hacer el cálculo de los impuestos que tendrás que abonar. ¡Un saludo!
Buenas tardes! Os comento mi caso mi abuelo dejo de herencia a mi madre en pleno dominio un piso sin escriturar mi madre no hizo ningún papel ni regularizo la situación del piso lo dejo tal como lo dejo mi abuelo y ahora falleció mi madre y me pone en la declaración de la renta que tengo el 50% mi pregunta es por qué me sale en la declaración de la renta si no acepte una herencia ni yo ni mi madre otro 50% mi hermano.Estaba pensando en renunciar porque me saldría más caro ponerlo en regla los papeles y reformalo que lo que vale el piso
¡Buenas tardes Javier! Para saber cuál sería la mejor opción para ti dada esa situación, lo mejor sería que un asesor fiscal estudiar todo tu caso y te asesorara. ¡Un saludo!
Hola housfy:
He heredado en testamento( por el fallecimiento de mi esposo) ,ya aceptado por mi parte,el piso donde viviamos mi difunto esposo yo y mi hija menor,el piso en cuestión era bien privativo al 100% de mi esposo,queremos venderlo para comprar otro,invertir todo el dinero de la venta,¿a que impuestos nos estariamos enfrentando?Vivimos en Málaga.En espera de tus noticias,gracias
¡Buenas tardes Celia! Comentarte que en caso de vender una vivienda heredara tendrás que pagar el impuesto de sucesiones, por la aceptación de la herencia y en un plazo de seis meses desde el fallecimiento del titular. También, deberás efectuar el pago de la plusvalía municipal al ayuntamiento de tu localidad, y en el mismo periodo de 6 meses. Por último, al efectuar la venta de dicha propiedad tendrás que pagar el IRPF, dejando constancia en la declaración del ejercicio siguiente. Esperamos haberte ayudado, ¡Un saludo!
Tengo 73 años y dos hijos, desgraciadamente uno a fallecido hace 1 mes, Soltero y sin hijos, no tenÏa testamento. En herencia yo tendrÏa su vivienda habitual y el dinero de la cuenta. Me gustaria donar a mi otro hijo la vivienda pero no se si seria la formula ideal fiscalmente y si mi hijo tendria que esperar para despues venderla. Si la vendo yo y despues le dono el dinero el pagara mas impuestos? Todo esto se gestionaria en Castilla la Mancha.Un saludo
¡Buenas tardes Encarnación! En caso de que vendas la vivienda a tu hijo los impuestos que tienes que pagar son: el IRPF, la plusvalía municipal y el IBI. Si optas por la donación se mantienen los dos primeros tributos, y se añade el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. ¡Un saludo!
Hola, en abril de 2021 fallecio mi madre. Ésta era usufucturaria vitalicia de un piso que estaba adjudicado a mi desde 1999 mediante liquidación parcial de herencia. El piso lo he vendido en noviembre de 2022 Dos preguntas
1 Paraq el calculo del IRPF.el valor de transmisión es el de la escritura de liquidación parcial de herencia de 1999? Influye en el calculo el usufructo?
2 Eses piso no es ni era mi residencia habitual, si reinvierto ese dinero en comprar una vivienda habitual estoy exento de IRPF?
¡Hola, Cilis!
Para calcular el IRPF sobre la venta del piso, el valor de transmisión es el que aparece en la escritura de compraventa del piso en noviembre de 2022. El valor de la liquidación parcial de la herencia en 1999 se utilizará para calcular la ganancia patrimonial, es decir, la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión. Para calcular la ganancia patrimonial, deberás tener en cuenta el valor del usufructo vitalicio de tu madre, por lo que deberás calcular el valor de acuerdo a la edad de tu madre en el momento de su fallecimiento y al valor del inmueble en ese instante. De todas formas, el valor de la liquidación parcial no es relevante en el cálculo del IRPF por la venta de la propiedad en 2022.
En cuanto al IRPF, al vender un inmueble que no era tu residencia habitual, no podrás aplicar esta exención.
¡Un saludo! 🙂
Buenos días, El hombre falleció, su esposa y él se divorciaron, la única propiedad era 50/50, la mitad la heredaron hijos de 18 y 14 años. Existe una hipoteca. Después de la inscripción de la herencia, se requiere una nueva inscripción en el registro de la propiedad. Detjam tendrá que pagar el impuesto que se paga al comprar una casa en la Comunidad Valenciana. ¿Impuesto sobre la compra de bienes inmuebles? o qué impuestos tendrás que pagar si el importe de media casa para dos niños es de 125.000 euros. Gracias.
Buenas tardes,he vendido un piso que he heredado de mi madre y con el dinero he liquidado la hipoteca del piso donde vivo con mi mujer y mis hijos,mi vivienda habitual,me han dicho que tengo que hacer una donación a mi mujer, por qué.?
Hola, José Manuel. Deberás preguntarlo a la persona que te haya hecho tal recomendación. Nosotros no tenemos toda la información de tu situación para darte una respuesta acertada. ¡Un saludo!