Si vas a vender tu vivienda para comprar otra, existen varias exenciones en el IRPF que te libran de pagar miles de euros por las ganancias patrimoniales. Aunque esto ocurre sobre todo cuando se trata de reinversión en vivienda habitual, también puedes obtener beneficios fiscales con la venta de una segunda vivienda, en casos específicos.
Exención en el IRPF por reinversión en la vivienda habitual
Para que se aplique la exención total por reinversión, deben cumplirse ciertos requisitos:
- Venta de la vivienda habitual. La vivienda vendida debe ser la habitual, es decir, aquella en la que se ha vivido durante los últimos tres años. No es aplicable a la venta de una segunda vivienda o vivienda vacacional. Contará, sin embargo, que es vivienda habitual cuando no se hayan cumplido esos tres años pero se den algunas circunstancias que justifiquen un cambio de domicilio, como la celebración del matrimonio o un traslado laboral.
- Compra de otra vivienda habitual. El importe obtenido de la venta debe ser reinvertido en la compra de otra vivienda habitual, en la que se deberá residir durante los siguientes 3 años.
- Plazo de reinversión. La reinversión del dinero debe realizarse en un plazo de dos años (anteriores o posteriores) desde la fecha de la venta de la vivienda habitual. Puede usarse dinero obtenido por financiación, si la reinversión se hace con anterioridad a la venta.
Es necesario indicar en la declaración de la renta que se va a realizar la reinversión, y luego confirmar la reinversión efectiva en las declaraciones de los años correspondientes.
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Los mayores de 65 años tienen más exenciones
Los mayores de 65 años no deberán pagar el IRPF por las ganancias de la venta de su vivienda habitual, sin necesidad de reinversión alguna. Los requisitos para considerar la vivienda habitual son los mismos que los mencionados en el apartado anterior.
Para las segundas residencias, también hay exenciones, pero tienen unas condiciones específicas:
Reinversión en segunda vivienda: ¿cuándo es posible?
Solo las personas mayores de 65 años pueden quedar exentos del pago del IRPF por la venta de su segunda residencia, siempre que cumplan todos los siguientes parámetros:
- Deben destinar el dinero a la constitución de una renta vitalicia asegurada.
- El importe máximo que puede ser reinvertido con derecho a exención es de 240.000 €. Si la ganancia es superior, solo estará exenta la parte reinvertida hasta ese límite.
- La reinversión debe realizarse en un plazo de seis meses desde la fecha de la transmisión del inmueble.
Esta renta vitalicia debe ser contratada con una entidad aseguradora y debe establecerse por al menos 10 años.
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Duda sobre la venta de un piso, vivo en Barcelona, tengo 66 años y es un piso de alquiler. Qué opciones existen para ahorrar el máximo en tributación??
Hola, Montserrat. Como comentamos en el artículo, para estar exenta del pago del IRPF en tu caso en concreto debes destinar el dinero a la constitución de una renta vitalicia asegurada, con un importe máximo de 240.000 €. La reinversión en la renta vitalicia debe tramitarse en un plazo de seis meses desde la fecha de la transmisión del inmueble. Hacienda explica más al respecto en este artículo.