Comunicar fallecimiento a Hacienda: todo lo que debes saber

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Estamos en plena Declaración de la Renta 2021 y surgen las dudas en cuanto a los trámites y documentación a presentar. Eso se complica aún más si además tienes que comunicar fallecimiento a Hacienda o en caso de que necesites vender un piso heredado y no sepas cómo hacerlo. La muerte de alguien cercano siempre va de la mano con una serie de gestiones a tener en cuenta para no infringir ninguna normativa. En este artículo te informamos de todo lo que debes saber para llevarlo a cabo. 

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¿Cómo comunicar fallecimiento a Hacienda?

Hay que tener en cuenta que los encargados de hacer las gestiones, son los familiares del fallecido. Sabemos que nunca es una tarea fácil, es por ello que te damos las bases para dar de baja a un fallecido de forma fácil y rápida.

Para hacerlo, hay que seguir unos trámites:

  • Obtener el Certificado de Defunción expedido por un médico en el que acredita la causa de la muerte
  • Inscripción de la defunción en el Registro Civil, dentro de las 24 horas siguientes al fallecimiento, por lo tanto, en un breve plazo de tiempo.
  • Solicitar el Certificado de Actos de Última voluntad, transcurridos 15 días hábiles. Así como el Certificado del Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
    • En caso de que haya dejado un testamento, se harán las gestiones con el notario correspondiente.
    • Si la persona no ha otorgado testamento, se hará la «Declaración de herederos ab intestato»
  • La liquidación de impuestos, en un plazo de 6 meses desde la fecha de defunción.
    • Impuesto de Sucesiones: variará en función de cada Comunidad Autónoma.
    • Plusvalía municipal venta piso: en los casos que haya bienes inmuebles heredados.
  • Dar de baja en la Seguridad Social, en un periodo de 30 días hábiles.

¿Hay que presentar la Declaración de la Renta de un fallecido? 

Aunque cueste creer, Hacienda puede revisar la Declaración de la Renta de una persona fallecida. Es por ese motivo, que los herederos en el momento de aceptar la herencia asumen también la obligación de presentar la Renta del año correspondiente de la persona fallecida, por lo tanto, de ocuparse del IRPF que tuviera pendiente.

En este caso, la declaración se hará sujeta a los mismos plazos que el resto y de forma individual. En caso de que la persona fallecida formaba parte de una unidad familiar, los miembros restantes tienen la opción de hacerla por separado o conjuntamente, sin tener en cuenta al fallecido.

Si la Declaración sale a devolver

Cuando hagas la declaración y te salga a devolver, es decir, que Hacienda tenga que abonar una cantidad de dinero a los herederos, en ese caso se tiene que complementar y presentar el Modelo H-100. Esto sirve para facilitar la tramitación de la solicitud de la devolución del IRPF del fallecido, que dependerá del resultado del importe, es decir, si es igual o inferior a 2.000 euros o bien importes superiores a 2.000 euros.

Si la Declaración sale a pagar

En este caso, como los herederos son los encargados de las gestiones, también son los responsables de abonar el importe que corresponda. Se hará el borrador y la presentación normal, aunque hay que vigilar si decides domiciliar el pago, ya que por defecto aparecerá la cuenta ofrecida por el fallecido el año anterior. Lo más recomendable en estas ocasiones es pagar por vía electrónica mediante la cuenta de los herederos o dirigirse en persona a la oficina bancaria.

¿Qué pasa si el fallecido no tiene herederos?

Se puede dar el caso de que una persona fallezca y no deje testamento ni tenga herederos forzosos. En estas ocasiones, el beneficiario de todos los bienes: viviendas, cuentas bancarias, póliza de seguros, etc. es el Estado. 

Entonces, ¿quién puede comunicar fallecimiento a hacienda? Hacienda otorga el 10% de la herencia a aquellos que comuniquen un fallecimiento en estas circunstancias a la Administración. De este modo, incentivan a la población a comunicarlo y el Estado no pierde ninguna sucesión que le pertenezca. La tramitación se llevará a cabo mediante un escrito a la delegación de Hacienda de la provincia en la que residiera la persona fallecida, en el que constarán varios aspectos sobre quién era.

Dar de baja tanto a una persona con herederos como a una persona sin ellos, siempre requiere de muchos trámites, que nunca son tarea fácil. En muchos casos la aceptación de la herencia conlleva aún más dolores de cabeza; heredar bienes inmuebles pero no saber qué hacer con ellos es algo común. En Housfy te asesoramos y te ayudamos a vender cualquier vivienda para ponerte las cosas más fáciles y que no tengas que preocuparte. ¡Contáctanos sin compromiso!

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