En la compra de una vivienda la hipoteca es el gasto más relevante, pero no el único. Comprar una propiedad tiene repercusiones fiscales, por lo que conllevará hacer frente a una serie de impuestos. A continuación, te presentamos cuales son los impuestos por la compra de una vivienda.
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Impuestos por la compra de una vivienda
Impuesto en la compra de vivienda nueva: IVA
La compra de una vivienda nueva conlleva que el propietario pague el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al vendedor, quien deberá ingresar el impuesto en la Hacienda Pública.
Se entiende como ‘primera entrega de vivienda’ aquellas que se adquieren al promotor tras su construcción. En el caso que la propiedad haya sido alquilada tras su finalización y posteriormente sea comprada por este mismo arrendatario, también se considerará como primera entrega. De este modo, si los compradores son personas diferentes a los primeros inquilinos, deberán pagar los impuestos correspondientes a las viviendas de segunda mano.
Los edificios en los que al menos un 50% de la superficie construida se destine a viviendas pueden pagar un IVA del 10%, en lugar del 21% general. Quedan incluidos garajes y anexos que se transmitan al mismo tiempo, siempre que no se excedan las dos plazas de garaje por propietario.
Impuestos en la compra de una vivienda de segunda mano: ITP
En la adquisición de viviendas de segunda mano, el comprador deberá pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). La cuantía se determina según el precio de venta escriturado y el porcentaje variará en función de cada Comunidad Autónoma, aunque suele situarse entre el 6% y el 10%. Además, se pueden aplicar reducciones para ciertas situaciones, como en el caso de familias numerosas, VPO, etc.
Este impuesto se paga por el sistema de autoliquidación, por lo que el mismo comprador debe calcular el importe del pago rellenando la correspondiente documentación y entregándola en cualquier banco, que efectuará el ingresa en la cuenta de Hacienda. Una vez pagado, se deberá presentar el impreso y la copia de la escritura en una oficina de Hacienda para ser sellados.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)
Generalmente, siempre que la compra de una propiedad esté sujeta a IVA, el adquisidor también deberá pagar este impuesto, que grava las operaciones formalizadas en escrituras públicas y forma parte del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (AJD). Se sitúa entre el 0,5% y el 1,5% —en función de cada Comunidad Autónoma— sobre el precio de venta y se genera por firmar en el notario e inscribirse en el Registro posteriormente. El comprador debe realizar este pago por el sistema de autoliquidación en un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la firma de la escritura de venta.
Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
Es un tributo municipal anual que tiene como función gravar la titularidad de la vivienda. De este modo, el propietario de un inmueble deberá pagar cada año el IBI, que se calcula sobre el valor catastral de la propiedad. Este impuesto devenga el día 1 de enero, por lo que aquellos que resulten propietarios de una vivienda en esa fecha estarán obligados a pagarlo.
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