Una vez decides alquilar una vivienda, es importante que tengas suficiente dinero para pagar la fianza del alquiler, que acostumbran a ser de uno a tres meses de renta. Una vez se finalice el contrato de alquiler, el propietario tendrá que hacer la devolución de fianza. En el blog de hoy veremos cuál es el plazo de la devolución de la fianza y cómo funciona.
¿Cómo funciona la fianza?
Primero de todo, hay que distinguir entre la fianza y el depósito o garantía adicional, esta distinción es importante de hacer porque influirá en la devolución del dinero.
La fianza esta establecida por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) indica que es obligatorio un mes de fianza. El propietario tiene la obligación de depositar este mes al organismo correspondiente de la comunidad autónoma en un plazo máximo de un mes. Una vez depositada la fianza, recibirán una notificación del ingreso.
Pero, lo más frecuente cuando alquilamos una vivienda es que nos pidan más de un mes de fianza. Esto se debe a que por ley, el propietario puede pedir hasta dos meses de garantía adicional o depósito. Aquí está la diferencia entre la fianza, que es de un mes y es para el organismo competente, y el depósito, que no es obligatoria y lo resguarda el propietario.
Tanto la fianza como la garantía adicional tienen que estar recogidas en el contrato de arrendamiento de la vivienda con la cantidad exacta que el inquilino está depositando.
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Devolución fianza alquiler
La devolución del mes de fianza se podrá hacer a través de una solicitud de devolución al organismo correspondiente, una vez se ha hecho la entrega de las llaves y se ha firmado el contrato de finalización.
Tanto la documentación como los plazos de documentación variarán según la comunidad autónoma en la que te encuentres, es por eso que lo más importante es informarte desde la misma web del ayuntamiento o bien, yendo a la oficina correspondiente. Normalmente, las oficinas tienen una página en la que aparece toda la información y se pueden hacer los trámites online.
Estos son los organismos competentes de cada comunidad autónoma con la información que necesitarás:
- Madrid: IVIMA.
- Cataluña: INCASÓL.
- Galicia: Instituto Gallego de Vivienda y Suelo.
- Castilla y León: Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León.
- Castilla la Mancha:Dirección General de la Vivienda, Urbanismo y Planificación Territorial.
- País Vasco: BIZILAGUN.
- Comunidad Valenciana: Registros de la Dirección Territorial.
- Cantabria: Instituto Canario de la Vivienda.
- Islas Baleares: IBAVI.
- Islas Canarias: Instituto Canario de la Vivienda.
- Andalucía: AVRA.
- Murcia: Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Murcia.
- Extremadura: Caja General de Depósitos de la Dirección General de Vivienda de Extremadura.
- Aragón: Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón.
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En cuánto a la garantía adicional, el arrendador tendrá que devolverlo en un plazo de 30 días desde que se hace entrega de las llaves y se finaliza el contrato. El arrendador podrá retener la garantía en los siguientes casos:
- Impagos de alquiler y/o suministros.
- Si hay desperfectos en la vivienda ocasionados por el inquilino.
- Si la vivienda se devuelve sin las condiciones de limpieza adecuadas.
- En el caso de que falten o hayan desperfectos en elementos del inventario.
En el contrato de arrendamiento debería establecerse claramente que se consideran desperfectos para no devolver una fianza. Es decir, todo lo que sean reparaciones de la vivienda para conservarla en condiciones de habitabilidad, es responsabilidad del arrendador, siempre que no esté ocasionado por el inquilino.
Pero el inquilino tendrá que responsabilizarse de los pequeños desperfectos que vayan saliendo del uso mientras esté viviendo ahí. También tendrá que asumir los costes de cualquier reparación o gran desperfecto que haya ocasionado directamente.
Si cada parte se responsabiliza de lo que estipula el contrato, no debería haber problemas para la devolución de fianza.
Consejos para la devolución fianza
Para terminar con el blog, os dejamos algunos consejos para que tengas los mínimos problemas con la devolución de la fianza:
- Reparaciones y limpieza profunda. Antes de entregar las llaves, es muy importante que dediques algunos días a dejarlo todo exactamente como estaba. Una vez ya hayas hecho la mudanza y el piso esté vacío, aprovecha para arreglar los agujeros en la pared, pintar si es necesario, limpiar todo bien y hacer las reparaciones que sean necesarias.
- Revisa el inventario. Es importante que durante todo el tiempo que hayas vivido en el piso de alquiler, hayas conservado todos los objetos que aparecen en el inventario. En el caso contrario, tendrás que reponerlos.
- Revisa y haz fotos antes de entrar. Durante un periodo de tiempo, que se establecen en el contrato, es el arrendador quién tendrá que responsabilizarse de los desperfectos que haya, ya que se consideran que son previos a la llegada de los inquilinos y no habrán podido ocasionarlos. En ese momento, el mismo día de entrar al piso, es cuando tendrás que revisarlo todo bien y hacer fotos de todos los desperfectos que haya para hacerle constancia al arrendador y que no te lo tenga en cuenta en la fianza.
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