Comienza la cuenta atrás para hacer la declaración de la renta. Si no la habéis hecho todavía, no perdáis más tiempo, ya que tenéis solo hasta el próximo 2 de julio para presentarla. La declaración de la renta es un trámite que tienen que pasar obligatoriamente todos aquellos contribuyentes que superen los 22.000 euros. Además, si quieres vender tu piso, tendrás que saber cómo declarar la venta de un piso. ¡Hoy te explicamos cómo!
Declarar la venta de un piso
Teniendo en cuenta que el mercado inmobiliario ha vuelto a resurgir, cada vez es más común encontrar a gente que haya vendido o que quiera vender su piso. Como pasa con todas las ganancias patrimoniales, la venta de un inmueble también ha de ser tributada, ya que supone una ganancia patrimonial. No en vano, existe una excepción que puede hacer te libres de tributar la vivienda, cuando haces una reinversión del dinero de la venta en una compra. Al trasladar el beneficio de un inmueble a otro, Hacienda no lo reconoce como ganancia patrimonial.
¿Y cuánto tengo que pagar a Hacienda por declarar la venta de un piso?
Si has vendido un piso, debes saber que estás sujeto a cumplir el Impuesto de las Personas Físicas (IRPF), a no ser que no seas residente español, donde tendrás que pagar el Impuesto sobre la Renta de no Residente (IRNR). En el caso de solicitar una hipoteca ésta tendrá que ser una hipoteca para no residentes en España.
Para calcular el IRPF por la venta de un piso, se resta el valor de la venta del inmueble y el valor por el que se compro la vivienda.
En caso de que después de realizar la diferencia se muestre que, en vez de ganar, se pierde dinero, no tendrás que declararlo en la declaración de la renta.
Multas por no realizar la declaración de la renta
Si por obligación tienes que hacer la declaración de la renta, pero se te ha olvidado o no la has hecho, ya puedes hacerte a la idea de que Hacienda va a tomar medidas. La Agencia Tributaria no dudará en aplicarte una penalización económica por ello, y en función al tiempo que haya pasado, la penalización puede ir del 5% al 20%.
Normalmente, si no has presentado la declaración y tan solo han pasado tres meses, el porcentaje de la multa será del 5%, mientras que, si han pasado más de seis meses, entonces el recargo será del 20%. Pero esto solo por el retraso. Si Hacienda te reclama el documento el cargo se ampliará. En este caso, estamos hablando de un cargo extra del 50-150 %.
Por lo tanto, más vale prevenir que curar, o que venga Hacienda por detrás nuestro. Ya no solo se trata de tributar todos aquellos bienes gananciales, sino de protegerte ante una posible multa. Recuerda que el 30 de junio es el último día para presentar la declaración.
Hola buenos días.
¿cómo se acredita en la declaración de la renta del 2021, las cantidades pagadas en la reinversión de la vivienda habitual a cuenta del importe exento por reinversión declarado en la renta del 2020 , casilla 1635.
Gracias
¡Buenas tardes Silvio! Si quieres deducir el importe por reinversión en vivienda habitual, tendrás que hacerlo en la casilla 1633 de la Renta. ¡Un saludo!