Son muchos los trámites que se tienen que llevar a cabo en una compraventa. En ambos casos, tanto para comprar o vender un piso en Zaragoza, será importante tener en cuenta toda la documentación en regla, eso incluye disponer catastro de una propiedad. Este informe nos detalla características esenciales de la vivienda y nos sirve de gran ayuda aportando información muy relevante sobre tu futura vivienda. A continuación, te explicamos en que consiste el castrato y cómo solicitarlo.
¿Qué es el catastro?
El catastro de una vivienda es el registro administrativo dependiente del Estado en el que se describen los bienes inmuebles, rústicos, urbanos y de características especiales. Concretamente, lo gestiona la Dirección General del Catastro, un organismo que forma parte del Ministerio de Hacienda.
En dicho informe se especifican las características de los inmuebles, algunas de manera publicas y accesibles para todos los ciudadanos y otras de forma privada. Estos datos de carácter personal hacen referencia a datos privados de la vivienda como su titularidad y su valor catastral, en los que solamente podrá acceder a ellos el propietario y un tercero que haya sido autorizado por él.
La inscripción en de los bienes inmuebles en el catastro de Zaragoza es gratuita y obligatoria, así como también deberán notificarse aquellos cambios relevantes que se produzcan en cualquier vivienda con el paso del tiempo: titularidad, reformas y actualización del valor catastral, por ejemplo.
¿Para qué sirve?
La información que se recoge en el catastro en esencial para el desarrollo de planes de ordenanza municipal urbana por parte de los ayuntamientos de Zaragoza, que de no disponer de ello, sería inviable seguir adelante.
También se da para usos fiscales, donde cada ayuntamiento cumple con su función contributaria. En su el valor catastral, es decisivo para calcular:
- IBI
- Impuesto Plusvalía Municipal
- IRPF
- Impuesto sobre el Patrimonio
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
También, sirve como respaldo de seguridad jurídica, ya que en él se incluyen todas las sucesivas propiedades de la vivienda o terreno. Así que en caso de controversia se puede acudir al catastro que sirve como garantía jurídica de propiedad, así como para consultar el valor por referencia catastral.
¿Qué contiene el catastro?
En este registro se reflejan datos relativos a los inmuebles, entre los cuales podemos destacar los siguientes:
- La localización de la finca
- Su referencia catastral
- La superficie
- Su uso y destino
- El valor catastral
- El titular del inmueble con el número de identificación fiscal o identidad de extranjero
- La clase de cultivo o aprovechamiento (en su caso)
- La calidad de las construcciones
Aunque el catastro funciona en todo el territorio nacional, encontramos dos excepciones que son el País Vasco y Navarra, cuyo registro es diferente. Por lo tanto, conviene tener presente esta particularidad en el caso de contar con una propiedad en esas regiones.
Tipos de catastro
Existen tres tipos distintos de catastros:
El catastro fiscal
Es el que recoge el valor del inmueble, y se actualiza de forma anual. Con este dato de se calcula la contribución proporcional del Impuesto de Bienes Inmuebles, que cauda el ayuntamiento de Zaragoza.
Catastro jurídico
Recoge la relación entre el propietario, la propiedad y la comunidad.
Catastro geométrico
Sirve para recoger la medición, subdivisión, representación y ubicación del bien inmueble.
Cómo inscribir una vivienda en el catastro de Zaragoza
Se puede realizar el trámite para conseguir el catastro vía virtual, a través de la Sede Electrónica del Catastro. O también cumpliendo el modelo de declaración correspondiente. En los que se incluirá la siguiente información:
- DNI o NIF
- Si no se pudiera obtener una referencia catastra del inmueble a través de forma online o a través de cualquier documento expedido por el Gerente del Catastro, valdrá en su defecto una fotocopia del último recibo justificante del pago del IBI.
- Fotocopia del documento de escritura de obra nueva.
- Certificado final de obra.
- Fotografías de la fachada a alta resolución.
- Planos a escala: de ubicación, del solar y los definitivos de cada planta.
- Memoria de materiales y calidades.
- Coste de ejecución material de las obras.
- En caso de edificio acogido a cualquier régimen de protección pública, se aportará original y fotocopia, o copia cotejada, de la cédula de calificación definitiva.
- En caso de que también se declare alteración de titular catastral, habrá que presentar original y fotocopia del documento en el que se formalice dicha alteración, a efectos de comprobación, devolviéndole el original al declarante.
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