Nuevas y buenas noticias para quienes optaron por solicitar una hipoteca IRPH. Como en anteriores ocasiones, el TJUE se pronuncia a su favor. Sigue leyendo para saber su doctrino sobre quién puede reclamar las cláusulas de las hipotecas IRPH.
Qué son las hipotecas IRPH y qué problema hay con ellas
La definición del IRPH nos la da el significado de sus siglas: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Igual que el euríbor, el IRPH es un índice de referencia para establecer los intereses de las hipotecas variables. Lo elabora el Banco de España, y se calcula a partir del interés medio de los préstamos hipotecarios españoles.
El IRPH se popularizó a raíz de la crisis de 2008, cuando el euríbor alcanzó niveles muy altos. Los bancos lo vendían como un índice de referencia más estable y más bajo que el euríbor. El problema es que se ocultó información, y lo que parecía más barato acabó resultando más caro.
Los afectados emprendieron reclamaciones legales, y el asunto de las hipotecas IRPH llegó al Tribunal Supremo y al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
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Lo que ya han dicho el TS y el TJUE sobre las hipotecas IRPH
La historia jurídica del IRPH es un intercambio de sentencias contradictorias entre el TS y el TJUE.
En una sentencia de diciembre de 2017, el Tribunal Supremo declaró que el IRPH es un índice de referencia legal y transparente. Los damnificados llevaron el asunto a Europa, y en marzo de 2020 el TJUE se pronunció en su favor. El cálculo del índice es muy complejo, y esa oscuridad podía llevar a engaño a los solicitantes. Instaba, así, a los jueces españoles a revisar la transparencia de cada caso.
Sin embargo, en noviembre de 2020, el TS emitió una sentencia contraria a la doctrina del TJUE. Insistía, con ella, en la legalidad y la transparencia que le atribuyó en 2017 al IRPH. El TJUE respondió, un año más tarde, con unos Autos en los que precisaba su postura: si se demuestra la falta de transparencia, el IRPH puede declararse nulo.
El último movimiento del TJUE frente a las hipotecas IRPH
El último episodio de esta historia de controversias legales llegó el pasado 13 de julio con una nueva sentencia del TJUE. Su postura no cambia: insta a los jueces españoles a analizar la transparencia en la tramitación de las hipotecas IRPH.
En concreto, la magistrada del TJUE Spineanu-Matei se ha centrado en la Circular 5/1994 del Banco de España, en la que este instaba a los bancos a aplicar diferenciales negativos para compensar los intereses superiores del IRPH respecto al euríbor. Muchos clientes no tenían conocimiento de esta cláusula, por lo que sería abusiva por falta de transparencia.
De nuevo, la pelota está sobre el tejado de los jueces españoles. El TJUE insta a revisar si la circular sobre los diferenciales negativos se puso al alcance de los clientes, así como a comprobar la transparencia de los cálculos con los que los bancos convencieron a los consumidores sobre la idoneidad del IRPH.
¿Quién puede, entonces, reclamar las cláusulas de las hipotecas IRPH?
Con lo dicho, ya imaginarás quién puede reclamar las cláusulas de las hipotecas IRPH: aquellos clientes que hayan sufrido falta de transparencia en su solicitud de una hipoteca IRPH. Es decir, aquellos que no recibieran información sobre la posibilidad de aplicar diferenciales negativos, o aquellos a quienes se les convenciera con unos cálculos manipulados, oscuros y engañosos.
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