Al cancelar una hipoteca, ¿quién paga los gastos?

cancelar hipoteca

Hay varias razones para querer cancelar una hipoteca: una venta, una herencia, un cambio de hipoteca… Todas ellas conllevan unos gastos asociados a la operación. ¿Te tocará, como propietario, asumir sus costes?

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Antes de todo, ¿cuáles son los gastos por cancelar una hipoteca?

Para cancelar tu hipoteca cuentas con dos opciones, bien hacer los trámites tú mismo, o bien solicitar al banco que los gestione por ti y abonar los costes del servicio, que dependerán de la entidad.

En ambos casos, los gastos de la cancelación de la hipoteca son tres: notaría, registro y gestoría.

  • Gastos de notaría: El notario redactará la escritura de cancelación, servicio por el que cobra un porcentaje sobre el importe original de la hipoteca. Acostumbra a rondar los 500 euros.
  • Gastos de gestoría: Se trata de una gestión opcional, cuyo precio suele ser de entre 150 y 400 euros dependiendo de la agencia contratada.
  • Gastos de registro: El coste de la eliminación formal de la carga hipotecaria de la vivienda también se calcula en base a un porcentaje sobre el importe de la hipoteca, que oscila los 300 euros.

Así, los gastos por llevar a cabo una cancelación, también conocida como amortización total de la hipoteca, podrían acabar representando una suma de entre 950 y 1.200 euros, aproximadamente, ya que todo dependerá de los profesionales contratados y la cuantía de la hipoteca.

¡Ojo!👀 Al cancelar una hipoteca es necesario solicitar un certificado de deuda cero al banco para ratificar la operación, y el trámite y expedición es gratis

El responsable de pagar la cancelación…

Sentimos decirte que todos los gastos explicados recaen sobre ti como propietario y principal interesado. Eso sí, existe un trámite a cargo del banco

Puede que te estés preguntando qué pasa con el modelo 600, documento que sirve para la autoliquidación ante la Agencia Tributaria de ciertos impuestos:

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales onerosas (ITP).
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
  • Operaciones societarias.

El modelo 600 corre a cuenta del banco, y deberás solicitarlo una vez obtenido el certificado de deuda cero y firmada la escritura de cancelación.

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