Comprar una vivienda, alquilar un piso, lanzar un negocio…son algunas de las situaciones típicas que ocurren a lo largo de nuestra vida. Unas situaciones en las que a veces suponen mucha carga económica, y que en otras veces necesitamos contar con alguna alternativa para afrontarla. Esta alternativa se llama aval bancario, y hoy te comentaremos todo lo que tienes que saber sobre él.
¿Qué es un aval bancario?
¿Qué es un aval bancario? El aval es una garantía que se formaliza mediante un contrato y que asegura el pago total de un préstamo a favor de un tercero. El avalista sería la persona comprometida con el pago, en caso de que el avalado no pudiese hacerse cargo del mismo.
De esta manera, la persona o entidad jurídica que ha proporcionado un adelanto al avalado se asegurará el pago de esta ayuda con la liquidez económica del contratante y de la otra persona, el avalista. Es decir, el avalista deberá responder al posible impago del avalado con todos sus bienes, a no ser que el avalista marque límites a ese compromiso a la hora de firmar el contrato.
Debes saber que cualquier persona física o jurídica que nos vaya a conceder un préstamo nos puede pedir un aval para asegurarse que cumpliremos con nuestra obligación.
¿Cuál es la diferencia entre aval bancario y aval personal?
En estas operaciones existen distintos tipos de avales, con unas características propias para cada tipo. Estos dos tipos de avales son: avales personales y avales bancarios.
En el aval personal, una persona física o jurídica obtiene la responsabilidad de hacer frente a los impagos que el avalador pueda tener. Estaríamos ante este tipo de aval cuando, por ejemplo, un padre se ofrece como avalista de su hija cuando se dispone a solicitar una hipoteca en una entidad bancaria para la compra de su nueva vivienda. De este modo, los padres de esta avalada garantizaran con sus propios bienes que su hija podrá hacer cargo en la forma y en el tiempo contratado de sus pagos con dicha entidad.
Si este avalado no pudiera hacerse cargo de los pagos, la entidad bancaria podrá dirigirse al avalista, en este caso los padres, para que este haga frente a las deudas de su avalado. Asimismo, el aval bancario para alquiler es también muy común, por ejemplo, cuando los padres de una persona se hacen cargo del pago de un alquiler.
Los avales bancarios tienen como avalista a una entidad financiera que se hará cargo de las posibles deudas u obligaciones de su avalado hacia una tercera persona. Estas obligaciones de los avales no siempre tienen que ser monetarios, ya que algunas veces las deudas pueden estar relacionadas con otro tipo de obligaciones, como el suministro de materiales o la participación en un concurso.
¿Quién hay detrás de los avales?
Estos avales pueden tener dos protagonistas diferentes; por un lado, particulares y por otro lado empresas. Los avales bancarios de particulares se utilizan en el proceso de alquilar una vivienda. El propietario de la vivienda solicita al futuro inquilino un aval que corresponda a un total de mensualidades, asegurándose el pago de estas cuotas tanto si el inquilino puede pagarlas como si no. En esta segunda situación, el propietario podrá dirigirse a la entidad bancaria, y exigir el pago de esa deuda.
Los avales bancarios en el entorno empresarial son los más conocidos dentro de los avales bancarios. Las empresas solicitan este tipo de aval para asegurar el pago de sus proveedores o clientes. En esta situación los bancos juegan un papel importante, ya que, si el avalado no puede hacer frente a pagar este préstamo, pueden saldar esas deudas de una manera inmediata sin necesidad de reclamar con la liquidez necesaria para saldar esas deudas de una manera inmediata sin necesidad de reclamar.
Pero aquí no acaba todo, cuando el banco cumple con las obligaciones del avalado, esta entidad podrá pedir la devolución de la cantidad de la deuda saldada al avalado cuando llegue el momento.
¿Qué supone para la entidad bancaria?
Para la entidad bancaria, este tipo de avales son un riesgo, pero a menor nivel que un préstamo hipotecario, por ejemplo. Cuando el banco nos concede un préstamo hipotecario nos suministra el dinero de manera inmediata. En cambio, en el aval bancario, el banco no tendrá que desembolsar ese dinero hasta que el beneficiario de dicha ayuda pida expresamente el cumplimiento de esa obligación.
La entidad bancaria te concederá este aval bancario una vez que el avalado tramite delante de un notario una Póliza de Cobertura de Garantía Bancaria o una Póliza de Cobertura para Límite de Garantías Bancarias en el caso que se tramiten más de un avala al mismo tiempo.
Estas pólizas normalizan el pago de comisiones, intereses y gastos por el riesgo asumido, y el reembolso de las cantidades pagadas por la entidad por el incumplimiento de las obligaciones correspondientes del avalado.
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