Las comisión de apertura por un préstamo hipotecario ha traído bastante controversia tras la sentencia del TJUE del 16 de julio, ¿es legal o es una comisión abusiva? En el artículo de hoy veremos qué es y cuándo está considerada como cláusula abusiva.
¿Qué es una comisión de apertura?
La comisión de apertura es un porcentaje, que suele rondar entre el 0,5 al 1% del total del préstamo, y se aplica al contratar un préstamo hipotecario.
Para aplicar el porcentaje, la entidad bancaria tendrá que hacer un estudio con los siguientes datos:
- Condiciones de la hipoteca: intereses, plazo de amortización, capital del préstamo y tipo de hipoteca.
- Análisis de solvencia del cliente.
- Redacción del contrato de préstamo, en el que se incluye la cantidad exacta de la comisión de apertura.
¿Cuál fue la sentencia del Tribunal Supremo?
En el 23 de enero del 2019 el Tribunal Supremo declaró que la comisión de apertura no era abusiva, pero en julio de 2020 terminaron de concluir con este aspecto del préstamo:
- Costes de la comisión: La comisión de apertura viene de dos costes de la entidad bancaria: el dinero que cobra a partir del interés y el estudio de solvencia.
- Motivos para cobrar la comisión: El cliente tiene que conocer al detalle los motivos por los que se está cobrando la comisión y tiene que estar redactado cuándo y cuánto se va a cobrar.
- Falta de transparencia. En caso de que no quede bien estipulado en el contrato, el cliente puede alegar falta de transparencia para declarar nula la cláusula.
- ¿Cuándo es abusiva? Solo se considerará como cláusula abusiva cuando el banco no pueda demostrar que está comisión está justificada con unos servicios y gastos.
Así que, como norma general, el banco sí podrá cobrarte una comisión de apertura, pero es importante que leas el contrato antes de firmarlo. Además, ten en cuenta al revisarlo, que desde la Ley Hipotecaria de 2019, las entidades no pueden cobrarte una comisión por estudio, así que en caso de detectarlo, puedes reclamarlo.
¿Cuándo pueden cobrarte una comisión?
Ahora que ya sabes que el banco puede cobrarte una comisión, veamos en qué casos no es considerado como abusivo:
- En el contrato tiene que aparecer claramente a qué servicios corresponde.
- La comisión de apertura debería incluir: estudio de solvencia y el trabajo que tiene el banco para tramitar tu hipoteca.
- El banco tiene que ser completamente transparente sobre la aplicación de la comisión y tienes que estar informado en todo momento.
Así que podrás reclamar la comisión siempre que no esté estipulado claramente en el contrato del préstamo o si puedes demostrar que no hay ningún servicio que te esté ofreciendo el banco que justifique la comisión.
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