Contratar un seguro de protección de pagos puede resultar de gran ayuda en las situaciones más complicadas, así cómo mejorar tu hipoteca, puede ofrecerte muchas ventajas. Desde Housfy podemos ayudarte a encontrar la hipoteca que mejor se adapta a ti según las circunstancias y perfil. Siempre contando con el mejor equipo de expertos a tu lado, para que ahorres tiempo y dinero.
¿Qué es un seguro de protección de pagos?
Tras estos últimos años en los que la incertidumbre y la inestabilidad han sido los protagonistas, cada vez es más común disponer de un seguro de protección de pagos al solicitar una hipoteca. Esta es una decisión que ha aumentado considerablemente frente a la preocupación de mantener la seguridad de la vivienda.
Debido a la gran cantidad de personas que se quedaron sin trabajo, que estuvieron en ERTE o que su situación económica-familiar se vio afectada por la crisis muchas personas no pudieron hacer frente a los diversos pagos, tanto préstamos personales como en la hipoteca. Es por ello, que contar con un seguro de protección de pagos es una gran facilidad.
Un seguro de protección de pago es una póliza contratada por el titular del préstamo hipotecario que tiene como objetivo garantizar el pago de las cuotas de la hipoteca para que la entidad cubrirá las cuotas durante un periodo de tiempo.
Este producto financiero puede asociarse a la hipoteca, también puede vincularse a tarjetas de crédito, préstamos personales o a diferentes productos de financiación. Aunque en el caso de las primeras la prima del seguro varía entre el 1% y el 5% sobre el total del importe de la deuda.
¿Qué contiene un seguro de protección de pagos?
La función de estos productos es compensar la pérdida de ingresos que pueda padecer el titular de la deuda, si bien en el caso de las hipotecas su duración se limita durante los 5 primeros años.
A lo largo de este tiempo, por norma general, las coberturas se pueden aplicar período máximo de una serie determinada de meses de pagos continuados, como puede ser un año, o un tope de 24 meses no consecutivos.
En el contrato deben detallarse con claridad las coberturas y limitaciones al respecto y deben concretarse las condiciones necesarias para su aprobación así como cerciorarse de la situación del asegurado.
¿Es obligatorio?
No es obligatorio contar con un seguro de protección de pagos, sin embargo, es una opción más que más recomendable. Puedes contratarlo como una cobertura adicional a la hora de pedir una hipoteca fija, y de este modo garantizar las amortizaciones de las mensualidades. Contando con esta alternativa en caso de imprevisto podrás estar más tranquilo y al día con los pagos sin preocupaciones.
¿Cuándo se utiliza?
Las coberturas de un seguro de protección de pagos normalmente aseguran en los siguientes casos:
- Desempleo: se dará en el caso de que el asegurado se vea afectado por un despido improcedente, quedando excluidas las coberturas que se trate de un despido voluntario, procedente o por jubilación.
- Incapacidad temporal: cuando ocurra que el titular no pueda desempeñar su actividad laboral por causa de una enfermedad o accidente. No se incluyen las enfermedades de carácter psicológico como podrían ser el estrés o la depresión. Además, tampoco comprende si la persona padece alguna enfermedad previa a la contratación del seguro.
- Fallecimiento: solo será válido cuando se trate en caso de muerte natural o accidental, quedando descartadas causas por fallecimiento por suicidio.
Excepciones en las coberturas
Existen ciertos límites que se pueden determinar a la hora de formalizar el contrato del seguro de protección de pagos:
- Limitación de la cuantía: puede cubrir la cuantía total de la cuota o parcial. En este último caso se deberá señalar el porcentaje asegurado en la póliza.
- Limitación de número de cuotas consecutivas: pudiendo estipularse un máximo de cuotas seguidas en las que estar cubierto, por ejemplo 12 cuotas.
- Limitación de número de cuotas alternas: hacen referencia a las cuotas que son alternas, por ejemplo, 24 meses.
Aspectos a tener en cuenta
Se tienen en consideración a la hora de contratar dicho seguro una serie de valoraciones:
- El asegurado debe ser titular de la hipoteca.
- Cuantía o capital pendiente de pago del préstamo hipotecario.
- Cuantía mensual de la hipoteca.
- Tipo de interés y el tipo de hipoteca contratada.
- Tiempo o duración pendiente de pago del préstamo hipotecario.
- Edad del asegurado, que deberá estar comprendida entre los 18 y los 60 años.
- Estado de salud actual del titular.
- Situación laboral actual del asegurado.
Modalidades de pago
Tanto el precio del seguro de protección de pagos como el plazo dependerá de la aseguradora, pero, por norma general, existen dos formas de pago. También, antes este trámite puedes utilizar el simulador de la cuota de tu hipoteca, para averiguar cómo serán las mensualidades y establecer la mejor forma de pago que te convenga.
Prima única
Esta modalidad de prima única trata de abonar en un pago único el importe total del seguro por el tiempo que lo hayamos contratado, quedando cubiertos en dicho período.
Prima anual o periódica
En este caso, el seguro se renueva de forma cada año con un pago anual. Pudiendo algunas compañías ofrecer la opción de fraccionar el pago, pudiendo ser semestral, trimestral o mensual para una mayor comodidad del titular.
Como hemos visto, este seguro sirve de como alternativa para afrontar los pagos de las deudas pendientes, mientras estamos pasando por en una situación compleja. Es importante saber cómo gestionarlo para que estemos cubiertos en todos los aspectos.