Una semana más y otro concepto más a vuestro bolsillo. Hoy os traemos la ITE o Inspección Técnica de Edificios. En pocas palabras, es la hermana gemela de la ITV, pero en vez de coches, lo que se revisan son pisos. Es importante tener todo el papeleo en regla y por eso queremos que la conozcáis (si necesitáis ayuda en eso, siempre podéis contactarnos).
La ITE es obligatoria para todos los edificios plurifamiliares pero al contrario que la ITV, no os llegará una carta a casa diciendo que debéis pasarla, sino que es responsabilidad de cada comunidad. Tenéis hasta que el inmueble tenga 45 años de antigüedad para pedir el certificado, según los plazos máximos establecidos por la ordenanza municipal. Es decir, si la casa o edificio en el que vives fue construido en 1972, el 2017 es el último año para presentar los resultados de la ITE.
¿Cómo se lleva a cabo la ITE o la Inspección Técnica de Edificios?
Como interesados debéis tener claros estos pasos:
- La comunidad de propietarios de vuestro edificio debe pedir un presupuesto a un técnico, ya sea arquitecto, aparejador o ingeniero de edificaciones. Éste será el encargado de realizar la inspección.
- El técnico planifica la visita y os pasa el presupuesto. Ya solo queda que venga a ver el edificio.
- La inspección. El técnico que hayáis contratado valorará de forma visual el inmueble.
- Calificación. ¿Nerviosos por saber la nota del examen? El resultado puede ser el siguiente: deficiencias muy graves, graves, importantes, leves y sin deficiencias. En el caso de las dos últimas no debéis preocuparos, ¡habéis superado la prueba! El resto, siempre que no haya peligro para las personas, deberéis elaborar junto al técnico un programa de rehabilitación de vuestro edificio (tranquilos, no debéis ejecutarlo inmediatamente).
- Certificado de aptitud. Una vez realizada la inspección, el técnico introduce los datos en una plataforma electrónica y firma la ITE. Luego os la entregará para que podáis solicitar el certificado a la administración.
Según la nota que haya sacado el inmueble, la vigencia del certificado de aptitud tendrá una duración u otra.
¿Qué valora el técnico en la Inspección Técnica de Edificios?
La estructura, construcción e instalaciones comunitarias del edificio. Es una valoración visual, así que las molestias para los propietarios son mínimas.
Por último, es importante que sepáis que, aunque cada comunidad autónoma tiene su propia ordenanza sobre la ITE o la Inspección Técnica de Edificios, el hecho de no presentarla supone sanciones de entre 1.000 y 6.000 €.
Ahora ya podéis ir a la reunión de comunidad de vecinos como grandes expertos del tema y dejarlos a todos con la boca abierta. Pero antes… ¡no olvidéis comprobar que sois capaces de ello!
¿Qué sucede si la vivienda no pasa la ITE?
En el caso de que el inmueble no pase la inspección pueden darse diversas situaciones que tendrá que asumir el propietario de la vivienda.
Si el análisis del inmueble es desfavorable, se proporcionará un certificado conforme la vivienda es “apta provisionalmente” o “apta de manera cautelar”. Tras la obtención de este documento, se tendrán que realizar obras de mejora o reformas y realizar de nuevo otra ITE y presentarla al organismo encargado de este asunto en un plazo de 3 y 6 años.
Es muy importante que la rehabilitación del inmueble la supervise y la apruebe un arquitecto, por ello, antes de llevar a cabo las obras se tendrá que poner en marcha un proyecto con este profesional. En caso de que se trate de un edificio comunitario y varios vecinos no quieran hacer las obras pertinentes, el proceso se puede demorar e incluso realizarse a través de un mandamiento judicial.
¿Cuál es el precio de la ITE?
Al igual que sucede con otro tipo de inspecciones la ITE tiene un precio. En este caso, las ITE más baratas suelen rondar los 100 euros. Aún así, los expertos recomiendan no contratar servicios tan baratos debido a que el análisis que se hará del inmueble será menos exhaustivo y menos riguroso.
Lo más habitual es que este tipo de inspecciones ronden los 500 euros, aunque las dimensiones del inmueble y las dificultades que se puedan presentar para realizar el análisis del edificio pueden ser condicionantes del precio que se cobre al propietario de la vivienda.
El precio de la ITE lo tendrá que abonar el dueño del edificio o de la vivienda en cuestión al profesional que realice el análisis de la propiedad.
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No está del todo mal explicado… hay algunos matices, pero en general enhorabuena por el artículo 😉
¡Muchas gracias! 🙂
Mi vivienda ha sufrido obras y han cegado la salida de aire en aseos. El administrador considera que es problemático el volver a abrir los shunt , como si ello no fuera una necesidad obligatoria . Que puedo hacer para obligar a restaurar el shunt
Buenas tardes Antonio. Con los datos que facilitas deberías hablar con el administrador para conocer los motivos del cierre de los shunt, y si no te satisfacen hablar con los vecinos para acordar entre todos la reapertura. Un saludo.
Junto a
Pegado a mi p
Pegada a la pared de mi casa construyeron una escuela particular con más de cincuenta toneladas de peso. Ya está hundiendo mi propiedad y dañando mi cimentación, la cimentación de mi casa fue hecha parados pisos. Y la escuela tiene cimentación más profunda y estarán forma de escuadra abrazando mi propiedad y causando me daños estructurales y de cimentación. Hundimiento de más de 7 ctms. Esta jalandolala escuela 45 Grados hacia la mole de escuela,. Que puedo hacer, vivo en México. Gracias
Pegado
¡Buenos días Blanca! Lamentablemente no conocemos la legislación de México para darte un consejo particular, pero nosotros lo que haríamos sería asesorarme con una abogado para, si fuera necesario, demandar a la escuela por daños estructurales en mi vivienda. ¡Un saludo!
Es la información necesario para entenderlo, saludos!!
¡Buenos días! Muchas gracias por vuestro comentario 🙂
Cómo puedo saber el día q fue construida mi casa
¡Buenos días María! Para saber la fecha de construcción de un inmueble, tendrás que acceder a la Sede del Catastro por Internet. Allí, si sabes la referencia catastral de la casa la tendrás que introducir en la casilla RC (Referencia Catastral) y seleccionar la opción «Datos». De esta manera obtendrás la fecha de construcción de tu propiedad. ¡Un saludo!
Buenas informacion. Gracias, únicamente saber si la ITE es igual para todas las comunidades.
¡Buenos días! La ITE es obligatoria en todas las comunidades autónomas a partir de los 50 años de antigüedad, según dicta el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, en el artículo 21, aunque hay algunas que reducen cuyo plazo a 45. La normativa puede variar ligeramente según la región y, también, según el municipio. Por ejemplo, hay algunas que obligan contar con un certificado energético del edificio para poder pasar la ITE. ¡Un saludo!