Seguro que muchas veces habéis escuchado que alguien os preguntaba si donde vivíais era vuestra vivienda habitual. Si no conocemos el concepto, puede que muchos consideremos que tenemos una sola vivienda habitual. A pesar de que parezca una tontería, es imprescindible saber cuál es la vivienda habitual sobre todo a ojos de Hacienda, ya que no se tributa de la misma manera.
¿Qué es una vivienda habitual?
Para la Agencia Tributaria, y en concreto para la exención de algunos impuestos como el IRPF y el ITP, una vivienda en la que se vive durante tres años hará que se constituya la residencia como habitual. Sin embargo, también existen algunas excepciones. Por ejemplo, la vivienda también se considerará habitual si te has tenido que ir de ella por motivos relacionados con un cambio de trabajo, un matrimonio, traslado laboral… antes de que pasasen los tres años.
Para con esos impuestos, la vivienda habitual deberá ocuparse en un plazo continuado de 12 meses, desde la fecha de la adquisición. Y, por último, también se considera como vivienda usual las plazas de garaje adquiridas se encuentren junto con la vivienda.
Por otro lado, se suele entender que la vivienda habitual es aquella donde uno está empadronado. Uno puede empadronarse en una vivienda donde vaya a estar viviendo durante los próximos meses, y en especial si se prevé que esto durará al menos un año.
Dudas frecuentes de la declaración de la vivienda habitual
¿Qué pasa si he tributado como una vivienda habitual sin serlo?
Normalmente, las viviendas habituales desgravan en la declaración de la renta. En caso de que hayas tributado como vivienda habitual sin serlo, seguramente tendrás que devolver la deducción por adquisición que hayas practicado de manera indebida, mediante una declaración complementaria.
Y teniendo en cuenta la vivienda habitual… ¿cuál es mi domicilio fiscal?
Para Hacienda, el domicilio fiscal es aquella vivienda sobre la cual tendrás que hacer la declaración de la renta. Es decir, es aquel lugar donde cada tributante tenga su residencia habitual.
¿Hay diferencias según el tipo de inmueble que sea?
En primer lugar, hablaremos de la vivienda usual. Se trata de un tipo que no genera rentas, pero que, aun así, hay que incluirla en la declaración de la renta. En segundo lugar, la adquisición de viviendas en alquiler.
En este caso es totalmente diferente, ya que, si se obtiene un capital inmobiliario por su alquiler, y, por consiguiente, hay que declararlo en Hacienda. Se tributa de manera general analizando la diferencia entre los ingresos y los gastos.
Finalmente, en tercer lugar, encontramos las viviendas con imputación de rentas inmobiliarias. Se trata de lo que tributa una persona por tener un piso o una casa que no se considera vivienda habitual, es decir, por aquellas viviendas que no son de carácter permanente y que tienes en la playa, en la montaña… o cualquier vivienda que utilices como segunda opción.
Por consiguiente, saber cuál es tu vivienda usual es una parte esencial para hacer de manera correcta la declaración de Hacienda. Más vale prevenir que curar. Por lo que si no quieres tener que volver a pagar a la Agencia Tributaria por haber tributado mal durante sucesivos años, ten muy en cuenta lo que te hemos contado para validar lo que es una vivienda habitual.
Si estás interesado en poner a la venta tu vivienda habitual, puedes contactar con nuestros asesores, estarán encantados de ayudarte en todo el proceso y de encontrar los compradores perfectos para ti.
Si pongo en venta mi vivienda habitual y mientras no la vendo compro una casa que quiero que sea mi vivienda habitual y transcurridos tres años logró vender la vivienda. La casa que he comprado como debe notificarse a hacienda para que la considere como vivienda habitual, en cuanto a su tribulación ?
¡Hola Anton! Para considerarse residencia habitual tienes que empadronarte en la misma. En el momento que vendas tu residencia habitual actual tendrás que acreditar que el beneficio de la venta lo has invertido en la nueva vivienda que has comprado, aunque esta la comprarás con anterioridad a la venta. ¡Un saludo!
Buenas. ¿Si alquilas un piso por 6 meses con posibilidad de extender el contrato para 3 años por ejemplo se consideraría vivienda habitual? Me gustaría pedir las ayudas al alquiler para menores de 35 años y deducirme el alquiler en el IRPF en Cataluña. Gracias
¡Hola! Una vivienda se considera vivienda habitual cuando estás empadronado en ella. Las ayudas al alquiler varían en cada Comunidad Autónoma, te aconsejamos que consultes al organismo público pertinente. ¡Un saludo!
Hola, yo tengo una única vivienda en propiedad (con hipoteca aún) en la que vivo actualmente, y me he comprado otra de nueva construcción que me la entregan a mediados de este año. En el momento que me lo entreguen me iré a vivir a dicho piso y pondré en alquiler en el que vivo ahora..tengo varias dudas es:1) la hipoteca del nuevo sería como residencia habitual o segunda vivienda???2)hasta cuándo me puedo desgravar lo que pago de hipoteca del piso donde vivo actualmente, (ya que es una hipoteca del 2008), justo hasta el momento de la firma de la hipoteca nueva??, hasta el momento de la firma de alquiler?? O hasta cuándo exactamente?? gracias
Hola Roberto, para que se considere una vivienda habitual tiene que cumplir uno de estos requisitos:
1. Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
2. Que sea habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.
Nuestra recomendación es que consultes con un asesor fiscal que pueda ayudarte con la declaración de la Renta.
¡Un saludo!
Buenos días, tengo una duda….a principios de 2015 compré una vivienda con quién era mi pareja.Como teníamos menos de 35 años,pagamos de ITP 8%. En 2016 nos casamos…estuvimos viviendo en esta casa desde la compra hasta finales del 2017 que fue cuando la vendimos…a finales del 2018 firmamos el divorcio…A finales del 2019,pagué hacienda el porcentaje de los beneficios de la venta,ya que habían transcurrido 2 años y no lo había invertido en otra vivienda habitual…
A fecha de hoy,voy a comprar una vivienda …y continúo teniendo menos de 35 años…según me indica el banco tengo que pagar el 8% de ITP,mientras que el asesor de la notaria,me indica que no puedo beneficiarme otra vez de esta bonificación…y tendría que pagar el 10%…..
Qué porcentaje tengo que pagar el 8% o el 10% de ITP?
Hola, he comprado un piso en Julio de 2019 hasta esa fecha vivía en casa de mis padres. Todavía no me he empadronado en mi piso, aunque ya vivo allí. Cuál es mi domicilio habitual?
¡Buenos días Barbara! Tu domicilio será la dirección que consta inscrita en el censo de población o registro similar, o la dirección indicada a los organismos fiscales. A no ser que dispongas de pruebas que justifiquen que esa dirección es errónea. La residencia habitual de una persona física es el lugar en el que hace su vida habitualmente debido a temas personales o profesionales. ¡Un saludo!
Hola Mariam, tengo exactamente el mismo problema que tú, pero justo al revés. La gestoría a la que me ha derivado el banco dice que tengo que pagar el 10% y el notario y la inmobiliaria dicen que debo pagar el 8%. ¿Llegaste a solucionarlo? Te agradecería tu respuesta en mi correo personal: ainhoamolla@gmail.com.
Muchas gracias de antemano.
¡Buenos días Mariam! En tu caso, al haber tantos detalles y operaciones, te recomendamos que lo consultes con un asesor especialista para que te de las pautas que debes seguir. ¡Un saludo!
Tengo un piso en propiedad con mi ex-marido en Madrid. Lo tenemos alquilado. Yo vivo en un piso alquilado más pequeño, también en Madrid. Ahora queremos vender el nuestro. ¿Podría considerarse vivienda habitual a efectos de IT Patrimoniales ya que los pisos en los que vivimos no son nuestros ni tenemos otras propiedades, o tendríamos que empadronarnos en el domicilio? (Entiendo que nuestros inquilinos están actualmente empadronados en ese domicilio)
¡Buenos días María Teresa! Para considerarse una vivienda habitual este inmueble debe ser la residencia del contribuyente en un plazo continuado de al menos 3 años. Al tenerlo alquilado pierde su característica de vivienda habitual. Para evitaros futuros problemas y para que os informen sobre vuestro caso, te recomendamos contactar con un asesor fiscal. ¡Un saludo!
y si aun vivo en la casa de mis padres? Cual es la vivienda habitual o primera vivienda?
Hola. Tengo un piso en cual he vivido mas de 5 años. Acabo de vender mi piso con la intencion de reinventir al otro durante 2 años. Mientras tanto me voy a empadronarme en la casa de mi marido mientras busco piso nuevo. Cuando compro el piso tendre que empadronarme alli para que conste como mi vivienda habitual para no pagar IRPF? O el hecho de que estoy empadronada en la casa de mi marido me permite seguir empadronada en el piso de mi marido y que la vivienda que compro se considera habitual, porque no tengo ninguna otra en propiedad? Gracias.
¡Buenos días María! El empadronamiento no es suficiente para acreditar la residencia y la condición de vivienda habitual. Para acreditar que una vivienda es tu vivienda habitual hay otros documentos que pueden servirte como: consumos de agua y luz, correspondencia bancaria y de otro tipo al contribuyente en esa vivienda, certificado que pueda emitir el presidente de la comunidad de propietarios indicando que es la vivienda habitual, dirección que figura en el DNI del contribuyente, escrituras notariales en las que el contribuyente indica su vivienda habitual, certificación del administrador de fincas y domicilio recogido por el contribuyente en su declaración de la renta. Además, para considerarse una vivienda habitual deben cumplirse estos requisitos:
1. Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
2. Que sea habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.
Esperamos haberte ayudado,
¡Un saludo!
¡Buenos días Sophie! Se considera vivienda habitual aquella vivienda o edificación en la que has vivido más de 3 años consecutivos y que sea habitada de manera efectiva y permanente. La vivienda de tus padres sería tu vivienda habitual en tu casa. ¡Un saludo!
Buenas tardes,
Tengo una duda a la hora de hacer la declaración de la renta del ejercicio 2019. Tengo una casa en Madrid y otra en la playa, pero por motivos económicos vivo en una vivienda que me dejaron mis padres. Que vivienda ratificó como vivienda habitual, si está última no figura para hacienda como propiedad mía.?
Gracias y un saludo
Buenas tardes Eduardo, en este caso, si no estás residiendo en ninguno de los dos domicilios no puedes declararlos como vivienda habitual. Puedes consultarlo en la web de la Agencia Tributaria: https://bit.ly/2QbtfDG. Un saludo.
En enero de 2020 he vendido mi vivienda habitual. Al hacer la declaración de la renta de 2019 me pregunta si es mi vivienda habitual actualmente. ¿Tengo que cambiarla por la actual aunque no sea mia sino de un familiar? ¿Me afecta a la hora de la deducción por vivienda en 2019? Gracias.
Hola! Quiero hacer la declaración de la renta, pero me pide ratificar o modificar mi domicilio fiscal y no sè cuàl es el correcto porque tengo dos pisos alquilados. Tenemos un piso alquilado en Girona porque vivimos ahì desde hace casi 2 años, pero tambièn hemos alquilado otro piso en Madrid desde agosto del año pasado porque por el momento yo estoy trabajando en Madrid. En resumen, mi chico vive la mayor parte de su tiempo en Cataluña y yo desde agosto del año pasado vivo màs tiempo en Madrid. Ambos figuramos en ambos contratos, pero èl paga el piso de Girona y yo pago el piso de Madrid. Ambos estamos empadronados en Girona. No sè si podemos degravar como «Deducciòn autonòmica» los dos alquileres o sòlo el del piso en el que estamos empadronados, o yo puedo deducir el de Madrid y èl el de Girona. Estoy muy confundida y Hacienda no me coge el telèfono. Espero puedas ayudarme. Gracias
¡Hola! En este caso lo mejor es contactar con un asesor fiscal que te resuelva las dudas sobre esta situación. Un saludo.
Tengo una vivienda a medias con mi ex en la que ambos seguimos empadronados a pesar de que solo yo vivía allí. Me despidieron hace un año y medio y me trasladado a trabajar a Madrid donde vivo con mi nueva pareja pero en su vivienda que no contribuyo económicamente. Entiendo que si me empadrono en Madrid mi vivienda de Barcelona dejaría de ser mi vivienda habitual a vista de Hacienda y que dejaré de deducirla en la declaración pero qué implicaciones tiene? Quiero decir, si pongo que resido en Madrid…. tributaré por una casa en la que vivo y no pago ??
¡Buenos días Magda! Para encontrar una solución a tu caso te recomendamos consultarlo con un asesor experto. ¡Un saludo!
Buenas, tengo una vivienda en propiedad al 50% con mi expareja adquirida en el 2006 donde viven ella y mi hija . Yo estoy empadronado en otra vivienda pero pago el 100% de la hipoteca. ¿Puedo deducir el 50% de hipoteca?
¡Buenos días Juan Manuel! En caso de que la vivienda que nos comentas no sea tu vivienda habitual no podrás deducirlo. De todos modos, lo mejor sería que contactases con un asesor fiscal que te aconsejase que porcentaje puedes deducir según tu situación. ¡Un saludo!
Hola, yo llevó con mi vivienda 12 años, bueno pues en la gestoria que me hacia la Declaración no metía mi vivienda y yo no lo sabía, pues bueno me cambie de gestoria y me declaron mi vivienda x dos años, que es lo que pasó que me mandaron una carta de Hacienda diciendo que porque declaro mi vivienda ahora total que tube que pagar 800 euros de dos años. Supuestamente por lo que me dice el gestor ya no me puedo declarar nunca más mi vivienda?
Buenas tardes Katia, lo lamentamos, pero no podemos asesorarte con este tema, tendrías que hablar con tu gestora o con un abogado especialista para resolver esta situación. ¡Un saludo!
Quiero comprar una vivienda que tiene licencia de alquiler turístico pero me gustaría saber si me puedo empadronar en el domicilio para declararla como vivienda habitual pasados los tres años al mismo tiempo que la alquilo (por ejemplo con Airbnb) durante los tres meses de verano como vivienda de uso turístico. Muchas gracias
Tengo en alquiler una casa hace varios años, se puede considerar segunda vivienda?
¡Hola José Luis! Por lo general sí, se consideraría segunda vivienda. Deberías de saber en que propiedad estás empadronado para considerar esa vivienda de primera o segunda mano. ¡Un saludo!
Hola, yo vivo con mis padres y me he comprado con mi pareja una casa que estamos arreglando poco a poco los fines de semana en otra provincia, para irnos allí algún día. De momento trabajo y vivo donde mis padres. Para mí es mi primera vivienda porque no tengo otra. Para hacienda es una segunda vivienda? Qué diferencia hay si es primera o segunda vivienda si la he comprado en el 2018?
gracias.
Buenas tardes Claudia. La diferencia entre primera residencia o segunda residencia es el empadronamiento de la persona en el municipio. Para que se considere como tu primera residencia la vivienda que estás reformando deberías empadronarte allí. Un saludo.
Hola!
Tengo una duda, el 1 de septiembre de 2017 compramos una casa en la que no nos empadronamos hasta el 9 de septiembre. ¿Desde cuándo se considera vivienda habitual?
Buenas tardes María. Una vivienda es considerada habitual una vez pase un año desde que estás empadronado en ella y puedas demostrar que vives en ella más de la mitad del año. Un saludo.
Buenos días! Yo compré mi primera vivienda el 12 de abril de 2019. Lo meto en la declaración. Además indico que a partir de esa fecha es mi vivienda habitual, pero me sale una alarma que el minimo para considerarlo vivienda habitual es 1 año. Entonces? Como lo hago? Antes vivía en casa de mi madre. Ayuda!
Mis padres tienen un piso en madrid en propiedad y lo tienen dado en alquile 10 años ,y con él dinero q reciben alquila uno en Otra comunidad q es en el piso ellos viven des hace esos 10años. Ahora quieren vender su piso de Madrid y comprase uno en la misma comunidad donde están alquilados desde hace 10 años
Tendrían q pagar a hacienda por la venta ??o se deducen por ser mayores d 65 años y por ser u acá propiedad que venden para comprar otra vivienda como única y habitual??
Buenas tardes. En este caso para la declaración de 2019 no constará como vivienda habitual, porque se necesita un año empadronado para que se considere vivienda habitual. Un saludo.
¡Buenas tardes! Para considerarse vivienda habitual, en función de la comunidad autónoma, debe ser a partir de los 2 años de residencia acreditada y permanente. ¡Un saludo!
Tengo dos viviendas contiguas y vivo en las dos, pero no están unidas interiormente. ¿Puede decirse que las dos constituyen mi vivienda habitual?
Buenas tardes Luis. La vivienda habitual será en la que estés empadronado en el municipio y puedas demostrar que vives más de la mitad del año. Un saludo.
Hola, tras divorciarme vendimos nuestra vivienda habitual hace bastantes años. Ahora quiero comprar una vivienda, y vivo en Valencia. Me han comentado que si es mi primera vivienda y ademas pasa a ser la habitual en Valencia se puede tributar al 4%, es correcto?
¡Buenas tardes Ana! Es correcto, pero solo en algunos casos concretos. Si es una vivienda de protección oficial, si es para una familia numerosa o para una familia con una minusvalía acreditada de un 33%. Si No se tributa al % de la comunidad que es un 10%. Existen otros casos para tributar un 8%. ¡Un saludo!
Hola,
Tengo mi vivienda hipotecada desde 2006, pero ahora por empleo vivo en otra ciudad de alquiler, llevo mas de 1 año de alquiler.
Mi propiedad esta sin uso.
Cual es mi vivienda habitual?
Buenas tardes Cristina. Tu vivienda habitual será aquella en la que estés empadronada. Un saludo.
Buenas tardes,
Mis padres van a vender su vivienda habitual, en la cual han vivido 2 años y medio. Ambos tienen 70 años. El año que viene cuando hagan la declaración tendrán que pagar hacienda
El piso que venden lo compraron con gastos por 47000 euros y los venden con gastos por 62000 euros.
Can a comprar otra vivienda su única habitual por 58000 con gastos.
Tendrán que pagar.
Un saludo.
Buenas tardes Isabel. La parte de los beneficios obtenidos que no reinvierta en la compra de la futura propiedad si tributara. Con los cálculos que me das serían aproximadamente 4000 euros. Un saludo.
¡Buenas tardes Isabel! En principio Hacienda no les reclamará nada al ser mayores de 65 años y vender su residencia habitual, además con el agravante de comprar otra primera residencia. ¡Un saludo!
Buenas,compre una casa en1993 ha sido mí primera y única vivienda hasta 2014, la duda surge cuando a raíz de conocer a la qué hoy es mi mujer ,la cual tenía su vivienda qué era de una habitación y que compartía con una hija,por puro formalismo yo sigo viviendo en mi casa, pero un año al hacer la declaración de renta mi mujer pone su domicilio «aún siendo declaraciones separadas»al vender mi casa y reinvertir en la compra de otra ,hacienda dice qué no tengo derecho a la eseccion, porque la qué ha sido durante tantos años mi casa y en la que he estado empadronado no era mi vivienda habitual.La pregunta es ,cuál es la vivienda habitual que debe prevalecer la que ha sido siempre mía o la que puso mí mujer en la declaración de renta,de la cual cual yo no tengo titularidad ninguna?
Buenas tardes Alfonso, Hacienda entiende como vivienda habitual aquella donde has estado viviendo más de tres años seguidos y en la que resides en la actualidad. Por ello para comprobarlo se basan en: el empadronamiento, el domicilio fiscal en la declaración de la renta, en el consumo de los suministros y en la distancia del inmueble al lugar de trabajo y al centro de salud. Basándose en estos datos la Agencia Tributaria considerará cuál es tu vivienda habitual. ¡Un saludo!
Buenas, vivo con mi pareja en una casa de su propiedad, y alli estoy empadronado y así figura en todos los documentos oficiales.Voy a comprarme un piso ( no tengo otras propiedades), con la intención de alquilarlo. ¿ Debería empadronarme en ese piso para ser mi residencia habitual aunque no viva ahi? . Si sigo igual, ¿se consideraría 2º residencia?.. lo quiero hacer todo legal, aunque pierda dinero
Buenas tardes Ramón. El empadronamiento siempre es recomendable hacerlo donde realmente residas. Puedes tener las propiedades que gustes sin necesidad de ser la primera residencia. Sino haces cambio alguna se considerará segunda residencia. Un saludo.
Buenas tardes. Compré mi vivienda en 2003. Y en 2015 me fui a otra provincia por motivos laborales y alquilé mi vivienda. En 2019 volví a mi casa y ahora quiero venderla, pero me dicen que tiene que pasar 3 años más para que vuelva a ser mi habitual. Es correcto ?
Es posible tener la residencia habitual en Madrid y estar empadronado en un pueblo de Cádiz donde tengo una segunda residencia y dónde paso gran parte de mi tiempo?. Como me afectaría en mi declaración de la renta?.
Un saludo
¡Buenos días José María! Una cosa es el lugar de residencia habitual que es donde resides en tu día a día y el padrón o empadronamiento es donde se ha comunicado a las autoridades como residencia que no tiene porque coincidir. En lo que preguntas si se podría, a afectos de la renta siempre es mejor acudir a un gestor especializado. ¡Un saludo!
¡Buenas tardes Marta! Así es, para considerarse vivienda habitual debes habitar en ella durante treas años consecutivos. ¡Un saludo!
hola, tengo un maset en el cual viven mis padres hace aproximadamente unos 4 años, pero por el tema del covid se empadronaron hace un par de meses, ellos son usucfrutuarios,pero hace unos meses me hicieron un poder general por que queremos vender ese maset y comprar otro que este mas cerca de mi. Ellos tienen un piso, pero como he dicho antes no viven alli desde hace 4 años. Mi pregunta es si mi maset consta como vivienda habitual al vivir mis padres aunque sea mio? o por lo contrario sigue siendo segunda vivienda. lo pregunto para saber si lo puedo vender como vivienda habitual o como segunda vivienda. Gracias
¡Buenos días Concepción! Para que una vivienda se considere vivienda habitual deben cumplirse una serie de requisitos:
1. Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años. Existen algunas excepciones como fallecimiento, matrimonio, separación, traslado laboral, primer empleo cambio de empleo, entre otras.
2. Que sea habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.
Esperamos haberte resuelto tu duda. ¡Un saludo!
Tengo una vivienda en propiedad privativa porque es herencia y tenemos un apartamento mi marido y yo en ganancial. Durante los años que llevamos casados, 7 , mi casa ha sido la vivienda habitual, pero mi marido puede teletrabajar de siempre, y yo tengo que estar en Madrid. Que problema hay en que el declare como vivienda habitual el apartamento y yo mi casa? Esta es la situacion real. Muchas gracias,
¡Buenos días Paz! Se entiende que una propiedad es vivienda habitual cuando de manera efectiva y con carácter permanente por el contribuyente, en un plazo de 12 meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras. Y que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de 3 años. ¡Un saludo!
Buenos dias,
Hace 2 años y medio compramos un piso (Al que nos acogimos a la deduccion del ITP al 5%) que ha sido vivienda habitual hasta ahora. Lo vendemos y compramos otra vivienda habitual. Nos podemos acoger la deducción del ITP al 5%? Soy menor de 32 años y mis rentas son inferiores a 30.000€ anuales. O tienes que haber sido vivienda habitual durante 3 años para que no me pongan problemas?
Cual es el concepto de vivienda habitual en la agencia tributaria de catalunya?
Muchas gracias por vuestra ayuda
¡Buenas tardes Jonathan! Esta sería tu situación: La transmisión de un inmueble que tenga que constituir la vivienda habitual de un joven: 5,00%. Los requisitos para poder disfrutar del tipo reducido, como bien comentas son: El contribuyente debe tener 32 años o menos y su base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, en su última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas no puede exceder los 30.000 euros.
Nos comentas que han pasado 2 años y medio y lo habéis vendido la vivienda habitual. Si es así, no habéis estado el plazo máximo de los 3 años residiendo en esa vivienda habitual por lo que deberíais de devolver el beneficio fiscal disfrutado.
Esperamos haberte sido de ayuda. ¡Un saludo!
Buenas noches. Tengo la duda siguiente a ver tengo una vivienda que es mi vivienda habitual desde w
2008 y la cual me desgravo la hipoetca. Ahora quiero adquirir otro piso y quisiera saber qué diferencia sería poner primera vivienda o vivienda habitual para conseguir mayor porcentaje de hipoteca
Gracias
Buenos días Antonio. Para conseguir mayor % de hipoteca por lo general los bancos serán los que te hagan saber si necesitas la condición que preguntas. A nivel legal no tiene mayor implicación que acreditar tu lugar de residencia habitual. Un saludo.
Hola, mi pregunta es la siguiente ;
En el caso que mi vivienda no sea la habitual,
Si la reformo para mejorarla, podré incrementar también ese valor al de la vivienda, para evitar pagar impuestos de la ganancia de la comroa venta???
¡Buenos días Toni! Para poder hacerlo las reformas deben ser considerables para que Hacienda las tenga en cuenta. Además, comentarte que toda la información y los valores deben ser reales ya que este organismo puede comprobarlo y ver las mejoras que se han hecho en la vivienda. ¡Un saludo!
Buenos días. Si vendo mi vivienda en Canarias que ha sido siempre MI ÚNICA VIVIENDA EN PROPIEDAD (en Pamplona he vivido siempre alquilada y nunca he desgravado) y la vendo para reinvertir en primera vivienda donde voy a vivir definitivamente (para dejar el alquiler), imagino que no deberé pagar a Hacienda el 6% de mi venta dado que estoy reinvirtiendo en primera vivienda, ¿es así?
¡Buenos días Ángela! Si la ganancia generada por la venta de tu vivienda habitual la reinviertes en la compra de tu nueva vivienda habitual estarás exento de pagar el IRPF en la declaración de la Renta. Esperamos haberte ayudado con tu consulta. ¡Un saludo!
Buenos días,
Mis padres acaban de vender su casa de hace 35 años por una separación y mi madre quiere reinvertir en otra casa para pagar menos impuestos. Ella ya tiene un piso pero lo tenemos vacío.Supuestamente tenemos 2 años para reinvertir pero para considerarse como vivienda habitual al menos debe vivir 12 meses no? Por lo que sólo tendríamos 12 meses para reinvertir ya que los otros 12 meses tiene que vivir ella ahí y estar empadronado. Lo he entendido bien? Muchas gracias
Un saludo
¡Buenas tardes Marta! Una vivienda es habitual cuando sea la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años, y sea habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras. Si has vendido tu vivienda habitual tienes dos años de plazo para reinvertir el dinero en la compra de tu nueva vivienda habitual. ¡Un saludo!
Hola,en 2011 compré un piso que fue mi vivienda habitual hasta 2016 que me fui a vivir de alquiler con mi marido.Mi piso también está alquilado y declarado a hacienda.Ahora vamos a comprar un puso juntos mi marido y yo: como va a ser mi vivienda habitual voy a tener alguna bonificación en hacienda?cambio algo de mi piso si ya estaba declarando el alquiler?
¡Buenas tardes Stefania! Al tener tu vivienda alquilada deja de ser vivienda habitual por lo que no podrás tener bonificaciones por ello. Si estás pensando en convertir la vivienda que comprarás con tu marido como habitual tienes que tener en cuenta lo siguiente:
Se considera una vivienda habitual cuando cumple los siguientes requisitos: es la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años, y está de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras. ¡Un saludo!
Buenas…les pido información porque compré un apartamenteo en 2017 y disfruté de la deducción por primera vivienda habitual y ser menor de 35 años.Ahora quiero alquilarla….¿perdería o tendría que devolver la deducción?
Muchas gracias.
Un saludo!!
¡Buenas tardes Lucia! La característica adquirida de vivienda habitual se pierde al dejar de cumplir los requisitos de la vivienda habitual y pleno dominio. Por lo tanto, el contribuyente pierde el derecho a aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual si la arrienda y traslada su residencia. ¡Un saludo!
Buenas tardes,mi hija va a comprar una vivienda el Banco le da el 80 por cien de por lo q la compra,,,será de momento su primera vivienda,,,si a la vuelta de tres años más menos ,se comprá otra y se va a vivir en pareja está última sería su primera vivienda empadronarse en la segunda,,y el banco le volvería a dar el 80 por cien?
¡Buenas Mari Carmen! El porcentaje del banco a la hora de dar la hipoteca tiene muchas variables, no solo ser primera residencia. En principio no debería tener problema pero será la entidad financiera quien dictamine el % a dar de hipoteca. ¡Un saludo!
Buenos días, en agosto del 2020 vendimos nuestra vivienda habitual y desde entonces vivimos de alquiler en otro municipio donde ya estamos empadronados. Con la venta no hemos ganado porque el precio de venta de ahora ha sido inferior que el de compra en su día. Cuál se considera la vivienda habitual en la declaración?? En caso de que sea la nueva tengo que poner el catastro aunque sea de alquiler??
Mil gracias!!
¡Buenos días Irene! Para considerarse vivienda habitual debes residir en ella en un plazo continuado de tres años. El catastro es un tipo de inventario de inmuebles del territorio español, en este organismo no deberás comunicar nada. ¡Un saludo!
Buenas 🙂
Compré una vivienda en 2012 dónde residía con mis padres y en el año 2014 me fui a vivir con mi pareja a la casa que tiene alquilada y dónde figuro como avalista. En 2018 nos casamos y a partir de ese año dejé de declarar como habitual mi casa comprada. Ambas son en la misma ciudad. Yo sigo empadronada en la casa comprada.
¿Lo estoy haciendo correctamente?
¡Buenos días Jessica! Depende de la situación que deseas acreditar, por lo general se suele empadronar en donde uno reside de forma habitual. ¡Un saludo!
Gracias. Y a nivel hacienda entiendo que debería declarar como vivienda habitual en la casa dónde vivo con mi pareja. ¿Verdad? Muchas gracias.
Tal cual dices Jessica, es lo recomendable, de todos modos siempre recomendamos consultar con un gestor especializado por si hubiera alguna disposición que desconocemos. Esperamos haberte ayudado. ¡Un saludo!
Hola!! Enhorabuena por el blog. A ver si me podéis ayudar. En noviembre de 2020 me compré una vivienda a la que nos mudamos en febrero de 2021, hasta entonces vivíamos en el piso de mi marido (estamos en régimen de separación de bienes) Para hacer la declaración de la Renta del 2020 me surgen varias dudas ¿cual se considera mi domicilio fiscal? ¿Donde vivi la mayor parte del 2020 o la que compre como vivienda habitual? Gracias
¡Buenos días María! Con los datos que nos facilitas se considera domicilio habitual aquel donde estás censado y resides más de 181 días al año. Esperamos haberte ayudado. Muchas gracias por tu comentario 🙂 ¡Un saludo!
Hola,trabajo en Barcelona y vivo en mi trabajo,es posible comprar una vivienda en otra ciudad de espalda no como segunda residencia sino habitual ?en un futuro me mudaré allí ,en la nómina me dan un plus como vivienda.Serviría a la hora de sacar la hipoteca o no tiene nada que ver ?Muchas gracias
¡Buenas tardes Daiaan! Se considera una vivienda habitual aquella en la que se ha residido de manera continua durante 3 años, si cuando adquieras el inmueble resides allí durante ese periodo de tiempo, esta será tu vivienda habitual, en caso contrario no lo podrá ser. ¡Un saludo!
Buenos días,
Compre una vivienda el 28 de septiembre , y en la declaración me solicita especificar si es una vivienda habitual. Yo he puesto vivienda habitual pero no se si al ser tan pocos meses se considera vivienda habitual o si tengo que marcar a disposición de los titulares…
¡Buenos días Beatriz! Para que una vivienda se consideré habitual debes estar viviendo en ella por 3 años consecutivos. Hay algunas excepciones que si permiten considerarse una vivienda habitual y son las siguientes:
– En caso de fallecimiento.
– Circunstancias que te lleven a un cambio de domicilio como por ejemplo casarte o separarte, o cambios en el trabajo o un primer empleo.
– Si tienes una discapacidad y la vivienda no es adecuada para ti.
– Cuando tengas una vivienda habitual por motivos laborales y no utilices la que has comprado.
Esperamos haberte ayudado,
¡Un saludo!
Buenos dias,
Actualmente vivo en Madrid, en la casa (propiedad de mi marido) desde 2017, por lo que en la declaración, indico ésta como la vivienda habitual, pero tengo una propiedad solo a mi nombre en otra comunidad autónoma.
La casa que es de mi propiedad no la tengo alquilada, ya que allí vive mi madre, que es mayor de 65 años.
AL hacer la declaracion este año me aparece el concepto Suma de rentas inmobiliarias imputadas, lo cual no entiendo ya que no obtengo ninguna renta de esta vivienda, ya que como os digo, no la puedo declarar como alquilada, ni es mi vivienda habitual.
¿Esto es correcto? Me podeis explicar a qué se debe este importe.
¡Buenas tardes Blanca! En tu caso, la mejor recomendación que podemos darte es contactar con un asesor fiscal para que os asesore en este caso particular. ¡Un saludo!
Buenos días,
Compré un piso en Madrid Septiembre 2019 como vivienda habitual para estar mas cerca del trabajo, estuvo en reformas hasta Marzo 2020,con un coste superior al 25% del precio de la vivienda, la reforma fue pagada a un IVA del 10%. Con la pandemia, estoy teletrabajando desde mi vivienda de anterior, por lo que no he amueblado el piso de Madrid. Mi duda es que vivienda tengo que poner como residencia habitual, la que compré como vivienda habitual o en la que vivo? Y puedo poner el coste de la reforma en la declaración? Y las facturas que pagué en 2019? Muchas gracias
¡Hola Vanesa! En la declaración tienes que marcar como vivienda habitual en la que estás residiendo actualmente. Si los costes y facturas son de 2019, no podrás ponerlo en la declaración de la Renta de este año. Pero sí que podrás declarar la reforma que has hecho en la vivienda, ya que ha finalizado este año. ¡Un saludo!
Hola, soy Antonio, tengo una vivienda comprada en 2004 en un pueblo, la cual he desgravado como vivienda habitual hasta hace ya 5 o 6 años porque me mudé y no vivia en el pueblo. En 2017 compré otra vivienda en Madrid, la cual uso como vivienda habitual porque es donde vivo desde que la compré, pero la hora de hacer la declaración de la renta no se si tengo que declarar como vivienda habitual la que compré en 2004, ya que la que compré en 2017 no desgrava por el año que la compré. Si decido desgravarme por la vivienda del pueblo, como tengo que poner la casa de Madrid? como casa de uso habitual o como lo hago?
¡Hola Antonio! Solo puedes marcar como vivienda habitual si es en la que resides de forma continuada, en este caso la que compraste en Madrid en 2017. Lamentablemente no podrás disfrutar de la desgravación, ya que el inmueble se ha comprado después del 2013. No puedes desgravar el inmueble de 2004 si no es tu vivienda habitual, de lo contrario la Agencia Tributaria podría abrir una inspección para investigarlo. ¡Un saludo y esperamos haber resuelto tu duda!
Hola el piso de mi madre está alquilado ya que ella está en una residencia.
Como puedo poner que es su residencia habitual su piso estando alquilado.
O como pongo en la declaración…
¡Hola Javier! En este caso no puedes ponerlo como vivienda habitual en la declaración, porque lo tiene alquilado, pero puedes optar a la deducción de alquiler de vivienda: https://housfy.com/blog/deduccion-alquiler-vivienda-habitual/
Buenos días:
En 2020 estuve viviendo formalmente de alquiler hasta el 1 de septiembre. Tengo una casa en propiedad que estuvo alquilada solo en en el mes de enero, luego estuvimos de obras y en verano nos mudamos a vivir allí (aunque seguí pagando el alquiler de la otra casa hasta septiembre por temas de contrato). Mis preguntas son:
¿Cuál debo declarar como vivienda habitual en 2020? ¿la vivienda en la que he vivido más días al año?, en ese caso, ¿cómo justifico en caso de necesidad con Hacienda que me mudé en verano aunque seguía pagando el alquiler del otro piso?
¿Cuál debo declarar como domicilio fiscal?
¡Buenos días Pablo! Por vivienda habitual se entiende que la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años, y que ha sido habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras. La mejor recomendación que podemos darte es que lo consultes con un asesor especialista en estos casos para que te de la mejor solución que se adapte a ti y tus necesidades. ¡Un saludo!
Hola. Compré una vivienda en el 2009 en Madrid capital, en la que he residido de forma habitual hasta octubre del año pasado. A partir del 1 de octubre pasé a alquilarla. Los inquilinos ya están empadronados en esa casa, pero ni yo ni mi familia nos hemos dado de baja en el padrón, puesto que por el momento nos interesa seguir empadronados allí. ¿Podemos tener algún problema si seguimos empadronados en ese domicilio? ¿Durante cuánto tiempo podríamos seguir empadronados antes de tener que darnos de baja?
¡Buenos días Ana! Puede haber más de una persona empadronada en una vivienda pero lo mejor será que os empadronéis allí donde tengáis vuestra vivienda habitual. Por ejemplo, si recibes alguna bonificación por hipoteca de vivienda habitual y la tienes alquilada se considera fraude por lo que te aconsejamos que analices tu caso y fijes tu empadronamiento en la vivienda en la que está residiendo de forma efectiva y con carácter permanente. Esperamos haberte ayudado con tu consulta. ¡Un saludo!
Hola,
Soy Eva y vivo en Cataluña. Vivía con mi pareja de alquiler el año pasado hasta el 15 de diciembre que compramos un piso.
Por mi parte hemos tenido una bonificación fiscal a la hora de comprar el piso ya que es primera vivienda y habitual, pero claro desde el 15 de Diciembre. Mi pregunta es, qué domcilio tengo que poner como el habitual en la declaración de la renta (el que te pide nada más entrar en el borrador)? El de alquiler donde hemos vivido casi prácticamente todo el año o el piso nuevo, que sólo fue nuestro durante 15 días?
Muchas Gracias y saludos!
Eva
¡Hola Eva! En domicilio tendrás que marcar la vivienda en la que residas actualmente. En cuánto a vivienda habitual, tendrás que esperar a la declaración del 2021 para poder marcar la nueva propiedad, ya que tienen que pasar un mínimo de 9 meses desde la compra. Pero lo mejor es que consultes con un asesor fiscal para hacer la declaración de forma correcta teniendo en cuenta todas las circunstancias. ¡Un saludo y esperamos haberte ayudado!
Buenos días,
Hemos comprado en octubre 2019, una vivienda, (nuestra vivienda habitual ) y la hemos puesto a nombre de mi hija, una especie de donación en vida. Ella, de 22 años de edad, está estudiando y vive de nosotros , sus padres.
Nosotros, sus padres, hemos hecho la declaración de renta 2020 y la hemos incluido a ella como persona a nuestro cargo.
Necesita nuestra hija hacer declaración de renta?
Nosotros, sus padres, NO tenemos vivienda en propiedad.
Mil gracias
¡Buenos días Francisco! Para tener más información concreta de tu casa te recomendamos consultarlo con un asesor fiscal. Este experto te dará las pautas que debes seguir para hacer la declaración de la renta de una forma totalmente beneficiosa para ti. ¡Un saludo!
Hola,
El año pasado tenía una vivienda al 50% de la que era mi vivienda habitual. En octubre la compré al 100% y es mía al 100% y la tengo alquilada desde el 28 de noviembre al 31 de diciembre. Cuando intento poner en la declaración de, 50% hasta 28 de noviembre y del 29 en adelante ponerla como alquilada… la cosa es que me salta el error “el número de dias que ha reflejado para los distintos usos del inmueble es inferior a los días reflejados en su declaración… que hago? Hajajajaj
¡Hola Andrea! Tendrías que contactar con la Agencia Tributaria para ver cuál es el error, desde aquí sin todos los datos no podemos ayudarte. ¡Un saludo!
Tengo un piso en propiedad con mi mujer desde 2006, cada año hemos desgravado en la Renta la parte que hemos amortizado durante el año en curso.
En 2020 hemos vivido en el piso hasta el 31 de abril, y luego lo hemos alquilado y nosotros nos hemos ido de alquiler a otra casa. Cuando hago la Declaración de la Renta, me pide durante cuántos días ha sido mi vivienda habitual: introduzco 121. En la Casilla donde me pide el dinero amortizado en este ejercicio, pongo el total amortizado en el año. El sistema ya calcula la cantidad correspondiente a esos 121 que podría desgravar? O tengo que poner yo la cantidad relativa a este período? O tengo que poner 0 ya que solamente ha sido mi vivienda habitual durante 121 en 2020? Muchas gracias.
Entiendo que en caso de desgravar más dinero del permitido, Hacienda me reclamaria este dinero sin mucho incremento por penalización, no?
Muchas gracias
¡Buenas tardes Francesc! Para tu consulta lo mejor es que acudas a un asesor fiscal para que te ayude a hacer la declaración de la renta de la manera que te beneficie. ¡Un saludo!
Hola, mi madre tiene 72 años y vive en casa propiedad de mis hermanos y mía en Madrid desde hace varios años y en la que está empadronada.
Ella es propietaria de una vivienda en Castilla la Mancha que usa principalemente en Navidades y verano.
¿Tiene que tributar por esta vivienda?
Gracias
¡Buenas tardes Jesús! Una vivienda habitual no tributan, y se pueden deducir las cantidades satisfechas por la hipoteca si es una vivienda que se ha adquirido antes del 1 de enero de 2013. En el caso de tu madre, no se considera vivienda habitual ya que no vive de manera permanente en esa vivienda. ¡Un saludo!
¡Hola!
Heredé recientemente el resto de una casa en la que he estado viviendo en una Comunidad Autónoma. Recientemente me he trasladado y empadronado en casa de mis padres en otra Comunidad Autónoma.
¿Debo considerar la casa de mi propiedad segunda vivienda y tributar más por ello? ¿En cuál me conviene más estar empadronada a efectos de tributar menos?
Gracias
¡Buenos días María! Una vivienda se considera vivienda habitual cuando hayas vivido más de 3 años consecutivos y de manera permanente. Al vivir en otro lugar por tiempo prolongado, ya no se considera vivienda habitual. ¡Un saludo!
Buenos dias,
Compre un piso (hipoteca) con mi ex mujer en el 2007, en el 2010 me divorcie y ella se quedo con usufructo del mismo hasta que lo vendieramos, y yo vivia en una apartamento en el mismo edificio de unos tios, he venido declarado al 50% de propiedad y como vivienda habitual, pero en Mayo 2020 me cambie de ciudad por motivos de trabajo, desde mayo 2020 pago un alquiler por Transferencia bancaria y estoy enpadronado en otra ciudad. Para el ejercio fiscal 2020 cual es mi residencia habitual la antigua o en la que yo vivo actualmente?
¡Buenas tardes Alfonso! La mejor recomendación que podemos darte en tu caso especial es que acudas a un asesor fiscal para que pueda ayudarte a buscar la solución que mejor se adapte a ti. ¡Un saludo!
buenos dias:
tengo una casa de campo en la que vivo y estoy empadronado en ella hace 5 años, ahora lo voy a vender para reinvertir en otra vivienda habitual, y así no tener que pagar impuestos por ganancias de patrimonio, que lo va haber. La duda es que mi gestor me dice que el me lleva declarando estos ultimos años como vivienda habitual otro piso que yo tengo en el cual tengo una hipoteca, entonces ahora no sé si puedo o no puedo acogerme a tal exención.
gracias un saludo
¡Buenos días Ignacio! Al estar declarando otra vivienda como habitual no tendrás la opción a cambiar esta otra como vivienda habitual. Para considerarse vivienda habitual debes vivir en ella de manera permanente a lo largo de unos 3 años. Lo mejor será que consultes con tu asesor que opciones tienes para pagar menos impuestos por esta venta. ¡Un saludo!
Buenos días,
En mi caso viví en un piso de alquiler enero y febrero de 2020. En marzo me compré un piso y puse en la declaración como vivienda habitual todo el año este piso que me compré. Es necesario modificar algo o lo puedo dejar así? En ningún momento he tenido ningún desgraven ni ninguna ventaja tributaria. De hecho los pisos son en la misma ciudad.
Muchas gracias.
Un saludo
¡Hola Sergio! Si compraste el inmueble en marzo de 2020 y has vivido ahí desde entonces, se considera tu vivienda habitual. ¡Un saludo!
Hola, en octubre de 2020 nos compramos un piso con hipoteca y pagamos un itp del 5% ya que cumplíamos los requisitos. Este piso que hemos comprado es actualmente nuestra vivienda habitual, pero ahora queremos cambiarnos a un piso más grande, dado que no han pasado 3 años desde la compra no sabemos como lo tenemos que hacer para no pagar irpf, si es mejor
-alquilar este piso e irnos de alquiler al nuevo durante 3 años y dejar el empadronamiento en el nuestro?
En el caso que nos casasemos no nos podrían la multa por haber estado menos de 3 años? Aunque el piso esté a nombre de los dos?
Muchas gracias!
¡Buenos días Sara! La mejor recomendación que podemos darte es que consultes todas las opciones con un asesor financiero. Esta persona te podrá asesorar para saber que pasos debes dar para no pagar impuestos. ¡Un saludo!
Hola!
Vivo en Madrid de alquiler pero quiero comprarme una casa en Alicante. Para conseguir la hipoteca como vivienda habitual debería dejar el piso y mudarme ahí y vivir durante 12 meses? También hace falta que me empadrone y cambie mi domicilio fiscal?
Gracias
¡Buenas tardes Anna! En caso de que quieras conseguir la hipoteca de tu casa de Alicante como vivienda habitual deberías de trasladarte allí. Te recomendamos que te pongas en contacto con un asesor fiscal al que exponerle todo tu caso para que el pueda aconsejarte lo mejor para ti. ¡Un saludo!
Hola!
Compré mi única vivienda en 1998 y viví en ella hasta 2016 cuando, por proximidad a colegios,etc.., me fui a vivir de alquiler y alquilé dicha vivienda ( que declaro a Hacienda). Ahora estoy a punto de venderla para comprar otra, y mi gestor dice que no es vivienda habitual…¿ es esto cierto?
Gracias
Isabel
¡Hola Isabel! Sí, en el momento en que ya no resides de forma habitual, deja de considerarse tu vivienda habitual. ¡Un saludo!
Somos dos mayores de más dw 65 que llevamos más de 30 años en un piso que queremos vender
Desde septiembre 2020 estamos empadronados en la segunda residencia por tema médicos.
Podemos vender la anterior vivienda sin tributar IRPF…ya que aún no han pasado 3 años para considererase la actual ..vivienda habitual.
Gracias
¡Hola! En este caso, la primera vivienda que mencionáis ya no se consideraría vuestra vivienda habitual, por lo que solo estaríais exentos de tributar la ganancia de la venta si se reinvierte en una renta vitalicia en un plazo de 6 meses. ¡Un saludo!
Compro mi casa 20/12/2017 y la vendo el 16/12/2020 llevo viviendo allí y empadronada desde la primera semana porque no puedo en la declaración poner que es mi vivienda habitual me di en y quieren que pague 7500€ porfavor alguien que me ayude
¡Hola Tania! Lo mejor es que consultes con un asesor fiscal para que revise toda la documentación y te pueda aconsejar. ¡Un saludo!
Hola!
Estoy liada. Mi caso es:
Voy a vender un piso en el que he vivido más de 10 años (como vivienda habitual) , però los últimos 3 años li he tenido alquilado y yo no he vivido en ella.
Si ahora la vendo, los más de 10 años vividos allí siguem constando como vivienda habitual en su momento? Si tengo algún beneficio en la venta puedo evitar pagar los impuestos aunque los ultimos 3 años haya estado alquilada?
Gracias!
Buenos días, Elisabet. Se considera vivienda habitual aquella donde has residido durante 3 años durante un periodo de tiempo continuado. Por ello, debes tener en cuenta el tiempo que llevas viviendo allí para poder considerarla vivienda habitual aunque la alquiles. ¡Un saludo!
Hola,
Tengo 68 años y voy a empadronarme en mi segunda residencia, cuanto tiempo tengo que estar empadronada en ella para que hacienda considere que es mi residencia habitual y así no pagar IRPF a la hora de venderla?
Gracias.
¡Buenos días Miguel! Según el Ministerio de Hacienda se considera vivienda habitual cuando:
– constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
– sea habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.
Esperamos haberte aclarado tus dudas,
¡Un saludo!
En 2016 adquiri un apartamento en la costa para uso vacacional. Por aquel entonces vivia con mis padres.
En junio de 2020 me mude y me empadrone en ese apartamento con mi pareja ya que ella encontro trabajo en la zona y yo afortunadamente puedo teletrabajar.
En la declaracion de la renta de 2020, puedo indicar que esa es mi vivienda habitual? o tengo que esperar 12 meses para hacerlo?
Hola Daniel, exacto, tendrás que esperar 12 meses para que se considere tu vivienda habitual. ¡Un saludo!
Hola una pregunta mi padre poseía 2 inmuebles en uno vivimos mi madre yo y mi hermana por que se divorciaron hace tiempo y mi padre se fue al otro que tenía.
La cuestión es que mi padre vendió el piso que vivía y el que lo compró lo tiene como alquilado, la vivienda habitual de mi padre consta en la que vivimos nosotros. Aun que el no viva ya ahí por el echo de que se fue por separarse cuanta como vivienda habitual?
¡Buenos días, Raúl! Si tu padre ha vivido más de tres años en la vivienda que vivís actualmente vosotros, sí que se le considera como vivienda habitual, ya que en caso de divorcio se mantiene esta condición. ¡Un saludo!
Hola!
Luego de vivir 10 años de alquiler en una vivienda la acabo comprando.
Pero la vendo antes de que pasen 3 años de la fecha de la escritura.
Me compro una nueva. Tengo derecho a la deducción por reinversión en vivienda habitual?
EN RESUMEN: Ha sido mi vivienda habitual durante más de 3 años, PERO NO COMO PROPIETARIO.
Gracias
¡Hola Andres! Se considera vivienda habitual si han transcurrido 3 años desde la adquisición, pero, al ser un caso tan concreto, nuestra recomendación es que acudas a un asesor fiscal que pueda aconsejarte. ¡Un saludo!
Estoy empadronada en una comunidad autónoma (es la casa de mis padres) pero por trabajo vivo de alquiler en otra comunidad autónoma. En la declaración de la renta en el apartado de «comunidad autónoma de residencia habitual», ¿Tengo que poner la comunidad en la que estoy empadronada o en la que llevo viviendo un tiempo de alquiler? No tengo ninguna propiedad a mi nombre.
Hola Sofia, lo más recomendable es que te empadrones en la localidad en la que resides habitualmente para evitar problemas. ¡Un saludo!
Hola, he alquilado a unos inquilinos la que era mi vivienda habitual. Ahora ya no me puedo desgravar pero puede seguir siendo mi domicilio fiscal y vivienda habitual aunque perciba un alquiler y no me desgrave por ella?
¡Buenas tardes Carla! Se considera vivienda habitual aquella donde has residido durante 3 años durante un periodo de tiempo continuado. Por ello, debes tener en cuenta el tiempo que llevas viviendo allí para poder considerarla vivienda habitual aunque la alquiles. Si no llevas viviendo en el inmueble al menos 3 años no podrás considerarla vivienda habitual. ¡Un saludo!
Buenos dias,
vivo y trabajo en Alemania pero soy de Santiago. Debido a la actual situacion del teletrabajo que viene para quedarse estoy pensando en comprarme un piso en Santiago para pasar unos meses cada anho desde alli. Me empadronaria en esa casa. Se considera mi vivienda habitual ya que no tengo ninguna otra ni ninguna otra direccion en Espanha? Muchas gracias! Un saludo
La pregunta va enfocada a que en Galicia al ITP si es para vivienda de uso habitual se le aplica una reduccion. Muchas gracias!
¡Hola Lara! Para que se considere vivienda habitual, tienes que residir de forma continuada, así que no se consideraría tu vivienda habitual. ¡Un saludo!
Hola,
Me he comprado una casa el 30/08/19 y estoy empadronada en ella, todo lo qe se trata de documentación en el ayuntamiento, gobierno, médico etc… tengo la dirección de la casa. el caso es qe Me quiero alquiler un piso( convivira otra persona) irá a mi nombre pero yo seguire viviendo en mi casa, Que podría pasar ? Hacienda me puede reclamar ? Ya qe no estaré empadronada allá. Gracias
Hola Alejandra, Hacienda podría abrir una investigación si ve que tienes un contrato de alquiler a tu nombre y un inmueble declarado como vivienda habitual. Además, en el momento en que aparece tu nombre en el contrato, consta cómo que estás residiendo ahí y también podrías tener problemas con el propietario. ¡Un saludo!
Hola, estoy casada en separación de bienes y vivo en la vivienda que mi marido tenía antes de casarnos. Ahora quiero comprar una vivienda yo sola y pedir la hipoteca como vivienda habitual. Para poder desgravarme la vivienda me tendría que empadronar en ella? Mi marido también se tiene que empadronar en esa vivienda? El todavía se la desgravarme, podríamos desgravarnos cada uno nuestra vivienda? O como lo tendría que hacer?
Buenas tardes, Vanesa. Si llevas 3 años o más viviendo en el inmueble, no hace falta que estés empadronada para que se considere una vivienda habitual, por lo que en su venta sí que te daría derecho a desgravar. De todas maneras, te recomendamos que te pongas en contacto con un asesor fiscal para que pueda analizar mejor tu caso y darte la mejor solución. ¡Un saludo!
Buenas tardes,
Hemos comprado una vivienda en Noviembre de 2019, y estamos planteando venderla para comprar otra más grande, ya que por tema de teletrabajo la actual se nos queda un poco pequeña. Pero al llevar 1 año y 10 meses ahora mismo creemos que no se consideraría vivienda habitual a efectos de la exención correspondiente por reinversión de vivienda habitual. ¿O si podría darse el caso, a pesar de residir en ella menos de 3 años?
Un saludo, y gracias.
¡Buenas tardes Lorena! Así es, se considera una vivienda habitual aquella en la que se ha residido de manera continua durante 3 años, por lo que tu caso no se consideraría vivienda habitual. ¡Un saludo!
Hola
En 2009 me compré y comencé a vivir en una casa en un pueblo de toledo justo colindante con la comunidad de madrid. Cuando me quede embarazada hace 8 años me empadroné en madrid para tener más cerca el hospital (12 kilómetros) ya que el de toledo me pilla a más de 50 km he sido madre por Segunda y no he cambiado el empadronamiento y hacienda ahora me dice que justifique q es mi vivienda habitual. Mi marido si está empadronado en el pueblo de toledo desde el principio. Tengo muchos consumos a mi nombre (teléfono agua, gas, academias de mis hijos)de hecho me casé en este pueblo hace 3 años y tengo el certificado del juzgado de paz, tengo certificado de la comunidad de propietarios pero No puedo justificar el colegio de mis hijos porq les llevo a la localidad donde trabajo q también pertenece a madrid por compatibilizar horarios y cercanía de mi trabajo por si sucediera algo. También he sacado los extractos bancarios de las compras continuas al supermercado de Mercadona de mi barrio…
Creéis que podré justificarlo sin problemas con la documentación que dispongo???
Gracias
¡Buenas tardes! Para justificar que un inmueble es tu vivienda habitual, lo más habitual, es a través de tu padrón municipal o de la dirección del trabajo o del colegio de los hijos. En tu caso, puedes justificarlo a través de la domiciliación de los recibos de entidades públicas, luz, agua, etc. ¡Un saludo!
Buenos días, Estoy a punto de comprar una vivienda en Barcelona y quería pagar el 5% de ITP. por ser menor de 30 años. Por ahora no tenía pensado vivir en ella pero sé que una obligación es que se use de vivienda habitual. Mi pregunta es si con empadronarme en la casa y alquilarla ya vale para la administración como que es mi vivienda habitual aunque la tenga alquilada (como que vivo con los inclinos). En resumen, cómo la Administración va a saber si vivo o no en ella si me empadrono pero la tengo alquilada y alego que yo también vivo en ella con los inclinos. (El truco sería hacer un alquiler de habitación aunque disfruten de todo el piso? ). Gracias!!
Buenos días. Hacienda puede realizar una serie de investigaciones para comprobar que sea tu vivienda habitual, como ver dónde tienes domiciliados los recibos, correos, seguros, etc. ¡Un saludo!
Hola tengo 68 años, quiero vender un piso que tengo en Madrid capital, estuve viendo en él como vivienda habitual durante 10 años, ahora llevo viviendo en otra vivienda desde hace 20 años. Si vendo el piso de Madrid se considera vivienda habitual y no pagaría el IRPF ?. Muchas gracias.
¡Buenos días Guillermo! Si eres mayor de 65 años y vendes tu vivienda habitual estás exento de pagar el IRPF, en caso de que ya no residas allí y tu vivienda habitual sea otra sí que tendrás que pagarlo, ya que la vivienda que quieres vender se considerará segunda vivienda. ¡Un saludo!
Muchas gracias. La vivienda que quiero vender es la que tengo en Madrid, fue mi vivienda habitual desde 1981 hasta 1991. Desde el 1991 hasta ahora vivo en otra vivienda en la Comunidad de Madrid. Muchísimas gracias
¡Buenas tardes Guillermo! Si quieres vender tu segunda residencia tendrás que abonar los impuestos que Hacienda solicita por la venta de este tipo de viviendas. ¡Un saludo!
Buenos dias, esto viviendo en un piso de alquiler desde hace varios años. En la declaración de la renta me desgrava ya que lo tengo como vivienda habitual. Ahora tengo pensado alquilar otro piso en otra ciudad para ir de vez en cuando. ¿Tengo que declarar los dos alquileres en la declaracion? ¿Seguira desgravando el piso de vivienda habitual?
¡Buenos días Jose! Sí, podrás seguir desgravando el importe correspondiente por el alquiler de tu nueva vivienda y, como tú dices, declara ambos alquileres en la renta. ¡Un saludo!
Buenos días, he vendido mi vivienda habitual que adquirí hace 2 años y 7 meses. No han transcurrido 3 años, pero el motivo es que voy a hacerme una en autopromoción. Mi esposa ha dejado de trabajar y durante el 2020 percibe ayuda para mas de 50 años. Tengo que declarar la plusvalía?
Buenos días Julio. Sí, en el caso que hayas obtenido beneficios con la venta, deberás abonar el Impuesto de Plusvalía. ¡Un saludo!
Hola, hacienda nos pide un requerimiento para comprobar la vivienda habitual de mi marido y por los descendientes.Te expongo el caso: me casé en separación de bienes en 2012, siendo mi marido propietario de una casa con hipoteca y nos mudamos allí,a 40 km de la ciudad. Posteriormente en 2014 tuvimos un hijo y dándome cuenta que sin ayuda familiar por horarios de trabajo,nos era muy difícil compaginar ya que mis padres viven en la ciudad,compre un piso en 2015 con ahorros y un préstamo familiar al 0% y llegue a un acuerdo con mi marido ya que no se quería mudar a la ciudad y prefería vivir en el campo de que del 1 de junio al 30 de septiembre lo pasaríamos allí todos y el se iría el viernes al mediodía con los niños y volvería el lunes al mediodía para recogerlos del colegio,yo solamente iría el domingo ya que trabajo los demás días y me traería a los niños para ir al colegio el lunes (tuvimos otro hijo en 2017),con lo cual en las declaraciones de la renta, cada uno ponía su propiedad como vivienda habitual entendiendo que cada uno pasa más de 183 días al año en su propia vivienda, desgravando por la hipoteca el su vivienda y los niños al 50% ya que conviven con los dos. Tenemos cuentas separadas,cada uno paga sus gastos,tenemos cada uno su correspondencia,padrón,coche,…en un sitio y una cuenta común para los gastos de los niños que están empadronados en donde yo vivo. Ahora nos piden justificar todo e imagino que no valdrá explicarle la verdad….pregunto por si hay alguna solución posible o que posibles documentos aportar.Gracias
¡Buenos días Eli! Te recomendamos que consultes tu caso con un asesor fiscal, el cual pueda ayudarte con qué documentos escoger para demostrar ante hacienda cuál es la vivienda habitual de cada uno. ¡Un saludo!
Buenas tardes,quiero comprar otra vivienda pero ya tengo una en propiedad y estoy abonando una hipoteca.La pregunta es; a la hora de solicitar una nueva hipoteca, yo podría indicar al banco que voy a comprar una nueva vivienda habitual y así conseguir un % de financiacion mas elevado???
¡Buenos días José! El porcentaje de financiación puedes conseguirlo negociando con la entidad y teniendo un perfil económico solvente, estabilidad laborar y una buena cantidad de ahorros. ¡Un saludo!
Hola!! Tengo una vivienda en propiedad en Madrid que tiene hipoteca y derrama. La voy a alquilar por el mismo precio que yo tengo que pagar por ambas cosas. Me he mudado a otra casa en otra comunidad autónoma y estoy empadronada pero no tengo contrato de alquiler, pues es propiedad de mi pareja. Nunca me desgravé por mi vivienda puesto que la compré en enero de 2013… Cuánto tengo que pagar a Hacienda? Que porcentaje?. Gracias de antemano
¡Buenos días Amaia! Dependiendo del precio de compra de la vivienda tendrás que pagar un porcentaje u otro, por ello, lo mejor en informarse bien de la cantidad con un asesor fiscal que pueda revisar todos los detalles de tu caso. ¡Un saludo!
Buenas tardes, tengo una duda, mis padres se divorciaron hace unos años y ahora venden la vivienda familiar donde mi madre ha vivido siempre, ahora ella tiene 75 años, pero hace 8 meses mi mujer y yo compramos un pisito para que ella pudiera hacer su vida independiente y en noviembre pasado la empadrone allí para que así le llegaran las cartas. Se que la gente mayor de 65 años esta exenta si vende su vivienda habitual, y aquella lo era, lo que me hace dudar es a ver si hacienda puede poner pegas al estar empadronada desde hace 4 meses en otro piso. Gracias y perdón por la parrafada.
¡Buenas tardes Gabriel! Para poder estar el exenta de pagar los impuestos por la venta de la vivienda habitual debe de estar empadronada allí, por lo que esto que nos comentas puede ser un impedimento para ella. Aún así, te recomendamos que contactes con un asesor fiscal para que pueda indicarte lo que puedes hacer para que tu madre pueda ahorrarse el pago de los impuestos. ¡Un saludo!
Tengo una pregunta, mi ex pareja y yo compramos una casa hace 21 años y yo he vivido, he estado siempre empadronada aquí y he mantenido siempre hecho mejoras y ella nunca ha vivido conmigo en esta casa, sinó en su casa con su hija y a parte de tener 4 propiedades más (no estamos casadas). Siempre me había dicho que esta era mi casa y siempre decía que pondria su mitad a mi nombre. Ahora después de 21 años, quiere su mitad. En estos 21 años ha venido con su hija y a veces con su madre, los fines de semana y ahora, todo y o ser su casa, ni ha tenido nunca el médico de este pueblo. Me ha dejado y quiere traer asu familia igual y no dice nada de ponerla a mi nombre. Yo personalmente me he ocupado de todas sus propiedades de hacer onras y mejoras y además su patrimonio gracias a esto se a duplicado al 200%. Las cuentas que teniamos conjuntas, las va vaciando y además quiere venir a esta mi casa habitual, con su hija ya de 24 años, madre, hermano, siempre que quiera y es mi casa en la que vivo sola desde que empezamos. ¿Que puedo hacer? No encuentro justo que solo se ha acabado el amor por ella preferir vivir en su casa, con su hija y madre y hermanos arriba. ¿Puede hacerlo? Teniendo 1 casa alquilada, 1 apartamento en la playa que yo reformé, su vivienda de siempre y heredado en vida la de su madre?
Estoy desesperada.
¡Buenos días Cinta! Al tratarse de un caso tan complicado, lo mejor sería contactar no solo con un asesor fiscal que pueda darte un asesoramiento en términos de viviendas, también sería conveniente ponerse en contacto con un abogado especialista en la materia. ¡Un saludo!
Buenos días! Mi padre tiene 78 años y tenía 4 casas, tres de ellas las ha dado en donación a cada uno de sus hijos, en una de las que ha donado estaba empadronado y era su vivienda habitual. Lleva viviendo en esta última solo 1 mes y le ha llegado una oferta de compra por ella. Querría saber si se le consideraría vivienda habitual si la vende?, ya que es la única casa que le queda aunque solo lleve un mes viviendo en ella. Muchas gracias!
¡Buenos días Juanjo! Si vende la casa a uno de sus hijos y aún así sigue residiendo allí, sí que se consideraría vivienda habitual. ¡Un saludo!
Buenas tardes, Primero de todo, gracias de antemano por su atención.
Mi duda surge del siguiente caso: compro una vivienda en noviembre de 2021, pero no vivimos en ella porque se tiene que reformar. Nosotros seguimos viviendo en un piso de alquiler desde hace 8 años mientras se esté reformando.
Qué tipo de implicación a nivel fiscal supone para la renta 2021?
Gracias de nuevo. Saludos cordiales.
¡Buenos días Tomás! Puedes obtener bonificaciones fiscales a causa de la reforma que estás haciendo en tu vivienda si estas modifican los sistemas de calefacción y refrigeración. ¡Un saludo!
Buenos días,
Me gustaría que me aclarareis el siguiente tema:
En Noviembre de 2021 hemos comprado una vivienda y hasta entonces hemos estado viviendo de alquiler en otra. A la hora de realizar la declaración de la renta, ¿Cuál sería la vivienda habitual?
¿Cuál sería el domicilio que debemos indicar en la declaración? ¿Nos podremos deducir la parte autonómica correspondiente al alquiler?
Muchísimas gracias!!!
Un saludo.
¡Buenos días Álvaro! En este caso, tu residencia habitual sería la vivienda de alquiler. Te recomendamos que esto mismo lo consultes con un asesor fiscal, ya que para Hacienda una vivienda habitual es aquella en la que un contribuyente lleva viviendo al menos 3 años de manera contínua y que se ubica en la localidad en la cual este está empadronado. Por lo que respecta a la deducción del alquiler en el IRPF, solo podrán hacerlo aquellos alquileres a nivel estatal que no superen un determinado nivel de ingresos y aquellos cuyo contrato se firmó antes del 1 de enero de 2017. ¡Un saludo!
Hola, en julio de 2019 por trabajo me trasladé a otra ciudad de alquiler, no comunique ni hice el cambio de vivienda habital ni domicilio fiscal lo deje todo tal cual. En septiembre de 2021 vendí mi vivienda, ahora al hacer la declaración me dicen que la venta no computa como mi vivienda habitual y me sale bastante a pagar. Eso es así?, a pesar de seguir siendo mi domicilio fiscal aún. También me dicen que han pasado más de dos años desde que me fui de mi piso y se realizó la venta.
Saludos
¡Buenos días Ángel! Las viviendas habituales, según Hacienda, son aquellos domicilios en los que un contribuyente reside de manera continuada durante un periodo mínimo de 3 años y los cuales se ubican en la localidad en la que el titular del inmueble está empadronado, si cumpliste estos requisitos tu domicilio tendria que ser considerado vivienda habitual. Aunque, por lo que comentas el plazo estipulado sí que lo excediste. ¡Un saludo!
Hola, compré mi 1ª vivienda con mi pareja y pagamos un ITP reducido del 5% cumpliendo condiciones.
Ahora (llevamos 2 años desde la compra) nos planteamos el alquiler de algunas habitaciones de la vivienda (pero nosotros seguiremos viviendo aquí).
Nuestra duda es: al no haber cumplido 3 años; se sigue considerando vivienda habitual aunque alquilemos habitaciones? ¿Cómo se demuestra ante hacienda para que se siga considerando vivienda habitual (con el ITP reducido) y no nos llegue una reclamación? Gracias!
¡Buenas tardes Pep! Un domicilio es considerado vivienda habitual siempre que el titular esté empadronado en la localidad en la que se ubica esta y el mismo titular lleve viviendo en esa residencia durante tres años de manera ininterrumpida. Por ello, podéis demostrarlo si cumplís con estos requisitos. ¡Un saludo!
Hola, acabo de rescindir el contrato de alquiler de mi vivienda habitual del que quedaban dos años y medio por cumplirse los cinco a los que estaba sujeto por asignar mí piso como vivienda permanente (así lo estipula el contrato) a mi madre que esta jubilada y tiene 80% de invalidez, si quisiera vender el piso en qué casos podría hacerlo? Gracias.
Hola, Víctor. Si hemos entendido bien, te refieres a que has rescindido el contrato de alquiler de una vivienda de tu propiedad que tenías alquilada a un tercero, alegando que es para un familiar en primer grado de consanguinidad. En ese caso, la ley dicta que tu madre tiene tres meses para mudarse y ocupar efectivamente el inmueble. De no hacerlo, el antiguo inquilino tiene un mes para solicitar volver a la vivienda en alquiler por cinco años más con una indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación, o bien ser indemnizado por una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que quedara por cumplir hasta completar cinco años.
Buenas tardes tengo una pregunta si es posible agradecido por la respuesta. He comprado una vivienda el día 30 de enero del 2024 .declarando su uso
Como habitual.,i también al. Adquirir la vivienda di de l alta de luz y agua a mí nombre . Es la primera vivienda comprada. Yo estoy toda mi vida empadronado en la casa mis padres.Mi pregunta puedo seguir empadronado en la casa mis padres o tengo que empadronarme en la vivienda que compre. ¿Tengo alguna desventaja si sigo empadronado en la casa mís padres o eso no me afecta ? . No conseguí ninguna bonificación al adquirir mi vivienda
Hola, Ramón. Lo común es empadronarse en la vivienda en la que uno reside. Por lo que comentas, no vemos ningún motivo por el cual debas seguir empadronado en casa de tus padres.