Hay momentos en los que nuestros bolsillos piden liquidez. Imagínate que tienes una buenísima ocasión de vender pero tu inmueble está alquilado y te planteas vender un piso con inquilino dentro. Housfy dispone de las herramientas para que puedas vender tu piso en 60 días y a un mejor precio, gracias al equipo de profesionales que te asesoran con todos los trámites. En este artículo, analizamos los casos de venta de pisos con inquilinos en Barcelona de renta antigua, para esclarecer todas tus dudas.
Pasos para la venta de un piso con inquilinos de renta antigua
Es posible vender una vivienda en Barcelona que está alquilada con un contrato de renta antigua. De hecho, es algo más común de lo que imaginas. Son muchos los propietarios que quieren librarse de tales inmuebles y hay inversores que están dispuestos a tomarlos a sabiendas de su condición, por sus tentadores beneficios a largo plazo.
1. Calcula el precio de venta con renta antigua
A la hora de calcular el valor de un piso de renta antigua, hay que tener en cuenta lo que dice la Sentencia 464/2010 del Tribunal Supremo: el piso debe venderse al precio de capitalización al 4,5 % de la renta anual que paga el inquilino. Eso es, si el inquilino de renta antigua nos paga 300 €, habrá que seguir la siguiente fórmula: 3.600 € anuales / 4,5 x 100. El precio de este piso será de 80.000 €.
De no ser así, el inquilino tiene derecho a impugnar la venta del piso a un tercero durante 60 días posteriores a la notificación, según el artículo 53 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1964.
2. Derecho de tanteo y retracto
Como en cualquier compraventa de piso con inquilino dentro, el arrendatario se reserva el derecho preferente sobre la venta del inmueble. En el caso de inquilinos de renta antigua, el procedimiento es el siguiente:
- Derecho de tanteo. El propietario debe comunicar al inquilino su propósito de vender el piso, detallando el precio de venta, sus condiciones y la información sobre el posible comprador. A partir de aquí, el inquilino de renta antigua tiene un plazo de 60 días para ejecutar la compra de la vivienda, si así lo desea.
- Derecho de retracto. En el caso de que el casero no ofrezca al inquilino el derecho de tanteo, es el nuevo comprador el que tiene la obligación de notificar de manera fehaciente sobre las circunstancias y entregar una copia de la escritura de compraventa al arrendatario. El inquilino tiene entonces 30 días para ejercer el derecho preferente de compra, desde que conoce la situación. Si el inquilino se entera por otro medios, los 30 días empiezan a contar desde que este tiene constancia de la situación.
Al acabar el plazo de tanteo y retracto, si el inquilino no ha comprado el piso, el propietario tiene total libertad para seguir adelante con la compraventa, siempre que lo haga, te recordamos, al precio de capitalización.
Cómo recuperar un piso de renta antigua
Los contratos de renta antigua no acaban hasta la defunción del arrendatario. Más allá del fallecimiento de los inquilinos de renta antigua, existe la subrogación, con la que el cónyuge, los hijos, ascendientes o otros familiares pueden heredar el contrato de alquiler de renta antigua.
Según la LAU de 1964, el artículo 62 define varios casos de excepción a la prórroga. Estos son los más comunes:
- El propietario precisa el inmueble como vivienda habitual para sí mismo o familiares de primer grado de consanguinidad.
- El inquilino de renta antigua no vive en el piso durante 6 meses y no la necesita para atender a sus necesidades. Por ejemplo, cuando el inquilino haya sido trasladado a una residencia geriátrica.
En todo caso, para que la subrogación pueda darse a cabo, los familiares del inquilino deben acreditar haber vivido habitualmente en la vivienda durante cierto tiempo, dependiendo del grado de consanguinidad:
- No se exige plazo al cónyuge o pareja de hecho.
- Los hijos o los ascendientes directos deben haber vivido habitualmente en la vivienda durante los dos años previos a la subrogación.
- Los hermanos deben haber convivido durante cinco años previos.
Solo puede haber dos subrogaciones del contrato de alquiler de renta antigua.
Vende tu piso con inquilinos de renta antigua en Barcelona
Existen ecosistemas de servicios inmobiliarios y del hogar que pueden ayudarte con la venta de pisos con inquilinos en Barcelona de renta antigua. Este es el caso de Housfy, donde ponemos a tu disposición todo nuestro apoyo y habilidades para que no pases nada por alto y que vender un piso con inquilino sea de lo más sencillo para ti. ¡No esperes más!
Hola que tal, soy propietario de un inmueble (Casa+ solar) alquilado bajo la modalidad de renta antigua, el actual inquilino se subrogó el contrato de la arrendataria original, el Inmueble esta situado en Santa Cruz de Tenerife, el solar tiene 151 M2 y la vivienda aprox 90 M2. NO TENEMOS RECURSOS ECONOMICOS para contratar un abogado y entablar un Juicio, por lo que queríamos ver la posibilidad de Ofrecer en venta a un inversionista el inmueble con el inquilino dentro (cumpliendo claro esta todos los parámetros legales), Entendemos que no podemos pedir el precio de Mercado, pero si podemos llegar a algún acuerdo balanceado donde las partes salgamos ganando.
Ustedes tienen ese inversionista ?
Hagamos negocio
Buenos días, José Luis. Ponte en contacto con nuestro departamento de inversiones para que un asesor patrimonial estudie tu caso. Puedes hacerlo a través de este enlace.
¡Quedamos a tu disposición! 🙂