Si has vendido tu piso durante el período de 2023, deberás declarar las ganancias patrimoniales en la campaña de la declaración de la renta de 2024, a partir del 3 de abril. Te explicamos cómo hacerlo paso a paso con la calculadora del IRPF para la venta de vivienda en 2024.
Calculadora IRPF venta vivienda en 2024: ¿qué tengo que calcular?
Para poder calcular el IRPF, necesitarás tener algunos datos previos como el valor de transmisión o el valor de adquisición, entre otros.
Valor de adquisición
Necesitarás conocer el precio por el que compraste el inmueble. En el valor de adquisición podrás añadir los gastos de reformas u obras del inmueble y gastos de la compraventa:
- Comisiones de la inmobiliaria.
- Gastos de la hipoteca.
- Notaría y gestoría.
- Impuestos de compra.
Valor de transmisión
Se trata del precio por el que hemos vendido nuestra vivienda, restando los gastos asociados como impuestos o las comisiones de la agencia.
Calcula la ganancia patrimonial de la venta
Tras conocer el valor de transmisión y de adquisición, tendrás que hacer la resta y ver si has obtenido ganancias o pérdidas. Si es el primer caso, puedes pasar al siguiente apartado para ver cómo calcular el IRPF. Si has obtenido pérdidas, estarás exento de pagarlo.
Calculadora del IRPF en la venta de una vivienda: hacer el cálculo
Ahora que ya conoces cuál es la ganancia patrimonial, veamos cuánto tendrás que pagar de IRPF. Estas son los tramos impositivos que se aplican en 2024 según tu beneficio:
- Los beneficios hasta 6.000 € tributarán un 19 % de IRPF.
- Las ganancias entre 6.000 y 50.000 € tendrán un impuesto del 21 %.
- Entre 50.000 y 200.000 €, tendrás que pagar un IRPF del 23 %.
- Entre 200.000 € y 300.000 €, el impuesto será del 27 %.
- A partir de los 300.000 €, se aplicará un 28 %.
Recuerda que estos tipos son progresivos, es decir, que se aplican por tramos. Si tu ganancia es de 10.000 €, por ejemplo, deberás pagar un 19 % sobre los primeros 6.000 € y un 21 % sobre los 4.000 € restantes.
¿Es obligatorio pagar el IRPF?
Puede que estés de suerte y no tengas que pagar el IRPF, pues hay algunas excepciones que te pueden exentar de ello:
- Ser mayor de 65 años, al vender la residencia habitual.
- Ser mayor de 65 años y vender la segunda residencia, pero el dinero tendrá que destinarse a una renta vitalicia con un límite de 240.000 € durante los siguientes 6 meses.
- Vender el inmueble y comprar otro, siempre que ambos sean vivienda habitual. Así, se aplicará una exención del IRPF por reinversión en vivienda habitual.
- Dación de pago para saldar un préstamo hipotecario.
- Si no existe ganancia patrimonial y, por el contrario, la venta ha supuesto una pérdida.
Calculadora IRPF venta vivienda: estas son las deducciones de IRPF que puedes hacer por obras en tu vivienda habitual
Todos aquellos contribuyentes que durante el ejercicio anterior hayan realizado obras de mejora de la eficiencia energética en sus residencias habituales podrán deducir un 20 %, un 40 % y un 60 % en el IRPF de 2024. Cada uno de estos porcentajes corresponderá a las siguientes mejoras que se hayan hecho en la vivienda.
Deducción por obras para el ahorro en la calefacción y refrigeración en 2024
Si se realizaron obras en la residencia habitual para obtener un ahorro en la calefacción o la refrigeración del 7 %, el contribuyente podrá obtener una deducción del 20 %.
Se aplicará en las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024 con un máximo de 5.000 €.
En este caso el titular de la vivienda tendrá que aportar un certificado que acredite el ahorro obtenido antes de realizar las obras y una vez finalizadas estas.
Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primara no renobable en 2024
Hay otra deducción para los contribuyentes que efectúen obras para disminuir un mínimo del 30 % en los indicadores de energías primarias no renovables o bien si consiguen una clase A o B en el certificado energético.
El porcentaje de deducción es el 40%. Se aplicará a aquellas viviendas cuyas obras se hayan realizado entre el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024 con un máximo de 7.500 €.
Deducción por obras de rehabilitación energética en 2024
La máxima deducción, un 60 %, se la llevarán aquellos edificios que aumenten su eficiencia energética en el inmueble por completo, sobre todo si estos son de uso residencial.
¿Qué entiende Hacienda por vivienda habitual?
Una vivienda habitual, según la Administración, es aquella residencia en la que su titular ha vivido de manera continua durante al menos 3 años. Además, deberá estar empadronado en el municipio en el que se encuentra el inmueble.
En el caso de reinversión en vivienda habitual, la nueva vivienda no puede alquilarse ni venderse durante los próximos 3 años.
Vende tu piso con Housfy y déjate asesorar sobre todo el proceso de venta
Si te estás informando porque pretendes vender tu inmueble próximamente, no deberás declarar las ganancias hasta la declaración de la renta del 2025.
Es importante contar con expertos en el sector que puedan ayudarte. En Housfy, disponemos de un gran equipo de profesionales que pueden ayudarte con todo el proceso de venta. Además, si estás interesado en reinvertir el dinero en un nuevo inmueble podemos ayudarte a buscarlo e incluso a conseguir financiación.
EN 2010 COMPRÉ UN PISO (VIVIENDA HABITUAL) Y AHORA QUIERO VENDERLO. EL PRECIO DE COMPRA FUE (IMPUESTOS INCLUIDOS) DE 513.000 Y LO VENDO POR 505.000. VOY A COMPRAR OTRA CASA QUE CUESTA UNOS 400.000 EUROS (MENOS QUE LA PRIMERA, PERO NECESITA REFORMA INTEGRAL). COMO TENGO HIPOTECA DE LA PRIMERA CASA Y ME QUEDAN POR PAGAR 218.000 EUROS , LO QUE TENDRÍA QUE INVERTIR SERÍAN UNOS 287.000 EUROS, PERO EL TEMA ES QUE NECESITO DINERO PARA LA REFORMA DE LA SEGUNDA Y SÓLO VOY A INVERTIR EN LA PRIMERA UNA PARTE Y ME VOLVERÉ A HIPOTECAR. MI DUDA ES SI DE ESOS 287.000 EUROS SÓLO INVIERTO EN LA CASA NUEVA 200.000 EUROS Y EL RESTO ME HIPOTECO, TENGO QUE PAGAR IRPF O SÓLO SE MIRA QUE VENDO, PAGO LA HIPOTECA Y EL RESTO ES UNA CANTIDAD MENOR QUE LA QUE CUESTA LA NUEVA CASA?
¡Hola Marsan! Lo mejor es que acudas a un asesor fiscal para que pueda aconsejarte correctamente sobre tu caso, teniendo en cuenta todas las particularidades. ¡Un saludo!
Yo creo que en este caso no tendrías que pagar IRPF debido a que has vendido por debajo del valor de compra, aunque hayan pasado años su valor de compra continua siendo 513.000 si vendes por 505.000 no estas ganando dinero sino perdiendo con respecto a como compraste, el dinero que has pagado durante todos estos años no es ganancia.
Hola Marsan, mi madre tiene 67 años y va a vender una casa en Valencia ( primera vivienda) para comprar otra en Madrid que también sería vivienda habitual, al tener más de 65 años, estaría exenta de pagar algún impuesto?
Buenos días, Angela. Sí, estará exenta de declarar la ganancia patrimonial derivada de la venta, por lo que no deberá pagar el IRPF. ¡Un saludo!
hola.
mi marido junto a sus seis hermanos ( todos jubilados) vendieron en diciembre del 2020 una casa heredada por sus padres. en la venta hubo perdidas por ser una casa inhavitable por su deterioro. Si cada hermano recibió 11.000€ … deben declarar ese dinero en el IRPF ? gracias
¡Hola Maria! Si no ha habido una ganancia patrimonial, porque se ha vendido por menos de lo que se compró, estarán exentos de pagar el IRPF. ¡Un saludo!
Buenas tardes.
Vendimos un piso heredado en Barcelona en septiembre del 2020.
Mi madre falleció el 21/08/2003 y mi padre el 06/09/2016.
En el impreso de sucesiones y donaciones 660 figura una cantidad en el » valor total del bien» y en «el valor de participación» el 50% menos.
Es una de esas valoraciones la que tengo que introducir como importe de la transmisión( venta ) para la declaración de la renta?
Un saludo.
Muchas gracias.
¡Hola Andrés! Para hacer la declaración de la renta, nuestra recomendación es que acudas a un asesor fiscal para que pueda aconsejarte conociendo todos los datos. ¡Un saludo!
Hola si compré la casa por 382.000€ y la vendo después de 16 años por 365000€ cuánto debo de pagar de IRPF ahora estamos de alquiler en otro lugar.
Gracias
¡Buenos días Manuel! En tu caso lo mejor sería que contactaras con un asesor financiero que pudiera consultarte algunos datos y así hacerte el cálculo del IRPF. ¡Un saludo!
HOLA COMPRE EN EL AÑO 2000 POR VALOR DE 75000 Y LO VENDO AHORA POR 215000. EL DINERO IRA DESTINADO A UNA HIPOTECA DE MI VIVIENDA HABITUAL, Q TIENE MAS DE 5 AÑOS. Q CANTIDAD DE IRPF TENDRIA Q PAGAR?
¡Buenas tardes Juan! Te recomendamos que te pongas en contacto con un asesor hipotecario para que estudie tu caso y te indique cual es la cantidad de IRPF que deberás abonar. ¡Un saludo!
Mi marido y sus hermanos han venido un piso de herencia de sus padres. El valor de compra está reflejado en pesetas pues hace más de 40 años que se compro. Que valor debo tener en cuenta para la declaración este o el valor que tienen en Catastro?
¡Buenas tardes! Para hacer la declaración de la renta de un piso heredado se tiene que declarar como ganancia patrimonial teniendo en cuenta el valor catastral. ¡Un saludo!
Hola… Una duda. Sobre el IRPF vendi mi casa comprada en 1990, pero aun me quedaban 68000 euros por pagar y que liquidé con el dinero de la venta. Estos 68000 euros, seràn descontados del computo, no?
¡Buenos días Antoni! Si vendiste la casa y aún quedaba un importe por pagar de la hipoteca, ese importe se descontará de la cantidad que percibirás una vez vendas el inmueble. ¡Un saludo!
Si vendo una casa por 105.000 cuanto tengo que pagar?? Plusvalía ya nose paga no solo seria IRPF??
De notaria tendría que pagar algo??
Buenos días. El Impuesto de Plusvalía sí que se deberá abonar en el caso de que hayas obtenido ganancias por la venta. Te recomendamos que te pongas en contacto con un gestor para que estudie bien tu caso y te pueda dar el mejor asesoramiento. ¡Un saludo!
Hola.
Compré un piso en el año 1979 por unos 18.000 € de ahora.
Lo vendo por 130.000€.Que porcentaje se me aplicará de IRPF ?
Gracias.
Buenos días, Margarita. Como la ganancia está entre 50.000€ y 200.000€, tendrás que pagar los tres primeros tramos de gravámenes: 19% para los 6.000€, un 21% para los siguientes 44.000€ y un 23% para los 80.000€ restantes. ¡Un saludo!
Mi pregunta es acerca del periodo para reinvertir la ganancia patrimonial. En mi caso tras divorciarme, adquirí una vivienda, que es mi vivienda habitual, en agosto de 2019 y para ello hipotequé esta vivienda; para mediados de diciembre de este año 2021 venderé la «vivienda conyugal», que fue adquirida en enero del año 2000. El periodo de dos años se contabiliza de fecha a fecha (en este caso me pasaría 4 meses) o por años fiscales (y estaría en plazo de exención?). No sé si podré estar exento del pago del IRPF. Además, ¿cómo consignaría que sólo tengo el 50% de la vivienda adquirida en el 2000? Gracias
Buenos días, Manuel. En tu caso te recomendamos que te pongas en contacto con un gestor para que pueda analizar bien tu caso y darte una mejor solución. ¡Un saludo!
caso: compramos la vivineda hace 2 años por 91000 pagamos 9000 de impuestos. asi que asumo que el gasto de compra total es de 100000. hemos cambiado una ventana por 1200 y hecho reforma ennel baño por 700= 101200. esperamos vender la casa por 110000.entiendo que deberenos pagar el irpf por no haber vivido 3 años por el beneficio de esa resta? 19% de 8800????
aunque el importe que nos quede de pagar de hipoteca sea menor?
gracias. serian 1600 €.
es una faena pero por esa diferencua si me plnateo hacer unncambio de vivienda .gracias
¡Buenas tardes Alba! Lo mejor en tu caso sería que lo consultaras con un asesor fiscal para que pueda revisar los cálculos que nos indicas y pueda confirmarte si el cambio de vivienda te beneficia. ¡Un saludo!
MI HERMANO COMPRA UNA CASA QUE ES DE MI MADRE POR 240.000€. CUANTO DEBERÁ PAGAR MI MADRE A HACIENDA POR EL DINERO RECIBIDO??
Buenos días, Gloria. En el caso de que haya obtenido ganancias con la venta, deberá abonar un porcentaje que dependerá de la cantidad de dinero que haya obtenido de beneficio. ¡Un saludo!
Hola quiero vender una casa .pero yo debo aun 187.000€ y me valió 240.000€ si la vendo por 300.000€ cuánto tengo que pagar a Hacienda
¡Buenas tardes Juan! Lo mejor en estos casos es contactar con un asesor financiero al que le puedas explicar todos los detalles sobre tu propiedad y te indique el importe exacto que tendrás que pagar por la venta del inmueble. ¡Un saludo!
Buenas tardes:
Acabamos de firmar la hipoteca de mi piso en el que llevamos 4 años empadronados y siendo nuestra vivienda habitual.Mi intencion es venderla y las ganancias invertirlas totalmente en un piso de obra nueva.
Estariamos exentos del irpf?
Muchas gracias.Un saludo
Buenas tardes, Carlos. Sí, estaréis exentos en el caso de que la nueva vivienda también sea vivienda habitual. ¡Un saludo!
Buenos días
Mi hermano y yo heredamos dos propiedades que hemos vendido, Una por 60000€ y otra por 142000€. ¿ Cuanto vamos a tener que pagar a la hora de hacer la declaración de la renta ? ¿ Que pagos de la venta podemos desgravarnos ? ¿ Si hago reforma en mi vivienda habitual se puede desgravar en la renta ?
Muchas gracias
Buenas tardes, Cristina. Para saber cuanto tenéis que pagar en concepto de IRPF, necesitaríamos saber el beneficio que habéis obtenido de la venta respecto al precio al que adquiristeis la vivienda. En el caso de que uno de los inmuebles haya sido vivienda habitual, podrías desgravarte esa ganancia si la reinviertes en la reforma de la nueva vivienda habitual. ¡Un saludo!
Hola, segun leo aqui si vendes una vivienda NO habitual y obtienes una ganancia patrimonial (la vendes mas cara que la compraste) y reinviertes esta ganancia en la compra de otra vivienda NO habitual entonces no hay que pagar IRPF por estar exenta por reinversion en vivienda…
Yo creo que esto no es asi, solo se puede no pagar IRPF si se vende la vivienda habitual y se reinvierte en otra vivienda habitual la ganancia.
Me lo podrian aclarar por favor?
¡Buenos días Óscar! Así es, solo se está exento de pagar el IRPF en caso de que la venta y la reinversión sean ambas de la vivienda habitual. ¡Un saludo!
buenos días
voy a recibir una indemnización por parte de la administración pública por mi vivienda habitual, ya que la tienen que derribar debido a un daño causado por la mala praxis de la misma.
mi pregunta es la siguiente, yo compré la vivienda por 145.000 euros, a lo que para el cálculo de la ganancia patrimonial, habría que sumarle los impuestos de compra y de constitución de hipoteca. Luego minorarle lo que me he desgravado por ser compra anterior al 2011.
mi pregunta en concreto es, me voy a comprar una casa, probablemente antes de que me indemnicen pero se prevé que esa indemnización llegue antes de los 2 años marcados por ley para la exención del impuesto, pero la casa que me va a generar la indemnización es de mi propiedad al 100% y me voy a meter en una casa con mi pareja al 50%, es relevante los porcentajes para que se tenga en cuenta que es reinversión? y en el caso de que lo tengan en cuenta:
nos vamos a casar, si la compramos después de casados y en régimen de gananciales ya ese porcentaje no afectaría no? y la considerarían reiversión total
La compra de una caldera nueva y 2 equipos de aire condicionado entrarian como «gastos de reformas u obras del inmueble» ?
Buenos días Miguel. Se considerarán gastos de reformas u obras del inmueble siempre y cuando contribuyan a la mejora de la eficiencia energética, higiene, salud, protección del medio ambiente en edificios y viviendas y a la utilización de energías renovables. De todas formas, puedes consultarlo en la página web de la Agencia Tributaria. ¡Un saludo!
Buenos días.
Mi pregunta es, tengo un local con hipoteca si lo vendo que es lo que tengo que declarar en hacienda la venta total o solo las ganancias después de pagar hipoteca.
¡Buenas tardes Bea! Deberás declarar ambas en el IRPF. ¡Un saludo!
Buenas tardes,
compré una vivienda (habitual) en 2004 por 170.000€, y el pasado año la vendí por 200.000€. Actialmente tenía la hipoteca pendiente de esa casa por 75.000€. Hacienda que beneficio tiene en cuenta, el de la diferencia precio de adquisición y venta (en este caso 30.000 menos los gastos correspondientes) o el beneficio actual? (ya que gran parte de la hipooteca estaba abonada). Parte del beneficio obtenido lo ha invertido en vivienda habitual (unos 80.000). Debería de pagar algo a hacienda?.Gracias
¡Buenas tardes! Hacienda cobra un importe diferente en función de cuál sea el importe de la ganancia. Sobre los primeros 6.000 euros se aplica un IRPF del 19%. En tu caso, si el beneficio es de 30.000 euros, Hacienda indica que entre los 6.000 y 50.000 euros, el IRPF asciende al 21%. En caso de que hayas reinvertido el importe total en la compra de tu nueva vivienda habitual, quedas exento de pagar los impuestos por venta vivienda.¡Un saludo!
Buenos días en el Calculo del IRPF se quita la hipoteca que queda a pagar ?
Compramos la casa 310K vendemos a 700000 con 60000 de obras y queda 260K de hipoteca. Si me podes ayudar, gracias!
¡Buenos días! Puedes desgravar la cantidad de hipoteca que hayas pagado durante el año, pudiendo deducir hasta un 15% de una cantidad máxima de 9.040 euros. ¡Un saludo!
Hola, tengo una duda por si son tan amables de asesorar, una vivienda vieja propiedad de mi padre pero al comprarla hace 40 años puso a mi hermano como titular de la misma, ahora decidimos poner las cosas en regla y esa vivienda como en realidad era de mi padre pues entre mi hermano y yo decidimos que esté a mi nombre, escrituramos por 14000 € y pagamos el 8 % pero la Junta de Castilla y León nos mando escrito que esta valorada en 17800 € y pagamos la diferencia, pagamos notario, registro pero esa cantidad de la escritura fue simbólica porque mi hermano no recibió nada a cambio solo fue una forma de ponerlo a mi nombre, el tendría que pagar IRPF si no recibió nada aunque la escritura ponga 14000 € ? Gracias
¡Buenas tardes Luís! Así es, tendría que abonar este impuesto tras el cambio de nombre. Aún así, te recomendamos que consultes también con un asesor fiscal al que le puedas comentar toda tu situación. ¡Un saludo!
Buenos días! Estoy pensando en vender un piso heredado de mis abuelos y estoy intentando calcular cuánto me saldrá a pagar en el IRPF. En mi caso no es vivienda habitual ya que está en otra provincia donde no vivo. Me está costando calcular el precio de adquisición ya que primero se murió mi abuelo en 1993 (ahí yo heredé la nuda propiedad de la mitad de la vivienda) y luego mi abuela en 2010, cuando heredé el usufructo de esa mitad + el otro 50% del pleno dominio. ¿Entiendo que el valor de adquisición es la suma de cada uno de estos tres conceptos? Gracias.
¡Buenos días Ernesto! El coste de adquisición se calcula dividiendo el Índice de inflación de costes del año de venta de la vivienda y el Índice de inflación de costes del año de adquisición de la misma. ¡Un saludo!
Hola buenas, adqurí una vivienda por 80.000€ y la voy a vender en 180.000, habría un beneficio de 100.000 pero voy a reinvertir en una vivienda de 130.000, estaría exento de pagar IRPF o tendría que reinvertir los 180.000 para estar exento, y en ese caso se tributaría por 100.000 o se descontaria algo al reinverir 130.000?
Un saludo
¡Buenos días Mario! Estarás exento de pagar el IRPF si reinviertes el importe total de la venta de tu vivienda habitual en la compra de la que será tu nueva residencia habitual en un plazo máximo de 2 años para realizar ambas operaciones. ¡Un saludo!
Buenos días, mis hermanos y yo vendimos vivienda el año pasado. El valor de adquisición fue de 300.000€ y el valor de transmisión fue de 325.000€. Cada uno tenia un porcentaje de propiedad diferente….Mi porcentaje era del 10%….¿Qué cantidades debo poner en la renta, las totales o las que corresponden a mi porcentaje? Es decir…..debo indicar que mi valor de adquisición es de 30.000€ y de transmisión de 32.500€? Gracias
¡Buenos días Pilar! Para poder declarar correctamente la venta de tu parte de la vivienda tendrás que indicar tanto el valor de transmisión como el de adquisición. ¡Un saludo!
Buenas tardes,
Compré una vivienda de protección oficial hace 15 años por 130.000€. Ahora que está liberada quiero venderla por su precio de mercado que es de 300.000€. La ganancia sería de 170.000€, ¿esto significa que tendré que pagar un 23% sobre 170.000: Es decir, 39.100€?
Si invierto el dinero en la compra de un local para convertirlo en una vivienda y después vender la vivienda resultante, ¿tengo que pagar el 23% igualmente?
¡Buenas tardes Adrián! Así es, tendrás que pagar el porcentaje que indicas tras las operaciones que realizarás con los inmuebles. ¡Un saludo!
Compre un piso en 2015 y lo vendi en 2019 por el mismo valor: 50.000 (en esos años no hice la declaracion de la renta) porque vivia fuera del pais y no sabia que debai hacerlo. Ahora me dicen que dicen que debo presentar documentacion en relacion a la declaracion de la renta de 2020. Tendre que pagar algo?
¡Buenos días! Así es, si no declaraste la venta de tu vivienda antes Hacienda, deberás hacerte cargo del importe que no pagaste ahora. ¡Un saludo!
Hola, mi pareja y yo nos hemos comprado una vivienda el año pasado por valor de 490.000 euros (gastos de compra, impuestos, notario… incluidos). Si la ponemos a la venta por el mismo precio, tendríamos que pagar algo? Ya he entendido que el IRPF no pero, algún impuesto municipal o similar?
Muchas gracias.
Saludos.
¡Buenas tardes! Así es, tendréis que pagar la plusvalía municipal y el IRPF tras la venta de la vivienda. Además, tendrás que pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles o llegar a un acuerdo con el comprador para que abone una parte él. ¡Un saludo!
Hola: Compré un piso en enero de 2020. Con la pandemia y obras no me empadroné hasta diciembre de ese año. Mientras tanto residí en el piso que vendo ahora en 30 de junio de 2022. La idea es liquidar la hipoteca del piso nuevo. El problema es que se pasa por meses de los dos años. Las razones del cambio de piso fue por necesidad de acceso para mi hija discapacitada. La pregunta es si es posible acceder a la reinversión por vivienda habitual. Entiendo que se podría contar desde que realmente utilizamos la vivienda como habitual y no desde la compra, atendiendo la situación. Gracias!!
¡Buenos días Isidro! Según Hacienda, el plazo empieza a contar desde que se compra la nueva vivienda, no desde que el contribuyente se traslada a vivir en ella. Aún así, al tratarse de una causa mayor como la que nos comentas, lo mejor es consultar con un asesor fiscal que pueda indicarte si se podría hacer algo para poder disfrutar de la exención. ¡Un saludo!
Hola buenos días, tenemos la vivienda de mi madre en Madrid en Housfy, y mi duda es sobre el IRPF que deberemos pagar cuando se venda. La vivienda esta dividida en porcentajes desde la muerte de mi padre en 2000. Mi hermano y yo tenemos un 25% de la misma cada uno y mi madre el 50% restante. La tenemos alquilada porque mi madre esta en una residencia por motivos de fuerza mayor.
Saludos
Paco Ortega
¡Buenos días Paco!
Al ser nuestro cliente puedes solicitar asesoramiento a tu experto inmobiliario. Él te explicará con todo detalle cuales son los pasos que deberás seguir y cuánto tendrás que pagar por lo impuestos al vender la vivienda.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros cuanto antes 🙂
¡Un saludo!
Hola,
tenemos una vivienda en propiedad , actualmente está alquilada desde hace 4 años, el contrato vence el próximo año 2023. En ese momento pasará a ser nuestra vivienda habitual de nuevo, hasta vender la misma, que calculamos sea sobre el 2024. Tendremos derecho a reinvertir el incremento de patrimonio….en una nueva vivienda que compraré y que será mi vivienda habitual??
gracias
¡Buenos días Irene! Par que una vivienda se convierta en una vivienda habitual, el propietario debe haber residido en ella de forma continua durante un plazo de tres años. Una vez cumplido este requisito y algunos otros más, el propietario tendrá dos años para realizar la inversión. ¡Un saludo!
Buenas tardes, voy a poner en venta una vivienda y me gustaría saber si dentro del valor de adquisición una vez vendido puedo incluir los gastos derivados de la reforma integral que le hicimos al apartamento ( albañilería, fontanería, electricidad, carpintería, ventanas, persianas, muebles…) Creo que también se puede incluir los gastos derivados de la compra venta que se hizo en su momento( IVA, registro, notaría…) Lo pregunto para hacerme una idea la ganancia patrimonial que pueda obtener. Gracias.
¡Buenas tardes, Raúl! 🙂
Si aún tienes pensado vender tu vivienda, te animamos a que nos des un poco más de información sobre tu casa en este enlace. Nos pondremos en contacto contigo en breve para poner tu vivienda en venta y te resolveremos todas tus dudas en cuanto a trámites.
¡Suerte!
Hola, buenas noches. Compre una vivienda habitual en 2005 por 85.000 € y la he vendido en 2022 por 150.000€. El beneficio de la ventas, después de descontar los gastos, los quiero para la compra de un terreno y futura fabricación de una vivienda habitual. Esa inversión justifica el no pagar a hacienda ?
Gracias
¡Buenas tardes, Enrique!
Tal como lo expones, podrías atenerte a la reinversión por vivienda habitual siempre que cumplas con los plazos requeridos. Pero ¡atento! La aplicación de la exención no opera automáticamente, sino que deberás manifestar la voluntad de acogerte a ella en el plazo de dos años.
¡Mucha suerte! 🙂
Buenas tardes, he comprado una vivienda por 159.500 en agosto del 2013. Los gastos de compraventa fueron de 17.920. Total compra 177.420.
La vendí el 11 de enero del 2022 por 199.000, con unos gastos de agencia, plusvalía y cancelación de hipoteca de 11.310, mas la cancelación de hipoteca de 79.497,93. Total gastos 90.789,93. Así la ganancia seria de 108.210,07 . Según mis cálculos estaría teniendo una perdida patrimonial, ya que he pagado mucho mas de lo que he ganado.
Me justaría tener la opinión de un experto por si acaso yo estoy equivocada.
Muchas gracias.
¡Hola, Esperanza!
En principio, en caso de dación en pago de tu vivienda habitual, la ganancia patrimonial está exenta en el IRPF. De todos modos, como muy bien tú indicas, te recomendamos que consultes a un asesor fiscal que pueda analizar tu caso en concreto a partir de los documentos que poseas.
¡Un saludo! 🙂
Buenas noches, voy a obtener una ganancia patrimonial por la venta de mi vivienda habitual de unos 40 000e en el plazo de unos meses (cuando se logré vender). Adicionalmente, este mes he adquirido una vivienda que destinaré a habitual. Esa ganancia la invertiré en la reforma de mi vivienda adquirida hace unos dias y a amortizar parte del hipotecario. Estaría exenta del pago de plusvalía e IRPF? Gracias
¡Buenos días! La reinversión del beneficio de la venta de una vivienda de uso habitual a otra de uso habitual genera la exención del pago a Hacienda por incremento de patrimonio. La plusvalía municipal no queda exenta y es un impuesto que hay que pagar, aunque la propiedad que se vende sea de uso residencial. ¡Un saludo!
Hola,
Mi padre hizo construir una casa en los años 1979 pero no conservo las facturas des los trabajos hechos por express.
Como podemos calcular el coste de adquisición?
Y Como se calcula la inflatción?
Gracias
¡Buenos días! El valor de adquisición de una propiedad se marca en el momento de realizar la escritura de compra venta, ya que se necesita poner un valor para el correspondiente pago de impuestos. ¡Un saludo!
Buenas si tengo un chalet que en la escritura pone que vale 15.000€ lo puedo vender por más dinero porque en su día se hizo así pero ahora tiene casa y todo
Hola, Ivan. Vamos a necesitar un poco más información para poder dar con la respuesta adecuada antes de vender tu casa. Dejar tus datos en el siguiente enlace y un experto de Housfy se pondrá en contacto contigo en breve: https://housfy.com/vender-pisos.
¡Un saludo! 🙂
Compré una vivienda no habitual en 1982 por 150.000 pesetas, y la voy a vender por 60.000 euros, que IRPF debo abonar¿
Hola, Santiago. Deberás pagar según la ganancia patrimonial obtenida, aunque para poder conocer el número certero deberemos restar del valor de transmisión las comisiones inmobiliarias, honorarios del notario y del Registro, e impuestos. Si estás pensando en vender tu piso, puedes darnos más información al respecto en el siguiente enlace: https://bit.ly/3Mhc6Um. Un experto se pondrá en contacto contigo y te asesorará sobre toda la operación de venta del inmueble. Un saludo. 🙋♂️
Hola quiero vender una casa q tendrá como 200000 mil euros de ganancia patrimonial si los reenviarlo para vivienda habitual están exentos?
Hola, Jose.
Dependerá del valor de la nueva vivienda adquirida. Si el precio de la nueva vivienda es igual o mayor que las ganancias (teniendo en cuenta el importe que quede por amortizar de la hipoteca, si fuera el caso), sí, los 200.000 mil euros estarán exentos. En el caso contrario, solo el importe que sobre de la reinversión no estará exento.
Un saludo. 🙋♂️
Hola,
En 2015 compramos una vivienda, 50% a nombre de mi madre y 12.5% a mi nombre y 12.5% a nombre de 3 hermanos más cada uno. En 2021 heredamos el 50% de mi madre y ahora vendemos por un 25% de propiedad mis 3 hermanos y yo.
¿Debería hacerse 2 liquidaciones de irpf? Puesto que somos propietarios de un 12.5% desde la compra y del otro 12.5% desde el 2021, no? como debería calcular la ganancia de cada 12.5% ? en funcion de las fechas? pero como puedo calcular la ganancia de una fecha y otra? Muchas gracias.
Hola en el 2007 compré una vivienda por 180,000€ y ahora la voy a vender por 138,000€ y todavía tengo una deuda en el banco de 68,000€, tendría que pagar, impuestos por plusvalía y por IRPF?
Gracias un saludo
Hola, Leo. Como parece que ha habido una pérdida patrimonial, por los números que nos facilitas, deberás incluir este operación en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente, pero no te saldrá nada a pagar relativo a la venta. En cuanto a la plusvalía municipal, un impuesto que recauda el Ayuntamiento donde yace la vivienda, deberás pagar siempre que haya habido un incremento en el valor del terreno, no de la vivienda. Ese incremento se calcula mediante coeficientes varios y el valor catastral del suelo. Para calcular la plusvalía municipal que deberás pagar, proporcionamos una herramienta muy útil a la que puedes acceder desde el siguiente enlace: https://housfy.com/vender-pisos/calculadora-plusvalia-municipal.
¡Un saludo!
Hola, la exencion de IRPF en la venta de un inmueble aplica si lo reinvierto en otro aunque no sea vivienda habitual? Es decir vender una segunda residencia para comprar otra.
Un Saludo,
Andres
Hola, Andrés. No. La exención del IRPF es específicamente por reinversión en vivienda habitual. Feliz tarde. 😊