La pandemia sanitaria ha creado que muchas personas se encuentren en una situación de precariedad y no hayan podido hacer frente a los pagos de los alquileres. La preocupación por los rebrotes y un posible nuevo confinamiento han hecho que en los contratos alquiler vivienda se incluya la «cláusula covid». Hoy veremos al detalle en qué consiste.
La nueva «cláusula covid» y los contratos alquiler vivienda
La cláusula covid se ha empezado a incluir en algunos contratos de arrendamiento a raíz de todos los problemas que han surgido. Esta cláusula te permite cancelar el contrato de alquiler en el momento sin preaviso ni penalización, pero solo se puede recurrir a ella en caso de Estado de Alarma o confinamiento.
En caso de que se recurra a la cláusula covid el inquilino podrá dejar de pagar la renta e irse del inmueble, mientras que el arrendador podrá recuperarla para intentar alquilarla y seguir sacando rentabilidad.
En general, podrías pensar que no es muy útil incluirla, ya que si estás de inquilino de una vivienda lo último que te interesa es quedarte sin ella si te encuentras en una situación así. Y tienes toda la razón, porque no está pensada para incluirse en este tipo de contratos, sino en aquellos que sean de pisos de estudiantes u oficinas.
¿Cuándo es útil la cláusula?
Muchos estudiantes se han encontrado con que han tenido que volver a casa de sus padres porque las clases eran online. Los padres han tenido que seguir pagando la vivienda porque tenían que dar un preaviso para dejar el alquiler pero también por la incertidumbre de si se volvería a clase. Ahora, con el nuevo curso, sigue sin estar 100% seguro que las clases sean presenciales o a distancia y por eso ha surgido esta cláusula.
Por otro lado, muchas oficinas, durante el confinamiento, se vieron con la situación de que no podían pagar el alquiler y que igualmente estaban vacías porque todos estaban trabajando a distancia. Ahora, con la cláusula covid existirá la opción de rescindir automáticamente del contrato y la cantidad que tendría que pagar al propietario para hacerlo efectivo. Es decir, igual que el inquilino podrá irse sin la notificación previa, el arrendador tendría el derecho de cobrarte una cantidad estipulada previamente al abandonar el inmueble antes de que finalice el contrato.
Ahora que ya sabemos más sobre esta cláusula, podemos concluir que es útil pero en casos muy concretos y excepcionales. Lo más habitual será verlo en los dos casos que hemos visto, e incluso no siempre saldrá a cuenta ya que se prefiere optar por la negociación de los pagos a quedarte sin tu oficina o piso de estudiantes. Aún así es algo a tener en cuenta para tener la opción de comentarlo con el casero si te interesa o, por el contrario, asegurarte que no se está incluyendo en el contrato sin que tu estés notificado.
Contratos alquiler vivienda y cómo asegurar los pagos
El mayor miedo de muchos propietarios es el impago del alquiler y es muy lógico, por eso lo más recomendable es contratar un seguro de impago de alquiler. Este seguro te proporciona una garantía de que en caso de impago te cubrirían hasta 12 meses.
En Housfy Alquileres sabemos que es una preocupación muy frecuente, por eso garantizamos un 0% de morosidad con un seguro de impago y un estudio de solvencia previo de los inquilinos. El propietario solo tiene que pagar mensualmente 50€ y ahí le incluirá la mediación con el inquilino, la resolución de todos los problemas que puedan surgir y protección frente al impago, además de toda la gestión posterior de desahucio.