Cuando decidimos contratar una hipoteca, nos encontramos con una serie de gastos asociados que hay que conocer y tener en cuenta. Por eso, en el blog de hoy, veremos cuáles son los gastos constitución hipoteca y no solo eso, también cuáles podemos reclamar. ¡Empecemos!
Gastos constitución hipoteca: ¿Cuáles son?
Al contratar una hipoteca debes tener en cuenta que existen algunos gastos que están ligados a la financiación por parte de la entidad bancaria. A continuación, vamos a ver uno por uno cuáles son los gastos de constitución de cualquier tipo de hipoteca:
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
El ITP o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales será un impuesto que tendrás de abonar siempre que se trate de una vivienda de segunda mano. Como en muchos otros impuestos, el gravamen variará según la comunidad autónoma en la que te encuentres. Acostumbra a encontrarse entre un 4-10%, pero variará según el municipio en el que vivas. Sobre todo infórmate de si puedes beneficiarte de algunas de las bonificaciones existentes, lo puedes comprobar fácilmente a través de la web de tu Ayuntamiento.
El pago de este impuesto se puede hacer a través de unos formularios que tendrán que presentarse a la oficina de Hacienda de tu municipio. Para que se haga efectivo tendrás que presentar una copia ante notario junto con tu DNI.
Gastos constitución hipoteca: Impuesto de Actos Jurídicos Documentados
El AJD es un impuesto que lo cobra la Administración Pública y el porcentaje varia según la comunidad autónoma en la que se tramite la hipoteca y también del importe por el que se haya solicitado el préstamo. Normalmente, el gravamen se sitúa entre un 0,5% a un 1,5%, se trata del impuesto más alto de todos los gastos constitución hipoteca, llegando a alcanzar hasta un 70% del total de los gastos.
Tal y como hemos mencionado también con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, es importante que te asegures a través de tu Ayuntamiento de si puedes tener alguna ayuda o bonificación.
Escritura de compraventa
Cuando realizamos la escritura de compraventa habrá que asumir 3 gastos esenciales para poder hacerla efectiva. Estos gastos son: los gastos de notaría, los gastos de la gestoría y el registro de la propiedad. Mientras que la notaria es un gasto del que no podemos escapar, la gestoría es opcional ya que puedes hacerlo tu mismo por tu propia cuenta. Eso sí, nuestra recomendación es siempre contar con la ayuda de de un profesional al contratar cualquier tipo de financiación o hipoteca.
Gastos constitución hipoteca: la tasación
La tasación de la vivienda es un paso fundamental para poder contratarla, de esta manera conocen el valor de la vivienda y a raíz de ahí te dirán hasta cuánto pueden darte de financiación y cuánto sería la cuota mensual.
Comisión de apertura
Al abrir la hipoteca con el banco, se tiene que pagar la famosa comisión de apertura. En el caso de que quieras contratar una hipoteca de interés fijo la comisión rondará entre 0,25% hasta un 3,00%, mientras que si la hipoteca es de interés variable la comisión es menor rondando entre 0% hasta un 1%.
En este vídeo te explicamos cuales son los gastos de contratar una hipoteca de la mano de uno de nuestros asesores hipotecarios, ¡dale al play!
¿Qué gastos constitución hipoteca puedo reclamar?
Muchas personas se preguntan si se puede reclamar alguno de los gastos cobrados por la gestión hipotecaria debido a los cambios en la Ley Hipotecaria. Por lo que debes saber que si tienes la hipoteca hecha con fecha anterior al 16 de junio de 2019, en este caso existen algunos gastos que podrás reclamar al banco en un período de 5 años:
- La mitad de los gastos de notaría y de la gestoría, el banco tiene que pagar la mitad de este gasto.
- Los gastos del registro de la propiedad.
- Los gastos de la tasación, siempre que tuvieses una tasación vigente cuando contrataste la hipoteca y el banco te la rechazase para que pagases otra tasación con una agencia asociada a la entidad.
El servicio de gestión hipotecaria de Housfy
Ahora que ya estás perfectamente informado de los gastos constitución hipoteca, pero como también has visto, se pueden dar muchos casos en los que te encuentres con problemas con la entidad bancaria. Por eso, nuestra recomendación es que cuentes con expertos financieros como nuestro equipo de hipotecas de Housfy para conseguir una hipoteca con las mejores condiciones e incluso una hipoteca 100.
Que gastos en la nueva ley hipotecaria pago yo y cuales paga el banco
GRACIAS
¡Buenos días Cristina! Depende de la entidad bancaria porque no todos se hacen cargo de los impuestos, pero deberían pagarte el AJD de la hipoteca más la inscripción en el registro de la propiedad, incluso algunos de la tasación. Pero como te decíamos va en función del banco. ¡Un saludo!
No entiendo por qué para la devolución del A.J.D depende del Banco con el que se haya firmado la hipoteca.
Entiendo que si se devuelve es por que la ley les obliga y no según el banco.
Espero que Housfy me lo aclare..por que estoy muy interesado.
En espera de su respuesta
Muchas gracias
¡Buenas tardes Antonio! Según una sentencia emitida por el Tribunal Supremo, el pago del AJD corresponde al banco en el que se contrata la hipoteca, por lo que no se devolvería el importe al titular del préstamo. ¡Un saludo!