La plusvalía municipal es el nombre con que conocemos el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), que literalmente grava el aumento del valor del del terreno sobre el cual puede estar construida una vivienda desde que se adquiere hasta que se transmite. Aprende qué es la plusvalía municipal por herencia y cómo pagarla, incluso cuando quieres vender la vivienda.
Todo lo que necesitas saber sobre la plusvalía al heredar piso
Respondamos unas cuantas preguntas frecuentes sobre la plusvalía municipal por herencia.
¿Qué tipo de bienes están sujetos a la plusvalía municipal?
La plusvalía municipal únicamente se debe pagar cuando se trata de un bien inmueble (vivienda, terreno, local, garaje, etc.) de naturaleza urbana. Si es rústico, no hay que pagar la plusvalía.
¿Quién paga la plusvalía municipal por herencia?
Cuando vendemos o donamos un inmueble, la plusvalía va a cargo del que vende o dona. Es él quien debe tributar según la diferencia entre el precio por el que adquirió el inmueble tiempo atrás y el precio por el que lo ha vendido ahora o su valor en caso de donación.
Cuando la plusvalía es por herencia, es el heredero la persona viva que debe pagar el impuesto.
¿Cómo pago la plusvalía municipal por herencia?
El Ayuntamiento del municipio donde se encuentre el inmueble podrá dar estas opciones para pagar la plusvalía:
- Liquidación de la plusvalía por herencia. El Ayuntamiento notifica al heredero del importe a pagar, el plazo para liquidarlo y otra información relativa.
- Autoliquidación de la plusvalía. El heredero deberá presentar al Ayuntamiento una declaración para autoliquidar el impuesto, y acompañarla de la escritura de aceptación de la herencia, el testamento o el certificado de últimas voluntades.
El cálculo de la plusvalía por herencias dependerá de varios datos, sobre todo del valor de la vivienda ahora. Allá van:
¿Qué es la base imponible?
Para calcular la base imponible de la plusvalía municipal se toman dos valores:
- El valor catastral del suelo (¡no de la vivienda!) en el momento de recibir el inmueble.
- El porcentaje de incremento de valor. Deberemos saber cuándo se adquirió el inmueble para saber los años que han pasado desde la adquisición hasta la herencia. Esa cifra se multiplica por un coeficiente que establece cada Ayuntamiento.
¿Y el tipo impositivo?
Cada Ayuntamiento fija uno, pero no puede superar el 30 %.
¿Cuánto tiempo tengo para autoliquidar la plusvalía municipal por herencia?
En el caso de herencias, el heredero tiene un plazo de 6 meses desde la defunción del causante.
Los Ayuntamientos suelen permitir una prórroga de 6 meses más para autoliquidar la plusvalía municipal exclusivamente en casos de herencia.
Si heredo un piso y luego lo vendo, ¿tengo que pagar la plusvalía municipal dos veces?
Sí, exacto. Si los herederos deciden vender la vivienda, deberán pagar dos veces la plusvalía municipal, incluso si las operaciones son en el mismo año natural:
- La primera vez será por el incremento de valor desde la adquisición del propietario defunto hasta la fecha de aceptación de la herencia.
- La segunda vez será desde el momento de aceptación de la herencia hasta que se efectúa la compraventa. En este caso, si no transcurre mucho tiempo, es muy probable que el precio de los pisos en el mercado no haya variado en gran medida.
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