¿Qué miran los seguros de alquiler de una vivienda?

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Encontrar pisos de alquiler es complicado, sobre todo en grandes ciudades como Barcelona o Madrid, pero la cosa se puede complicar más cuándo entran en juego los seguros de alquiler. La aseguradora es la que tiene la última palabra sobre qué inquilinos van a entrar a la vivienda y para ello, exigen unos requisitos. En el artículo de hoy veremos qué miran los seguros de alquiler de una vivienda para admitir a un inquilino.

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5 puntos que miran los seguros de alquiler de una vivienda

La aseguradora quiere asumir los mínimos riesgos a la hora de aceptar a un inquilino para alquilar una vivienda. Los requisitos no son tan exigentes como si optar por contratar una hipoteca, pero hay unas condiciones mínimas que el arrendatario tiene que pasar para que le concedan el alquiler. Es importante poder demostrar de la mejor manera posible que eres un inquilino con un perfil solvente. A continuación veremos los puntos que analizan las aseguradoras en el momento de aceptar a un cliente:

Documentación

Para poder hacer el estudio de viabilidad, la aseguradora pedirá al inquilino cierta documentación, es probable que varíe según la compañía, pero a rasgos generales será:

  • Si tienes contrato laboral: tendrás que entregar las últimas 2 nóminas y, en el caso de que la antigüedad del trabajador sea inferior a 6 meses, tendrá que presentar la vida laboral.
  • Autónomos: Al no haber un contrato, los autónomos tendrán que presentar la última declaración de la Renta y las últimas declaraciones trimestrales.
  • Pensionistas: Certificado de la Seguridad Social que acredite que son pensionistas.

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Lista de morosos

Una vez tengan la copia del carné de identidad del inquilino y los datos laborales, harán una comprobación en la lista de morosos como asnef para asegurar que no tiene imagos o deudas pendientes. En caso de que tengas algún impago grave, pueden rechazarte tu solicitud, así que tenlo en cuenta si estás interesado en alquilar con seguro de alquiler de vivienda.

Ahorros

Cuando hablamos de ahorros, es el mismo importe que si alquilases sin seguro. Antes de alquilar, a parte de poder pagar la renta mensual, tendrás que tener ahorros para pagar la fianza y la comisión inmobiliaria alquiler.

  • La fianza. La fianza  es un mes de alquiler, que el propietario tendrá que entregar al organismo correspondiente de la ciudad y, además, podrá pedir dos meses más como garantía adicional.
  • La comisión. La inmobiliarias pueden llegar a pedir hasta un 10% del alquiler mensual al inquilino y otra comisión al propietario por la gestión de alquiler. El importe no está regulado, por lo que variará según la inmobiliaria.

Qué miran los seguros de alquiler: Contrato laboral

La aseguradora también revisará el contrato laboral para comprobar la antigüedad del inquilino y la estabilidad laboral. Como hemos visto, según la situación laboral, la compañía te pedirá unos documentos u otros. Justificar que eres un buen trabajador es un elemento fundamental para contratar una aseguradora, así como los años que lleves en una empresa, ya que significa que hay una cierta confianza depositada en ti.

Ganancias anuales

La aseguradora tiene como requisito general que la renta anual no puede suponer más de un 45% del sueldo anual.

Con estos cinco puntos, ya sabes qué miran los seguros de alquiler a la hora de estudiar la viabilidad del inquilino. A continuación, veremos qué cubrirá la póliza.

¿Qué cubre un seguro de alquiler?: qué miran los seguros de alquiler

La cobertura del seguro de alquiler de vivienda dependerá del tipo de póliza que contrates, hay algunas que ofrecen más servicios que otras. Pero esto es lo que puede cubrir un seguro:

  • Impago de las rentas. En caso de que el inquilino deje de pagar las rentas, el seguro cubriría hasta 12 meses.
  • Cobertura legal y judicial. Si hay que hacer algún trámite legal o judicial, lo cubriría y se encargaría la aseguradora.
  • Mobiliario y electrodomésticos. El seguro cubrirá los daños causados en el mobiliario o electrodomésticos incluidos en el inventario.
  • Daños en la vivienda. Cualquier destrozo o daño que el inquilino haya causado en la vivienda, lo cubrirá el seguro. Normalmente, hay una cantidad máxima que pueden cubrirte y se te entregaría cuando el inquilino abandonase el inmueble.
  • Cambio de cerradura.
  • Cobertura a todo riesgo.
  • Servicio de bricolaje. 

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