Nuestra cabeza muchas veces está a mil cosas y se nos olvida atender a algo tan básico como las facturas, los pagos o las ayudas públicas. Seguro que alguna vez nos ha pasado que no teníamos en mente si hemos pagado o no el último recibo del IBI. Sin embargo, si quieres vender casa rápido y fácil, son cosas que tenemos que tener al día sin dudar de si hemos realizado el pago o no.
Por ello, hoy en nuestro artículo os hablamos de cómo puedes saber si has pagado el IBI, y otros impuestos, para que no tengas dudas a la hora de vender tu piso.
¿Cómo sé si he pagado el IBI?
El IBI es un impuesto municipal que deben pagar todas aquellas personas que son titulares de una propiedad. El pago del impuesto se basa en el catastro inmobiliario, si está tipificado como finca, entonces tendrá que pagar el IBI obligatoriamente. El tipo de gravamen variará según la comunidad autónoma en la que te encuentres. Se trata de un impuesto anual y hay un período de pago, en el caso de que lo abones tarde tendrás una penalización.
Puedes conseguir el recibo del IBI a través del Ayuntamiento o por internet en la mayoría de los municipios. Para ello, tendrás que rellenar los campos obligatorios como el nombre, el DNI, el código tributario y el tipo de impuesto que se te obligaba a pagar. Una vez añadido, se generará el documento donde aparecerá finalmente si se ha pagado o no el dicho impuesto.
Ten en cuenta que las viviendas de protección oficial, aunque sea considerado un inmueble urbano, tendrán bonificado un 50% del pago del IBI durante los 3 primeros años.
¿Y el IRPF? ¿Cómo sé si lo he pagado?
Otro de los impuestos que puede generar dudas de si hemos pagado o no es el IRPF al declarar la venta del piso. Saber si estás al día o no con la tributación es tan fácil como pedir una copia de la declaración de la renta a la Agencia Tributaria. Es ahí donde deberán aparecer los documentos que estipulen que no estás con ninguna deuda. Asimismo, si también necesitamos el certificado de la renta, en este caso tendrás que acudir a la Sede Electrónica de a AEAT y pedirlo.
Puntos clave resumen sobre el IBI:
- El IBI debe abonarlo el titular de la propiedad.
- Se puede pagar de forma presencial en el Ayuntamiento del municipio o vía online.
- Si vas a vender tu inmueble, es fundamental que tengas pagada el último recibo del IBI.
Por lo tanto, ya no hay excusas para no saber si estás al día o no con tus pagos. Tan solo tienes que seguir estos pasos para obtener los documentos que verifiquen el pago de dichos impuestos para que la venta de la vivienda se haga de manera transparente y sin complicaciones futuras.
Así es cómo se calcula el IBI
Para poder calcular este tributo es necesario partir del valor catastral. Este viene determinado por el valor catastral del suelo y el valor catastral de la construcciones además de los siguientes valores:
- La antigüedad del edificio.
- La localización del inmueble.
- Las características urbanísticas del suelo.
- El coste material de las construcciones.
- El valor del suelo o del inmueble en el mercado actual.
- La localización del inmueble.
A partir de estas variables, los Ayuntamientos determinan unos tipos a aplicar en cada una de las viviendas. Estos son unos coeficientes que marca el Ministerio de Hacienda.
Estos son los inmuebles que no tendrán que pagar el IBI
El IBI es un impuesto que deben de pagar todos los inmuebles el España, aunque existen algunas excepciones como son las siguientes:
- Aquellos terrenos ocupados por vías de ferrocarriles y edificios construidos sobre ellos.
- Los edificios de índole diplomática u organismos oficiales.
- Inmuebles que sean propiedad del Estado o de las Comunidades Autónomas.
- Bienes inmuebles que pertenezcan a la Iglesia Católica o a organizaciones no lucrativas.
- Aquellos monumentos declarados Patrimonio Histórico.
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Hola, a finales de este mes voy a comprar un piso de banco.
Mi pregunta es, el ibi que venga el año que viene lo tengo que pagar yo o el banco? Ya que ha sido suyo casi todo el año.
¡Hola Amalia! Salvo pacto en contrario, el obligado a pagar el IBI es la persona que figura como propietario a día 1 de enero de cada año. aunque el IBI se pague a finales de año.
Hola!!como puedo pagar el ibi y saber si tiene deuda atrasada una propiedad si no tengo recibos anteriores ni datos necesarios más que la dirección donde esta ubicada la misma.
Buenas tardes, Norma. Deberías acceder a la Oficina Virtual de la página del Registro de la Propiedad y solicitar una nota simple, en la que te aparecerán los datos necesarios.
¡Un saludo!
Como puedo saber lo que debo de contribución de mi piso
¡Buenas tardes Loli! Puedes acercarte a la oficina más cercana del Catastro y solicitar el certificado del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de tu vivienda para ver qué falta por pagar. ¡Un saludo!