¿Cuánto se paga de Plusvalía en Zaragoza?

Calcular cuánto se paga de Plusvalía en Zaragoza

Al realizar una operación de compraventa aparte de cumplir con todos los requisitos que necesitamos y tener todos los documentos en regla se debe hacer frente a ciertos tipos de gastos. Algunos correrán a cargo de la entidad bancaria, otros serán responsabilidad del comprador y otros serán efectuados por el vendedor. En lo que se refiere a los impuestos, uno de lo más destacado es la plusvalía municipal. Tanto si vas a vender piso en Zaragoza, heredar o recibir una donación tendrás que tener en cuenta este tributo. En las siguientes líneas te comentamos todo lo que necesitas saber al pagar la Plusvalía en Zaragoza. 

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¿Qué es la plusvalía municipal? 

La plusvalía municipal es un impuesto municipal directo que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana en el momento en el que se transmiten. También conocido por sus siglas IIVTNU (Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). 

Este tributo se genera por el traspaso de los terrenos ya sea por una donación, una herencia o al vender casa. La plusvalía municipal no grava el incremento de valor de la vivienda solo el del terreno, es decir, no se tiene en cuenta si existe o no edificación en ellos. Por lo que no tiene nada que ver con el precio de venta ni con la valoración de la vivienda.

Al tratarse de un impuesto municipal, varía en función de la localidad donde se encuentre la propiedad. Y será el Ayuntamiento de Zaragoza el encargado de gestionarlo y recaudarlo. 

¿Quién debe pagar?

De pendiendo de la naturaleza de la plusvalía municipal el encargado de realizar el pago será uno u otro. En el caso de la venta de un inmueble, será el vendedor quien pague dicho tributo, ya que es la persona quién recibe el dinero de la operación de compraventa. Si se trata de una donación, el pago lo asume la persona que recibe la donación.  Y por último, en caso de una herencia, serán los herederos los que tienen la obligación de pagar la Plusvalía en Zaragoza.

¿Cuándo se paga? 

También según que caso sea, influirá en los plazos de pago:

  • Cuando sea la venta de una vivienda o donación, el pago será de 30 días hábiles desde la fecha de venta o donación.
  • En cambio, en los casos de herencia, el plazo se extenderá hasta 6 meses desde la fecha de fallecimiento del propietario, prorrogable hasta un año

Calcula la Plusvalía en Zaragoza 

Para el cálculo de la plusvalía municipal hay que tener en cuenta dos variables: el valor catastral de la propiedad y el tiempo transcurrido desde que se adquiere el bien hasta que se trasmite. A continuación dejamos los pasos para que sepas cómo calcular la Plusvalía en Zaragoza.

  1. Calcula los años de posesión de la vivienda: para ello ten en cuenta la fecha de adquisición y la fecha de venta o transmisión.
  2. Encuentra el coeficiente de incremento que tendrás que aplicar: hace referencia el número de años de posesión de la vivienda determina el coeficiente de incremento a aplicar en tu caso.

En el caso del ayuntamiento de Zaragoza son: 

  • Hasta 5 años un 3,70 %
  • Hasta 10 años un 3,50 %
  • Hasta 15 años un 3,20 %
  • Hasta 20 años un 3,00 %

A partir de 20 años de posesión de la vivienda, el coeficiente ya no varía.

  1. Calcula el porcentaje a aplicar al valor catastral: tendrás que hacer un cálculo, multiplicar los años de posesión de la vivienda por el coeficiente de incremento correspondiente.
  2. Localiza el valor catastral del suelo: que lo podrás encontrar en el último recibo del IBI,
  3. Finalmente, obtén la cuota tributaria que tendrás que pagar: multiplicando la base imposible (calculada en el paso anterior) por el tipo impositivo que en Zaragoza es del 30%.

¿Cuándo se está exento de pagar el impuesto?

Existen una serie de situaciones en las que no hay que pagar la plusvalía en Zaragoza, son las siguientes:

  • En el caso de que el terreno no haya aumentado de valor. Tendrás que acreditar que la propiedad se ha transmitido con pérdidas, por lo que deberás de demostrar con escrituras o una prueba pericial que el valor del terreno no ha incrementado, y, por lo tanto, no hay obligación de pagar el tributo. 
  • Por prescripción. Pasados cuatro años desde la obligación de efectuar el pago de dicho impuesto por la adquisición de una vivienda, donación o herencia prescribe. Por lo que la administración no podrá reclamar nada.
  • Todos los contribuyentes que sean cónyuges y que transmitan una vivienda del uno al otro.
  • Las transmisiones que se encuentren en zonas delimitadas como patrimonio histórico-artístico o que se hayan declarado como de interés cultural.

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Ahora ya sabes cómo calcular la Plusvalía en Zaragoza y también en qué casos puedes estar exento de hacerlo. Pero si no cumples con los requisitos y tienes que hacer frentes a este impuesto porque necesitas vender casa en Zaragoza, desde Housfy te podemos ayudar. Nuestros expertos en el sector inmobiliario se encargarán de todos los trámites y de forma online. Además, gracias a nuestra herramienta podrás hacer una valoración vivienda de manera gratis. Todo rápido, fácil y sin complicaciones. ¡Te esperamos!

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