¿Qué diferencias hay entre depósito y fianza de alquiler?

Fianza de alquiler

Cuando un propietario decide alquilar una vivienda, hay un dinero que ha de retener como garantía de que el inquilino va a cumplir sus obligaciones. Muchas veces oímos hablar de depósito y fianza del alquiler, pero ¿cuál es la diferencia? Te lo explicamos en las siguientes líneas.

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¿Qué es la fianza de alquiler?

La fianza está regulada por ley: el propietario tiene la obligación de solicitar un mes de fianza que tendrá que ingresar en el organismo competente de la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda.

La ley dice que la fianza corresponde a una mensualidad del alquiler y, una vez el inquilino entrega la fianza en metálico, el propietario cuenta con un periodo máximo de un mes para entregar un formulario al organismo junto con el ingreso de la cantidad.

Es importante que se haga dentro del plazo porque, de no hacerlo, pueden haber sanciones de hasta el 75 % del importe de la fianza. Si no se llega a depositar puede llegar a considerarse una infracción grave, lo que podría suponer una multa de hasta 90.000 €.

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¿Qué es el depósito de alquiler?

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que, a parte del mes de fianza, el propietario puede solicitar una garantía adicional de hasta dos meses, lo que comúnmente se conoce como depósito. Aunque a menudo se confunde la terminología, hay diferencias importantes:

  • El mes de fianza es obligatorio y tiene que depositarse en el organismo correspondiente de la comunidad autónoma.
  • La garantía adicional no es obligatoria y es un dinero que custodia el propietario hasta finalizar el contrato.
  • La garantía adicional se puede usar para impagos, desperfectos o reparaciones de la vivienda. En cambio, la fianza del alquiler solo puede usarse para cubrir las reparaciones una vez se termina el contrato de alquiler.

¡Atento! El inquilino no puede dejar de pagar los últimos meses para que el propietario los cobre de este dinero. Tanto la fianza como la garantía adicional son medidas para proteger al propietario en caso de incumplimiento del contrato: si se usan para pagar las últimas mensualidades, el casero no dispondrá de esa cantidad en caso de daños en el inmueble u otras contrariedades.

Fianza de alquiler

Devolución del depósito

El inquilino tendrá que avisar con un mes de antelación que rescinde del contrato. Una vez entregadas las llaves, el propietario tendrá un plazo de 30 días para devolver el depósito en concepto de garantía adicional. Durante este periodo podrá revisar las condiciones del piso y, en caso de que haya desperfectos, podrá destinar parte de ese dinero para arreglarlos, siempre que presente las facturas de las reparaciones que lo justifiquen.

Por otra parte, en caso de que el inquilino tenga impagos, como por ejemplo de los suministros, el propietario podrá usar el depósito en concepto de garantía adicional para compensarlo.

Devolución de la fianza del alquiler

En cuanto a la fianza, se puede solicitar de vuelta al organismo autonómico correspondiente vía telemática o presencial con cita previa. Una vez firmado el documento de extinción del contrato de arrendamiento por ambas partes, ya se podrá solicitar la devolución de la fianza presentando el documento.

Los plazos y vías pueden variar según la comunidad autónoma y el organismo competente. En el caso de INCASÒL en Catalunya, el dinero de la fianza se recupera en un plazo de 21 días como máximo a través de una transferencia; si se hace online, puede ser de 7-10 días. En el caso de Madrid, tarda hasta un mes en devolver la fianza.

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