Cuando decides alquilar tu piso, tienes que tener en cuenta que hay algunos impuestos alquiler vivienda que vas a tener que abonar, pero también cómo declararlo en la Renta. En el blog de hoy analizaremos todos estos puntos.
Cuando un propietario duda entre alquilar o vender su inmueble, uno de los grandes factores para decantarse por el alquiler es el ahorro de los gastos de compraventa. Alquilar te permite tener una rentabilidad a largo plazo, mientras que vender es más inmediata, pero hay que tener en cuenta que cuando alquilamos también tendremos que pagar impuestos y declarar las ganancias en la declaración de la Renta.
Impuestos alquiler vivienda
Los impuestos de la vivienda se acostumbran a pactar con el inquilino, como por ejemplo: el IBI, las tasas de basura y las de aguas.
IBI
El Impuesto de Bienes e Inmuebles es obligatorio para todos los titulares de un inmueble. En el contrato de arrendamiento se puede establecer cómo se hace el reparto de este pago. Lo más habitual es que sea el arrendador quién se haga cargo de este tributo.
Este impuesto va ligado al valor catastral de la propiedad y se paga al Ayuntamiento de la localidad. El IBI se revisa cada 10 años, por lo que puede variar la tasa, aunque normalmente el coeficiente rondará el 0,4-1,3%.
Impuestos alquiler vivienda vacacional
Si hablamos de invertir en apartamentos turísticos y el alquiler turístico, hay que tener en cuenta que pueden haber impuestos como el IVA o impuestos de tasas turísticas, pero esto dependerá de la comunidad autónoma en la que te encuentres.
Es muy frecuente, desde hace algunos años, que nos encontremos con un suplemento a la hora de pagar el alojamiento turístico. Esta tarifa variará según donde te encuentres, ya que no todas las comunidades autónomas lo aplican como:
- Andalucía.
- Madrid.
- Aragón.
- País Vasco.
- Cantabria.
- Asturias.
- Canarias.
- Galicia.
- Valencia.
- Islas Baleares.
- Navarra.
Y, en otros casos, como el de Cataluña, se paga el Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, que suele rondar 0,45 – 2,25€ por personas y días. Esto variará según el municipio, la zona (céntrica o alejada), el tipo de establecimiento y, además, tiene un límite de 7 días de alojamiento.
Declarar el alquiler: IRPF
Si tienes una vivienda en alquiler, tienes la obligación de declararla a la Agencia Tributaria e incluir todos los gastos que tienes asociados al arrendamiento. A partir de todos esos gastos se aplica una reducción del precio del IRPF del 60%, siempre que se alquile como una vivienda habitual.
Durante la declaración, hay diferentes puntos que necesitarás conocer para añadir y declararlo.
¿Vivienda vacía o alquilada?
En la declaración, tendrás que indicar cuál es la vivienda de alquiler y desde que fecha ha estado arrendada. Esto es importante, porque indicará el tiempo que tu vivienda ha generado gastos derivados del alquiler.
Además, también tendrás que añadir cuánto dinero has cobrado por la renta, de ahí se desgravará y podrás pagar menos impuestos alquiler vivienda. Ten en cuenta que tienes que declarar el rendimiento neto que te de la vivienda.
Impuestos alquiler vivienda y gastos que pueden desgravarse
A la hora de desgravar existen diferentes gastos e impuestos que son deducibles y que podrás que incluir en la declaración de la Renta.
Reparaciones
Las reparaciones para el estado de conservación de la vivienda en alquiler pueden incluirse, siempre que sea por mantenimiento, no mejoras. Se trata de gastos que se consideran de conservación y, por lo tanto necesarios.
Si decides, por ejemplo, cambiar tu puerta por una blindada, aunque sea por seguridad, no podrás declararlo en la Renta o si decides poner aire acondicionado.
Impuestos alquiler vivienda
Aquí es donde tocará añadir todos los impuestos alquiler vivienda, como el IBI. Estos impuestos variarán según el municipio en el que te encuentre.
Puedes declarar estos impuestos, siempre y cuando seas tú quién los pague y no el inquilino.
Otros gastos que puedes desgravar:
- Gastos de la inmobiliaria: Los gastos que te cobraron por el contrato de alquiler, la gestión inmobiliaria e incluso abogados.
- Seguro de hogar y de impago: Seguro de responsabilidad civil, de incendios, de impago de alquiler. Aquí puedes declarar los seguros que tengas destinados a la vivienda en alquiler.
- Bienes muebles y electrodomésticos: Puedes declarar tanto mobiliario como electrodomésticos del inventario que estén en la vivienda de alquiler.
- Gastos de comunidad y suministros: Esto solo será deducible si es el arrendador el que lo paga, en caso de ser el inquilino, no podrías deducirlo de tu renta.
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Ahora que ya sabes cuáles son los impuestos alquiler vivienda y cómo puedes desgravarlos, ¡ya puedes poner tu vivienda en alquiler!
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