Si te acabas de comprar una vivienda, estás pensando en comprar una vivienda o simplemente deseas renovar tu piso actual, y deseas realizar una reforma de la vivienda, te vamos a explicar algo que te puede interesar… ¡y mucho!
En este post trataremos sobre el IVA de una reforma, ¡vamos allá!
Cualquier reforma, por pequeña que sea, supondrá un desembolso de una cantidad y el correspondiente IVA. Y no, ¡no pagaras el 21% de IVA! En las reformas se aplica un IVA reducido del 10% el cual te permitirá ahorrar mucho dinero. Por ejemplo, si el IVA de una reforma fuese del 21% y supongamos que el valor del presupuesto es de 20.000€, pagarías 4.200€, sin embargo, si el IVA de una reforma es del 10%, pagarías tan solo 2.000€ con lo que te estarías ahorrando 2.200€. ¡No está nada mal!
Debes de saber que podrás aplicar el 10% del impuesto sobre el valor añadido de una reforma siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
Requisitos IVA de una reforma al 10%.
- Debe de acreditar que es tu residencia habitual. Si vives de alquiler no vas a poder obtener esta ventaja fiscal.
- Que el inmueble donde se va a realizar la reforma cuente al menos con dos años de antigüedad.
- Que los materiales de que empleen no superen el 40% del coste total de la reforma.
- Debe de tratarse de una reforma que mejore las condiciones de habitabilidad: instalaciones eléctricas, fontanería, climatización, etc. No bastará con un cambio de imagen.
¡Y no todo acaba aquí! La aplicación del 10% de IVA de una reforma también se aplica en las acometidas en la comunidad de propietarios siempre y cuando se emita la factura a nombre de la propia comunidad.
Si estás pensando en realizar una reforma, desde Housfy, podemos ayudarte a agilizar y facilitarte todo este proceso gracias a nuestro equipo de reformas. Con este asesoramiento, podrás dejar a un lado las preocupaciones de la obra y simplemente disfrutar del resultado final.
Por favor, necesito saber si podría aplicarme el Iva reducido del 10% en una reforma integral de un piso muy antiguo (vigas, techo, etc….) que es mi 2ª residencia,
Saludos y gracias,
Menchu
¡Hola, Carmen!
En España, las obras de rehabilitación o renovación de segundas residencias o viviendas que no van a ser utilizadas como vivienda habitual no están sujetas a una reducción del IVA. Sí que lo están las obras en residencias habituales, con un IVA reducido del 10%.
Por lo tanto, deberás aplicar el tipo general de IVA del 21%. De todas formas, pueden existir algunas excepciones en casos concretos, por lo que te recomendamos consultar a un asesor fiscal para contar con una respuesta precisa.
¡Un saludo! 🙂