Requisitos para empadronarse en un piso de alquiler

requisitos para empadronarse en un piso de alquiler

Cuando nos cambiamos de vivienda, ya sea con un alquiler de un piso o dando el paso de comprar una casa, surge la duda de si es necesario empadronarse. Mucha gente opta por no registrarse en el padrón cuando cambia de residencia, pero, ¿es obligatorio? En el artículo de hoy resolveremos esta duda y hablaremos de las ventajas y requisitos para empadronarse en un piso de alquiler.

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¿Es obligatorio empadronarse?

Según el Boletín Oficial del Estado, es obligatorio registrarse en el padrón del municipio en el que resides, se considera tanto un derecho como un deber:

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año (BOE-A-2020-4784, Apartado 1.2)

Por suerte, se trata de un trámite relativamente fácil, puedes hacerlo de forma presencial con cita previa y en algunos municipios se puede hacer de forma telemática con un certificado digital. Una elección u otra dependerá de lo que más te convenga y lo que sea más sencillo para ti.

Ventajas de estar registrado en el Padrón

A pesar de que sea un trámite obligatorio, mucha gente no se registra en el Padrón cuando cambia de residencia. Pero, si quieres tener acceso a una serie de ventajas en el municipio en el que resides, tendrás que empadronarte. Una vez lo hagas, tendrás derecho a lo siguiente:

  • Solicitar el DNI y pasaporte.
  • Renovar el carné de conducir.
  • Solicitar ayudas sociales.
  • Solicitar plazas en escuelas.
  • Matricular tu vehículo.
  • Asistencia sanitaria.
  • Trámites en el Registro Civil.
  • Votar.

Si no gestionas el trámite, cada vez que quieras realizar alguna de estas acciones, tendrás que volver al municipio en el que estés empadronado para poder hacerlo.

Requisitos para empadronarse en un piso de alquiler

Aunque estés alquilando un piso, tienes derecho a registrarte en el padrón, lo único que cambiará es que en vez de presentar la escritura del inmueble, presentarás el contrato de alquiler. Para hacer el registro, tendrás que presentar la siguiente documentación:

  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia (original y fotocopia). En caso de haber más de un miembro en la unidad familiar, tendrán que presentar la fotocopia de sus documentos de identidad o el libro de familia.
  • Contrato de arrendamiento (original y fotocopia)
  • Hoja de inscripción.

El contrato de alquiler tiene que estar vigente y con una duración mínima de 6 meses. Si el periodo del contrato es menor, también puedes entregar el contrato pero con una prórroga del contrato de alquiler ya pactada con el propietario firmada. Lo importante es demostrar que vas a residir ahí a largo plazo, aunque sea un alquiler de una vivienda.

Volante del Certificado de empadronamiento

Una vez te hayas empadronado en el ayuntamiento de tu localidad, recibirás un volante de empadronamiento que ya te permitirá hacer una serie de gestiones:

  • Expedir o renovar el DNI, pasaporte y carné de conducir.
  • Matricular un vehículo.
  • Solicitar plaza escolar.
  • Solicitar ayudas, ya sean sociales o por desempleo.
  • Trámites administrativos.

Situaciones en las que se solicita el certificado de empadronamiento

Aunque el volante ya acredite el empadronamiento definitivo, hay una serie de trámites o situaciones en las que pueden solicitarte un documento más oficial que lo acredite: el certificado de empadronamiento. Estas son las situaciones en las que te lo pueden pedir:

  • Herencias.
  • Organismos militares.
  • Autoridades del extranjero.
  • Registros oficiales.
  • Centros penitenciarios.
  • Reconocimiento de situación de dependencia.
  • Centros universitarios.
  • Etc.

La solicitud del certificado dependerá del organismo que lo solicité, no hay una normativa oficial. Además, el certificado tiene un coste de 2,5€ y tiene una vigencia de 3 meses. Es decir, que una vez pase el plazo, si lo vuelves a necesitar, tendrás que solicitarlo y pagar la tasa de nuevo.

Para solicitar tanto el volante como el certificado tendrás que acudir al Ayuntamiento con tu DNI y una carta de autorización firmada por la persona empadronada. La petición puede hacerse por correo ordinario, teléfono, online o presencialmente, dependerá de las alternativas que ofrezca el Ayuntamiento del municipio y tus preferencias.

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23 Comentarios

  1. Jesús 7 de junio de 2022
    • Housfy 7 de junio de 2022
  2. Lili 19 de junio de 2022
    • Housfy 20 de junio de 2022
      • Antonio 1 de abril de 2024
      • sara 1 de mayo de 2024
        • Housfy 4 de junio de 2024
  3. Alba 23 de septiembre de 2022
    • Housfy 23 de septiembre de 2022
  4. marta 27 de enero de 2023
    • Housfy 21 de marzo de 2023
  5. Cristian Salazar 12 de marzo de 2023
    • Housfy 14 de marzo de 2023
  6. Rebecca 10 de julio de 2023
    • Housfy 25 de julio de 2023
  7. MIGUEL ANGEL SORIANO SANCHIS. 29 de diciembre de 2023
    • Housfy 18 de marzo de 2024
  8. Rosario Pérez 8 de enero de 2024
    • Housfy 18 de marzo de 2024
  9. Rosa María Navarroz Gimeno 6 de octubre de 2024
    • Housfy 8 de octubre de 2024
  10. Juan 18 de octubre de 2024
    • Housfy 23 de octubre de 2024

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