¿El seguro de impago de alquiler es deducible en la declaración de la renta?

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Contratar un seguro de impago está a la orden del día. Estos servicios dan una seguridad extra al propietario, en caso de que el inquilino deje de pagar la renta mensual. ¿Sabías que, además, el seguro de impago de alquiler es deducible en la declaración de la renta? Te explicamos esto y más cuestiones en este artículo.

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¿El seguro de impago de alquiler es deducible?

La respuesta corta es que sí. Al tener un piso alquilado, el seguro de impago del alquiler constituye un gasto deducible para el cálculo del rendimiento neto del capital inmobiliario.

Además, mientras que con otros seguros sobre la vivienda habitual el máximo a deducir es el 15 %, para un seguro de impago del alquiler el propietario puede deducir hasta el 100 %, aunque esto depende de la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble.

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¿Cómo declarar el seguro de impago de alquiler?

La campaña de la renta para el periodo 2022 empieza el 11 de abril y acaba el 30 de junio de 2023. Estos son los pasos para saber cómo desgravar el seguro de impago en la renta:

  1. Evidentemente, deberás contratar un seguro de impago para propietarios.
  2. Pide un justificante de pago a tu compañía aseguradora, por si te lo pidieran en una inspección fiscal.
  3. Infórmate en la Agencia Tributaria de tu comunidad autónoma cuál es el porcentaje de deducción aplicable para el seguro de impago.
  4. La casilla del seguro de impago del alquiler en la declaración de la renta es la número 114: “Primas de contratos de seguro”.

En caso de tener contratado un seguro del hogar y tener el piso alquilado a inquilinos, este también se considera un gasto deducible del rendimiento neto del capital y se deberá incluir en esta misma casilla.

¿Qué otros gastos son deducibles del alquiler?

Aparte del seguro de vivienda, al poner un piso en alquiler puedes deducir la mayoría de los gastos de tu vivienda:

  • Intereses de los créditos para la compra de la vivienda o reforma.
  • Impuestos y tasas (IBI, recogida de residuos, vado…).
  • Recibos de la comunidad de propietarios.
  • Contratos de seguros de vida, de responsabilidad civil, de salud, etc.
  • Suministros (luz, agua, gas y teléfono).
  • Gastos de conservación, de mantenimiento y de reparación.
  • Gastos de formalización del alquiler.
  • Gastos de defensa jurídica y reclamaciones del pago.

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¿Por qué contratar un seguro de impago?

Contratar un seguro de impago del alquiler elimina gran parte del desasosiego a la hora de alquilar un piso. Con él, estarás protegido contra la morosidad y tendrás tus cobros mensuales garantizados aunque el inquilino no pague. Teniendo en cuenta que puedes deducir su coste sobre las ganancias del alquiler en la declaración de la renta, ya no hay motivo para no contratar uno.

En Housfy Alquiler, nuestro servicio de gestión integral del alquiler ya tiene un seguro de impago incluido. Además, un experto resuelve las incidencias con tu inquilino durante toda la vigencia del contrato. ¡Tú no debes preocuparte de nada!

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