Una de las dudas más frecuentes a la hora de comprar una casa y solicitar un préstamo es quién paga los gastos de hipoteca. Después de lo que dictaminó el TJUE, los gastos de la hipoteca ya no son únicamente cosa de uno y se dividen entre el cliente y el banco, pero no apartes iguales. Si estás por solicitar una hipoteca, en estas líneas te haremos un resumen de los diferentes gastos relacionados y sobre quién repercuten.
¿Cuáles son los gastos de hipoteca?
Los gastos de hipoteca suponían, aproximadamente, un 20 % del valor del préstamo. Esto representaba un gran desembolso para el hipotecado, que tenía que abonar los gastos de la hipoteca más el 10 % de los de la compraventa más lo restante del préstamo (si no conseguía el 100 %).
Tras muchos años, el Tribunal Supremo declaró que parte de estos gastos tendría que hacerse cargo la entidad financiera. Esto quedó reflejado, como veremos más adelante, en la nueva Ley Hipotecaria. Pero no nos anticipemos. Empecemos por lo principal: ¿cuáles eran los gastos de hipoteca?
- Notaría. Los honorarios del notario suelen rondar el 0,3-0,5 % del valor del préstamo. Los aranceles están establecidos por ley: solo pueden ofrecer un máximo de un 10 % de descuento por sus servicios.
- Gestoría. El coste suele rondar entre los 200-400 €, dependerá de la gestoría.
- Registro de la Propiedad. Es necesario registrar la propiedad, que cuesta entre un 0,1-0,3 % del préstamo. Este trámite lo gestiona la misma gestoría.
- Comisión de apertura. Esta comisión se paga al firmar el préstamo y cuesta entre 0,25-3 %, dependerá de la entidad. Pero hay que destacar que el TJUE dictaminó que, salvo que se pueda justificar la comisión por gastos, se considerará abusiva y la entidad no puede cobrarla.
- Tasación. Es uno de los primeros gastos que hay que asumir antes de conseguir el préstamo hipotecario. El banco lo solicitará para saber el valor del inmueble y de esta manera prestarte el dinero correspondiente. La visita del técnico y el informe ronda los 350 €.
- Nota simple. La nota simple es un documento informativo en el que aparecen los datos de la vivienda. Esta nota simple debe solicitarse en el Registro de la Propiedad y hay que presentarlo a la entidad financiera al realizar la solicitud del préstamo. El coste varía en función de dónde y cómo la pidas, aunque puede oscilar entre los 3 € y los 10 €.
Otros gastos vinculados a la hipoteca
Existen otros gastos, derivados de contratar una hipoteca que nos puede ofrecer el banco para mejorar las condiciones de nuestro préstamo hipotecario. A esto se le llama productos vinculados.
- Seguro de hogar. Es un seguro obligatorio al contratar una hipoteca, pero no tiene por qué ser con la misma entidad financiera, aunque esto nos proporcionará más ventajas.
- Seguro de vida. No es obligatorio, aunque puede significar una bonificación del tipo de interés si se contrata con la misma entidad. Se trata del pago de una prima previamente estipulada para en casa de fallecimiento o incapacidad el asegurado y sus familiares queden protegidos económicamente.
¿Qué impuestos hay que pagar?
Aparte de los gastos ya mencionados que nos podemos encontrar, también hay que tener en cuenta otra serie de impuestos que se incluyen en las operaciones de compraventa:
- IVA. Solo será pagado en caso de que se trate de una vivienda de obra nueva.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Es un tipo de impuesto obligatorio a pagar cada vez que se firma un documento notarial que después se presenta en el Registro de la Propiedad. Supone un 0,5-1,5 % del capital prestado.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Se da en el caso de que sea una vivienda de segunda mano y el importe varía en función de la comunidad autónoma en la que se encuentre el inmueble.
Los cambios en la Ley Hipotecaria de 2019
En la nueva Ley Hipotecaria se estableció que la mayoría de los gastos debería abonarlos la entidad bancaria. Además, aquellos que hubiesen firmado la hipoteca antes del 16 de junio de 2019 podrían reclamar los gastos de constitución:
- Notaría. Puedes reclamar el 50 %.
- Gestoría. Puedes recuperar hasta el 100 %.
- Impuesto de Actos Jurídicos o IAJD. Desde 2018 que los hipotecados no tienen que pagar este impuesto; aun así, los que hayan firmado los préstamos antes de esa fecha, de momento, no podrán reclamar el gasto.
- Registro de la Propiedad. Podrás reclamar el 100 % de los gastos.
TJUE y quién paga los gastos de hipoteca
El 27 de enero del 2021 salió la Sentencia del Tribunal Supremo n.º 35/2021 en la que se estableció que la tasación también tendría que asumirla la entidad financiera. Además, será con carácter retroactivo, es decir, que los que hayan firmado la hipoteca antes de esta fecha podrán reclamar los gastos.
Ahora que ya sabes quién paga los gastos de hipoteca, puedes pasar al siguiente estadio: empezar con la búsqueda de tu nuevo hogar. Si quieres comprar una casa no dudes en echar un vistazo a nuestra cartera de inmuebles. Además, podemos ayudarte a conseguir hasta financiación 100 en hipotecas con las mejores condiciones para tu perfil.
Los costes que corresponden a cada parte
Es muy importante que conozcas bien los gastos que corresponden a cada parte. El banco debería informarte bien sobre ello, pero mejor que lo sepas tú mismo y no tengas que depender de él. Empecemos por los que paga el banco. Son:
- Notaría
- Gestoría
- Impuesto de Actos Jurídicos
- Registro
- Copia de su escritura
Por su parte, el cliente deberá asumir los gastos de:
- Tasación
- Copia de la escritura
- Comisiones (de apertura, amortización anticipada y subrogación)
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Hola lo dudo que podais ayudarme pero tengo una casa en mi propidad y la de mi pareja me dieron un prestamo para comprarlo y dos prestamos mas busco la manera de reunificar y pagar un solo pago cobro 1300 al mes la casa no esta hipotecada yo la compre el año pasado por noviembre no se si se podra reunificar con nua hipoteca
¡Buenos días Pilar! Según el importe de las hipotecas que tengas, el banco podrá ofrecerte una reunificación de las deudas. Lo mejor sería consultarlo con un experto en temas fiscales al que puedas indicar toda la información referente a los préstamos hipotecarios con los que cuentas. ¡Un saludo!
Buenas!
He leido vuestro artículo y me encuentro actualmente en compra de una vivienda nueva. Estoy ya en el paso de hipotecas, han tasado la vivienda etc …
Segun leo ahí…. La tasación corre a cargo del banco y a mi me han hecho pagar dicha tasación. Es más, dicen que la nota simple de mi vivienda nueva la he de pedir yo al registro de la propiedad pagándola.
¿ Que hay de cierto en todo ésto ?
Gracias
Un saludo!!
¡Buenas tardes Ana! Como dices en tu comentario, la nota simple es un gasto que debe de asumir el banco en caso de pedir una hipoteca. Para poder recuperar el importe tendrás que reclamar al banco la devolución presentando el justificante de pago de este documento. ¡Un saludo!